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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Plazo
de Entrega”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Comportamiento
Contractual Anterior” .
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación, quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico a juan.fuentes@mop.gov.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán públicas como anexos a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifique la presente licitación.
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CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
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Al tenor de lo dispuesto en el artículo N° 39 del Reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, durante el período de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la DOP para efecto de las mismas, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
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DERECHO A SOLICITAR ACLARACIONES |
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Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión podrá solicitar por escrito a éstos SOLO A TRAVES DEL FORO INVERSO, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 40 del D.S. Hacienda Nº 250/04.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados y en el plazo de 2 días corridos, contados desde efectuado el requerimiento.
Ningún oferente podrá comunicarse por iniciativa propia con la DOP, respecto a cualquier materia relacionada con su oferta, desde el momento de inicio del proceso hasta el momento del cierre de la licitación.
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FALTA U OMISIÓN DE LOS ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS |
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El oferente que no cumpla con acompañar cualquiera de los antecedentes obligatorios especificados en el punto 3.3., de las presentes bases administrativas, la Comisión de Evaluación podrá proponer la inadmisibilidad de la oferta.
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AUMENTO DE PLAZOS |
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El servicio se reserva el derecho de autorizar por este acto administrativo la modificación de los plazos de consultas, cierre y adjudicación del proceso licitatorio, dentro del marco legal y comunicándolo oportunamente por el portal www.MercadoPublico.cl.
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DECLARACIÓN DE DESERCIÓN DE LA PRESENTE LICITACIÓN |
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La Dirección de Obras Portuarias se reserva el derecho a declarar desierta total o parcialmente la presente licitación pública, si del resultado de la evaluación técnica y/o económica se concluye que es lo más conveniente para los intereses fiscales. Esto se comunicará mediante publicación de la Resolución fundada que así lo disponga, en el sitio www.mercadopublico.cl. Esta declaración no dará derecho a los oferentes a indemnización de ningún tipo.
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REVOCACIÓN |
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El Servicio podrá, entre la publicación y la eventual adjudicación, adoptar la decisión de revocar la presente licitación cuando concurran circunstancias que justifiquen fundadamente el desistimiento del proceso concursal, por lo cual, no podrá concluirse con una adjudicación, deteniéndose el proceso irrevocablemente. Este estado será declarado de forma unilateral por la DOP, mediante resolución fundada que así lo autorice.
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PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del desarrollo de la licitación y del Contrato que se suscriba, sin perjuicio que una norma legal especial permita expresamente la cesión de derechos y obligaciones.
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FACTORING |
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Se cumplirá lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente a la Contraparte Operativa vía correo electrónico el mismo día que emita la factura mensual del servicio, y no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a lo establecido en el Artículo 75 del D.S. de Hda. N° 250/04.
Cedente - Contratista/Proveedor
Debe firmar en el anverso de la copia cedible (Cuadruplicado), registrar el nombre completo, RUT y domicilio del Cesionario (Factoring) y proceder a su entrega.
Cesionario – Certificación ante Ministro de fe
Certifica la copia cedible de la factura ante notario público y oficial del Registro Civil en las comunas donde no haya Notario, para que sea notificada al obligado al pago de la Factura (Dirección de Obras Portuarias). La Ley establece dos formas de notificar al Obligado: Por carta certificada adjuntando copias de la cesión certificadas por el ministro de fe, y por entrega presencial con exhibición de copia del respectivo título por parte del Notario Público y Oficial del Registro Civil.
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DOMICILIO |
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Para todos los efectos del Contrato a suscribir con el adjudicatario, éste o su representante legal, deberá fijar domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, prorrogando la competencia ante sus Tribunales ordinarios de justicia.
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CONDICIONES DE PAGO |
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El pago se efectuará de acuerdo al siguiente procedimiento:
1) Se deja expresa constancia que, en caso que el Adjudicatario incumpla o cumpla de manera parcial o imperfecta su obligación, la Contraparte técnica suspenderá el pago de toda suma que deba por cualquier concepto al Adjudicatario, hasta que se cumpla con esta obligación, a entera satisfacción de la Contraparte Técnica.
2) El adjudicatario solo podrá emitir la factura, cuando la Contraparte técnica emita el informe de recepción conforme y solicite la emisión de la factura vía correo electrónico de esta.
3) El Adjudicatario deberá emitir el documento tributario respectivo (factura), de acuerdo a lo instruido en Carta Informativa de Diciembre 2016, Complemento N°1 e Instructivos Proveedores-Contratistas-Consultores del Ministerio de Obras Públicas Facturación Electrónica, adjuntos en anexos:
a. Antecedentes de Facturación:
- RUT 61.202.000-0
- Unidad de pago código 620 REG 05 Dirección de Obras Portuarias
- Razón social: Ministerio de Obras Publica Dirección Gral. de OO PP DCYF
4) Los pagos se efectuarán por medio de transferencia electrónica,
5) La DOP efectuará el pago dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme del instrumento de cobro. Si el día en que venza el citado plazo no fuere un día hábil, el pago de la factura podrá aplazarse al día hábil siguiente, en caso de factoring los plazos serán los regidos normativamente puesto implica revisión por parte de fiscalía MOP.
6) La DOP tendrá derecho a suspender o retener el pago de cualquier factura, en los siguientes casos:
a. Si se presentaren reclamos en contra de la empresa que adjudicado por el Suministro de Cemento, para Conservación Administración Directa Caleta Hanga Piko, Etapa I y/o Caleta Hanga Roa, Isla de Pascua, derivados del incumplimiento de sus obligaciones laborales, previsionales, tributarias y/o de seguridad social.
b. Si el Adjudicatario no cumpliere con cualquiera de las obligaciones que le impone el Contrato.
De conformidad a lo señalado en la ley N° 21.131, que establece pago a 30 días, el proveedor solo podrá facturar cuando el suministro de cemento contratado se haya recepcionado conformes, por la Contraparte Técnica y este haya emitido el informe correspondiente y solicitado la emisión de la factura vía correo electrónico. En caso de no haberse realizado ninguna de estas dos y el proveedor haya emitido la factura u otro instrumento de cobro tributario por los productos y/o servicios de manera anticipada, se procederá al reclamo inmediato del documento de cobreo emitido.
De conformidad a lo señalado en la Ley N° 21.125 de Presupuestos del Sector Público año 2019, el MOP debe cursar los pagos vía transferencia bancaria. Para dar cumplimiento a lo señalado precedentemente y materializar los pagos, el oferente adjudicado deberá, previo a la emisión de la primera factura, descargar de la página web www.dcyf.cl el formulario “Depósito Cuenta Corriente”, el cual se encuentra en la sección “Formularios descargables en Formato PDF para Tramitar”, de la mencionada página. Deberán entregarlo en la DCyF Regional.
La Contraparte técnica tendrá un plazo de 5 días corridos máximo, desde que el área administrativa de pago le comunique el ingreso de la factura electrónica, para informar POR ESCRITO, si procede el pago o se reclama la factura, esto en conformidad al plazo legal para la admisibilidad o reclamo de facturas.
La Dirección de Obras Portuarias, efectuará el pago al adjudicatario en pesos chilenos, a través de transferencia bancaria, según lo señalado precedentemente, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción y certificación “CONFORME” de la factura.
Adicionalmente, la Dirección de Obras Portuarias tendrá la facultad de hacer cumplir, si lo considera pertinente, lo dispuesto en la ley N° 20.238.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ESTÁNDARES DE PROBIDAD Y COMPORTAMIENTO ÉTICO |
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El proveedor, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen el suministro y presten el servicio en razón del acuerdo a suscribir, no podrán ofrecer obsequios a funcionarios de la Dirección de Obras Portuarias, ni cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de interés presente o futuro entre las partes del contrato, debiendo observar el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos en conformidad con el título III de la Ley N° 18.575
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GASTOS |
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La Dirección de Obras Portuarias no se hará responsable de ningún gasto en que hayan incurrido los participantes con motivo de la preparación y presentación de la propuesta, por lo que los participantes no podrán reclamar ningún pago o reembolso por este concepto.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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Toda controversia entre la DOP y el oferente adjudicado, será resuelta por el Jefe Superior del Servicio o su Subrogante, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Sr. Ministro de Obras Públicas, al Sr. Contralor General de la República y a los Tribunales de Justicia competentes.
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