Licitación ID: 1261-53-LQ23
Prog. Fortalecimiento Inversión RMS Componente 1
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA, PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 38
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Unidad
Cod: 80101604
PROGRAMA TRANSFERENCIA ASISTENCIA TÉCNICA FORTALECIMIENTO DE CARTERA INVERSIONES, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO. Ver archivo adjunto RESOLUCION_EXENTA_N_3824_Aprueba Bases.pdf  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Prog. Fortalecimiento Inversión RMS Componente 1
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
“PROGRAMA TRANSFERENCIA ASISTENCIA TÉCNICA FORTALECIMIENTO DE CARTERA INVERSIONES, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO” CONTRATACIÓN COMPONENTE 1: RESPUESTA A OBSERVACIONES DE 42 IDIS DE INTERÉS REGIONAL” CÓDIGO BIP 40039809-0
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL REGION METROPOLITANA
Unidad de compra:
PROGRAMAS REGIONALES - PROGRAMA 02
R.U.T.:
61.923.200-3
Dirección:
Bandera N° 46
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-12-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 29-11-2023 14:57:39
Fecha inicio de preguntas: 29-11-2023 16:10:00
Fecha final de preguntas: 05-12-2023 16:10:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-12-2023 16:10:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-12-2023 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-12-2023 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 09-02-2024 9:11:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Recepción Garantías Seriedad Oferta en Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hasta las 13:00 20-12-2023 13:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Respecto de la garantía de seriedad de la oferta, no solo debe estar presente física o electrónicamente, sino que debe haberse emitido en los términos que señala el presente pliego de condiciones, de no ser así, la oferta será rechazada en la etapa de apertura de ofertas. Persona Jurídica: a) Garantía de Seriedad de la Oferta. (ESENCIAL) b) Copia del RUT de la empresa o equivalente si fuere extranjero. c) Formato Nº 1: “Formulario de Identificación del Oferente”. d) Formato N° 2: “Declaración Jurada Aceptación de Bases”. e) Formato Nº 3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado y/o con prohibición de suscribir contratos con el Estado”. En el caso de las UDP deberán presentar la declaración jurada de cada uno de sus integrantes, naturales y/o jurídicos. f) Formato N° 4: “Unión Temporal de Proveedores”, se deberá considerar la declaración jurada referida a la materialización por escritura pública del consorcio o unión temporal, si se le adjudica la propuesta. g) Copia de cédula de identidad vigente del representante legal o de quien tenga poder suficiente para presentar la oferta, y que suscribirá todos los antecedentes de la presente licitación. En el caso de las personas jurídicas extranjeras, deberá acompañar fotocopia de documento equivalente. h) Certificado de Vigencia de la Persona Jurídica, extendido por el Conservador de Bienes Raíces que según sea el caso, se encuentre a cargo del registro de comercio correspondiente o Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659, emitidos con una antelación no superior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de recepción de la propuesta, fotocopia de la escritura en la que consta su constitución legal, y sus modificaciones posteriores si las hubiere. Las personas jurídicas extranjeras, deberán presentar certificados que acrediten la vigencia de la persona jurídica y de los poderes de los representantes legales, con una antelación no superior a sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de recepción de la propuesta y conforme a lo dispuesto en los artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil. i) Certificado de Poder vigente del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio competente o Certificado de vigencia emitido de conformidad con el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 dentro de los sesenta (60) días corridos anteriores al acto de apertura. En caso de extranjero debe estarse a lo indicado en la letra precedente. j) Copia legalizada de la personería del representante legal. Una copia legalizada es una fotocopia autorizada ante notario de la escritura pública en que consta la personería del representante legal y sus facultades. En el caso que los estatutos de la organización, que indiquen que el presidente ejerce como representante legal de la institución, se deberá presentar copia legalizada de los estatutos, adjuntando además el acta de directorio correspondiente que establezca la vigencia del mismo. k) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con no más de cuarenta y cinco (45) días corridos de antigüedad a la fecha de apertura de la propuesta (solo si es chileno y/o tiene trabajadores en Chile).
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos a) Formato N° 5: “Plazo de entrega de los productos”. (ESENCIAL) b) Formato N° 6: “Experiencia consultora”. c) Formato N° 7: “Experiencia profesionales”. d) Propuesta Técnica / Metodológica, de acuerdo a lo solicitado en las Bases Técnicas. e) Adjuntar antecedentes y curriculums y copia simple del título profesional que acrediten experiencia profesional, de acuerdo a lo solicitado en las Bases Técnicas. La circunstancia de que el oferente carezca completamente de experiencia no lo inhabilita para participar en la presente licitación, aunque sí será un factor a considerar en la etapa de evaluación de las ofertas. f) Carta de compromiso de aceptación de participar en el programa, donde indique el cargo que desempeñará en dicho programa y el tiempo de dedicación (por cada profesional del equipo). g) Cronograma de trabajo solicitado en las Bases Técnicas, que explique claramente todas las actividades a desarrollar durante las semanas de trabajo propuestas para el desarrollo del programa. Se valorará especialmente la claridad, coherencia y orden de actividades. h) Copia del Código de Ética y/o Conducta (o su equivalente) que diga relación con los aspectos regulados en el Pacto de Integridad contemplado en las presentes bases, junto con aquellos documentos que acrediten como dicho instrumento ha sido informado, implementado y sociabilizado con sus trabajadores
 
Documentos Económicos
1.- a) Formulario N° 8: “Oferta Económica”. (ESENCIAL)
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes a) Experiencia 45% a. Formación y Experiencia Profesional del equipo de trabajo del oferente (30%): b. Experiencia Laboral consultora (15%) Ver archivo adjunto páginas 49 a 51 45%
2 Propuesta Metodológica 25% Esta propuesta se evaluará en base al grado de cumplimiento de los objetivos de la licitación, los productos esperados que se lograrán al aplicar la metodología y las actividades que se propongan, de acuerdo a lo expuesto en las Bases Técnicas y lo entregado como propuesta Metodológica por el Oferente en su oferta. Ver archivo adjunto Páginas 52 a 54 25%
3 Plazo de Entrega La información se evaluará desde el Formato N° 5 “Plazo de entrega de los productos”. Serán declaradas INADMISIBLES LAS OFERTAS que oferten un plazo superior a 390 días corridos. El plazo de entrega deberá ser considerado por los oferentes en días corridos. La evaluación del plazo ofertado se realizará mediante el “Análisis del mínimo plazo”, donde se considerará la relación entre cada oferta recibida y la de menor tiempo, de acuerdo a la siguiente fórmula: Plazo de Entrega = ((Menor plazo ofertado / Plazo Ofertado evaluado) * 100) *0,20 20%
4 Precio En la evaluación económica se aplicará el “Análisis del mínimo costo”, donde se considerará la relación entre cada oferta y la de menor costo. La información se evaluará desde el Formato N° 8: “Oferta Económica” de la celda que indica “Valor Total Oferta Impuesto Incluidos” de acuerdo a la siguiente fórmula: Oferta Económica = ((Oferta menor valor / Oferta Económica Evaluada) * 100) *0,05 5%
5 Pacto de integridad El oferente deberá presentar un Código de Ética y/o Conducta -o su equivalente-, y que diga relación con los aspectos regulados en el Pacto de Integridad contemplado en las presentes bases, junto con aquellos documentos que acrediten que dicho instrumento ha sido informado, implementado y sociabilizado con sus trabajadores. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido por la instrucción Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República y lo establecido en las presentes bases respecto del Pacto de Integridad, prácticas reñidas con la probidad y conductas de lavado y blanqueo de activos. Pacto de Integridad PTS Oferente presenta Código de Ética y/o Conducta (o su equivalente) que diga relación con los aspectos regulados en el Pacto de Integridad contemplado en las presentes bases, junto con aquellos documentos que acrediten como dicho instrumento ha sido informado, implementado y sociabilizado con sus trabajadores. 100 Oferente no presenta Código de Ética y/o Conducta (o su equ 3%
6 Cumplimiento de los requisitos Será determinado según si la Comisión Evaluadora requiere solicitar antecedentes adicionales o realizar aclaraciones o complementar los antecedentes, vía “Foro Inverso” del Portal. Cumplimiento de Requisitos Formales PTS No se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso. 100 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente lo acompaña. 50 Se le solicitan antecedentes no esenciales por foro inverso y oferente no lo acompaña. 0 CUALQUIER ANTECEDENTE ESENCIAL QUE NO SE PRESENTE AL MOMENTO DE LA APERTURA DE PROPUESTAS SERA CAUSAL DE RECHAZO DE LA OFERTA EN DICHO ACTO De este modo, el puntaje total del criterio Cumplimiento de Requisitos Formales, se calculará de acuerdo a la siguiente formula. Cumplimiento requisito = ((PTS cumplimiento de requisitos) * 100) *0,02 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: BIP N° 40039809-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 390 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Inés Villarroel
e-mail de responsable de pago: ivillarroel@gobiernosantiago.cl
Nombre de responsable de contrato: Ximena Cabello Moreno
e-mail de responsable de contrato: xcabello@programagorerm.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22509-327
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 19-03-2024
Monto: 250000 Peso Chileno
Descripción: 5.1.1 Los oferentes deberán presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable (como por ejemplo póliza de seguro, boleta de garantía o certificado de fianza a la vista o vale vista, entre otros tipos de cauciones) por un monto detallado en el pliego de condiciones, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, la que deberá ser emitida en favor del Gobierno Regional Región Metropolitana y deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF al valor del día de apertura de ofertas, en caso de las pólizas de seguro. Dicha garantía deberá tener una vigencia mínima de 90 (noventa) días corridos, contados desde las 00:00 del día siguiente al de la fecha de cierre de recepción de ofertas, la cual deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, hasta las 13:00 Hrs., del día de cierre de la recepción de ofertas. 5.1.2 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada tanto la garantía como la oferta. 5.1.3 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a los documentos administrativos de la licitación. 5.1.4 La garantía de seriedad de la oferta deberá contener la glosa que estará definida en las bases administrativas especiales. 5.1.5 La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: 5.1.5.1 Si el oferente retira su oferta en el período de validez (vigencia) de la misma. 5.1.5.2 Si el oferente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien, si no suscribe el contrato respectivo dentro del plazo indicado posteriormente en estas bases, por causa imputable a él mismo. 5.1.5.3 Si no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración ChileProveedores, previo a la fecha de la firma del contrato respectivo. 5.1.5.4 Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4, de la Ley N° 19.886 o del artículo 33 de la Ley N° 21.595, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 5.1.5.5 Si, durante el periodo de evaluación, la Administración da cuenta de que los antecedentes presentados por la proponente incumplen con el “pacto de integridad” regulado en las presentes bases.
Glosa: Para Garantizar la Seriedad de la oferta de la licitación “PROGRAMA TRANSFERENCIA ASISTENCIA TÉCNICA FORTALECIMIENTO DE CARTERA INVERSIONES, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO – Componente 1 Respuesta a Observaciones de 42 IDIS de Interés Regional”, Código BIP 40039809
Forma y oportunidad de restitución: 5.1.6 La División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, será la encargada de devolver la garantía a los proponentes no favorecidos a contar del día siguiente de la fecha en que se suscriba el respectivo contrato, previa autorización de la unidad, departamento o división que esté a cargo de la contratación, según corresponda. En el caso del oferente adjudicado por el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, el documento de garantía de seriedad de la oferta le será devuelto una vez que suscriba el contrato correspondiente y efectúe la entrega de la caución de fiel cumplimiento del contrato señalada en el numeral siguiente. 5.1.7 Se deja expresa constancia que podrá solicitarse la extensión de la vigencia (validez) de la oferta y de la caución, en caso que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago lo requiera, notificando lo anterior a través del Portal www.mercadopublico.cl al menos 10 (diez) días hábiles antes de su vencimiento, señalando en dicho acto los plazos requeridos. 5.1.8 El oferente deberá comunicar su aceptación o rechazo por la misma vía en un plazo de 2 (dos) días corridos. 5.1.9 El oferente en el caso de renovación deberá acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta en el plazo de 3 (tres) días hábiles contados desde su aceptación. 5.1.10 De no aceptar la solicitud de extensión de la vigencia de la garantía, se entenderá que el proponente no desea mantenerse en el proceso, procediendo a su devolución y a la exclusión del oferente de la adjudicación, de lo que se dejará constancia en el acta de evaluación de ofertas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional Región Metropolitana RUT 61.923.200-3
Fecha de vencimiento: 09-09-2025
Monto: 10 %
Descripción: 5.2.1 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago en las bases administrativas especiales establecerá, de acuerdo a la normativa de compras públicas, los detalles referentes a esta caución. En silencio de las bases especiales, o de manera complementaria, deberá regirse por las siguientes reglas. 5.2.2 El oferente adjudicado deberá presentar un documento pagadero a la vista, de ejecución inmediata e irrevocable por el monto detallado en las bases administrativas especiales, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, el que deberá ser emitido en favor del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato que se firme. Esta garantía deberá expresarse en pesos chilenos o su equivalente en UF, en caso de las pólizas de seguro, al valor del día de la notificación de la adjudicación. 5.2.3 La caución deberá ser entregada, a más tardar, dentro de los 10 (diez) días hábiles contados desde que se notifica de la adjudicación a través del portal de compras públicas, salvo que las bases administrativas especiales o las bases técnicas dispongan un plazo diferente. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago. 5.2.4 La garantía podrá otorgarse electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá remitirse al correo electrónico del responsable del contrato individualizado en las bases administrativas especiales o en las bases técnicas, para su tramitación interna. 5.2.5 Las pólizas de seguro deberán ser cobrables “a la vista”, sin más trámite que su sola presentación a la entidad emisora y, por tanto, no podrán incluir cláusulas que limiten la ejecución de la garantía en los casos establecidos en el pliego de condiciones. Si en las cláusulas de la póliza se establece que se requiere de cualquier otra gestión además de su sola presentación para hacerse efectiva, se entenderá que el instrumento no se extiende “a la vista”, siendo rechazada la garantía, considerándose un impedimento atribuible al adjudicatario, pudiendo el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta (de existir), por no entregar la caución en la forma debida dentro del plazo indicado. 5.2.6 Las condiciones de la póliza deben señalar expresamente como siniestro cualquier incumplimiento del contrato que derive en la ejecución de la garantía, que es el objeto de las cauciones de este tipo, según el artículo 78 del Reglamento, señalando, y solo a modo enunciativo, sin que la expresión sea taxativa, que el objeto de la caución es responder por: incumplimientos laborales y previsionales derivados del contrato, términos anticipados de contrato y cobro de multas. 5.2.7 Dicha caución deberá tener una vigencia que vaya desde la firma del contrato, hasta a lo menos 90 (noventa) días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha prevista para el término del contrato. 5.2.8 La no entrega de la caución en el plazo señalado facultará al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago a dejar sin efecto la adjudicación señalada, hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, declarar la licitación desierta, revocarla e inclusive readjudicar al oferente acreedor del segundo mejor puntaje.
Glosa: Para Garantizar el Fiel cumplimiento del contrato de la licitación “PROGRAMA TRANSFERENCIA ASISTENCIA TÉCNICA FORTALECIMIENTO DE CARTERA INVERSIONES, REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO – Componente 1 Respuesta a Observaciones de 42 IDIS de Interés Regional”, Código BIP 40039809.
Forma y oportunidad de restitución: 5.2.9 La restitución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de la caución, por parte de la División de Administración y Finanzas del GORE R. M. S. 5.2.10 En caso de modificaciones contractuales tales como aumentos de contrato, suministros de bienes y/o servicios extraordinarios, aumentos de plazo, renovaciones y prórrogas; o de modificaciones de plazo derivadas del incumplimiento en tiempo y forma del objeto del contrato, o atribuibles a situaciones imprevistas para el proveedor, será necesario que se extienda la garantía de fiel cumplimiento por el período de corresponda al de la extensión del plazo contractual. A su vez, si se contempla por modificación contractual un aumento en el precio total del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá aumentarse proporcionalmente, de acuerdo al porcentaje o fórmula definida en las bases administrativas especiales, manteniendo la vigencia. Será responsabilidad del proveedor mantener vigente la garantía, y deberá ingresar la renovación con a lo menos 10 (diez) días corridos anteriores a su vencimiento. 5.2.11 De no ingresar la extensión de la caución, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago estará facultado para cobrar de oficio la garantía, sustituyendo el instrumento comercial entregado como garantía de fiel cumplimiento de contrato por el dinero obtenido del cobro, el que tomará el lugar de la caución para todos los efectos de la contratación, siendo depositado para tales efectos en arcas del Servicio. 5.2.12 De acuerdo a lo prescrito en la ley N° 19.886 y su Reglamento, atendiendo el monto de la contratación y cumpliendo con las prerrogativas establecidas en la normativa antes señalada, se podrá eximir a los oferentes del proceso licitatorio de presentar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, situación excepcional que deberá estar consignada en las bases administrativas especiales. De no existir la mención expresa a la que se hizo referencia, deberá siempre otorgarse la caución correspondiente, en los términos establecidos en el presente numeral y en lo que corresponda determinar por las bases administrativas especiales. Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 1.000 UTM, la entidad licitante deberá fundadamente ponderar el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantías de fiel cumplimiento. 5.2.13 Sin perjuicio de lo anterior, la caución de fiel cumplimiento del contrato nunca deberá ser inferior al 5% del valor total del contrato, debiendo readecuarse por el proveedor a solicitud del Supervisor Técnico, cuando sea necesario. 5.2.14 Si se dispone que la garantía deberá superar el 30% del contrato, tal situación se justificará en las bases administrativas especiales. 5.2.15 Se hace presente que la garantía de fiel cumplimiento del contrato cumple con caucionar no solo obligaciones propias del contrato, sino que también, y de acuerdo a la normativa de compras públicas, jurisprudencia administrativa y judicial, garantiza el pago de obligaciones laborales y previsionales. 5.2.16 Si a propósito de multas o de término anticipado del contrato se cobran la garantía de fiel cumplimiento, u otro tipo de garantías, entonces será obligación del proveedor sustituir la caución en particular, so pena de quedar sujeto a lo señalado en el numeral 5.2.8. 5.2.17 Aumento de garantía: Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Gobierno Regional que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, este Servicio podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En cualquier caso, la oferta del proveedor nunca podrá ser menor al 50% del presupuesto estimado o disponible si es que fue publicado, siendo descartada la propuesta que se postula en tales condiciones, por considerarse temeraria, y de dicha forma no cumple con las bases de licitación.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá readjudicar el contrato al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación por alguna de las causales ya indicadas u otras. En caso de que se hayan presentado menos de cinco ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el tercer lugar en la tabla de evaluación respectiva. En caso de que se hayan presentado cinco o más ofertas, el proceso podrá repetirse hasta el proponente que haya obtenido el cuarto lugar en la tabla de evaluación. Si aplicado lo antedicho, no puede darse lugar a la readjudicación, entonces la licitación será declarada desierta, por entenderse que las ofertas restantes no cumplen con lo dispuesto en las presentes bases, de acuerdo a los intereses de la Institución. La readjudicación no operará automáticamente, sino previa consulta al Proponente de la segunda, tercera o cuarta oferta, dependiendo el caso. En caso de aceptar, deberá manifestar su voluntad por el medio que se le indicará, debiendo prorrogar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta y de su oferta. El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
Resolución de Empates
Las ofertas que no cumplan con las bases técnicas no podrán ser evaluadas, y quedarán automáticamente eliminadas del proceso licitatorio.

A continuación, se señala el procedimiento a seguir en el evento que se produzcan empates en los puntajes ponderados de dos o más ofertas, una vez aplicadas las pautas de evaluación.

Se preparará un listado de todas las ofertas evaluadas, ordenadas de mayor a menor puntaje, encabezando la lista la propuesta que tenga el más alto puntaje ponderado, una vez evaluados todos los criterios.
 
En caso de empate, la Comisión Evaluadora propondrá adjudicar al oferente empatado que haya
obtenido el mayor puntaje en alguno de los criterios, según el siguiente orden de prelación:
Orden Criterio
Criterio “Experiencia”
Criterio “Propuesta Metodológica”
Criterio “Plazo de entrega”

Terminado el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora preparará un informe el que será remitido a la Autoridad Regional, que contendrá los puntajes de todas las ofertas, priorizados de mayor a menor, indicando aquellos casos en que se ha debido aplicar mecanismos de desempate, donde se sugiere la adjudicación de la oferta que haya obtenido el mejor puntaje ponderado o, se indica las razones que fundamentan declarar desierta la licitación.

El Gobierno Regional Metropolitano se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, cuando ninguna de las ofertas obtenga el 60% ponderado de la evaluación, una vez aplicados la totalidad de los criterios de evaluación. También debe tenerse en consideración lo estipulado en el numeral 13 de las bases administrativas generales.

En cualquier caso, el rechazo de algunas o todas las ofertas no generará derecho de indemnización de los oferentes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
6. ACLARACIONES, CONSULTAS Y RESPUESTAS A LAS BASES.

6.1 Las  comunicaciones  entre  la  entidad  licitante  y  los  oferentes,  deben  realizarse exclusivamente a través del portal  www.mercadopublico.cl.

6.2 Los interesados en participar en la licitación podrán formular consultas y/o preguntas dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, las que deberán formularse a través del Sistema de Información.

6.3 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, dentro del plazo señalado en el cronograma de la licitación. Lo mismo acontecerá con las aclaraciones de oficio. De las respuestas y aclaraciones se pronunciará siempre la autoridad que corresponda, a través del acto administrativo, en la etapa del proceso licitatorio que estime pertinente.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
15.2 De la tramitación administrativa del contrato.

15.2.1 Una vez dictado el acto de adjudicación, y con la condición expresa de que el oferente haya hecho entrega, física o electrónicamente, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y de los documentos indicados en el título “Antecedentes a presentar para contratar al proveedor adjudicado” se procederá a la redacción de éste. El contrato deberá suscribirse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación en el sistema de información, conforme al cronograma que se encuentre vigente. De no suscribirse la convención dentro del plazo, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago podrá dejar sin efecto la adjudicación, aludiendo al presente vicio del proceso, y readjudicar la licitación o declarar desierto el concurso.

15.2.2 Será  obligatorio  acompañar  la  documentación  necesaria  para  acreditar  el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, en virtud de lo establecido en el inciso 1°, del artículo 4 de la ley N° 19.886. Una vez definido al oferente a contratar, se verificarán los antecedentes laborales mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo. Sin embargo, de contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El proveedor deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor, dará derecho a dar por terminado el respectivo oportunidad de la Administración.  El proveedor al que se le haya puesto término anticipado a la convención, no podrá participar en el concurso o ser contratado directamente para la materialización de esta contratación.

15.2.3 El Departamento Jurídico del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago será el encargado de redactar el contrato correspondiente, para cuyo efecto podrá incorporar en él todas las cláusulas que estime pertinentes para salvaguardar los intereses del Servicio, no obstante, si existe discrepancia entre lo dispuesto en el contrato y en las bases, serán siempre las bases las que tengan prioridad. Los gastos que se originen por este motivo, serán de cargo exclusivo del proveedor.

15.2.4 El proveedor adjudicado deberá proporcionar al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago todos los antecedentes necesarios para la redacción del contrato (contenidos en el acápite “requisitos para contratar al proveedor adjudicado”), dentro del plazo que establece el pliego de condiciones para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento.

15.2.5 El tratamiento específico para cada tipo de contrato estará señalado en el pliego de condiciones.

15.2.6 Es  obligación  del  adjudicatario  constituido  como  persona  jurídica  entregar  la personería actualizada y el certificado de vigencia de su empresa o persona jurídica sin fines de lucro.

15.2.7 Una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del contrato, podrá comenzar el plazo de ejecución del contrato, el que por regla general comenzará a contar desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor, o en su defecto, dentro de las 24 horas siguientes a su emisión, la que solo podrá ser emitida con posterioridad al acto administrativo antes referido. El objeto de la contratación deberá ser ejecutado con posterioridad a la emisión de la orden de compra. Las bases administrativas especiales podrán establecer una fecha de inicio de ejecución del contrato diferente, de acuerdo a las características del objeto de la contratación.

15.2.8 El proveedor, por regla general, no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
11. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES.

11.1 Si el oferente no adjunta una o más certificaciones o antecedentes que forman parte de los documentos no esenciales requeridos por el pliego de condiciones, la comisión de evaluación podrá solicitarla por foro inverso, a través del sistema de información, su incorporación, dándole un plazo perentorio para ese propósito.

11.2 Se aceptarán dichas certificaciones o antecedentes adjuntados en la respuesta del foro, siempre que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación antes del cierre de recepción de las ofertas.

11.3 Solo se aceptarán a evaluación aquellos documentos entregados dentro del plazo, y que cumplan con lo señalado en el numeral anterior. Adjuntándose o no los antecedentes solicitados, entonces se procederá a evaluar de acuerdo a los criterios de ponderación   contenidos   en   las   bases   administrativas   especiales   respectivas, entendiéndose, además, que debe aplicarse el puntaje que corresponde a la falta de cumplimiento de los antecedentes de la oferta, en el tenor de la forma expuesta en el criterio respectivo y de lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento.

11.4 En cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, y la comisión evaluadora puede determinar expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios de la ley de compras públicas en su decisión.

11.5 La comisión evaluadora no podrá en ninguna circunstancia solicitar que se presenten documentos esenciales que deben estar presente al momento de la apertura de las ofertas en las fichas electrónicas, siendo plena responsabilidad de los proponentes el estudio de los antecedentes que componen las condiciones de la licitación. Si alguna de las ofertas no cuenta con alguno de los documentos determinados como esenciales por las bases administrativas especiales, dicha propuesta será objetada por la comisión, sugiriendo se declare la oferta en esta situación como “inadmisible”.
Pacto de integridad
9. PACTO DE INTEGRIDAD, PRACTICAS REÑIDAS CON LA PROBIDAD Y CONDUCTAS DE LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS.

9.1 El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

9.2 Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

9.2.1 El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

9.2.2 El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

9.2.3 El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

9.2.4 El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

9.2.5 El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

9.2.6 El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en el pliego de condiciones, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

9.2.7 El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones ofertadas.

9.2.8 El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadaspor los organismos correspondientes.
 
9.2.9 El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través de lo establecido en el Sistema de Información.

9.2.10 Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, lo que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora, siendo además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.

9.3 En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias”, sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término al contrato anticipadamente, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento en forma administrativa, sin necesidad de resolución judicial previa. Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución del contrato. Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, los acuerdos entre proveedores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos que priven al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta.

9.4 El Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Órgano de la Administración del Estado, y en virtud de dispuesto en la Ley N° 19.913, que “Crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos”, está obligado a informar sobre operaciones sospechosas que puedan estar dentro de la conducta tipificada como “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios” que advierta en el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, los participantes de esta licitación deberán tener en cuenta que cualquier hecho que revista de características de conducta de “Lavado de Activos”, “Financiamiento al Terrorismo” y/o “Delitos Funcionarios”, en el tenor de lo dispuesto en la Ley N° 19.913, y de la forma en que lo determine la UAF, será informado de acuerdo a la norma a dicho Servicio Público.
7. MODIFICACIONES A LAS BASES.
7.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos sin modificar el tipo, la naturaleza y objeto de la licitación, ya sea de oficio o en atención a una consulta formulada por alguno de los oferentes durante el proceso pertinente, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar las ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Sistema de Información. 7.2 Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 7.3 Es obligación del Oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada, entendiendo que rige la presunción del artículo 6° del reglamento, que dispone “Todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del presente Reglamento, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación”.