Licitación ID: 1261-1-LR24
Asesoría Profesional Inspección Técnica de Obras
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA, PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 38
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
ASESORÍA PROFESIONAL A LAS LABORES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS, MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN PARQUE METROPOLITANO CERRO CHENA, ETAPA 1” Ver archivo RESOLUCION_EXENTA_N_26_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Asesoría Profesional Inspección Técnica de Obras
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El GORE RM en su calidad de Unidad técnica requiere contratar los servicios de Asesoría a la inspección técnica delas Obras AITO o Asesoría para el proyecto: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN PARQUE METROPOLITANO CERRO CHENA,ETAPA 1” para los efectos de contar con un apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la I.T.O.GORE RM durante la ejecución
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Unidad de compra:
PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N° 46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-02-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 05-01-2024 14:18:42
Fecha inicio de preguntas: 05-01-2024 15:00:00
Fecha final de preguntas: 15-01-2024 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-01-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-02-2024 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-02-2024 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 26-03-2024 10:02:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Recepción Garantías Seriedad Oferta en Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hasta las 13:00 05-02-2024 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 5.1.1. Formato N°1 (ESENCIAL) - Identificación del oferente 5.1.2. Formato N°2 - Declaración jurada aceptación de bases 5.1.3. Formato N°3 - Declaración de no encontrarse inhabilitado y/ o con prohibición de suscribir contratos con el estado 5.1.4. Formato N°4 (ESENCIAL) - Acuerdo Unión Temporal De Proveedores, si corresponde. 5.1.5. Formato N°10 - Declaración jurada programa de integridad. 5.1.6. Garantía de seriedad de la oferta (ESENCIAL).
Documentos Técnicos
1.- 5.2.1. Formato N°6 (ESENCIAL) - Acreditación Experiencia de La Empresa Oferente 5.2.2. Formato N°7 (ESENCIAL) - Experiencia Profesional del Equipo Profesional 5.2.3. Formato N°8 - Individualización Equipo Profesional Ofertado 5.2.4. Formato N°9 - Carta Compromiso Del Equipo Profesional
 
Documentos Económicos
1.- 5.3.1. Formato N°5 (ESENCIAL) - Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio En la evaluación de las ofertas se aplicará el “Análisis de mínimo costo” según oferta económica presentada en el Formato Nº5, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor valor, según la siguiente fórmula: 𝑷𝒖𝒏𝒕𝒂𝒋𝒆 𝑶𝑬 = ((𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 𝒎𝒆𝒏𝒐𝒓 𝒗𝒂𝒍𝒐𝒓 ∗ 100)/Oferta a evaluar)∗ 25% 25%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará en 2 subcategorías: a) Experiencia del Oferente (EOF). b) Experiencia del Equipo Profesional (EEP). Ver archivo adjunto. 70%
3 Cumplimiento de los requisitos En concordancia a lo indicado en el punto 10 de las BAG. Presentación de Documentos Puntaje Entrega dentro del plazo el 100% de los documentos solicitados correctamente emitidos hasta la recepción de ofertas. 100 Entrega de 1 a 2 antecedentes fuera de fecha o que haya debido ser rectificado dentro del plazo adicional otorgado por GORE RMS, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 40 del D. S. N 250/2004 (Hacienda). 50 Entrega de 3 o más antecedentes fuera de fecha o que hayan debido ser rectificados, de los documentos no esenciales antes del cierre de recepción de ofertas o que, habiéndoselos solicitado vía foro inverso, no lo hagan dentro del plazo estipulado para ello. 0 Puntaje RF = Puntaje ∗ 5% De existir discordancia entre los certificados de experiencia profesional y el Formato N°7 (ESENCIAL) - Experiencia Profesional del Equipo Profesional, serán consideradas como falta de información, bajando el puntaje de presentación. Se espera que no se agreguen experiencias sin acreditación y acreditaciones que no aparezcan en el Formato N°7. Para la calificación de este factor de evaluación, se considerará, entre otros, el Formato Nº10 “DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD” Dentro de los documentos considerados para la obtención de la totalidad del puntaje en este factor, se considera la presentación del Pacto de Integridad, firmado por el Oferente. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: BIP 30407980-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto estimado impuesto incluido
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Inés Villarroel
e-mail de responsable de pago: ivillarroel@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: Paulo Serrano
e-mail de responsable de contrato: pserrano@gobiernosantiago.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22509-334
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 27-05-2024
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: 5.1.1. Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como por ejemplo póliza de seguro, boleta de garantía o certificado de fianza a la vista o vale vista, entre otros tipos de cauciones) por el monto señalado en las Bases Administrativas Especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, la que deberá ser emitida en favor del Gobierno Regional Región Metropolitano y deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro. Dicha garantía deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde las 00:00 del día siguiente al de la fecha de cierre de recepción de ofertas, dicho documento deberá ser entregado en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, hasta las 13:00 Hrs., del día de cierre de la recepción de ofertas, o en su defecto de acuerdo se expongan en las Bases Administrativas Especiales. 5.1.2. Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora, y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada tanto la garantía como la oferta. 5.1.3. La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a los documentos administrativos de la licitación. 5.1.4. La garantía de seriedad de la oferta deberá contener la glosa que estará definida en las Bases Administrativas Especiales. 5.1.5. La garantía de Seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: a) Si el oferente retira su oferta en el período de validez (vigencia) de la misma. b) Si el oferente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, si no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente en estas bases, por causa imputable a él mismo. c) Si no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Chileproveedores, dentro del plazo de 10 días corridos, luego de notificado del respectivo acto de adjudicación. d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4, de la Ley N°19.886, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. e) Si, durante el periodo de evaluación, la División de Infraestructura y Transporte del Gobierno Regional Metropolitano, da cuenta de que los antecedentes presentados por la proponente incumplen con el “pacto de integridad” regulado en las presentes bases.
Glosa: Para garantizar la oferta de la licitación “ASESORÍA PROFESIONAL A LAS LABORES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS, MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN PARQUE METROPOLITANO CERRO CHENA, ETAPA 1”. ID 1261-1-LR23
Forma y oportunidad de restitución: 5.1.6. La División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no favorecidos a contar del día siguiente de la fecha en que se suscriba el respectivo contrato, previa autorización de la unidad, departamento o división, que esté a cargo de la contratación, según corresponda. En el caso del oferente adjudicado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, el documento de garantía de seriedad de la oferta le será devuelto una vez que suscriba el contrato correspondiente y efectúe la entrega de la caución de fiel cumplimiento del contrato señalada en el título siguiente. 5.1.7. Se deja expresa constancia que podrá solicitarse la extensión de la vigencia (validez) de la oferta y de la caución, en caso de que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago lo requiera, notificando lo anterior a través del Portal www.mercadopublico.cl al menos 10 (diez) días hábiles antes de su vencimiento, señalando en dicho acto los plazos requeridos. 5.1.8. El oferente deberá comunicar su aceptación o rechazo por la misma vía en un plazo de dos (2) días corridos. 5.1.9. El oferente en el caso de renovación deberá acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde su aceptación. 5.1.10. De no aceptar la solicitud de extensión de la vigencia de la garantía, se entenderá que el proponente no desea mantenerse en el proceso, procediendo a su devolución y a la exclusión del oferente de la adjudicación, de lo que se dejará constancia en el acta de evaluación de ofertas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 07-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: 5.2.1. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago en las Bases Administrativas Especiales, establecerá de acuerdo a la normativa que regula a la contratación pública los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas: 5.2.2. El oferente adjudicado deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable por el monto detallado en las Bases Administrativas Especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, el que deberá ser emitido en favor del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato que se firme. Esta garantía deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF, en caso de las pólizas de seguro, al valor del día de la notificación de la adjudicación. 5.2.3. La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de diez (10) días hábiles contados desde que se notifica de la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que las Bases Administrativas Especiales o las Bases Técnicas dispongan un plazo diferente. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. 5.2.4. La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá remitirse al correo electrónico del responsable del contrato individualizado en las Bases Administrativas Especiales o en las Bases Técnicas, para su tramitación interna. 5.2.5. Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora. y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada la garantía, considerándose un impedimento atribuible al adjudicatario, pudiendo el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta (de existir) de no entregar la caución de la forma debida dentro del plazo indicado. 5.2.6. Las condiciones de la PÓLIZA deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento de Contratación y Compras Públicas, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: INCUMPLIMIENTOS LABORALES Y PREVISIONALES DERIVADOS DEL CONTRATO, TÉRMINOS ANTICIPADOS DE CONTRATO Y COBRO DE MULTAS. Si las pólizas requieren de considerar condiciones particulares o especiales que determinen lo anterior, deberán hacerlo expresamente, de lo contrario serán rechazadas como garantías validas, ya que no cumplirían con los propósitos para los que son tomadas de acuerdo al artículo 68 del decreto supremo N°250/2004 (Hacienda).
Glosa: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de la licitación “ASESORÍA PROFESIONAL A LAS LABORES DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS, MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN PARQUE METROPOLITANO CERRO CHENA, ETAPA 1”. ID 1261-1-LR23
Forma y oportunidad de restitución: 5.2.7. Dicha caución deberá tener una vigencia que vaya desde la firma del contrato, hasta a lo menos 60 (sesenta días) corridos posteriores del plazo del término del contrato para el cual es contratada la presente consultoría. 5.2.8. La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje. 5.2.9. Esta garantía será devuelta, siempre que, al término del contrato, se verifique por parte de la I.T.O. que no se hubieren presentado reclamos por la calidad de las obras ejecutadas o servicios que, habiéndose presentado reclamos, estos hubieren sido inspeccionados por la A.I.T.O. y debidamente solucionados por el contratista o constructor, aprobados estos reparos, situaciones que deben ser indicados por el contratista en un informe de cierre y con la debida autorización del I.T.O. 5.2.10. La restitución de la garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de la caución, por parte de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. 5.2.11. En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato, suministros de servicios extraordinarios, aumentos de plazo, renovaciones y prórrogas; o de modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para la empresa asesora, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el período que corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las Bases Administrativas Especiales, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad de la empresa de asesoría mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento. 5.2.12. De no presentar la extensión de la caución, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago estará facultado para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, siendo depositado para tales efectos en arcas del Servicio. 5.2.13. Sin perjuicio de lo anterior, la caución de fiel cumplimiento del contrato nunca deberá ser inferior al 5% del valor total del contrato, debiendo readecuarse por la empresa de asesoría a solicitud del Inspector Técnico, cuando sea necesario. 5.2.14. Si se dispone que la garantía deberá superar el 30% del contrato, tal situación se justificará en las Bases Administrativas Especiales. 5.2.15. Se hace presente que la garantía de fiel cumplimiento del contrato cumple con caucionar no solo obligaciones propias del contrato, sino que también, y de acuerdo a la normativa de contratación pública, jurisprudencia administrativa y judicial, garantiza el pago de obligaciones laborales y previsionales. En caso de incumplimiento del contratado de las obligaciones que le impone el contrato, las bases administrativas generales, especiales y técnicas, el Gobierno Regional Metropolitano, estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Además, si el contrato es terminado anticipadamente por incumplimiento grave de las obligaciones del contratado, entonces no solo se cobrará la garantía, sino que el monto efectivo obtenido del cobro se considera la avaluación anticipada de los perjuicios de la Administración, por lo que ingresará a arcas fiscales de manera definitiva, administrativamente y sin forma de juicio, más allá de los recursos previstos en la normativa aplicable. 5.2.16. Si a propósito de multas o de término anticipado del contrato se cobran de la garantía de fiel cumplimiento, u otro tipo de garantías, entonces será obligación del contratado sustituir la caución en particular, so pena de quedar sujeto a lo señalado en las presentes bases. 5.2.17. Aumento de garantía: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, este Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En cualquier caso, la oferta del proveedor nunca podrá ser menor al 50% del presupuesto estimado o disponible si es que fue publicado, siendo descartada la propuesta que se postula en tales condiciones, por considerarse temeraria, y de dicha forma estimarse que no cumple con las bases de licitación. 5.2.18. En el caso de que las Bases Administrativas Especiales regulen la necesidad de una garantía de correcta ejecución, y se dé lugar al termino anticipado del contrato por alguna causa imputable al prestador del servicio, sobreviviendo lo correctamente ejecutado con lo no realizado por el prestador del servicio, y habiendo sido cuantificado así por la liquidación respectiva, entonces el Servicio podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que, como se señaló anteriormente, servirá para cumplir una serie de obligaciones. 5.2.19. De lo obtenido del cobro de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, y de cualquier caución que determinen las bases especiales, una vez satisfechas las obligaciones en favor de la Administración, el saldo si es que existiera, será devuelto al prestador del servicio. Será responsabilidad del prestador del servicio y de la empresa otorgante de la garantía el verificar las condiciones de devolución al prestador del servicio, liberando desde ya al Gobierno Regional de cualquier ulterior responsabilidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación por alguna de las causales ya indicadas u otras. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente evaluado. La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda o tercera oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de la ratificación de su oferta. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre dos o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA EOF”. Si persiste el empate procederá a adjudicar al oferente que hubiese obtenido mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA EEP”

Si aplicando la fórmula anterior, aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.

Finalmente, de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS".

Si aun así persiste el empate, se adjudicará a aquella asesoría que ingreso primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.

Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.

El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en el Sistema de Información, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá aprobar las respuestas publicadas en el foro de preguntas y respuestas, o ratificarlas en el acto administrativo de adjudicación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarle por foro de aclaración de ofertas, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito (Art. 40 del Decreto 250/2004 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886).
Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntando en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.
Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación contenidos en las Bases Administrativas Especiales respectivas, entendiéndose además que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de completitud de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.

Pacto de integridad

9.1. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

9.2. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

9.2.1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o contratos que de ello se deriven.
 
9.2.2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

9.2.3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

9.2.4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

9.2.5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

9.2.6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

9.2.7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.

9.2.8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

9.2.9. El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.

9.2.10. Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación lo  que  consecuencialmente traerá  consigo  el  efecto  de  que  la  oferta  sea  declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta. Al momento de participar en la licitación, el proponente acepta que la comisión de evaluación verifique la información entregada, e incluso pueda complementar con aquella que no lo fue, y que, si está disponible en el Sistema de Información de Compras Públicas, o que pueda obtenerse por la vía de consulta a otros Servicios públicos, pudiendo consultar al proveedor sobre dicha información a través del foro inverso respectivo. Si, de incorporar la información, o de no hacerlo (sólo a modo de ejemplo: Cuando se declara una capacidad económica que, de contar con todos los contratos no sería tal), se transgrede el principio de estricta sujeción a las bases o de igualdad de los oferentes, entonces será descartada la oferta del proponente, sugiriendo la comisión evaluadora sea declarada inadmisible su oferta.

9.3. En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por:

9.3.1.  Práctica Corrupta: Todo ofrecimiento, propuesta o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato.

9.3.2. PrácticaFraudulenta: Toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante.

9.3.3.  Práctica Colusoria: Los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta. Sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas.

9.4. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N°19.913 que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas, que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones.

9.5. En consecuencia, los participantes de esta licitación deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N°19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
15.5.   De la tramitación administrativa del contrato

15.5.1. Una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado” se procederá a la redacción de éste.

15.5.2. El contrato deberá suscribirse dentro de los plazos establecidos en las Bases Administrativas Especiales, y, si estas nada contemplan, se hará de acuerdo a lo señalado en el artículo N°651  del Reglamento de la Ley de Contratación y Compras Públicas. De no suscribirse la convención dentro del plazo, por causal imputable al adjudicatario, el  Gobierno Regional  Metropolitano de  Santiago podrá readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso.

15.5.3. Será  obligatorio  acompañar  la  documentación  necesaria  para  acreditar  el  cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.886. Se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El proveedor adjudicado deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato.

15.5.4. El Departamento Jurídico del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será el encargado de redactar el contrato correspondiente y podrá incorporar en él todas las cláusulas que estime pertinentes


1 30 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
 
para salvaguardar los intereses del Servicio.

15.5.5. En la eventualidad que se produzcan gastos, en virtud de la suscripción del contrato, estos serán asumidos por el adjudicatario.


15.5.6. El  adjudicado  deberá  proporcionar  al  Gobierno Regional  Metropolitano de  Santiago todos los antecedentes necesarios para la redacción del contrato (contenidos en el acápite “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado”), dentro del plazo que establece el pliego de condiciones para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento.

15.5.7. El  tratamiento específico para  cada  tipo de  contrato estará señalado  en  el  pliego  de condiciones.

15.5.8. Es obligación del adjudicatario entregar la personería actualizada y el certificado de vigencia otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo, o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, según corresponda.

15.5.9. Una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del contrato, podrá comenzar el plazo de ejecución del contrato, el que por regla general comenzará a contar desde la fecha consignada en el acta de inicio del servicio.

15.5.10. El adjudicado, no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato.

15.5.11. Salvo  declaración  expresa  y  fundamentada en  las  Bases  Administrativas Especiales  o Técnicas, la regla general el adjudicado, puede subcontratar. Los motivos de cualquier prohibición a esto, ya sea total o parcial, se explicarán en las Bases Administrativas Especiales y/o técnicas.