Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarle por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.
Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntando en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de completitud de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.
En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, y la comisión evaluadora, puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión.
La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
9.2 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
9.2.1 El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, bienes o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
9.2.2 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
9.2.3 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
9.2.4 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
9.2.5 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres probidad y transparencia en el proceso licitatorio.
9.2.6 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
9.2.7 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
9.2.8 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.
9.2.9 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.2.10 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.
9.3 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
9.4 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.
En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio.
9.5 El oferente deberá presentar un Código de Conducta donde conste el Pacto de Integridad en el cual se prohíba claramente ofrecer sobornos, conceder, intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas, pago u otro tipo de conductas antiéticas, así como también los compromisos a los que se obliga en este acápite y la forma en cómo dicho instrumento ha sido informado, implementado y sociabilizado con sus trabajadores.
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MODIFICACIONES A LAS BASES. |
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información.
Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.
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BASES TÉCNICAS |
1. ANTECEDENTES
El Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago requiere adquirir 20 EQUIPOS COMPUTACIONALES para sus funcionarios/as. La entrega de todo el equipamiento debe ser en el Edificio Institucional ubicado en Bandera Nº46 entrepiso, Santiago.
Las características mínimas de los equipos solicitados corresponden a:
LAPTOP CANTIDAD 20 UNIDADES:
Procesador : AMD Ryzen™ 7 5700U o Intel I7 de 11ª generación
Ram : 16 GB
Pantalla : Full HD (1920 x 1080) Velocidad Procesador : Frecuencia de hasta 4,3 GHz, Sistema Operativo : Windows 11 Pro OEM
Gráfica : Video integrado Almacenamiento : SSD 480 GB Teclado : Español
Puertos : 1x USB 3.2 Gen 1 Type-A | 1x USB 3.2 Gen 1 Type-C
| 2x USB 2.0 Type-A//1x HDMI 1.4 | 1x 3.5mm Combo
Audio Jack Peso : Máximo 1.5 Kg Otros : Wi-Fi 5(802.11ac)
Bluetooth 4.2 (Dual band) 2*2
Webcam VGA integrada
Micrófono integrado
Anclaje para candado físico
Candado
Mochila de transporte
MONITOR CANTIDAD 20 UNIDADES:
Tamaño : 24 PULGADAS FULL HD 16:9, 75Hz, Soporte : Regulable en altura
Los equipos ofertados deben ser nuevos, sin uso.
El oferente debe adjuntar ficha técnica que dé cuenta del cumplimiento de todos los requerimientos mínimos solicitados, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo N°6.
Todas las ofertas deberán ser acompañadas de catálogos, fichas técnicas y/o manuales de usuario/técnicos en idioma español o con su correspondiente traducción al español, en los cuales esté contenida toda la información que permita comprobar el efectivo cumplimiento de los requerimientos y especificaciones del equipamiento en los términos exigidos en estas Bases.
2. PLAZO DE ENTREGA
El plazo máximo para la entrega de los equipos será el plazo ofertado por el proveedor adjudicado, el que no podrá exceder de 15 días corridos, contados desde el día siguiente a la aceptación de la orden de compra.
3. GARANTÍA TÉCNICA
El proveedor adjudicado deberá garantizar el equipamiento ofertado por un total de 36 meses de garantía técnica, contados desde la fecha de suscripción del Acta de Recepción Conforme de los equipos (numeral 8.3 de las BAE).
El oferente deberá detallar en su oferta técnica los términos y condiciones de la garantía, indicando claramente, sus alcances (circunstancias de las fallas, situaciones de recambio de equipo, actualización de hardware o software por fallas de fabricación, etc.). Además, deberá proporcionar toda la información respecto al alcance de la garantía técnica del equipo ofertado.
La garantía opera respecto del Equipo y sus componentes o accesorios, en el caso de que se requieran y/o entreguen estos.
4. TIEMPO DE RESPUESTA
El oferente adjudicado deberá entregar un documento o certificado que avale la acreditación del Servicio Técnico Propio por parte del fabricante del equipo, el cual deberá señalar el periodo de acreditación y deberá estar vigente durante todo el periodo de la garantía técnica, (36 meses) la que comenzará a partir de la firma del acta de recepción conforme de los equipos.
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