Licitación ID: 1272565-28-LE23
SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO PARA EL HOSPITAL D
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD IQUIQUE, HOSPITAL ALTO HOSPICIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades de tomografía radiográfica médica 1 Global
Cod: 42201813
SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO PARA EL HOSPITAL DE ALTO HOSPICIO POR 18 MESES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO PARA EL HOSPITAL D
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO PARA EL HOSPITAL DE ALTO HOSPICIO POR 18 MESES. COMPLETAR Y FIRMAR ANEXOS.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Unidad de compra:
HOSPITAL ALTO HOSPICIO
R.U.T.:
61.606.100-3
Dirección:
Anibal Pinto 815
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-04-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-04-2023 10:29:09
Fecha inicio de preguntas: 17-04-2023 10:36:00
Fecha final de preguntas: 19-04-2023 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-04-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-04-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 02-06-2023 14:58:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- OFERTA ADMINISTRATIVA: a) ANEXO Nº1 - FORMULARIO IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Identificación completa del Oferente y su Representante Legal cuando corresponda, incluyendo nombre completo, Cédula de Identidad, Profesión u oficio, domicilios, contactos, Nombre completo del Oferente y sus datos asociados. En el caso de UTP deberá presentar el anexo por cada uno de los integrantes. b) ANEXO Nº1-A - FORMULARIO IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, deberá completar el Formulario N°1, adjuntando el acuerdo de participación conjunta, el que deberá contemplar la forma en que se constituirá legalmente en el evento de resultar adjudicado. El objeto del acto constitutivo del acuerdo deberá contemplar el desarrollo y ejecución de los servicios, entendiendo por ello, la totalidad de las características contempladas en el proceso de licitación. Asimismo, deberá constar claramente, a lo menos, lo siguiente: El acuerdo de participación conjunta en la licitación como unión temporal de proveedores; La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante El nombramiento de un apoderado común con poderes suficientes. Una vigencia no inferior al plazo del contrato adjudicado. Porcentaje de participación de sus integrantes en experiencia. Se entenderá por participación aquel porcentaje distinto de 0% que declare en experiencia. La o las ofertas presentadas que no den cumplimiento a lo señalado en el presente numeral serán declaradas inadmisibles. c) ANEXO Nº2: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y DELITOS FUNCIONARIOS. En caso de UTP, el siguiente anexo se debe presentar por cada uno de los integrantes de la UTP.
Documentos Técnicos
1.- OFERTA TÉCNICA: a) ANEXO Nº3: PLAZO DE ENTREGA, IMPLEMENTACIÓN Y CARTA GANTT. b) ANEXO N.º 4: EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE RADIOLOGOS.
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA ECONÓMICA: a) ANEXO Nº5: OFERTA ECONÓMICA. El oferente es el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio que indicó en su oferta. El Servicio de Salud de Iquique (Hospital de Alto Hospicio) no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el oferente en su propuesta. Los documentos emitidos en Chile o en el extranjero deben estar validados por la Agencia Regulatoria correspondiente, del país que lo otorga. Aquellos documentos que no cumplan con este requisito no serán considerados para la evaluación de la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CRITERIO ADMINISTRATIVO 17.1.1. Cumplimiento de requisitos formales 100% 5%
2 CRITERIO TECNICO 17.2.1 Plazo de entrega, Implementación y carta Gantt 30% 17.2.2 Experiencia del equipo de Radiólogos 70% 35%
3 CRITERIO ECONOMICO 17.3.1 Oferta económica. 100% 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO HAH 2023
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Servicio de Salud de Iquique Hospital de Alto Hospicio, se reserva el derecho de aumentar el presupuesto disponible de la presente licitación indicado inicialmente, hasta en un 30%, siempre y cuando exista una aprobación administrativa y técnica.
Tiempo del Contrato 18 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ROMINA GARIN JORQUERA
e-mail de responsable de pago: 56572409567
Nombre de responsable de contrato: PATRICIO VALDECCHY
e-mail de responsable de contrato: patricio.valdecchy@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-43516856-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ASPECTOS TECNICOS
ARTICULO N.º 1.- OBJETIVO DEL SERVICIO. En el marco de la Puesta en Marcha del Hospital de Alto Hospicio, se hace necesario contratar el servicio de informe radiológico, con el fin de mejorar de forma considerable el acceso y oportuno diagnóstico de pacientes derivados a la Unidad de Imagenología, que por consiguiente incrementa la resolutividad de los distintos servicios o unidades clínicas del Hospital Alto Hospicio. Por lo anterior, el Servicio de Salud de Iquique (Hospital de Alto Hospicio) llama a Licitación Pública a través del portal mercado público, para contratar por un plazo de 18 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo aprobatorio, el Servicio de Informe Radiológico, con su respectivo equipamiento, accesorios, gestión, soporte, almacenamiento e integración necesarios para el adecuado funcionamiento de la Unidad de Imagenología del Hospital Alto Hospicio otorgando un servicio con la efectividad, seguridad y condiciones de calidad que se requiere. ARTICULO N.º 2.- EQUIPOS MÉDICOS El oferente deberá considerar la integración con los siguientes equipos: EQUIPO CANT. PROVEEDOR MARCA MODELO SOFTWARE Versión Dicom y/o HL7 UNIDAD IMAGENOLOGÍA Rx osteopulmonar digital directo 1 PHILIPS CHILENA S.A. PHILIPS DIGITAL DIAGNOSTIC C90 DigitalDiagnost C90 HP: Eleva 1.1 DICOM 3,0 Rx portátil digital directo 1 PHILIPS CHILENA S.A. PHILIPS MOBILE DIAGNOST WDR MobileDiagnost wDR: Eleva 2.2 DICOM 3,0 Equipo Telecomandado Fluoroscopio digital directo 1 PHILIPS CHILENA S.A. PHILIPS COMBIDIAGNOST R90 CombiDiagnost R90: Eleva 1.1 DICOM 3,0 Tomógrafo Computarizado 1 TECNOIMAGEN CANON AQUILION LIGHTNING 80/160 P&P DICOM 3.0. Arco en “C” osteoarticular – vascular 1 PHILIPS CHILENA S.A. PHILIPS ZENITION 50 P&P DICOM 3.0 ARTICULO N.º 3.-ASPECTOS GENERALES El servicio debe cumplir con las siguientes especificaciones, a saber: 3.1.-MÉDICOS RADIÓLOGOS Se establece que todos los informes médicos solo podrán ser emitidos por médicos radiólogos que: -Acrediten de especialidad: Certificado Universitario e Inscripción de la Superintendencia de Salud. -Acreditación de subespecialista Neurorradiólogo: Certificado realización de programa y/o adiestramiento especifico. -El oferente deberá enviar un listado del staff de médicos especialistas (Radiólogos) contratados, en caso de actualizarse este listado, deberá el oferente enviarlo el nuevamente (staff de médicos especialistas) en el plazo de 03 días hábiles, por correo electrónico, al referente técnico. -El equipo médico de especialistas debe estar integrado por Radiólogos que garanticen los requerimientos de los tipos de tomografía computada (que son Neuro y Cuerpo) y radiología simple que se generan en las Unidades o Servicio Hospitalarios. Los exámenes pueden ser resueltos por un Radiólogo General en rotación de turno. En caso de que el médico tratante así lo necesite, deberá estar siempre disponible en horario hábil el contacto de un médico Radiólogo “Subespecialista” de llamado (ejemplo: Neurorradiólogo). El contacto entre especialistas para aclaraciones, discusión de casos y/o corrección de resultados podrá realizarse en el horario mencionado y el responsable final será el Director Médico del Equipo Informante. Por razones fundadas se podrá cambiar a algún médico Radiólogo integrante del equipo, lo que deberá ser informado al referente técnico. En un periodo no superior a 3 días hábiles una vez realizado el cambio. Los médicos Radiólogos que cumplan con los requisitos establecidos y que por razones de capacitación y/o formación se encuentren temporalmente en el extranjero, podrán continuar informando. Para ello, el prestador debe resguardar que informen en las condiciones técnicas adecuadas. Estándar de Rendimiento: con el objetivo de resguardar la calidad técnica de los informes, se recomienda que por médico Especialista se realicen hasta 4 informes por cada hora en su carga total de trabajo. Las multas establecidas en las presentes bases no aplicaran respecto al estándar de rendimiento. El Hospital Alto Hospicio podrá solicitar la exclusión de un médico Radiólogo, frente a faltas o multas , fundadas, que serán informadas al oferente. ARTICULO N.º 4.-CONTENIDO DE INFORME RADIOLÓGICO El informe radiológico tendrá un formato determinado por el Hospital Alto Hospicio, el que: a) Deberá basarse en hechos positivos relevantes para el estudio y, al menos, deberá contener: • Información demográfica del paciente • Titulo • Antecedente Clínicos • Hallazgos • Impresión diagnostica b) Deberá contener los siguientes datos generales: • Identificación del establecimiento y de la Unidad o Servicio Hospitalaria usuaria del servicio • Fecha y hora de la realización del examen (de cuando se obtienen las imágenes en la modalidad). • Fecha y hora de solicitud de informe • Fecha y hora de entrega de informe • Identificación del paciente (proporcionado por el hospital). • Síntomas y signos del paciente, diagnóstico y tipo de examen solicitado (proporcionados por el hospital). • Tipo de informe radiológico • Nombre de médico solicitante (proporcionado por el hospital). • Nombre del tecnólogo médico que realiza el examen y envía las imágenes (proporcionado por el hospital). • Nombre de médico Radiólogo informante. • Firma digital certificada, que será provista por el prestador del servicio de interoperabilidad y transmisión de imágenes. • No deberá incluir ningún tipo de logo u escrito alusivo al proveedor. c) El o los informes no pueden ser elaborados en base a planillas, si no que deberán ser individualizados por usuario o paciente. d) Debe contemplar la generación de Addendum: Definición de Addendum: es una modificación que se hace a un informe Radiológico después de que dicho informe ya ha sido firmado. El Addendum generalmente modifica uno o varios aspectos del informe original, que por error o falta de antecedentes se omitieron. Debe contemplarse la posibilidad de generación de Addendum clínico y Corrección no Clínica de Error de Informe: • Addendum Clínico: Se entenderá por Addendum clínico, para efectos de la presente licitación, el complemento de un informe Radiológico después que el original ya ha sido informado. El complemento señalado se referirá a modificaciones de uno o varios aspectos clínicos del informe original, que por error o falta de antecedente se omitieron. Debe ser entregado en un plazo máximo de 02 horas desde la correspondiente solicitud de Addendum, a través de la Mesa de Soporte Remoto (Mesa de Ayuda) y su disponibilidad debe ser notificada al médico solicitante vía telefónica y correo electrónico. Siendo deseable la verificación de tal notificación por medio del sistema o programa entregado por el proveedor. Independiente del plazo de entrega inicial (02 horas o 48 horas según corresponda), el plazo máximo para realizar el Addendum clínico será de 02 horas. • Corrección no Clínica de Error en un Informe: Se entenderá por corrección no clínica de Error en un Informe, para efectos de la presente licitación, la corrección de datos sobre un informe radiológico que no requieran la validación de un médico Radiólogo (por ejemplo, datos demográficos del paciente) después que el original ya ha sido firmado. Debe ser entregado en un plazo máximo de 01 hora, contado desde la correspondiente solicitud de corrección, a través de la mesa de ayuda de soporte técnico. Independiente del plazo de entrega inicial (02 horas o 48 horas según corresponda), el plazo máximo para realizar la Corrección no clínica de un Error en un Informe será de 01 horas. ARTICULO N.º 5.-CONTROL DEL GESTIÓN El oferente deberá proveer, sin costo para el Hospital, un Sistema de Control de Gestión Operativo, el que debe contemplar aspectos como: Programación de agenda médica de radiólogos informantes, registros e informes básicos, registro de contacto entre especialistas entre otros. Se indican componentes y requisitos básicos para el funcionamiento de este sistema: • Diseño de Procedimiento o Manual de Operación del Sistema: Documento que estandariza toda acción que conlleva el servicio de informe radiológico. Desde el proceso de solicitud de un informe médico hasta la recepción o entrega de un informe médico. Debiendo especificar flujos, responsables, coordinaciones, requisitos, contenidos, formatos y tiempos, entre otros. También debe referirse a cómo operara el apoyo técnico, las interconsultas, protocolos de contingencia, los informes de respaldo y todo tipo de registro. Esto deberá ser desarrollado conjuntamente con el proveedor del servicio de interoperabilidad y transmisión de imágenes. • Apoyo Técnico: Se requiere de una mesa de ayuda de soporte técnico permanente las 24 horas los 365 días del año, con estructura administrativa definida para consultas y respuestas inmediatas a cargo de profesionales de apoyo (Médicos, Tecnólogos Médicos, Ingenieros Informáticos, Técnicos paramédicos y profesionales afines) para consultas generales, información adicional y resolución general de problemas técnicos, que el médico tratante o el tecnólogo médico soliciten, o el especialista radiólogo informante necesite, en términos de apoyo, para el uso del sistema, producto final, o el asunto que estime conveniente. Además, esta Mesa de ayuda debe estar en comunicación y coordinación permanente con la mesa técnica de ayuda del proveedor del servicio de transmisión de imágenes para solucionar eventuales problemas de servicio. Se solicitará diseño de flujo. Deberá incluir “Gestión de Solicitudes a Mesa de Ayuda” debiendo enviar mensualmente en formato digital, al referente técnico, un reporte de los tickets generados hacia la mesa de ayuda. Las llamadas realizadas desde el Hospital Alto Hospicio a la mesa de ayuda son a costa de la empresa, a través de una línea 800(gratuita). • Gestión del recurso humano: Programación de los turnos que cubran los requerimientos, de calidad y oportunidad. Respecto de la forma de trabajo, debe ser entregada formalmente con el detalle de los puntos desde donde se realizarán los informes y declarando que la empresa proveerá de los medios necesarios al personal que realiza los informes. La información sobre este punto deberá ser remitida por la empresa vía correo electrónico al referente técnico los primeros cinco días hábiles del mes correspondiente. • Comunicación entre especialistas: El equipo médico en turno (Hospital Alto Hospicio y oferente) debe tener la posibilidad de interactuar con un par y obtener una segunda opinión de especialista en caso de que así lo requieran. De igual forma, el médico radiólogo que informa debe tener la posibilidad de comunicarse expeditamente con el jefe de turno de la unidad que solicito el examen, en el horario necesario para resolver la situación del paciente. Para ello, en el caso de pacientes críticos, el establecimiento deberá proveer en la solicitud de examen un contacto telefónico de rápido acceso al médico solicitante o tratante. Así también, el oferente debe proporcionar un contacto telefónico de rápido acceso, que funcione las 24 horas del día, para la comunicación entre especialistas con escalada hasta el Directo Medico de la Empresa. • Informe de Resultado Críticos: Frente a resultados críticos el oferente deberá actuar de acuerdo al procedimiento o protocolo establecido en el Hospital Alto Hospicio, el que será informado al proveedor. • Informes de respaldo: Por causas de fuerza mayor o eventuales fallas técnicas atribuibles o no al proveedor de informes, que impidan momentáneamente la transmisión del resultado del informe médico, el proveedor deberá contar con un plan de contingencia, que contemple un sistema alternativo de respaldo para su envió (correo electrónico, plataforma alternativa u otra solución), que asegure la entrega de informes radiológicos al Hospital. El oferente será responsable de la restitución de la información en la plataforma. Cuando la falla no sea atribuible a la empresa de informes, el departamento de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Hospital Alto Hospicio, deberá acreditarlo en un plazo no superior a 15 días hábiles desde la ocurrencia del hecho. La empresa de informes durante la contingencia contara con un tiempo extra de 02 horas adicionales a la garantía de oportunidad establecida en el numeral 9 de los requerimientos técnicos aplicable a solicitudes de informe médico radiológico procedentes del CR Atención Cerrada y CR Urgencia de carácter urgente. Estos informes serán cancelados por el Hospital cuando cumplan con la garantía extendida de oportunidad de 02 horas adicionales. Si la falla técnica, no atribuible al proveedor de servicios de informes, impide que la empresa pueda acceder a visualizar las imágenes u órdenes y esta contingencia supera las 02 horas, el tiempo de oportunidad para entrega será 04 horas desde el “tiempo cero”, definido en el numeral n°9, sobre “Garantía de entrega y oportunidad de servicio”, para aquellos informes de carácter urgente independiente del CR. Si el Hospital acumula él envió de solicitudes y las envía todas al mismo tiempo, superando la capacidad de respuesta del sistema, la empresa, de acuerdo con la evaluación de su dirección médica, podrá priorizar la entrega de informes en relación con la urgencia clínica. • Informe mensual de Addendum: La empresa debe entregar un informe mensual de Addendum realizados durante el periodo (mes anterior). Este informe deberá contener a lo menos: • Número de caso • Fecha y hora (horas, minutos y segundos) de solicitud de Addendum • Causa de Addendum • Nombre y apellido de radiólogo informante inicial • Nombre y apellido de radiólogo informante final (quien realiza addendum) • Fecha y hora (horas, minutos y segundos) de entrega de Addendum • Establecimiento de origen • Rut,nombre y apellidos del paciente • Tiempo de respuesta corresponde a la diferencia entre la HORA DE SOLICITUD DEL ADDENDUM y HORA DE ENTREGA DEL ADDENDUM. Deberá ser entregado los primeros 03 días hábiles del mes siguiente y por correo electrónico al referente técnico. • Informe de Incidentes: El oferente deberá entregar un informe de incidentes que causan desmedro en la entrega de los servicios prestados. Deberá ser entregado cuando el referente técnico así lo solicite, en el plazo de 03 días hábiles contados desde la ocurrencia del incidente y por correo electrónico al referente técnico. Estos informes deben incluir: causales, tiempo en que se afecta el servicio, nivel de severidad, medidas correctivas, prevención y otros de ser necesarios. La prestación de este informe es parte de los servicios prestados y no exime al oferente de las sanciones que deriven del presente contrato. • Informe mensual de rechazo de informe radiológico: El oferente debe entregar un informe mensual (mes anterior) de los casos en los cuales no haya podido informar, debido a que el examen o exámenes fueron mal ejecutados o que falten antecedentes clínicos relevantes para la elaboración del informe. Este consolidado debe ser firmado por la Dirección Médica del Servicio de Informes y deberá contener en detalle las causas fundadas del rechazo por cada código rechazado. Deberá ser entregado los primeros 03 días hábiles del mes siguiente, por correo electrónico al referente técnico. ARTICULO N.º 6.-CAPACITACIÓN Todo el personal médico-técnico relacionado directamente con el servicio de informe radiológico deberá ser capacitado en la implementación inicial del sistema. El oferente debe también disponer la capacidad de entregar de manera remota capacitaciones adicionales para personal médico- técnico que ingrese posterior a la implementación inicial. Terminada cada capacitación se deberá entregar al Referente Técnico un documento que certifique la capacitación realizada, la que deberá incluir contenidos de la capacitación y nomina firmada por los usuarios capacitados. El programa de capacitación al menos debe contar con: • Objetivos • Contenido Teórico-Practico • Manual de Consulta del Usuario • Manual de Contingencias • Manual de Procedimiento • Mesa de Ayuda. ARTICULO N.º 7.-PROYECCION DE LA DEMANDA DEL SERVICIO DE INFORMES Se indica a continuación la demanda proyectada del servicio durante los 18 meses: MODALIDAD Y PLAZO DE ENTREGA DEMANDA ESTIMADA DURANTE LOS 18 MESES SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO DE RADIOLOGÍA SIMPLE CON UN PLAZO DE ENTREGA DE 02 HORAS 1500 SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO DE RADIOLOGÍA SIMPLE CON UN PLAZO DE ENTREGA DE 48 HORAS 2500 SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO DE TOMOGRAFÍA COMPUTARIZADA CON UN PLAZO DE ENTREGA DE 02 HORAS 1000 SERVICIO DE INFORME RADIOLÓGICO DE TOMOGRAFÍA COMPUTARIZADA CON UN PLAZO DE ENTREGA DE 48 HORAS 2000 El Hospital Alto Hospicio se reserva el derecho de aumentar o disminuir las cantidades de informes radiológicos ya sea radiología simple o tomografía computarizada en los plazos de 02 horas y 48 horas. ARTICULO N.º 8.-DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO El servicio de informe debe estar disponible en horario hábil e inhábil para los CR: Urgencia, Atención Cerrada y Atención Abierta. ESTABLECIMIENTO HORARIO HÁBIL HORARIO INHÁBIL Hospital Alto Hospicio LUNES A VIERNES 08:00 AM A 17:00PM LUNES A VIERNES 17:01 PM A 07:59 AM SABADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS LAS 24 HORAS ARTICULO N.º 9.-GARANTÍA DE ENTREGA Y OPORTUNIDAD DEL SERVICIO El servicio de informes debe cumplir con garantía de entrega de informe y garantía de oportunidad. Se entenderá por garantía de entrega de informe el hecho de que cada solicitud genera efectivamente un informe radiológico (de acuerdo con su codificación), y como garantía de oportunidad del servicio, el plazo máximo de entrega, que será determinado conforme a las siguientes reglas: • 02 horas a partir del “tiempo cero “para aquellas solicitudes de exámenes legibles procedentes del CR Atención Cerrada, CR Urgencia y CR Atención Abierta de carácter urgente. El carácter urgente de un informe radiológico será determinado por el médico tratante y no podrá ser cuestionado por el proveedor. • 48 horas a partir del “tiempo cero” para aquellas solicitudes de exámenes legibles procedentes del CR Atención Abierta y CR Atención Cerrada de carácter no urgente. • Los informes que no cumplan estándares de entrega de informe y/o de oportunidad serán objetados en su pago, (se incluye tiempo del addendum) excepto la situación contemplada en informes de respaldo. • Se define como “tiempo cero”, como el momento en el cual estén disponibles en el servidor del proveedor RIS PACS la última imagen de la modalidad TC o Radiología simple junto con la orden médica legible. El proveedor tendrá un plazo de 20 minutos para indicar si las imágenes no son legibles, si la orden medica no es legible y/o si requiere un documento auxiliar (encuesta, cuestionario y/o consentimiento propio del examen). En caso de no recibir notificación en el plazo antes señalado, ambas partes asumirán que las imágenes son legibles, la orden medica es legible y no se requiere de un documento auxiliar, por ende, comenzara a regir el plazo de entrega de los informes radiológicos. En caso de incumplimiento se aplicarán las multas señaladas en las bases administrativas de la presente licitación. • No serán causa de devolución de un examen: - Ausencia de medio contraste en el examen, si el médico tratante solicito sin contraste el examen a informar. - Pacientes mal alineados producto de estar inmovilizado en tabla, cuello inmovilizador, férulas semirrígidas para extremidades y/o inmovilizadores laterales de cabeza. - Presencia de elementos propios de pacientes inmovilizados en tabla, cuello inmovilizador y /o inmovilizadores laterales de cabeza. - Presencia de elementos invasivos: • Sistema de respiración • Sistema de fleboclisis • Sistemas de drenajes • Sondas urinarias, orogástricas y nasogástricas. • Fijaciones (traumatológicas) ARTICULO N.º 10.-PROTOCOLO Se deben incorporar las recomendaciones del protocolo de tomografía computada de urgencia, y los demás protocolos del mismo tenor que solicite el referente técnico por incorporación de nuevos equipos u otras razones de tipo técnicas. Las partes (Hospital Alto Hospicio y Oferente) deberán elaborar un “Protocolo de adquisición y post-proceso de imágenes para TC”. Estos protocolos serán preparados conforme al equipamiento técnico presente en los establecimientos y se utilizarán como referencia en estos. ARTICULO N.º 11.-COORDINACIÓN E INTEGRACIÓN El proveedor de informes debe interoperar con el RIS PACS del Hospital Alto Hospicio, para que los informes y data generada sean enviados al RIS PACS del Hospital Alto Hospicio debiendo quedar disponibles en el sistema. Se entiende por lo anterior que los usuarios del Hospital Alto Hospicio podrán tener acceso directamente en el sistema de visualización del RIS PACS existente, sin necesidad de recurrir a plataformas alternativas. Dado que lo anterior puede requerir un tiempo de implementación, se permitirá el uso de una plataforma alternativa por un periodo de 30 días corridos desde el inicio de la adjudicación, periodo al final del cual el servicio deberá contar con la interoperabilidad operativa. Es importante indicar que el proveedor de Servicio de Informes Radiológicos debe estimar al momento de ofertar que frente a un cambio de sistema RIS PACS durante el contrato deberá considerar una segunda integración sin costo para el Hospital Alto Hospicio. Las definiciones técnicas de interoperabilidad serán bajo estándar HL7 y definiciones que serán entregadas por el Hospital Alto Hospicio /Proveedor RIS PACS, al proveedor adjudicado. ARTÍCULO N.º 12: INCORPORACIÓN AUTOMÁTICA DE NORMAS SANITARIAS Se entenderán incorporadas a estas Bases a contar de la entrada en vigencia del respectivo acto administrativo, las modificaciones o nuevas exigencias técnicas que establezcan los Decretos del Ministerio de Salud y las Circulares Resoluciones del Instituto de Salud Pública de Chile. ARTÍCULO Nº 13: CONTRAPARTE TÉCNICA O UNIDAD TÉCNICA DE FISCALIZACIÓN La Contraparte Técnica Clínica le corresponde al Coordinador de la Unidad de Imagenología del Hospital de Alto Hospicio o quien designe el Establecimiento para estos efectos. Sus funciones son las siguientes: • Deberá redactar Informes Técnicos ante anomalías en los servicios adjudicados. • Informar a la Contraparte Técnica Administrativa, para solicitar restitución de los servicios que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. • Cerciorarse que las cantidades recepcionadas correspondan a las cantidades solicitadas en la orden de compra. • Deberá verificar la integridad de los servicios recepcionados y cerciorarse que correspondan en términos de calidad y especificaciones técnicas a lo adjudicado. • Solicitar al adjudicado, la restitución íntegra de los servicios defectuosos o que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. • Informar incumplimientos técnicos a la autoridad competente. • Solicitar a la autoridad competente, el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución ya sea por incumplimiento técnico o por motivos presupuestarios. • Firmar las recepciones conformes en caso de corresponder. Aspectos administrativos del servicio: le corresponde al Jefe de la Unidad de Administración de Contratos del Hospital de Alto Hospicio o a quién él designe para estos efectos y sus funciones son las siguientes: • Quien verificará y controlará la adecuada administración de contratos del respectivo servicio, referente al cumplimiento de las cláusulas administrativas. • Deberá verificar la integridad de los servicios y cerciorarse que correspondan en términos de calidad y especificaciones técnicas a lo adjudicado. • Solicitar al adjudicado, la restitución integra de los servicios que no cumpla con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. Deberá monitorear la vigencia de la propuesta y tramitar con antelación la renovación del requerimiento solicitado en este convenio. • Solicitar al proveedor la emisión y envío de la factura correspondiente, en caso de corresponder. • Deberá realizar el procedimiento de multa ante el incumplimiento por parte del proveedor, para hacer efectivos los cobros de las multas asociadas, que se deriven de los hallazgos informados por la contraparte técnica del contrato. • Gestionar los actos administrativos que se deriven de la toma de decisión por parte de la contraparte técnica, en específico para el término al contrato del adjudicado, en caso de que incurra en incumplimientos, según lo establecido en las bases administrativas. ARTICULO N°14: CONFIDENCIALIDAD El oferente adjudicado deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. ARTICULO N°15: CONSTANCIA Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se giren al adjudicatario y este se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones de tales documentos, Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Orden de Compra se deriven. ARTICULO N°16: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.