Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica
- Mejor puntaje Plazo de Entrega.
- Mejor puntaje de sustentabilidad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales.
- Oferente que acredite la contratación de mayor número de funcionarios que posean alguna discapacidad. Este certificado es emitido por el Registro Nacional de Discapacidad.
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Se aceptará solo una oferta por cada oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. Además, se declarará inadmisible a las ofertas publicadas con valores de $1.
Las ofertas deberán ser ingresadas a portal www.mercadopublico.cl en montos totales netos por línea de producto.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación,
la entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de cada línea de producto será seleccionado y se procederá, posteriormente, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación de los productos a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al o los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la podrá adjudicar, dentro de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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DEL CONTRATO |
El contrato será de ejecución inmediata, por medio de un (1) Despacho según línea de producto, conforme a los criterios de evaluación preestablecidos.
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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra del o los productos adjudicados a través del Portal Mercado Público.
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DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO |
La labor de Contraparte Técnica será realizada por el/la director/a del establecimiento. Dentro de las funciones se encuentran:
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad.
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias.
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INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones:
a) Multa por atraso: corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de entrega, comprometida según lo ofertado por este. Se expresará en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), la multa corresponderá a 0,5 UTM por día de atraso con un tope de 5 días corridos. Por orden de compra emitida.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10 UTM son:
• Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra.
• Rechazo total de los productos recepcionados por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
• El incumplimiento en el recambio de los productos que presenten problemas de estabilidad, empaque, envases en mal estado, conservación inadecuada, vencida, defectuosa o dañada en un periodo máximo de 48 hrs.
• Incurrir en falsedad en el cobro de los productos despachados.
Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento del establecimiento en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención del establecimiento.
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS |
Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl laleschka.millacaris@corporacionlampa.cl y David.gomez@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve la empresa adjudicada.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales:
a. Atraso en la entrega de los productos superior a 05 días corridos.
b. No subsanación de las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10 UTM.
6) Por fallecimiento del proveedor.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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GARANTÍAS |
El proveedor participante deberá presentar carta compromiso respecto de la garantía que ofrece por los productos, la cual debe ser superior a 3 meses.
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