Licitación ID: 1260-11-LQ23
SERVICIO DE MANTENCIÓN PARQUE LO ERRÁZURIZ
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA, ADQUISICIONES - PROGRAMA 01
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 36
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de sembradío o mantenimiento de jardines 24 Mes
Cod: 70111703
SERVICIO DE MANTENCIÓN DEL PARQUE LO ERRÁZURIZ. Ver archivo adjunto RESOLUCION_EXENTA_N_796_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANTENCIÓN PARQUE LO ERRÁZURIZ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Proveer del servicio de mantención del parque Lo Errázuriz. El Servicio solicitado debe realizarse en las 10 hectáreas de áreas verdes consolidadas del Parque Lo Errázuriz y Otro. las cuales cuentan con variadas especies arbóreas y grandes zonas de césped.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Unidad de compra:
ADQUISICIONES - PROGRAMA 01
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N°46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-06-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-05-2023 16:48:25
Fecha inicio de preguntas: 17-05-2023 17:35:00
Fecha final de preguntas: 24-05-2023 16:35:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-05-2023 16:35:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-06-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-06-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 25-07-2023 13:01:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno voluntaria en PARQUE LO ERRAZURIZ, ubicado en calle Mailef #6091, comuna de Estación Central. 22-05-2023 11:00:00
Recepción Garantías Seriedad Oferta en Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hasta las 13:00 06-06-2023 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.1.1 Anexo N° 1 “Formulario de Identificación del Oferente” (ESENCIAL).
2.- 5.1.2 Anexo N° 2 “Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
3.- 5.1.3 Anexo Nº 3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado y/ o con prohibición de suscribir contratos con el Estado”.
4.- 5.1.4 Garantía de Seriedad de la Oferta. (ESENCIAL).
5.- 5.1.5 Anexo N° 4 “Experiencia del Oferente” (ESENCIAL). Los oferentes deberán acreditar experiencia en mejoramiento y mantención de áreas verdes con entidades privadas o públicas del país. La experiencia a evaluar será la cantidad de hectáreas de áreas verdes mejoradas o mantenidas, cuyos contratos se hayan ejecutado o estén en ejecución desde el 01 de enero de 2017 hasta la fecha de apertura de la licitación. El oferente deberá indicar los antecedentes de los contratos ejecutados y deberá acreditarlos mediante certificados de prestación de servicios emitidos por el mandante y/o con los respectivos contratos. Los certificados de prestación de servicios deberán señalar a lo menos lo siguiente: · Institución mandante pública o privada. · Nombre y/u objeto del contrato. · Duración del contrato: fecha de inicio y término. · Superficie (Há). · Monto mensual del contrato (M$). · Datos de contacto de quien lo suscribe. El oferente que carezca de experiencia deberá indicarlo en el Anexo correspondiente. La circunstancia de que el oferente carezca completamente de experiencia no lo inhabilita para participar en la presente licitación, aunque sí se considerará en la etapa de evaluación de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- 5.3.1 Anexo N° 7: “Dotación de Personal”. Cada Oferente deberá indicar la cantidad de recursos humanos que dispondrá en este servicio, considerando lo indicado en las Bases Técnicas. El oferente que no cumpla con lo mínimo establecido en las bases técnicas se declarará su oferta INADMISIBLE. En este Anexo, el oferente deberá incluir un Organigrama que indique claramente la siguiente información: · Unidades o Áreas en la estructura organizacional de la empresa. · Nivel de jerarquía y dependencia de cada área o cargos considerados en el organigrama. · Consignar el cargo del encargado de cada unidad o área que el organigrama indique. · Breve descripción de funciones considerando aquellas de mayor relevancia en la ejecución del servicio a contratar. · Indicar en que unidad o área del organigrama se encuentra el Jefe de Servicio y el Supervisor del servicio. El oferente deberá incluir el CV del Jefe de servicio.
 
2.- 5.3.2 Anexo N° 8: “Vehículos, Maquinaria, Herramientas y otros”. Listado de vehículos, maquinaria, herramientas y otros que se utilizarán durante todo el tiempo que dure la prestación del Servicio, sean éstos de propiedad del oferente o de terceros, en caso de vehículos y maquinaria, se debe acreditar el título por el cual se detentan tales bienes (propios, contrato de leasing, arrendamiento u otro), al momento de celebrar y suscribir el contrato entre el Gobierno Regional y el adjudicatario. El oferente que no cumpla con lo mínimo establecido en las bases técnicas se declarará su oferta INADMISIBLE.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.1 Anexo N° 5 “Oferta Económica” (ESENCIAL).
2.- 5.2.2 Anexo N° 6: “Condición de empleo y remuneraciones”. (ESENCIAL) El oferente deberá consignar la remuneración mensual imponible para el personal operativo, la cual deberá ser respetada durante todo el período del contrato. No se debe incluir remuneraciones extraordinarias, ni especiales, ni remuneraciones variables (bonos, gratificación, aguinaldos, entre otros). El oferente debe considerar lo estipulado en la Ley N° 21.112 (actualmente vigente), sobre el monto de ingreso mínimo mensual para los años 2022 y 2023. En caso de ser menor al estipulado en dicha norma, la oferta no será evaluada declarándose INADMISIBLE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro inverso” del Portal. Cumplimiento de Requisitos Formales PTS No se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso 100 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente lo acompaña. 50 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente no lo acompaña. 0 CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO De este modo, el puntaje total del criterio Cumplimiento de Requisitos, se calculará de acuerdo a la siguiente formula: 𝑪𝑹 = PTS * 0,05 5%
2 Condiciones de empleo y remuneración Criterio Condiciones de empleo y remuneraciones (RRHH / 30%) Ver archivo adjunto bases administrativas especiales punto 6.2.2 30%
3 Precio Los precios ofertados a evaluar se obtendrán del Anexo N° 5 “Oferta Económica”, de la celda que indica “VALOR TOTAL IMPUESTOS INCLUIDOS”. La evaluación del precio ofertado se realizará mediante el “Análisis del mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta recibida y la de menor valor, de acuerdo a la siguiente fórmula: Siendo: OE: Oferta económica. OMV: Oferta menor valor. 𝑶𝑬 = ((𝑶𝑴𝑽/OEE)∗ 𝟏𝟎𝟎) ∗ 𝟎,𝟓𝟎 OEE: Oferta Económica Evaluada. 50%
4 Experiencia de los Oferentes Este criterio se evaluará de acuerdo a lo indicado en el Anexo N° 4 “Experiencia del Oferente”. La evaluación de la experiencia se realizará mediante el “Análisis de máxima cantidad de áreas verdes manejadas”, donde se considerará la relación entre cada oferta recibida y la de mayor valor, de acuerdo a la siguiente fórmula: Siendo: Exp: Evaluación Experiencia. 𝑬𝒙𝒑 = ((𝑶𝑬𝒂𝒗/𝑶𝑴𝒂𝒗)∗ 𝟏𝟎𝟎) ∗ 𝟎,𝟏𝟓 OEav: Cantidad de hectáreas manejadas de áreas verdes por oferente. OMav: Oferente con la mayor cantidad de hectáreas áreas verdes manejadas. Será la Comisión Evaluadora, la facultada para determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos necesarios, para acreditar la experiencia declarada, asimismo se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado en la documentación presentada, declarar INADMISIBLE la oferta presentada, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto corriente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Darío Salinas
e-mail de responsable de pago: dsalinas@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: CHRISTIAN RAMOS ECHEVERRÍA
e-mail de responsable de contrato: cramos@gobiernosantiago.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-227410-694
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 07-08-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como por ejemplo póliza de seguro, boleta de garantía o certificado de fianza a la vista o vale vista, entre otros tipos de cauciones) por un monto detallado en el pliego de condiciones, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, la que deberá ser emitida en favor del Gobierno Regional Región Metropolitana y deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro. Dicha garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 (sesenta) días corridos, contados desde las 00:00 del día siguiente al de la fecha de cierre de recepción de ofertas, la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, hasta las 13:00 Hrs., del día de cierre de la recepción de ofertas. 4.1.2 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora, y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada tanto la garantía como la oferta. 4.1.3 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a los documentos administrativos de la licitación. 4.1.4 La garantía de seriedad de la oferta deberá contener la glosa que estará definida en las bases administrativas especiales. 4.1.5 La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: 4.1.5.1 Si el oferente retira su oferta en el período de validez (vigencia) de la misma. 4.1.5.2 Si el oferente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, si no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente en estas bases, por causa imputable a él mismo. 4.1.5.3 Si no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración ChileProveedores, previo a la fecha de la firma del contrato respectivo. 4.1.5.4 Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4, de la Ley N° 19.886, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 4.1.5.5 Si, durante el periodo de evaluación, la Administración da cuenta de que los antecedentes presentados por la proponente incumplen con el “pacto de integridad” regulado en las presentes bases.
Glosa: Garantía de Seriedad de la oferta de la licitación ID N°1260-11-LQ23 "SERVICIO DE MANTENCIÓN PARQUE LO ERRÁZURIZ"
Forma y oportunidad de restitución: 4.1.6 La División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no favorecidos a contar del día siguiente de la fecha en que se suscriba el respectivo contrato, previa autorización de la unidad, departamento o división, que esté a cargo de la contratación, según corresponda. En el caso del oferente adjudicado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, el documento de garantía de seriedad de la oferta le será devuelto una vez que suscriba el contrato correspondiente y efectúe la entrega de la caución de fiel cumplimiento del contrato señalada en el numeral siguiente. 4.1.7 Se deja expresa constancia que podrá solicitarse la extensión de la vigencia (validez) de la oferta y de la caución, en caso que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago lo requiera, notificando lo anterior a través del Portal www.mercadopublico.cl al menos 10 (diez) días hábiles antes de su vencimiento, señalando en dicho acto los plazos requeridos. 4.1.8 El oferente deberá comunicar su aceptación o rechazo por la misma vía en un plazo de 2 (dos) días corridos. 4.1.9 El oferente en el caso de renovación deberá acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta en el plazo de 3 (tres) días hábiles contados desde su aceptación. 4.1.10 De no aceptar la solicitud de extensión de la vigencia de la garantía, se entenderá que el proponente no desea mantenerse en el proceso, procediendo a su devolución y a la exclusión del oferente de la adjudicación, de lo que se dejará constancia en el acta de evaluación de ofertas. 4.1.11 De acuerdo a lo prescrito en la ley N° 19.886 y su Reglamento, atendiendo el monto de la contratación, licitaciones menores a 2000 UTM, y cumpliendo con las prerrogativas establecidas en la normativa antes señalada, se podrá eximir a los oferentes del proceso licitatorio de presentar garantía de seriedad de la oferta, situación excepcional que deberá estar consignada en las bases administrativas especiales. De no existir la mención expresa a la que se hizo referencia, deberá siempre otorgarse la caución correspondiente, en los términos establecidos en el presente numeral y en lo que corresponda determinar por las bases administrativas especiales.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 13-11-2025
Monto: 10 %
Descripción: El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago en las bases administrativas especiales, establecerá de acuerdo a la normativa de compras públicas los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas. 4.2.2 El oferente adjudicado deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable por el monto detallado en las Bases Administrativas Especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, el que deberá ser emitido en favor del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato que se firme. Esta garantía deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF, en caso de las pólizas de seguro, al valor del día de la notificación de la adjudicación. 4.2.3 La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de 10 días hábiles contados desde que se notifica de la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que las bases administrativas especiales o las bases técnicas dispongan un plazo diferente. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. 4.2.4 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá remitirse al correo electrónico del responsable del contrato individualizado en las bases administrativas especiales o en las bases técnicas, para su tramitación interna. 4.2.5 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada la garantía, considerándose un impedimento atribuible al adjudicatario, pudiendo el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta (de existir) de no entregar la caución de la forma debida dentro del plazo indicado. 4.2.6 Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, términos anticipados de contrato y cobro de multas. 4.2.7 Dicha caución deberá tener una vigencia que vaya desde la firma del contrato, hasta a lo menos 90 días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha prevista para el término del contrato.
Glosa: Garantía de Fiel cumplimiento del contrato de la licitación ID N° 1260-11-LQ23 "SERVICIO DE MANTENCIÓN PARQUE LO ERRÁZURIZ"
Forma y oportunidad de restitución: La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje. 4.2.9 La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de la caución, por parte de la División de Administración y Finanzas del GORE R. M. S. 4.2.10 En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato, suministros de bienes extraordinarios, aumentos de plazo, renovaciones y prórrogas; o de modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el proveedor, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el período de corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las bases administrativas especiales, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento. 4.2.11 De no ingresar la extensión de la caución, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago estará facultado para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, siendo depositado para tales efectos en arcas del Servicio. 4.2.12 De acuerdo a lo prescrito en la ley N° 19.886 y su Reglamento, atendiendo el monto de la contratación y cumpliendo con las prerrogativas establecidas en la normativa antes señalada, se podrá eximir a los oferentes del proceso licitatorio de presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, situación excepcional que deberá estar consignada en las bases administrativas especiales. De no existir la mención expresa a la que se hizo referencia, deberá siempre otorgarse la caución correspondiente, en los términos establecidos en el presente numeral y en lo que corresponda determinar por las bases administrativas especiales. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 1.000 UTM, la entidad licitante deberá fundadamente ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de fiel cumplimiento. 4.2.13 Sin perjuicio de lo anterior, la caución de fiel cumplimiento del contrato nunca deberá ser inferior al 5% del valor total del contrato, debiendo readecuarse por el proveedor a solicitud del Supervisor del Contrato, cuando sea necesario. 4.2.14 Si se dispone que la garantía deberá superar el 30% del contrato, tal situación se justificará en las bases administrativas especiales. 4.2.15 Se hace presente que la garantía de fiel cumplimiento del contrato cumple con caucionar múltiples obligaciones, no solo las que emanan directamente de la convención o de las bases, sino que, cuando procede, puede hacerse efectiva para dar lugar al pago de obligaciones laborales y previsionales. 4.2.16 Si a propósito de multas o de término anticipado del contrato se cobran la garantía de fiel cumplimiento, u otro tipo de garantías, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular, so pena de quedar sujeto a lo señalado en el numeral 4.2.11. 4.2.17 Aumento de garantía: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Gobierno Regional que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, este Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En cualquier caso, la oferta del proveedor nunca podrá ser menor al 50% del presupuesto estimado o disponible si es que fue publicado, siendo descartada la propuesta que se postula en tales condiciones, por considerarse temeraria, y de dicha forma no cumple con las bases de licitación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación por alguna de las causales ya indicadas u otras. En caso de que se hayan presentado menos de cinco ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el tercer lugar en la tabla de evaluación respectiva. En caso de que se hayan presentado cinco o más ofertas el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el cuarto lugar en la tabla de evaluación. Si aplicado lo antedicho, no puede darse lugar a la readjudicación, entonces la licitación será declarada desierta, por entenderse que las ofertas restantes no cumplen con lo dispuesto en las presentes bases, de acuerdo a los intereses de la Institución. La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda o tercera oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de su oferta. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
Resolución de Empates
Realizada la calificación de las ofertas, no se excluye la posibilidad de que dos o más propuestas compartan idéntico puntaje máximo ponderado al aplicar la pauta de evaluación, es por ello, que se procederá a dirimir según la siguiente prelación:

1.    Criterio “Oferta económica”
2.    Criterio “Condiciones de empleo y remuneraciones”.
3.    Criterio “Experiencia del oferente”
4.    Si persiste el empate, se privilegiará al proveedor que haya ingresado su oferta en el
Sistema de Información, primeramente.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
10.1 Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.

10.2 Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.


10.3 Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.

10.4 En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, y la comisión evaluadora, puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión.

10.5 La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.

Pacto de integridad
8.1 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

8.2  Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

8.2.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.


8.2.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

8.2.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
 




8.2.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

8.2.5 El  oferente  manifiesta,  garantiza  y  acepta  que  conoce  y  respetará  las  reglas  y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

8.2.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.2.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.

8.2.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente   licitación,   incluidos   sus   subcontratistas,   haciéndose   plenamente responsable de   las   consecuencias   de   su   infracción,   sin   perjuicio   de   las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


8.2.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.

8.2.10  Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.




8.3 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.

8.4 El  Gobierno  Regional  Metropolitano  de  Santiago,  en  su  calidad  de  Órgano  de  la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.
En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.

MODIFICACIONES A LAS BASES.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.