Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Resolución de Empates |
En caso de existir empate, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
1. Mejor puntaje Oferta Económica
2. Mejor puntaje Experiencia del Oferente
3. Mejor puntaje Sustentabilidad
5. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
6. Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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DEL CONTRATO |
El valor estimado será de $ 30.000.000 con impuesto incluido, el contrato tendrá una vigencia de 08 meses a partir de la formalización del contrato.
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Incumplimientos del proveedor |
Se considera incumplimiento del proveedor en los siguientes casos:
En caso que el Contratista no diese cumplimiento a las obligaciones contraídas en las presentes bases, se aplicará las siguientes multas:
I. En el caso de atraso y/o NO ejecución de los cursos, sin previo aviso a la contraparte técnica, se aplicará una multa de 0,5 UTM, con un tope de 10 eventos.
II. Multa por contenido inapropiado, Si los enlaces a contenidos externos al curso (por ejemplo, YouTube, u otros) conducen a contenido inapropiado, no vigente y/o erróneo, el proveedor adjudicado deberá pagar una multa equivalente al 2,5% del valor total neto de la línea de servicio respecto de la cual se verifique la existencia de contenido inapropiado, no vigente y/o erróneo, con un máximo de 2 (dos) eventos. Si las multas por este concepto superan los 2 (dos) eventos, se podrá poner término anticipado al contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. Si corresponde.
Se entenderá por “contenido inapropiado” todo aquel contenido del curso que no sea adecuado para sus fines y que incluya material ilegal, difamatorio, violento, pornográfico o discriminatorio en los términos de la Ley N°20.609.
III. En caso de modificaciones respecto al servicio adjudicado sin previo aviso a la contraparte técnica, se cursará una multa de 1 UTM por evento, con un máximo de 2 (dos) eventos.
Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a Nicole.pena@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
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Término anticipado de contrato |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Disminución de matrícula en un 50% de los beneficiarios inicialmente inscritos.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
5) Por retraso de tres meses consecutivos en el pago de la cuota mensual (luego de quince (15) días posterior a la documentación que el adjudicado le corresponde enviar).
6) Si se disuelve la empresa adjudicada.
7) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales, tales como:
Atraso en la ejecución del servicio superior a 10 (diez) eventos.
Contenido inapropiado.
Modificación de la propuesta unilateral, sin tomar en conocimiento a la contraparte técnica, o que está en su defecto no este informado de los cambios realizados.
8) Por fallecimiento del proveedor.
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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PERSONAL DEL PROVEEDOR |
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
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RESPONSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO |
El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.
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EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES |
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
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ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL ADJUDICATARIO |
Será de cargo del proveedor adjudicado aprovisionar todos los materiales, herramientas, equipamiento, etc. y todos los gastos que se originen con objeto de esta contratación.
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MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO |
Cuando circunstancias especiales lo ameriten, la Corporación o el proveedor adjudicado podrán solicitar a la contraparte, con la debida antelación, la modificación del cronograma de trabajo, en cuyo caso, tanto la solicitud como la autorización deberán constar por escrito.
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PRESTACION DE DEPENDENCIAS |
La corporación proveerá de sus dependencias, previa coordinación con la contraparte técnica, exclusivamente para realización de reuniones, jornadas de esparcimiento y ceremonia de finalización.
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SERVICIOS DE COFFEE BREAK, BANQUETERIA Y CÓCTELES |
La corporación no está obligada a suministrar servicios de coffee break, banquetearía y cócteles, por lo que dicho gasto debe ser asumido por el adjudicatario.
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