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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OE”.
Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “TL”.
Si se mantiene el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CR”.
Si aun así persiste el empate, se adjudicará a aquel proveedor que ingreso primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
6. ACLARACIONES, CONSULTAS Y RESPUESTAS A LAS BASES.
6.1 Las comunicaciones entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.
6.2 Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.
6.3 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. De las respuestas y aclaraciones se pronunciará siempre la autoridad que corresponda, a través del acto administrativo, en la etapa del proceso licitatorio que estime pertinente.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
15.2 De la tramitación administrativa del contrato.
15.2.1 Una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado” se procederá a la redacción de éste. El contrato deberá suscribirse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación en el sistema de información. De no suscribirse la convención dentro del plazo, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá invalidar la adjudicación, aludiendo al presente vicio del proceso, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso.
15.2.2 Será obligatorio acompañar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el inciso 1°, del artículo 4 de la ley N° 19.886, una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo materializarse la nueva contratación por la modalidad aplicable, de acuerdo a la normativa, y, al mérito, conveniencia y oportunidad de la Administración. El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención, no podrá participar en el concurso o ser contratado directamente para la materialización de esta contratación.
15.2.3 El Departamento Jurídico del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será el encargado de redactar el contrato correspondiente, pudiendo incorporar en él solo cláusulas establecidas en las bases de licitación, entendiendo que, si existe discrepancia entre lo dispuesto en el contrato y en las bases, serán siempre las bases las que tengan prioridad. Los gastos que, eventualmente, se originen por este motivo, serán de cargo exclusivo del proveedor.
15.2.4 El proveedor adjudicado deberá proporcionar al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago todos los antecedentes necesarios para la redacción del contrato (contenidos en el acápite “requisitos para contratar al proveedor adjudicado”), dentro del plazo que establece el pliego de condiciones para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento.
15.2.5 El tratamiento específico para cada tipo de contrato estará señalado en el pliego de condiciones.
15.2.6 Es obligación del adjudicatario persona jurídica entregar la personería actualizada y el certificado de vigencia de su empresa o persona jurídica sin fines de lucro.
15.2.7 El objeto de la contratación deberá ser ejecutado con posterioridad a la emisión de la orden de compra.
15.2.8 El proveedor por regla general no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
11. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.
11.1 Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.
11.2 Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
11.3 Sólo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las bases administrativas especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.
11.4 La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
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Pacto de integridad |
9. PACTO DE INTEGRIDAD, PRACTICAS REÑIDAS CON LA PROBIDAD Y CONDUCTAS DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS.
9.1 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
9.2 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
9.2.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
9.2.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
9.2.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
9.2.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.
9.2.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
9.2.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
9.2.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.
9.2.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.2.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.
9.3 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, propuesta o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación o maquinación con el fin de influir en la adjudicación o en la ejecución del contrato en perjuicio de los demás oferentes (actuales o potenciales) o del mandante, y por “práctica colusoria”, sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.
9.4 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.
En consecuencia, los participantes de esta licitación, deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.
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7. MODIFICACIONES A LAS BASES. |
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7.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información.
7.2 Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
7.3 Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del Reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.
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Bases Técnicas |
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1. SERVICIO A CONTRATAR
El Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago requiere la Contratación del Arriendo de Servicios de Internet, la prestación de los servicios tendrá una duración de 24 meses contados desde la fecha de firma del contrato.
Detalle de los servicios requeridos:
1) Enlace principal a Internet 1:1 con velocidad mínima de 500 Mbps Nacional y 150Mbps Internacional en Bandera 46 entrepiso. Este enlace debe disponer al menos de 2 segmentos de 8 direcciones IP validas cada uno. Es decir un bloque de 16 IP Públicas, (una /28).
2) Enlace secundario como ruta de respaldo con velocidad mínima de 200 Mbps para el sitio Bandera 46 entrepiso. Este enlace debe ser provisto por una ruta divergente en al menos 90% del tramo total del enlace principal y debe ser configurado con protocolo BGP o equivalente para poder tener respaldo del enlace de Internet principal. La solución debe contar con equipamiento de borde router y switch en HA.
3) NO se requiere Equipamiento Firewall el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago ya cuenta con este equipamiento y servicio.
4) Enlace dedicado punto a punto en fibra óptica de 1Gb entre Bandera 46 entrepiso y Morandé 93 (esquina Moneda) primer piso, no se requiere equipamiento de borde para esta conexión, se debe entregar en enlace con un transceiver.
5) El oferente debe garantizar la velocidad de conexión desde su punto de conexión para todos los enlaces solicitados.
6) Housing de 8UR para equipo servidor en Datacenter de propiedad del oferente, con enlace directo punto a punto o MPLS en fibra óptica hasta sala de servidores del Gobierno Regional Metropolitano ubicado en Bandera 46 entrepiso, este enlace debe ser de al menos 1 Gbps y solo con tranceiver para conectar con cableado UTP. La energía consumida por el equipamiento alojado el Datacenter no debe cobrarse como adicional.
7) Todos los anteriores deben contar con soporte de atención ante emergencias en modalidad 24x7.
8) El oferente debe detallar las direcciones IP válidas ofertadas. Es responsabilidad del oferente entregar y ofertar direcciones IP limpias, que no estén en listas negras.
9) Todos los enlaces deben ser en fibra óptica debiendo el oferente suministrar equipos conversores de fibra óptica a cable UTP cat 6 en los extremos de conexión.
10) La tasa de compartición de los enlaces a Internet debe ser 1:1, el oferente debe asegurar dicho nivel.
11) El datacenter debe cumplir un nivel mínimo de certificación Tier 3 para diseño, construcción y operación. Debe el datacenter ser de plena propiedad del oferente. Estos requerimientos son excluyentes para la licitación.
12) Sistema de respaldo en nube privada tipo “Backup as a Services” de propiedad del oferente para los siguientes servidores:
1) 1 servidor Linux con 3TB (Virtual)
2) 1 servidor Linux con 3TB (Virtual)
3) 1 servidor Linux con 3TB (Virtual)
4) 1 servidor Windows con 21TB (Físico)
5) 1 servidor Windows con 3TB (Virtual)
6) 1 servidor Windows con 3TB (Virtual)
El sistema debe tener un gestor de administración en español, para el respaldo y recuperación de las máquinas. Aplicando la configuración el respaldo se debe hacer de manera automática y sistema de transferencia encriptada de información. El respaldo se deberá configurar con al menos 30 puntos de restauración mensual, 6 respaldos diarios incrementales semanales y 1 un respaldo full semanal. Y la retención mensual se debe guardar por los 24 meses, es decir debe haber una copia de seguridad por cada mes que dure el contrato.
Al finalizar el periodo de contrato se deberá traspasar la información al Gobierno Regional a través de uno de los enlaces contratados.
Se requiere un crecimiento del 5% anual sobre el total de TB de información a respaldar.
13) Servicio de respaldo de servidores tipo “Disaster Recovery as a Services” para 4 máquinas virtuales VMware cada una con las siguientes características:
a. Memoria RAM 16GB
b. Disco Duro estándar 500GB
c. Velocidad CORE 16Ghz
El servicio debe proveer un sitio redundante virtual que puede hacerse cargo de la plataforma completa (4 máquinas virtuales) en caso de una falla en el sitio principal a causa de algún desastre, generalmente causado por alguna de la falla y mantenerse como en esta condición hasta que vuelva a estar operativo el sitio principal. La replicación de las MV a respaldar debe ser constante y con un RPO de 5 minutos y RTO de 3 horas.
El servicio debe permitir la replicación entre almacenamientos de distintos venders independiente del hardware y sus tecnologías. Debe contar con una interfaz de admiración, lo que permita obtener evidencias para auditorias y automatizar los procesos de Failover y failback. La plataforma no debe utilizar el concepto de Snapshots, dado que sólo se debe ocupar de replicar los bloques modificados sin la necesidad de congelar el estado del servidor, esto con el fin de agilizar el proceso. La plataforma debe permitir realizar pruebas de recuperación con generación de evidencias, esto sin impactar en el ambiente productivo y sin necesidad de volver a replicar la data desde cero después de realizar la prueba.
14) Servicio de EDR, Se requiere de una solución de seguridad que incluye detección y respuesta de Endpoint (EDR). La herramienta debe permitir detectar incidentes por medio de técnicas de análisis de datos con las cuales se logra identificar comportamientos sospechosos en los endpoint, lo que permite contener incidentes bloqueando la actividad maliciosa y brindando sugerencias de remediación para restaurar sistemas afectados.
Está herramienta debe detectar amenazas avanzadas, como son malware de tipo polimórfico, vulnerabilidades 0-day, ataques de ingeniería social, amenazas persistentes o APT, cuentas comprometidas, etc. En caso de detectar una amenaza o comportamiento anómalo, debe permitir actuar de forma inmediata y automática para poder eliminar la amenaza o mitigar sus efectos.
a) El servicio a ofertar debe tener una consola de gestión unificada.
b) Debe tener monitoreo y soporte 7x24 por personal del oferente.
c) Debe soportar sistemas operativos Windows, Linux y MAC.
d) Administración por parte del proveedor.
e) El servicio debe ser entregado en modalidad de licencia por usuario o dispositivo.
f) Debe proteger Endpoint Prevention (EPP*), detención de alta gama de malware, troyanos y ransomware antes que comiencen.
g) Debe contar con Active EDR Básico para detección y respuesta (EDR**) Función en tiempo real con o sin conectividad en la nube. Detección de malware altamente sofisticados, exploits en memoria.
h) Requiere Control de dispositivos basado en políticas de todos los periféricos de dispositivos USB. Inventario de aplicaciones para gestión de vulnerabilidades CVE conocidas, firewall local.
i) Se requiere de 15 licencias con las características anteriores para ser instalados en Servidores físicos, virtuales o PC / Notebook.
El oferente en su propuesta debe incluir un cronograma que detalle las actividades, plazos, hitos y para activar todos los servicios antes descritos.
Debe incluir también un diagrama de conectividad general entre el Edificio del Gobierno Regional, el proveedor de Internet y el equipo hounsing en datacenter del oferente.
Los enlaces ofertados deben ser de propiedad del oferente y tener concesión de SUBTEL.
El no especificar o detallar en la propuesta cualquiera de los puntos anteriores solicitados permitirá a la comisión de evaluación, interpretar que el oferente no dispone del servicio y será considerado no apto para la contratación.
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