En caso de haber un empate en el puntaje máximo final al aplicar la pauta de evaluación publicada, la comisión evaluadora, deberá, sobre la base de condiciones objetivas privilegiar los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo con el siguiente orden:
1º Se deberá privilegiar en primera instancia, aquella oferta que presente mayor propuesta técnica;
2º Aquel proveedor que presenta el menor precio, según la Pauta de Evaluación aplicada.