Licitación ID: 1271359-226-LE23
PROYECTO TOLDO VELA – ESCUELA POLONIA GUTIÉRREZ
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa, Departamento de Abastecimiento Área Licitaciones
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
PROYECTO TOLDO VELA – ESCUELA POLONIA GUTIÉRREZ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO TOLDO VELA – ESCUELA POLONIA GUTIÉRREZ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es la contratación de obra civil para la construcción de “Toldo vela” en cancha de la Polonia Gutiérrez Caballería. En este sentido, se deberá realizar la construcción e instalación, ajustándose a la información planimétrica y especificaciones técnicas de la obra solicitada. En este sentido, se busca promover el sentido de pertenencia en las y los estudiantes, a través de la utilización de este espacio para actividades como: Día del estudiante, creación de mural, aniversario de la escuela, fiesta de la chilenidad, entre otras.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Unidad de compra:
Departamento de Abastecimiento Área Licitaciones
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-12-2023 12:00:00
Fecha de Publicación: 12-12-2023 22:09:01
Fecha inicio de preguntas: 12-12-2023 23:01:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-12-2023 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-12-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-12-2023 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-01-2024 11:30:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO en dirección Baquedano 408, Lampa, Responsable: Francisco Bustamante, contacto Francisco.bustamante@corporacionlampa.cl, fono: +569 2369 4078 14-12-2023 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, en caso de que corresponda
2.- Anexo N°5 Datos de pago
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°2 Oferta Técnica
 
2.- Anexo N°4 Certificado de experiencia (formato tipo)
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE EJECUCCIÓN El plazo de ejecución de las obras se evaluará de la siguiente manera: PME = Plazo mínimo de ejecución de las obras PE = Plazo de ejecución que se evalúa El plazo ofertado del servicio deberá ser en días corridos, corresponde a la división entre la oferta de menor plazo y la oferta evaluada. Obteniendo la mayor ponderación, el menor plazo ejecución. Se entenderá por plazo de ejecución de las obras, el tiempo total requerido para la ejecución de las obras licitadas a partir de la entrega de terreno, el cual deberá ser informado en el anexo económico. En el caso de que el proveedor oferte en un rango de tiempo (ejemplo “entre 1 y 2 días”), se considerará el rango mayor para la asignación de puntaje. En caso de ofertar en días hábiles, la oferta será evaluada con el puntaje mínimo, es decir, 0 puntos. IMPORTANTE: El plazo mínimo ofertado deberán ser 10 días corridos, de lo contrario la oferta se declarará INADMISIBLE. Puntaje C3 = ((PME/PE) *100) * 0,20 20%
2 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C4*0,05 5%
3 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C5 = Puntaje obtenido * 0,05 5%
4 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en obras similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2015 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en anexo respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente, (Anexo N°4) b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación, o • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva, u • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo. Para que el oferente obtenga el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares, no obstante, tendrá la facultad de declarar y acreditar un máximo de 10 experiencias, en caso de declarar más, la Dirección de Administración y Finanzas sólo se limitará a revisar las 10 primeras experiencias declaradas. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: -En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL -En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente -Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible -No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente -La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo el siguiente contenido: -Nombre del cliente o mandante -Fecha de la entrega del servicio -Monto contratado -Tipo de servicio contratado -Teléfono de contacto Puntaje C2 = Puntaje obtenido * 0,30 30%
5 Precio PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C1 = ((PM/PE) *100) * 0,40 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: LEY SEP
Monto Total Estimado: 39000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JOCELYN CEPEDA
e-mail de responsable de pago: JOCELYN.CEPEDA@CORPORACIONLAMPA.CL
Nombre de responsable de contrato: Miguel Gutiérrez
e-mail de responsable de contrato: Miguel.gutierrez@corporacionlampa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-09-23694068-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 19-04-2024
Monto: 10 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 10 dias corridos desde la notificación de la adjudicación. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 10% del valor total del contrato, en pesos chilenos. VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días hábiles al plazo de vigencia del contrato respective. GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación “Proyecto Toldo Vela Escuela Polonia Gutierrez ID 1271359-226-LE23” INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, de acuerdo a lo señalado en el artículo denominado “Incumplimientos del proveedor” de las presentes Bases Administrativas, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación “Proyecto Toldo Vela Escuela Polonia Gutiérrez ID 1271359-226-LE23”
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de sesenta días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica
  2. Mejor puntaje Experiencia del Oferente
  3. Mejor puntaje Plazo de ejecución
  4. Mejor puntaje Sustentabilidad
  5. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  6. Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
VISITA A TERRENO
Se contempla una visita a terreno de carácter obligatoria a realizarse en el lugar de ejecución de la obra, la no asistencia declara la oferta del postulante como INADMISIBLE. La dirección a realizar la obra es: DIRECCION DE LA VISITA: Baquedano 408, Lampa FECHA: 14-12-2023 HORARIO: 15:30 RESPONSABLE: Francisco Bustamante CONTACTO Francisco.bustamante@corporacionlampa.cl FONO: +569 2369 4078 No se podrá atender a oferentes en horarios diferentes y/o de forma particular, debido a que esto afectaría a los principios de trasparencia e igualdad de los oferentes. Sin embargo, se flexibilizará la llegada de o los proveedores para un atraso máximo de 15 minutos. Posterior al tiempo estipulado el acta de asistencia será cerrada frente a los demás participantes. Acta que será publicada en Mercado Público en la licitación respectiva.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Se aceptará solo una oferta por cada oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. Además, se declarará inadmisible a las ofertas publicadas con valores de $1. Las ofertas deberán ser ingresadas a portal www.mercadopublico.cl en montos totales netos por el total del servicio.
ANEXOS
Todos los Anexos deberán ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda. Los anexos serán ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos, Anexos técnico y Anexos económicos a) ANEXOS ADMINISTRATIVOS Declaración jurada simple digital. (Todos los oferentes deberán obligatoriamente firmar electrónicamente la declaración jurada disponible en el sistema de información de Mercado Púbico) Anexo N°1 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, en caso de que corresponda Anexo N°5 Datos de pago b) ANEXOS TÉCNICOS Anexo N°2 Oferta Técnica Carta Gantt de la obra indicando ID de la licitación y firmada por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica. Formulario F30 Anexo N°4 Certificado de experiencia (formato tipo) Documentos que acrediten experiencia en el rubro, en caso que corresponda Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda c) ANEXO ECONÓMICO Anexo N°3 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, la entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por 4 integrantes, designados por resolución. La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas: 1. Encargado (a) de la Unidad de Infraestructura o quien designe en su representación 2. Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento 3. Un funcionario(a) de la Unidad de Infraestructura 4. Director (a) del establecimiento o quien designe en su representación Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta. b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta f) pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compra g) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisito incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare h) que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas i) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo j) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas
DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación del servicio será seleccionado y se procederá, posteriormente, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación de los productos a través del Sistema de Información de Compras Públicas. La notificación de la adjudicación, tanto al o los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la podrá adjudicar, dentro de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
DEL CONTRATO
El contrato será de ejecución en el tiempo, hasta la recepción final del proyecto.
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra del servicio adjudicado a través del Portal Mercado Público. Cabe señalar que la orden de compra será enviada, de forma posterior a la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
FACTURACIÓN
Cada orden de compra deberá ser facturada de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda: CENTRO DE COSTO GIRO Educación Enseñanza primaria, secundaria, científico humanista y técnico profesional pública El giro será ingresado de forma explícita en las órdenes de compra del sistema Mercado Público, específicamente en la sección de observaciones. Las facturas deberán ser enviadas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a adquisiciones@corporacionlampa.cl.
PAGO
La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa pagará los servicios correspondientes en estados de pago, de acuerdo con el avance efectivamente ejecutado de los trabajos, previo visto bueno del ITO del contrato. Para los pagos de las partidas que sean consideradas globales, el valor global será pagado de acuerdo al estado de avance. A la solicitud de pago, se deberá acompañar, al menos, la documentación que a continuación se indica: a) Resumen del estado de pago y el estado de pago según avance. b) Certificado que indique la recepción conforme de los servicios requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación. c) Set de fotografías que reflejen el avance de las obras. d) Es obligatorio que una vez enviada la orden de compra se envíe los datos de pago a facturacion@corporacionlampa.cl. e) La (s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa. f) Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago, siempre que sean solicitados en forma previa y con ocasión de un rechazo. g) Comprobante de Pago de multas, en caso que corresponda. h) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. Con posterioridad a la entrega de la documentación, la factura será solicitada por el ITO mediante correo electrónico al administrador del contrato. Una vez realizado lo anterior, la Mandataria se encontrará habilitada para emitir la factura, de acuerdo con la normativa legal vigente, siempre y cuando la Orden de Compra emitida por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa se encuentre con recepción conforme, y, conjuntamente, deberá remitirla a los correos electrónicos claudia.cisternas@corporacionlampa.cl y miguel.gutierrez@corporacionlampa.cl. En caso de existir multas ejecutoriadas pendientes de pago, éstas podrán ser descontadas del correspondiente estado de pago. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la Corporación a la contratista y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de obligación cumplida por la Mandataria. Con todo, los montos de los pagos se adecuarán en dos estados de pagos: Primer pago: La primera transferencia de recursos corresponderá, como máximo, al 40% de avance en la ejecución física de las obras del proyecto previa recepción conforme DEL ITO respectivo. Segundo Pago: la segunda transferencia corresponderá al 100% de ejecución del costo estimado del proyecto, y se realizará contra recepción conforme desde la Unidad de Operaciones de la Corporación. Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl. El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia. IMPORTANTE: No existirá pago anticipado ni abonos de ningún tipo. Además, no se aceptarán facturas cedidas a Factoring.
DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO
La labor de contraparte técnica será realizada por el funcionario a cargo correspondiente a la Unidad de Infraestructura. Dentro de las funciones se encuentran: a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias d) Mantener un Libro de Control del Contrato o “Libro de Obras”, donde registrará toda la información relevante respecto la ejecución del contrato, como, por ejemplo: Fecha de inicio de contrato, identificación del supervisor del contrato, multas, etc
MULTAS
17.1. INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales según lo establecido en la Ley N° 19.886 deberán ser proporcional al monto adjudicado y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en el contrato. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones: Nº DESCRIPCIÓN MONTO 1 No entregar en la oportunidad estipulada, extraviar o adulterar el libro de obras 5 UTM por evento 2 No firmar el acta de entrega de terreno, en la fecha estipulada 2 UTM por día 3 No enviar en la fecha estipulada, el registro de profesional responsables de la ejecución de los trabajos al ITO 3 UTM por día 4 No mantener el lugar de trabajo limpio o no respetar los puntos asignados asociados a escombros u otros materiales de desechos, Abandono o acopio de materiales, basura o escombros en la vía pública, sin autorización, o no retiro periódico de los mismos 3 UTM por evento 5 No dar respuesta a los requerimientos de información solicitados por el ITO del contrato, por medio del libro de obras, o vía mail donde quede constancia escrita en un plazo a definir por el ITO 3 UTM por evento 6 Residente de los trabajos no asiste al lugar de los trabajos o a las reuniones según lo establecido en el libro de obras por el ITO, o vía mail donde quede constancia escrita 3 UTM por evento 7 No dar respuestas a las consultas realizadas en plazo definido, para la totalidad de los profesionales requeridos según lo establecido en el libro de servicio por el ITO o vía mail donde quede constancia escrita 3 UTM por día 8 Deficiencia en los trabajos ejecutados o materiales empleados en incumplimiento de bases y/o especificaciones técnicas 3 UTM por cada partida 9 No dar cumplimiento al plazo total de la ejecución de los trabajos 5 UTM por día 10 No dar cumplimiento a la programación de los trabajos 5 UTM por día 11 No dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO con plazo de ejecución 3 UTM por día de atraso 12 No dar cumplimiento a las observaciones o requerimientos para la recepción provisoria de los trabajos requeridas por el ITO o la comisión receptora en los plazos definidos 3 UTM por día 13 No concurrir a los trabajos de emergencia relacionados con los trabajos, o bien, concurrir tardíamente a éstos 5 UTM por evento 14 Suspensión de los trabajos por causas imputables al contratista 3 UTM por día 15 No permitir el ingreso al lugar de trabajo a miembros de la Inspección Técnica o de las visitas de monitoreo 5 UTM por evento 16 Personal drogado y/o bebido, comportamiento inadecuado hacia el público en general o hacia el personal municipal por parte de los trabajadores de la empresa o sus subcontratistas, encendido de fogatas y consumo de alimentos fuera del área definida para aquello 5 UTM por evento 17 No instalar letrero de trabajos en el lugar indicado por el ITO 3 UTM por evento 18 No subsanar observaciones de la recepción final dentro de plazo 3 UTM por día 19 Falta de elementos de protección personal en trabajadores 3 UTM por evento 17.2. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público. El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a claudia.cisternas@corporacionlampa.cl , david.gomez@corporacionlampa.cl y laleschka.millacaris@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva. Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información. El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes 2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional 3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas 4) Si se disuelve la empresa adjudicada 5) Por fallecimiento del proveedor Resuelto el término anticipado, a excepción del mutuo acuerdo o fallecimiento del proveedor, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha, haciendo cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
OTRAS DISPOSICIONES
19.1. DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y/O CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA La Sección de Prevención de Riesgos laborales de la Corporación, en lo que corresponda, será el encargado de vigilar el cumplimiento por parte del contratista o subcontratista si corresponde, de la normativa relativa a lo dispuesto por el artículo 66 bis de la ley 16.744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y el artículo 3° del Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud, durante la ejecución del contrato. El contratista deberá entregar al Inspector de Contrato la “cartilla de registro de control de empresas contratistas y subcontratistas” si corresponde. 19.2. AUMENTO DE PLAZO En caso que proceda un aumento de plazo de ejecución de obras, esto deberá ser autorizado previamente por el Inspector de Contrato. Se permitirá el aumento de plazo siempre que no sea imputable al contratista, de lo contrario se aplicará la multa respectiva. 19.3. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Será responsabilidad exclusiva del contratista, la correcta ejecución de las obras contratadas, el resguardo y la calidad de los materiales empleados en ésta, de conformidad con lo establecido en las bases administrativas y técnicas, oferta presentada e instrucciones del Inspector de Contrato; esta responsabilidad se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la recepción definitiva del contrato. En este sentido, el contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para la Corporación y en un plazo breve cualquier trabajo mal ejecutado o incompleto sin que ello se considere un aumento o disminución del contrato. Será responsabilidad exclusiva del contratista mantener en el lugar de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores que en ella se desempeñen, desde la entrega de terreno y durante la ejecución de las obras. Con el objeto de delimitar responsabilidades relacionadas al estado de recepción y cómo se entrega el terreno, el contratista deberá registrar en video o fotografía digital, las distintas zonas de trabajo previo a su ejecución, dejando constancia en el libro de obras y enviando al correo electrónico del Inspector de Contrato. En caso contrario, cualquier reclamo sobre menoscabo que afecte el terreno entregado, deberá ser resuelto por el contratista a su costo. El contratista deberá considerar la colocación de señalética indicativa de la instalación de faenas y obra, con el fin que se informe a la comunidad que se están realizando los trabajos. 19.4. DE LA SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, en los términos establecidos en el artículo 76° del Reglamento de Compras. En dicho caso, el contratista se entenderá como único mandante de los trabajadores subcontratados, por tanto, responderá por los trabajos que ejecuten. Los trabajadores subcontratados no podrán estar sujetos a causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la normativa vigente. 19.5. RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales. 19.6. RECEPCIÓN PROVISORIA Una vez concluida la ejecución total de las obras, el Inspector del Contrato procederá a la revisión de los trabajos, verificando que se hayan realizado, según lo establecido en las Bases o Especificaciones Técnicas. a. Terminado los trabajos y todo aquellos solicitado en las Bases de Licitación, el contratista deberá solicitar por escrito en el Libro de Obras, al Inspector del Contrato, la recepción provisoria de la obra dentro del plazo contractual. Se procederá a dicha recepción dentro de los 5 días hábiles siguientes a la petición. El Inspector del Contrato se constituirá en la obra el objeto de verificar el estado en el que se encuentra la ejecución de las obras y confirmar si procede la recepción provisoria de las mismas o en su defecto dejará constancia en el libro de obras, indicando que el contratista quedará sujeto a la aplicación de multas por incumplimiento en el plazo de ejecución u otros motivos. Al momento de efectuar la recepción provisoria, se levantará un acta que deberá ser firmada por el contratista y el inspector del contrato, donde se consignarán, además, todas las multas aplicadas durante la ejecución de las obras. b. Si en el acto de recepción se encontrarán observaciones, se otorgará un plazo adicional desde la fecha en que se anotan las observaciones en el libro de obras. De no cumplirse la solución a las observaciones en el plazo indicado se cursarán las multas respectivas. Si el contratista cumple con el plazo establecido para solucionar las observaciones, se efectuará la recepción provisoria con la fecha correspondiente al termino de las obras. c. Si al término del plazo para la ejecución de las obras, los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad a las Bases o Especificaciones Técnicas y otras normas, no se dará curso a la recepción provisoria y el contratista deberá ejecutar a su costo, los trabajos o reparaciones, siendo causal de multa según lo establecido en las bases de licitación. Tales defectos deberán señalarse en el acta respectiva. Una vez subsanados los defectos indicados por el inspector del contrato, se deberá efectuar la recepción provisoria, fijándose como fecha de término de las obras, la de recepción de los trabajos, cursando las multas correspondientes. En ningún caso el contratista se podrá excusar de su responsabilidad por los trabajos defectuosos. d. La recepción provisoria será aprobada por Acto Administrativo, el que además dispondrá la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, previa entrega de la garantía de correcta ejecución de la obra. 19.7. RECEPCIÓN FINAL Una vez realizada la recepción provisoria, se procederá a desarrollar la recepción final, la cual se efectuará 1 año después. Durante ese periodo la obra se encontrará en garantía. Para la recepción definitiva se levantará un acta suscrita por el contratista, el inspector de contrato y el Encargado de Control, donde además se consignarán las multas aplicadas durante el periodo de garantía de las obras. La recepción definitiva de las obras será aprobada por acto administrativo, la que dispondrá, además, la devolución de la garantía de correcta ejecución de las obras. 19.8. MODIFICACIÓN DE OBRAS Y PLAZOS La Corporación podrá modificar las obras y/o el plazo de ejecución de las mismas, previo acuerdo con el contratista, debiendo justificarse técnicamente por la contraparte técnica y aprobarse previamente por acto administrativo. En todo caso, las modificaciones deberán encontrase totalmente tramitadas antes del vencimiento del plazo de ejecución de las obras. 19.8.1 MODIFICACIÓN DE OBRAS La Corporación podrá ordenar, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales inicialmente no considerados. En caso de requerir un aumento de las obras previstas en las partidas que componen el presupuesto de la obra, se mantendrá el precio de los ítems cotizados y en el caso de requerir obras nuevas o extraordinarias deberán convenirse previamente con el contratista los precios respectivos. También se podrá convenir una disminución de las obras, según los requerimientos del proyecto. El precio total de las modificaciones acordadas, considerando aumentos y disminuciones de obras, no podrá ser mayor al 30% (treinta por ciento) del monto originalmente pactado. Para efectuar las modificaciones a que se refiere el presente apartado, la Contraparte Técnica deberá efectuar un informe que detalle las modificaciones que deben realizarse al proyecto y que indique su procedencia técnica y presupuestaria, el cual deberá enviarse por memorandum a la Dirección de Administración y Finanzas para su autorización. Una vez autorizada la modificación por la Directora antes indicada, se suscribirá el respectivo acuerdo de voluntades, el que se aprobará a través del correspondiente acto administrativo. 19.8.2 PARTIDAS EVENTUALES NO INCLUIDAS EN ITEMIZADO DE PROPUESTA ECONÓMICA En caso de que la Corporación, requiera adquirir servicios adicionales a los establecidos en la propuesta económica (Anexo Nº 3), se solicitará la cotización al proveedor adjudicado. Dicha cotización será enviada a la Dirección de Administración y Finazas, Departamento de Contabilidad, para la verificación presupuestaria y emision de certificado. Una vez realizado, sera Secretario/a General de la Corporación, quien autorizará la incorporación de este nuevo Servicio. Durante la vigencia del contrato pueden surgir trabajos distintos a los mencionados en las bases técnicas y a los itemizados de la propuesta económica (Anexo Nº 3), pero de la misma índole que ellos. En este sentido, para la realización de este tipo de trabajos se solicitará su respectiva cotización y se entenderá que la oferta presentada considera todo lo requerido para realizar los trabajos, incluyendo los materiales para una adecuada ejecución de las acciones descritas. Lo anterior, siempre que no se desnaturalice el objeto de la contratación. Se excluye de lo anterior la adquisición de equipos, maquinarias, elementos tecnológicos, entre otros. Sólo se podrán incluir la ejecución de trabajos dentro de los conceptos constructivos establecidos en el itemizado de la propuesta económica como de obra gruesa, terminaciones, gasfitería, eléctricas, climatización, carpintería y mueblería, cerrajería, puertas, quincallería, vidrios, entre otros. La Contraparte técnica y/o Arquitecto determinarán las partidas que podrán ser incluidas y que no se encuentran desarrolladas en el Itemizado de la propuesta económica (Anexo N° 3).
OTRAS DISPOSICIONES
19.1. DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y/O CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA La Sección de Prevención de Riesgos laborales de la Corporación, en lo que corresponda, será el encargado de vigilar el cumplimiento por parte del contratista o subcontratista si corresponde, de la normativa relativa a lo dispuesto por el artículo 66 bis de la ley 16.744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y el artículo 3° del Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud, durante la ejecución del contrato. El contratista deberá entregar al Inspector de Contrato la “cartilla de registro de control de empresas contratistas y subcontratistas” si corresponde. 19.2. AUMENTO DE PLAZO En caso que proceda un aumento de plazo de ejecución de obras, esto deberá ser autorizado previamente por el Inspector de Contrato. Se permitirá el aumento de plazo siempre que no sea imputable al contratista, de lo contrario se aplicará la multa respectiva. 19.3. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Será responsabilidad exclusiva del contratista, la correcta ejecución de las obras contratadas, el resguardo y la calidad de los materiales empleados en ésta, de conformidad con lo establecido en las bases administrativas y técnicas, oferta presentada e instrucciones del Inspector de Contrato; esta responsabilidad se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la recepción definitiva del contrato. En este sentido, el contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para la Corporación y en un plazo breve cualquier trabajo mal ejecutado o incompleto sin que ello se considere un aumento o disminución del contrato. Será responsabilidad exclusiva del contratista mantener en el lugar de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores que en ella se desempeñen, desde la entrega de terreno y durante la ejecución de las obras. Con el objeto de delimitar responsabilidades relacionadas al estado de recepción y cómo se entrega el terreno, el contratista deberá registrar en video o fotografía digital, las distintas zonas de trabajo previo a su ejecución, dejando constancia en el libro de obras y enviando al correo electrónico del Inspector de Contrato. En caso contrario, cualquier reclamo sobre menoscabo que afecte el terreno entregado, deberá ser resuelto por el contratista a su costo. El contratista deberá considerar la colocación de señalética indicativa de la instalación de faenas y obra, con el fin que se informe a la comunidad que se están realizando los trabajos. 19.4. DE LA SUBCONTRATACIÓN El contratista podrá concertar con terceros la ejecución parcial del contrato, en los términos establecidos en el artículo 76° del Reglamento de Compras. En dicho caso, el contratista se entenderá como único mandante de los trabajadores subcontratados, por tanto, responderá por los trabajos que ejecuten. Los trabajadores subcontratados no podrán estar sujetos a causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la normativa vigente. 19.5. RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales. 19.6. RECEPCIÓN PROVISORIA Una vez concluida la ejecución total de las obras, el Inspector del Contrato procederá a la revisión de los trabajos, verificando que se hayan realizado, según lo establecido en las Bases o Especificaciones Técnicas. a. Terminado los trabajos y todo aquellos solicitado en las Bases de Licitación, el contratista deberá solicitar por escrito en el Libro de Obras, al Inspector del Contrato, la recepción provisoria de la obra dentro del plazo contractual. Se procederá a dicha recepción dentro de los 5 días hábiles siguientes a la petición. El Inspector del Contrato se constituirá en la obra el objeto de verificar el estado en el que se encuentra la ejecución de las obras y confirmar si procede la recepción provisoria de las mismas o en su defecto dejará constancia en el libro de obras, indicando que el contratista quedará sujeto a la aplicación de multas por incumplimiento en el plazo de ejecución u otros motivos. Al momento de efectuar la recepción provisoria, se levantará un acta que deberá ser firmada por el contratista y el inspector del contrato, donde se consignarán, además, todas las multas aplicadas durante la ejecución de las obras. b. Si en el acto de recepción se encontrarán observaciones, se otorgará un plazo adicional desde la fecha en que se anotan las observaciones en el libro de obras. De no cumplirse la solución a las observaciones en el plazo indicado se cursarán las multas respectivas. Si el contratista cumple con el plazo establecido para solucionar las observaciones, se efectuará la recepción provisoria con la fecha correspondiente al termino de las obras. c. Si al término del plazo para la ejecución de las obras, los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad a las Bases o Especificaciones Técnicas y otras normas, no se dará curso a la recepción provisoria y el contratista deberá ejecutar a su costo, los trabajos o reparaciones, siendo causal de multa según lo establecido en las bases de licitación. Tales defectos deberán señalarse en el acta respectiva. Una vez subsanados los defectos indicados por el inspector del contrato, se deberá efectuar la recepción provisoria, fijándose como fecha de término de las obras, la de recepción de los trabajos, cursando las multas correspondientes. En ningún caso el contratista se podrá excusar de su responsabilidad por los trabajos defectuosos. d. La recepción provisoria será aprobada por Acto Administrativo, el que además dispondrá la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, previa entrega de la garantía de correcta ejecución de la obra. 19.7. RECEPCIÓN FINAL Una vez realizada la recepción provisoria, se procederá a desarrollar la recepción final, la cual se efectuará 1 año después. Durante ese periodo la obra se encontrará en garantía. Para la recepción definitiva se levantará un acta suscrita por el contratista, el inspector de contrato y el Encargado de Control, donde además se consignarán las multas aplicadas durante el periodo de garantía de las obras. La recepción definitiva de las obras será aprobada por acto administrativo, la que dispondrá, además, la devolución de la garantía de correcta ejecución de las obras. 19.8. MODIFICACIÓN DE OBRAS Y PLAZOS La Corporación podrá modificar las obras y/o el plazo de ejecución de las mismas, previo acuerdo con el contratista, debiendo justificarse técnicamente por la contraparte técnica y aprobarse previamente por acto administrativo. En todo caso, las modificaciones deberán encontrase totalmente tramitadas antes del vencimiento del plazo de ejecución de las obras. 19.8.1 MODIFICACIÓN DE OBRAS La Corporación podrá ordenar, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales inicialmente no considerados. En caso de requerir un aumento de las obras previstas en las partidas que componen el presupuesto de la obra, se mantendrá el precio de los ítems cotizados y en el caso de requerir obras nuevas o extraordinarias deberán convenirse previamente con el contratista los precios respectivos. También se podrá convenir una disminución de las obras, según los requerimientos del proyecto. El precio total de las modificaciones acordadas, considerando aumentos y disminuciones de obras, no podrá ser mayor al 30% (treinta por ciento) del monto originalmente pactado. Para efectuar las modificaciones a que se refiere el presente apartado, la Contraparte Técnica deberá efectuar un informe que detalle las modificaciones que deben realizarse al proyecto y que indique su procedencia técnica y presupuestaria, el cual deberá enviarse por memorandum a la Dirección de Administración y Finanzas para su autorización. Una vez autorizada la modificación por la Directora antes indicada, se suscribirá el respectivo acuerdo de voluntades, el que se aprobará a través del correspondiente acto administrativo. 19.8.2 PARTIDAS EVENTUALES NO INCLUIDAS EN ITEMIZADO DE PROPUESTA ECONÓMICA En caso de que la Corporación, requiera adquirir servicios adicionales a los establecidos en la propuesta económica (Anexo Nº 3), se solicitará la cotización al proveedor adjudicado. Dicha cotización será enviada a la Dirección de Administración y Finazas, Departamento de Contabilidad, para la verificación presupuestaria y emision de certificado. Una vez realizado, sera Secretario/a General de la Corporación, quien autorizará la incorporación de este nuevo Servicio. Durante la vigencia del contrato pueden surgir trabajos distintos a los mencionados en las bases técnicas y a los itemizados de la propuesta económica (Anexo Nº 3), pero de la misma índole que ellos. En este sentido, para la realización de este tipo de trabajos se solicitará su respectiva cotización y se entenderá que la oferta presentada considera todo lo requerido para realizar los trabajos, incluyendo los materiales para una adecuada ejecución de las acciones descritas. Lo anterior, siempre que no se desnaturalice el objeto de la contratación. Se excluye de lo anterior la adquisición de equipos, maquinarias, elementos tecnológicos, entre otros. Sólo se podrán incluir la ejecución de trabajos dentro de los conceptos constructivos establecidos en el itemizado de la propuesta económica como de obra gruesa, terminaciones, gasfitería, eléctricas, climatización, carpintería y mueblería, cerrajería, puertas, quincallería, vidrios, entre otros. La Contraparte técnica y/o Arquitecto determinarán las partidas que podrán ser incluidas y que no se encuentran desarrolladas en el Itemizado de la propuesta económica (Anexo N° 3).
CONTROL DE EJECUCIÓN DE OBRAS
El número de trabajadores que se requieran para realizar el proyecto deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar, de acuerdo con el programa de trabajo. Si el programa de trabajo se está realizando con retraso, la contraparte técnica estará facultada para tomar las medidas necesarias a fín de normalizar el ritmo de las faenas como, por ejemplo, exigir trabajo de doble turno o aumentar la dotación de trabajadores. El contratista deberá dar cumplimiento a las instrucciones dadas con este fin, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde que se le notifiquen, bajo apercibimiento de ponerse término anticipado al contrato. El contratista deberá entregar a la contraparte técnica, el ultimo día hábil de cada semana la programación de trabajos a efectuar la semana siguiente, además de enviar mensualmente una nómina de los trabajadores que estén en actividad en las diversas faenas, incluyendo los trabajadores de subcontratistas, dentro de los cinco primeros días corridos del mes siguiente al que se informa.
MATERIALES
Los materiales que se empleen en la obra deberán ser de la mejor calidad y procedencia en su especie. Antes de emplear cualquier material en la obra, el contratista deberá dar aviso a la contraparte técnica, para que ésta, vistos los análisis y pruebas de los mismos, resuelva y formule por escrito su aceptación o rechazo. No obstante, si durante el período de construcción o del plazo de garantía, se comprobará que el material aceptado por la contraparte técnica ha resultado deficiente, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstituir a su costa la obra en que fue empleado. Serán de cuenta del contratista la provisión de los materiales, de la maquinaria y de las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios y, en general, todos los gastos que se originen con la obra. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de improviso, emergencia y/o la circuntancias lo ameriten, la corporación podrá proporcionará materiales de forma exepcional, para lo cual, la contraparte técnica y el profesional residente de obras deberán firmar un acta de entrega, indicando la cantidad de material entregado y el estado en que se encuentra. En caso de necesitarse mayor cantidad de material al inicialmente entregado por la Corporación, el Contratista deberá enviar un informe a la contraparte técnica explicando los motivos de esta solicitud, la cual deberá analizar la información y evacuar la respuesta respectiva. Esta comunicación deberá quedar registrada en el Libro de Obras. El material de desecho (entiéndase escombros o cualquier otro de similar naturaleza), sólo podrá ser reutilizado en la obra si la Contraparte Técnica lo autoriza previamente de forma escrita. Todo gasto asociado de compra de materiales por parte de la corporación, deberá ser rebajado por el proveedor al costo del servicio ofertado.
HORARIOS
En cuanto a fecha y hora de presentación de los servicios, los trabajos de mantenimiento, remodelacion y obras en general. El Contratista planificará los horarios y días de trabajo, respetando el Código del Trabajo (Leyes Laborales), las Ordenanzas Municipales y normas ambientales, sin embargo, deberá considerar que los servicios podran efectuarse tanto en los dias habiles e inhabiles, durante la noche, fines de semana y festivos, utilizando personal en la cantidad y con la idoneidad apropiada. Sin embargo, en caso de los Establecimientos educacionales y Jardines infantiles (días hábiles), los servicios se deberan efectuar posterior a la jornada escolar. No obstante, en caso de emergencias, imprevistos o si las circuntancias lo ameretien, se permitira el ingreso previa autorización de Dirección de Educación. El oferente deberá proveer y asistir ante llamados de urgencia, es decir, atender la emergencia en cualquiera de los rubros, en los horarios que la Corporación lo requiera, según sea el caso.
REQUISITOS NECESARIOS DEL PROVEEDOR Y SU PERSONAL
La empresa y su personal deberán poseer la idoneidad técnica necesaria para prestar los servicios que se le encomienden; tener buenos antecedentes y salud compatible con el servicio. El personal asignado por el adjudicatario para las tareas de mantención y obras de remodelación, será de su exclusiva dependencia, siendo de su cargo y responsabilidad pagar sus remuneraciones, enterar las imposiciones previsionales y de salud que procedieran, seguros de cesantía y accidentes, pago de mutuales, impuestos y otros que se deriven de dicha relación laboral, a modo que la Corporación de Desarrollo Social de Lampa se mantenga libre de toda responsabilidad respecto de dicho personal. En todo momento se deberá contar con los implementos de seguridad necesarios. La seguridad de los trabajadores será de completa responsabilidad del oferente que se adjudique la presente licitación. En todo momento se deberá velar por la limpieza del entorno y al finalizar los trabajos el retiro de todo material sobrante y desechos que puedan resultar de estos. Todo el personal que ingrese a la obra debe contar con certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad el cual debe ser entregado al encargado/a del proyecto de la Corporación Municipal de desarrollo social de Lampa. Los equipos y recursos tecnológicos necesarios para proveer el abastecimiento en condiciones normales y los de respaldo para condiciones de emergencia serán de cargo del oferente, quien deberá procurar el buen funcionamiento y mantención de los mismos.