Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica
- Mejor puntaje Plazo de Entrega.
- Mejor puntaje Experiencia del oferente.
- Mejor puntaje de sustentabilidad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales.
- Oferente que acredite la contratación de mayor número de funcionarios que posean alguna discapacidad. Este certificado es emitido por el Registro Nacional de Discapacidad.
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR |
Para ver los productos solicitados, remitirse a las bases técnicas de la presente licitación.
IMPORTANTE: Cada producto será publicado y evaluado de forma independiente, esto quiere decir que podrá haber uno o más adjudicados en el proceso licitatorio.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR |
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras.
Asimismo, no podrán participar empresas condenadas en virtud de lo establecido en la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Se aceptará solo una oferta por oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. No se aceptarán ofertan publicadas a $ 1 pesos.
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MUESTRAS |
Desde la publicación hasta el cierre, los oferentes deben enviar una muestra del producto ofertado a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa a la dirección Sargento Aldea 898, Lampa, Región Metropolitana. La muestra debe ser enviada a nombre de Camila Maldonado Villaroel, jefa del Departamento de Abastecimiento de la Corporación, junto a un documento que indique los datos de la empresa (nombre y rut), ficha técnica y el número ID de la licitación.
Horarios de recepción de muestras: lunes a jueves de 8:00 hrs a 14:00 hrs y luego de 15:00 hrs a 17:30 hrs.
Días viernes: de 8:00 hrs a 14:00 hrs y luego de 15:00 hrs a 16:30 hrs.
En caso de no enviar las correspondientes muestras, la oferta será declarada inadmisible.
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES |
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación,
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
1. Encargada(o) del Laboratorio Comunal.
2. Un funcionario del Departamento de Abastecimiento.
3. Un funcionario(a) de Dirección de Salud.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente.
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras.
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas.
g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo.
h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.
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EVALUACIÓN DE MUESTRAS |
Las muestras serán evaluadas mediante el Anexo N° 4 “Evaluación de Calidad”. Una vez efectuada la evaluación de las muestras, se declararán admisible las ofertas técnicas para ser evaluadas conforme a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de cada producto será seleccionado y se procederá, posteriormente, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación de los productos a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
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DEL CONTRATO |
La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato.
El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
El departamento de abastecimiento será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:
• Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.
• Copia de escritura pública de constitución.
• Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia vigente
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.
Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.
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DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
Las solicitudes se formalizarán mediante el envío y posterior aceptación de Ordenes de Compras de los productos adjudicados a través del Portal Mercado Público, el proveedor contará con un plazo de 24 horas para la aceptación de la orden de compra.
Los despachos se deben realizar en forma parcial de acuerdo a los requerimientos de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, donde se explicitará la cantidad requerida, fecha y hora de entrega en la bodega. El oferente, una vez enviada la orden de compra. Deberá entregar los insumos en el plazo que se establezca. No obstante, la Corporación podrá modificar el plazo, adelantando o posponiendo las entregas, previo acuerdo con el oferente, en aquellos casos excepcionales en que la urgencia lo haga necesario.
Ante dificultades de despacho, causales de fuerza mayor, siniestros o quiebres de stock, el oferente deberá dar solución alternativa en un plazo de 24 hrs. contadas desde el envío de la compra, contactándose vía correo electrónico a camila.maldonado@corporacionlampa.cl .
Además, si el proveedor entrega una cantidad inferior a las solicitadas en la orden de compra, tendrá un plazo de 3 días corridos para entregar los productos pendientes. En caso que el proveedor no cumpla con los plazos de entrega estipulados, se podrá gestionar las multas correspondientes.
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FACTURACIÓN |
Cada orden de compra deberá ser facturada de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
CENTRO DE COSTO GIRO
SALUD Actividades de centros de salud municipalizados (servicios de salud pública)
El giro será ingresado de forma explícita en las órdenes de compra del sistema Mercado Público, específicamente en la sección de observaciones.
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ENTREGAS Y DESPACHOS |
Las entregas de los productos deben ser coordinadas con el encargado(a) de Bodega, previa gestión del despacho.
Dirección de despacho
Sargento Aldea 898, Lampa
Encargado de Bodega Mario Andrades
Correo electrónico bodegacentral@corporacionlampa.cl
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ENVASE Y ROTULACIÓN |
a) Los envases clínicos deberán entregarse en empaques múltiples que faciliten la recepción, almacenaje, distribución y que aseguren la inviolabilidad de su contenido.
b) Los envases deberán ser de un material que asegure la adecuada conservación del contenido, además de contener impreso en un lugar visible al menos la siguiente información:
i. Nombre genérico y características.
ii. Número de serie y/o lote de fabricación.
iii. Código de barra.
iv. Fecha de elaboración y de vencimiento.
v. Documento libre de Látex.
vi. Durabilidad de los envases.
vii. Procedencia y fabricante.
c) El proveedor deberá mantener la calidad de los insumos durante la vigencia del contrato. Se devolverán aquellos despachos que no se ajusten a la calidad contratada o a la cantidad requerida. Sera responsabilidad del proveedor generar el cambio inmediato.
d) Garantías y políticas de canje.
e) Los envases unitarios podrán corresponder a estuches de polietileno, papel polietileno u otros materiales que otorguen resistencia, aseguren esterilidad, inviolabilidad y permitan fácil apertura.
f) Los envases o empaques múltiples podrán ser de cartón u otro material resistente, de manera que permita una adecuada protección según las unidades especificadas.
g) Si un producto es recepcionado en mal estado y/o deteriorado, será responsabilidad del proveedor generar el cambio y entrega de los productos, en un plazo fatal de 3 días corridos
h) Los insumos deberán cumplir con todos los requerimientos establecidos en la normativa vigente:
i. Código Sanitario.
ii. D.S. N°825 de 1998, del Ministerio de Salud, sobre reglamento de control de productos y elementos de uso médico.
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PAGO |
La Corporación pagará al Contratista por los bienes encomendados según orden de compra previa recepción conforme de los bienes efectivamente entregados por parte de la Contraparte Técnica.
La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes:
a) Certificado que indique la recepción conforme de los bienes requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación.
b) En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
c) Es obligatorio que una vez enviada la orden de compra se envíe los datos de pago a facturacion@corporacionlampa.cl .
d) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa.
Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc.).
En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983.
Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
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DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO |
La labor de Contraparte Técnica será realizada por un funcionario(a) correspondiente al Departamento de Abastecimiento. Dentro de las funciones se encuentran:
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad.
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias.
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MULTAS |
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones:
a) Multa por atraso: corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de entrega, comprometida según lo ofertado por este. Se expresará en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), la multa corresponderá a 0,5 UTM por día de atraso con un tope de 5 días corridos. Lo anterior se aplicará por cada orden de compra emitida.
b) Multa por no despacho: Pasado los 5 días hábiles, estipulados en la multa por atraso, se cursará, una sanción de 10 UTM, con un tope de 20 días corridos. Lo anterior se aplicará por cada orden de compra.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10 UTM son:
• Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra.
• Rechazo total de los productos recepcionados por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
• El incumplimiento en el recambio de los productos que presenten problemas de estabilidad, empaque, envases en mal estado, conservación inadecuada, vencida, defectuosa o dañada en un periodo máximo de 48 hrs.
• No aceptar dos órdenes de compra consecutivas o tres órdenes de compra en un periodo de cuatro meses móviles.
• Incurrir en falsedad en el cobro de los productos despachados.
• Entregar saldos faltantes de entregas incompletas que superen los 4 días hábiles, 0,5 UTM por día transcurrido hasta 10 UTM.
• No entregar carta de canje a todo evento por productos despachados con fecha de vencimiento igual o menor a 12 meses, 0,5 UTM por producto adjudicado.
Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento del establecimiento en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención del establecimiento.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS |
Los incumplimientos considerados, en la ejecución del servicio en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a Nicole.pena@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
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TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve la empresa adjudicada.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales el cobro de multas equivalente al 30% del valor total del contrato.
6) Por fallecimiento del proveedor.
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo y del fallecimiento del proveedor, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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VARIACIÓN Y ESTIMACIÓN DE CANTIDAD DE INSUMOS |
Los productos que se adquieren por la presente licitación, se han programado en base a un consumo histórico, por lo cual se establece que la demanda final está sujeta a consumo operacional, por lo tanto, se deja establecido que puede haber un aumento de hasta un 30% del programa.
Cualquier modificación deberá ser aprobada mediante resolución
La corporación no está obligada a solicitar o adquirir una cantidad determinada de productos durante la vigencia del contrato, dado que las solicitudes podrán variar mensualmente.
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POLITICA DE CANJE |
El proveedor en su oferta deberá incluir la política de canje, la cual debe considerar:
1. El cambio físico de los productos que hayan llegado a la fecha estipulada en el canje, por otros de exactamente iguales características, pero con una fecha de vencimiento adecuada para su utilización.
2. En caso de hacerse efectivo el canje, es responsabilidad del proveedor el retiro de estos desde la droguería.
3. En caso de no contar con el producto el proveedor deberá confeccionar nota de crédito por el valor de los productos canjeados.
Sin perjuicio de lo anterior, será obligación para el proveedor adjudicado entregar carta de canje a todo evento por los productos despachados con fecha de vencimiento igual o menor a 12 meses.
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TRASPASO DEL CONTRATO |
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
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