Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta Económica
- Mejor puntaje Experencia Equipo
- Mejor puntaje de sustentabilidad
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR |
La información se encuentra contenida en las Bases Técnicas de la presente licitación.
IMPORTANTE: La oferta deberá considerar la totalidad de las especificaciones técnicas del servicio solicitado, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
|
|
|
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Se aceptará solo una oferta por cada oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. Además, se declarará inadmisible a las ofertas publicadas con valores de $1.
Las ofertas deberán ser ingresadas a portal www.mercadopublico.cl en montos unitarios netos por el valor de cada estudiante. Se considera la cantidad estimada de 1.200 estudiantes.
|
|
|
ANEXOS |
Todos los Anexos deberán ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
Los anexos serán ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos, Anexos técnico y Anexos económicos
a) ANEXOS ADMINISTRATIVOS Declaración jurada simple digital. (Todos los oferentes deberán obligatoriamente firmar electrónicamente la declaración jurada disponible en el sistema de información de Mercado Púbico)
Anexo N°1 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores, en caso de que corresponda
Anexo N°5 Datos de pago
b)
ANEXOS TÉCNICOS Anexo N°2 Oferta Técnica
Metodología y propuesta de trabajo
Anexo N°4 Certificado de experiencia modelo, en caso que corresponda
Registro en la Secretaría Regional Ministerial de Salud con la especialidad de Medicina Familiar o Pediatría, oftalmología, Otorrino y/o Neurología y Psiquiatría, que habilita para evaluaciones médicas y adjuntar certificados legalizados, y currículum Vitae de cada profesional.
Certificado de inhabilidades para trabajar con menores, de los profesionales que participaran en la propuesta
Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
c)
ANEXO ECONÓMICO Anexo N°3 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
Si el anexo N°3 oferta económica o el valor en números indicados en la línea de oferta del portal www.mercadopublico.cl presenta discordancias, la Corporación podrá solicitar aclaraciones de las ofertas realizadas a través del portal.
IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados en su totalidad y adjuntados conforme a los formatos adjuntos, de lo contrario la oferta será declarada INADMISIBLE. No obstante, los Anexos N° 1 y N° 4 deberán ser completados en caso que corresponda.
|
|
|
INDISPONIBILIDAD DEL PORTAL |
En el caso que exista indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas mediante el correspondiente Certificado de Indisponibilidad, el cual se tendrá que solicitar a dicho Servicio dentro de las 24 horas hábiles siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los participantes deberán proceder como se indica a continuación:
1.- Notificar de la situación de indisponibilidad, antes de la fecha y hora de apertura de las ofertas señalada en las Bases de Licitación, al responsable del proceso a través de los siguientes correos electrónicos: camila.maldonado@corporacionlampa.cl, y decker.casanova@corporacionlampa.cl, además de adjuntar su oferta y toda la documentación solicitada para esta licitación, la cual deberá ser idéntica a la entregada en soporte papel una vez recibido el certificado de indisponibilidad. Lo anterior con el objeto que esta Corporación no realice el acto de apertura de las ofertas hasta el día y hora que se reciban las posibles ofertas en soporte de papel, de manera de no otorgar una situación de privilegio de los otros competidores y que no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes
2.- Los participantes tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Estos antecedentes se deberán entregar en un sobre cerrado debidamente identificado con el nombre de la propuesta y del oferente en la portada, además de adjuntar toda la documentación solicitada para esta licitación, al encargado del proceso en la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa. Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
La Corporación publicará en la Licitación Publica respectiva la Resolución que dé cuenta de tal situación, fijándose así una nueva fecha para realizar el acto de Apertura, si corresponde.
De acuerdo a lo anterior es importante señalar que aquellas empresas que no cumplan con la notificación vía correo electrónico sobre la indisponibilidad o con cualquiera de los puntos establecidos en esta cláusula, su oferta física no será recepcionada.
Finalmente, si al momento de la apertura de las ofertas, se constata que la oferta enviada vía correo electrónico no es concordante con la presentada en forma física en el sobre cerrado, su oferta será declarada Inadmisible.
|
|
|
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, la entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
|
|
|
EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.
Las propuestas serán revisadas por la comisión, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
1. Coordinador (a) del Programa de Integración Escolar
2. Un funcionario (a) del Departamento de Abastecimiento
3. Director (a) Comunal de Educación o quien designe en su reemplazo
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas
e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de
adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas
g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo
h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas
|
|
|
DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación del servicio será seleccionado y se procederá, posteriormente, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación de los productos a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al o los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la podrá adjudicar, dentro de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
|
|
|
DEL CONTRATO |
Será de ejecución en el tiempo, por el valor estimado de $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos), a partir de la formalización de la contratación, con fecha de término 31 de diciembre de 2024.
|
|
|
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra del servicio adjudicado a través del Portal Mercado Público.
Cabe señalar que la orden de compra será enviada, de forma posterior a la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
|
|
|
COORDINACIÓN DEL SERVICIO |
Para la coordinación del servicio, se establecerá contacto con la contraparte técnica.
|
|
|
FACTURACIÓN |
Cada orden de compra deberá ser facturada de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
CENTROS DE COSTO GIRO
EDUCACIÓN Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y Técnico profesional pública
El giro será ingresado de forma explícita en las órdenes de compra del sistema Mercado Público, específicamente en la sección de observaciones.
Las facturas deberán ser enviadas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a adquisiciones@corporacionlampa.cl una vez realizado el despacho.
|
|
|
PAGO |
La Corporación pagará al Contratista por los servicios encomendados de forma mensual y proporcional a las evaluaciones realizadas durante el mes, previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica.
El valor a pagar mensual, será conforme al valor adjudicado fraccionado en la totalidad de los meses del servicio.
La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes:
a) Certificado que indique la recepción conforme de los servicios requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación.
b) Informe de actividades y evaluaciones mensuales.
c) Formulario F 30-1 actualizado al mes correspondiente que se hará efectivo el pago
d) En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el REPRESENTANTE LEGAL VIGENTE
e) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa
Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc.). En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983.
Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
|
|
|
DERECHO RETENCIÓN |
Conforme al código del trabajo, Articulo N° 183 c), En el caso que el contratista o subcontratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma, la Corporación o empresa principal podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél o aquéllos, el monto de que es responsable en conformidad a este Párrafo.
El mismo derecho tendrá el contratista respecto de sus subcontratistas. Si se efectuara dicha retención, quien la haga estará obligado a pagar con ella al trabajador o institución previsional acreedora. En todo caso, la empresa principal o el contratista, en su caso, podrá pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora.
Es decir, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago y/o obligación emanada con el adjudicatario, para dichas circunstancias se presentan dos vías:
• Retención total del estado de pago y/o obligación
• Retención parcial del estado de pago y/o obligación, conforme al monto exacto adeudado de las obligaciones laborales y previsionales
Sin perjuicio a lo anterior, en caso de que un proveedor no acredite el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, para procesar el pago, tendrá un plazo de 3 días hábiles para regularizar la situación, de no ser así, se aplicará el derecho a retención.
|
|
|
DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO |
La labor de Contraparte Técnica será realizada por la Coordinadora del Programa de Integración Escolar. Dentro de las funciones se encuentran:
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias.
|
|
|
MULTAS |
18.1. INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultara a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales según lo establecido en la Ley N° 19.886 deberán ser proporcional al monto adjudicado y, a su vez, no podrán superar el 30% del valor total indicado en el contrato. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones:
a) Multa por atraso: corresponde a la sanción, cada vez que el proveedor no de cumplimiento a la fecha de ejecución, comprometida según lo ofertado por este. Se expresará en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), la multa corresponderá a 0,5 UTM por día de atraso con un tope de 5 días corridos. Por orden de compra emitida.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 5 UTM son:
• En el caso de atraso y/o no ejecución del servicio, sin previo aviso a la contraparte técnica, se aplicará una multa de 0,5 UTM, con un tope de 2 eventos
• En caso de modificaciones respecto al servicio adjudicado sin previo aviso a la contraparte técnica, se cursará una multa de 1 UTM por evento, con un máximo de 2 (dos) eventos
Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento del establecimiento en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención del establecimiento.
18.2. PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a tamara.rodriguez@corporacionlampa.cl con copia a laleschka.millacaris@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 10 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
|
|
|
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas
4) Si se disuelve la empresa adjudicada
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales:
a. No subsanación de las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 5 UTM.
b. Ejecución de multas que sobrepase el 30% estipulado.
6) Por fallecimiento del proveedor
En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación o mutuo acuerdo, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
|
|
|
AUMENTO Y DISMINUCION DEL CONTRATO |
La Corporación podrá ordenar al Contratista que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total de la Orden de Compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.
|
|
|
PERSONAL DEL PROVEEDOR |
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
|
|
|
EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES |
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
|
|
|
ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL ADJUDICATARIO |
Será de cargo del proveedor adjudicado aprovisionar todos los materiales, herramientas, equipamiento, etc. y todos los gastos que se originen con objeto de esta contratación.
|
|
|
MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO |
Cuando circunstancias especiales lo ameriten, la Corporación o el proveedor adjudicado podrán solicitar a la contraparte, con la debida antelación, la modificación del cronograma de trabajo, en cuyo caso, tanto la solicitud como la autorización deberán constar por escrito.
|
|
|
PLAZO DE ENTREGA DE INFORMES DE EVALUACIÓN |
El plazo máximo de entrega de los informes de evaluación debe ser maximo de 20 días corridos desde efectuados los exámenes, no obstante, se debe entregar los formularios únicos de salud, inmediatamente finalizada la jornada de evaluación en cada establecimiento, la que considera una entrevista/visita de evaluación, formulario de salud debidamente llenado y firmado por el oferente y/o representante legal.
IMPORTANTE: Si el plazo indicado en el Anexo N°2 superá el plazo establecido, la oferta será declarada inadmisible.
|
|
|