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Pacto de Integridad |
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El/la oferente declara que, por el sólo hecho de participar en el presente proceso licitatorio,
acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de
las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
9.2 Especialmente, el/la oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
9.2.1 El/la oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores/as, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política
de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad
al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el/la oferente se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir
a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, bienes o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
9.2.2 El/la oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello
se deriven.
9.2.3 El/la oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquiera de sus tipos o formas.
9.2.4 El/la oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
9.2.5 El/la oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
ética, moral, buenas costumbres probidad y transparencia en el proceso licitatorio.
9.2.6 El/la oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él
o los contratos que de ellos se derivasen.
9.2.7 El/la oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en
el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables
a la misma.
9.2.8 El/la oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es
una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos
ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones ofertadas.
9.2.9 El/la oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que
las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas
por sus empleados/as y/o dependientes y/o asesores/as y/o agentes y en general,
todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en
virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
9.2.10 El/la oferente no podrá comunicarse con el funcionario/a responsable o cualquier
funcionario/a que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo
establecido en el Sistema de Información.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si el/la oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de
los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de
evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su
incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.
12.2 Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro,
siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
12.3 Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo,
y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los
antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios
de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas,
entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de
cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio
respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento. La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten
documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas
en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los/las proponentes el estudio
de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas
no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases
administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se
declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
12.5 Se considerarán como no presentados los antecedentes esenciales que hayan sido
entregados de manera incompleta, de manera tal que no cumplan con las características
requeridas por el pliego de condiciones. Salvo que se trate de aspectos meramente formales
del antecedente, siempre y cuando toda la información requerida se encuentre presente.
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