Resolución de Empates |
En el caso de que dos o más empresas se encuentren en una situación de empate en el puntaje final de la sumatoria de los criterios de evaluación, se procederá a reevaluar o desempatar, buscando aquel proveedor que haya obtenido mejor puntaje, en determinado criterio, según el siguiente orden de prelación:
a) Precio Oferta.
b) Año de Fabricación del camión.
c) Experiencia Previa.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al foro de consultas del portal Mercado Publico en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación. El mandante responderá directamente en un plazo no superior a 5 días hábiles y subirá dicha consulta y respuesta como anexo al portal mercado público para conocimiento de los demás oferentes participantes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el o los contrato(s) correspondiente(s), que será(n) redactado(s) por la DPP dentro de 10 días corridos contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, a menos que la DPP requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso.
Previo a la(s) contratación(es) el o los oferente(s) adjudicado(s) deberá(n) hacer entrega de los certificados F30 y F301 emitidos por la Dirección del Trabajo con una antigüedad no superior a 15 días contados de la fecha de suscripción del contrato
Posterior a la firma del contrato, será generada la correspondiente Orden de compra, la cual quedara en estado “GUARDADA”. En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl, deberá inscribirse en el plazo de 05 días hábiles contados desde que la DPP le comunique la adjudicación de su oferta. De este modo, para proceder a la firma del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito en el referido Registro de Proveedores.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de la DPP, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes. El adjudicatario estará especialmente obligado a:
a. Responder por los servicios adjudicados, velando porque éstos cumplan con las características exigidas en las Bases y satisfagan los requerimientos de la licitación;
b. Realizar las labores con personal de su exclusiva dependencia, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo. Si fuere contratado lo será a su nombre, y será de su cargo y responsabilidad pagar las remuneraciones, las imposiciones previsionales y de salud, los seguros de accidentes y cesantía, pago de mutuales, gratificaciones y aguinaldos si proceden, impuestos y otros que se deriven de dicha relación laboral, de modo que la DPP no asume responsabilidad directa ni indirecta alguna por estos conceptos, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 20.123. Al respecto la DPP no tendrá más obligaciones al respecto que las señaladas en los artículos 183 B y 183 C, 183 D y 183 E, del mismo cuerpo normativo, incorporados por Ley N° 20.123.
c. Responder por todas las obligaciones que le impongan el contrato o las presentes Bases.
d. Proporcionar a solicitud de la DPP, en cualquier tiempo, los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para con su personal.
e. Acreditar el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y/o con los trabajadores contratados a contar del 19 de enero de 2008, si los hubiere, en los casos y forma previstos en el artículo 4 inciso segundo de la Ley 19.886.
En caso que el adjudicatario no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos señalados al efecto por la DPP, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, ante lo cual la DPP dictará resolución dejando sin efecto la adjudicación realizada, pudiendo esta misma adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación.
Los oferentes ubicados en los lugares segundos, terceros o siguientes, en su caso, deberán cumplir con las mismas exigencias del adjudicatario original, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante la evaluación de las ofertas, la DPP podrá solicitar aclaraciones referentes a las ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar elementos esenciales de la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.
La DPP podrá solicitar a los oferentes, que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión y evaluación de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Asimismo, los oferentes podrán acompañar certificaciones o antecedentes (siempre que no se trate de documentos obligatorios) que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para los efectos referidos en este numeral, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles contado desde el requerimiento de la DPP el que se informará a todos los oferentes a través del Sistema, para que el oferente subsane las omisiones.
Los antecedentes referidos en los párrafos precedentes, deberán ser remitidos a la DPP, a través del portal de Compras Públicas, utilizando la aplicación dispuesta en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, tampoco intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
• El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
• El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
• El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
• El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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