Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica.
- Mejor puntaje Experiencia del oferente.
- Mejor puntaje antigüedad vehículo ofertado.
- Mejor puntaje sustentabilidad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales.
- Oferente que acredite la contratación de mayor número de funcionarios que posean alguna discapacidad. Este certificado es emitido por el Registro Nacional de Discapacidad.
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Término anticipado de contrato |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
4) Si se disuelve la empresa adjudicada.
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales el cobro de multas equivalente al 30% del valor total del contrato.
6) Si el adjudicado supera 10 multas durante la vigencia del contrato debido a omisiones de uso de elementos de seguridad obligatorios del vehículo, por llegada fuera del horario establecido, por tener vehículos en mal estado (limpieza y mantenciones) u otras molestias ocasionadas a los usuarios del servicio contratado.
7) Por fallecimiento del proveedor.
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo y del fallecimiento del proveedor, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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Traslados no pactados |
En circunstancias excepcionales, las partes podrán convenir otros transportes o traslados en general con el fin de cubrir las necesidades de movilización de la Corporación. Estos servicios serán solicitados previamente por la Corporación, estipulándose el precio de mutuo acuerdo y acorde a las distancias y tramos por cubrir.
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VEHICULO DE REEMPLAZO |
Si por razones de fuerza mayor o caso fortuito, el adjudicatario no pudiere prestar el servicio con el vehículo ofertado, podrá reemplazarla por otro de similares características en cuanto a capacidad, seguridad y con la documentación que se autoriza dicho vehículo.
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RESPONSABILIDADES |
El transportista será responsable de toda obligación de carácter laboral, previsional, contractual y extracontractual relativa al personal que requiera contratar bajo cualquier régimen jurídico, sea laboral o civil, para la ejecución de los servicios contratados por la Corporación.
No existirá vinculación jurídica alguna, ni laboral ni civil, entre el personal dependiente de la Corporación y el personal dependiente del transportista.
Será el transportista quien asumirá toda responsabilidad legal por la conducción del vehículo. Deberá mantener la documentación del vehículo al día y asumiendo todos los gastos de mantención, combustible, lubricantes, etc., que pudiese requerir el vehículo.
El Adjudicatorio será responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a la propiedad pública y/o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o de sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan de las presentes bases, como asimismo respecto de terceras personas.
18.5 HORAS EXTRAS
En caso de que la corporación requiera de servicios fuera del horario establecido en las bases, mediante mutuo acuerdo entre las partes se establecerá el valor de hora extra por el servicio prestado.
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AMPLIACIÓN Y/O MODIFICACIÓN |
Podrá ampliarse o modificarse el contrato de acuerdo a lo establecido en el art. 77 del decreto 250, en caso de ser necesario para la institución, previa resolución fundada, con un tope de 30%, por única vez y mutuo acuerdo de las partes.
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