1. DE LOS PROPONENTES |
Podrán participar en la respectiva propuesta pública las personas naturales y jurídicas
nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la
Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios,
y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el
precitado artículo y demás normas legales y, cumplan con los requisitos exigidos, lo que
deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente.
Las personas jurídicas deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una
vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato
respectivo. A la fecha de suscripción del contrato, el contratista adjudicado debe también estar
inscrito en el portal www.chileproveedores.cl.
No podrán participar en este proceso licitatorio aquellos oferentes afectados por alguna de las
prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4º de la citada Ley Nº19.866.
Para efectos del contrato que se suscriba y tratándose de personas jurídicas, estas no deben
haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos
del Estado, de conformidad con la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de
las personas jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y
Delitos de cohecho que indica.
1.1. PERSONA NATURAL
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores del Estado, registro que verificará NO haber
incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
a) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el
título V del Libro Segundo del Código Penal.
b) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más
de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años,
sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio
sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme
o ejecutoriada la respectiva resolución.
c) Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
d) La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos,
declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
e) Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
f) Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores
por resolución fundada de la Dirección de Compras.
g) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador.
1.1.1. DOCUMENTOS PERSONA NATURAL
a) Fotocopia de Cédula de Identidad
b) Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso primero y
sexto de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración
del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios
con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a
ellos por los vínculos de parentesco".
1.2. PERSONA JURÍDICA
Encontrarse hábil en registro de Proveedores de Chile Compra, registro que verificará NO
haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
a) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el
título V del Libro Segundo del Código Penal.
b) Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más
de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años,
sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio
sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme
o ejecutoriada la respectiva resolución.
c) Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores
dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
d) La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos,
declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
e) Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
f) Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores
por resolución fundada de la Dirección de Compras.
g) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador.
1.2.1. DOCUMENTOS PERSONA JURÍDICA
a) Fotocopia del Rut de la Empresa
b) Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso primero y
sexto de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración
del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios
con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a
ellos por los vínculos de parentesco."
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2. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES |
El oferente que se presente como Unión Temporal de Proveedores deberá indicar al momento
de presentar su oferta la forma en que se constituirá legalmente, ya sea como sociedad o si
se acogerá a lo dispuesto en el art. 67 bis del D.S Nº 250/ 2004 del Ministerio de Hacienda,
indicando para tal efecto el representante o apoderado común y el documento que dé cuenta
del acuerdo de participación, objeto social, domicilio y capital por enterar. Se exigirá además
que, dentro del objeto del acto constitutivo del mismo acuerdo de participación se encuentre
contemplada la materia licitada, entendiendo por ello la totalidad de lo exigido en las presentes
Bases.
Además, se exigirá a cada integrante de la Unión, la declaración de no estar afecto a las
prohibiciones e inhabilidades contenidas en el art. 4 de la Ley Nº 19.886, sin perjuicio de las
disposiciones contenidas en el reglamento de la citada ley. Aquella oferta presentada por una
Unión Temporal de proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente punto,
será declarada inadmisible.
En caso de ser adjudicados una Unión Temporal de proveedores se exigirá, a cada uno de los
integrantes, acreditar que no han sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y
contratos con organismos del estado, de conformidad con la ley Nº 20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
Tratándose de Unión Temporal de proveedores la documentación pertinente que dé cuenta del
acuerdo suscrito entre sus integrantes y su forma de materialización posterior deberá
acompañarse dentro de los antecedentes administrativos de su oferta, según lo prescrito en
el art. 67 bis del D.S. Nº 250 del Ministerio de Hacienda y la Directiva N°22 de la Dirección de
Compras Públicas.
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5. FINANCIAMIENTO |
Para el “CONVENIO DE INSUMOS CON EQUIPO EN COMODATO – BOMBA INYECTORA
PARA MEDIOS DE CONTRASTE HOSPITAL ALTO HOSPICIO, POR 60 MESES”, en las
condiciones establecidas en las presentes bases de licitación se cuenta con un presupuesto
para la Unidad de Puesta en Marcha Hospital de Alto Hospicio, Ítem presupuestario
22.04.005 por un monto $380.800.000.- (trescientos ochenta millones
ochocientos mil pesos), IVA incluido
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6. BASES Y DOCUMENTOS QUE RIGEN LA PROPUESTA |
Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las
relaciones entre el Servicio de Salud Iquique, en adelante “El Servicio” y él proveedor de los
bienes y/o servicios a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”,
"Oferentes", o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas
con esta licitación.
Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las
disposiciones de las presentes Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, en
lo sucesivo "Bases".
La presentación de una propuesta implica para la persona natural o jurídica que haga una
oferta, la aceptación de las presentes Bases, a las cuales se somete desde ya.
Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos:
1. Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su Reglamento.
2. Las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos.
3. Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado
en las Bases Administrativas, el cual se efectuará a través de la plataforma
www.mercadopublico.cl.
4. Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
5. Oferta Técnica, económica, catálogos, manuales, etc., de los productos ofertados.
6. Resolución de Adjudicación.
7. Orden de Compra.
8. Toda documentación aclaratoria enviada por la Unidad Técnica, a los proponentes,
durante el período de estudio de las propuestas.
9. Contrato de Compraventa y su respectiva aprobación formal por parte de la autoridad
competente, mediante la dictación del acto administrativo respectivo totalmente
tramitado.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre
la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni
excluyente:
• La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicios, y el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el
Reglamento de la citada Ley Nº 19.886.
• DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
• DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
• DFL. Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado del DL. Nº 2763/79 y las leyes 18.469 y 18.933, que regulan las
funciones propias de esta, como el Reglamento del Ministerio Orgánico del Ministerio
de Salud, Decreto Nº 136, de 2004, ambos del Ministerio de salud.
• D.S. Nº 140/2004, del Ministerio de Salud, que fija el Reglamento Orgánico de los
Servicios de Salud.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan
recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación, que
aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
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7. MODIFICACIÓN A ESTAS BASES |
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por cualquier causa, ya sea por iniciativa
propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso
de la propuesta, y hasta 7 días corridos antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web
www.mercadopublico.cl, y antes de 07 días corridos de la apertura de la licitación. Estas
modificaciones formarán parte integral de las bases, siendo su aplicación obligatoria para
todos los participantes. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total
tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, el Servicio deberá establecer un nuevo plazo prudencial
para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan
conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, el que no podrá ser inferior a 7 días
hábiles, pudiendo ser mayor dependiendo de la complejidad de éstas.
La modificación a las bases deberá ser aprobada por acto administrativo totalmente tramitado.
Es exclusiva responsabilidad del proponente la revisión del portal, con el objeto de informarse
sobre lo expuesto en el punto precedente.
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8. BASES Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, en
pesos, por ítem, sin reajuste de precios, valores unitarios netos (sin IVA) incluyendo todos los
gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, costos,
capacitación, obras de instalación (si procede), viajes a la zona y fletes incluidos, en conjunto
con todos los antecedentes, formularios y Anexos que se exigen en las presentes Bases
Administrativas Generales.
Los formatos de los Formularios y Anexos proporcionados no podrán ser modificados ni
alterados en forma alguna. Las notas, observaciones u ofertas extras que puedan formularse,
deberán incluirse en hoja anexa.
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9. DE LA ETAPA DE CONSULTAS Y RESPUESTAS |
9.1. COMUNICACIONES
Toda comunicación entre los oferentes (o interesados) y el Servicio para efectos de la presente
licitación, deberá ser hecha a través del Portal del Sistema de Información de la Dirección de
Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), en adelante el Portal, por lo que está
prohibido tanto a los que hayan obtenido estas bases como a los proponentes, su
personal directo o indirecto, establecer contactos formales o informales con
funcionarios del Servicio para fines relacionados con esta licitación, salvo aquellos
contemplados expresamente en el artículo 39 del Reglamento. De presentarse este tipo de
situaciones, el involucrado quedará excluido del presente proceso licitatorio cualquiera sea la fase
en que éste se encuentre.
9.2. ETAPA DE CONSULTAS
Las dudas a que dieren lugar estas Bases Administrativas Generales, las Especificaciones
Técnicas y los formularios Anexos, deberán ser consultadas a través del Portal
www.mercadopublico.cl, a la ID correspondiente de la Licitación, dentro del período que se
establecerá para tal efecto en el Cronograma de licitación del mismo sitio Web o en las
presentes bases (etapa de consultas).
9.3. ETAPA DE RESPUESTAS
El Servicio responderá estas consultas a todos los participantes vía Portal
www.mercadopublico.cl, en el período establecido para tal efecto en el cronograma de licitación
del mismo sitio Web. Las respuestas formarán parte integrante de las bases de licitación y serán
obligatorias para todos los oferentes.
Queda estrictamente prohibido durante el período de preguntas y respuestas indicado en
licitación pública tener cualquier tipo de interacción entre oferentes o cualquier funcionario del
Servicio de Salud Iquique.
Terminado este período de Consultas, el Servicio no recibirá ni aceptará ninguna consulta u
observación al proceso, y se entenderán por aceptadas todas las condiciones y exigencias
formuladas en las presentes Bases y demás documentos anexos.
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10. DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
10.1. CARACTERISTICAS DE LOS PRODUCTOS LICITADOS
Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto indicar los requisitos técnicos que debe
contener la propuesta. El Hospital evaluará la propuesta técnica presentada por el oferente,
considerando, además de las otras variables tales como el precio, aquellas relacionadas con
los plazos de entrega, la experiencia de los oferentes, especificaciones técnicas de los
productos y el equipamiento en comodato, garantías, servicios post-venta y cumplimiento de
registro ISP como dispositivos médicos, cuando corresponda. Estos subcriterios componen
parte de los requisitos formales que el proveedor debe presentar, según se indica en las
presentes Bases Técnicas y sus Anexos.
La Empresa adjudicada deberá asegurar y mantener stock de todos y cada uno de los
productos ofertados.
En la visita en terreno, los proveedores deberán traer muestras de sus productos.
Los productos ofertados deberán tener un período de eficacia igual o superior a 12 meses
contados desde la fecha de entrega, para productos no biológicos.
10.2. DE LOS PRODUCTOS LICITADOS
Los insumos descritos en el siguiente cuadro estarán asociados a la cesión en comodato de
Equipo Bomba Inyectora de Doble cabezal para la Unidad de Imagenología; la cantidad
corresponde a una demanda estimada y proyectada de 60 meses:
Sub
Ítem Descripción
Cantidad
proyectada
Anual
Cantidad
Estimada
60 meses
1
Kit Jeringa 200 ml. para administración de medio de
contraste, compatible con bomba inyectora de doble cabezal
cedida en comodato. Kit incluye:
▪ Embolo, pistón, barril y seguro.
▪ Bastón o tubo de llenado o spike (opcional según
fabricante).
▪ Tapa contra polvo (opcional según fabricante)
▪ Conector espiral simple (tipo “I”) de 300 PSI o
superior, de 150 cm a 200 cm de largo.
4.500
(Unidades)
22.500
(Unidades)
2
Conector en “Y” de 300 PSI o superior, de 150 cm a 200 cm
de largo, con válvula antirreflujo. Compatible con bomba
inyectora de doble cabezal cedida en comodato.
1.200
(Unidades)
6.000
(Unidades)
10.2.1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS KIT JERINGAS 200 ML
KIT JERINGAS 200 ML REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
Barril Tereftalato de polietileno / Polipropileno EXCLUYENTE
Conector émbolo Policloruro de vinilo (PVC) / Policarbonato /
Polipropileno / ABS EXCLUYENTE
Pistón Goma Sintética / caucho negro libre de látex EXCLUYENTE
Seguro Polipropileno EXCLUYENTE
Tubo conector de baja presión
Conector en espiral; ≥ 300 PSI; Policloruro de vinilo
(PVC) / Policarbonato / Polipropileno; largo entre 150
y 200 cms
EXCLUYENTE
Bastón de llenado Polietileno DESEABLE
Spike (opcional) Policarbonato DESEABLE
Tapa (opcional) Polipropileno DESEABLE
Método esterilización Óxido de etileno / irradiación EXCLUYENTE
Duración de almacenamiento 12 meses o superior, a contar de fecha recepción en
bodegas Hospital Alto Hospicio. EXCLUYENTE
Certificación de calidad ISO 13485 (gestión de la calidad aplicable para
dispositivos médicos) EXCLUYENTE
Certificación ISPCH Como dispositivo médico, si corresponde DESEABLE
10.2.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS CONECTOR EN “Y”
CONECTOR en “Y” REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
Material PVC / Policarbonato / Polipropileno EXCLUYENTE
Espiral extendida 200 cms EXCLUYENTE
Método esterilización Óxido de etileno; irradiación EXCLUYENTE
Duración de almacenamiento 12 meses o superior, a contar de fecha recepción en
bodegas Hospital Alto Hospicio. EXCLUYENTE
PSI ≥ 300 PSI EXCLUYENTE
Certificación de calidad ISO 13485 (gestión de la calidad aplicable para
dispositivos médicos) EXCLUYENTE
Certificación ISPCH Como dispositivo médico, si corresponde DESEABLE
10.3. EQUIPO EN COMODATO
El suministro por 60 meses de insumos requeridos e individualizados por el oferente en los
cuadros precedentes, están asociados a la entrega en comodato de:
- 01 bomba Inyectora de Doble cabezal compatible con equipo de Escáner TAC
marca Canon modelo Aquilion LIGHTNING 80/160, para la Unidad de
Imagenología del Hospital Alto Hospicio.
El oferente deberá ofertar y/o suministrar solamente equipamiento nuevo, en perfectas
condiciones de fabricación y operación, para garantizar su uso inmediato previa recepción,
instalación, montaje, calibración, puesta en marcha y capacitación, cuando corresponda.
No se recibirá productos o especies que, de acuerdo a lo solicitado en estas Bases Técnicas y
a lo ofertado por el Proponente en el Formulario Oferta Técnica y Formulario Especificaciones
Técnicas Equipamiento en Comodato, presente diferencias en sus características técnicasoperativas y/o muestre fallas o daños que a simple vista sean atribuibles a su traslado o
posterior entrega. Al respecto, cabe señalar que el Oferente deberá tomar las precauciones
necesarias en materia de embalaje de cada producto y equipamiento en comodato (materia
de encargo ofertado), el que deberá ser adecuado para soportar las solicitudes del transporte
y sucesivas aberturas y cierres de él.
10.3.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL EQUIPO EN COMODATO
Los Proponentes deberán ofrecer este equipamiento en comodato, durante todo el período de
vigencia del Contrato respectivo (60 meses), conforme a la cantidad y características
generales excluyentes y/o puntuables requeridas en el Anexo N°4, según corresponda.
Por otra parte, y en adición a las características generales mínimas señaladas
precedentemente, cabe destacar que, el proponente contratado durante 60 meses deberá
asumir directa y exclusivamente a su cargo:
1. El costo de los trabajos que deriven del cumplimiento de las obligaciones de instalación,
montaje, calibración, puesta en marcha y capacitación en el uso a nivel operario como
en las tareas de mantenimiento básico (limpieza o cuidados mínimos) del equipo
ofrecido en calidad de comodato, sea por conceptos de insumos, repuestos, materiales,
flete, mano de obra, leyes sociales, pasajes, viáticos, honorarios y, sin que la
enumeración sea taxativa, cualquier otro gasto directo e indirecto que demande el
correcto suministro y funcionamiento de la materia de encargo.
2. Los costos de las labores de mantenimiento preventivo programado y diagnóstico de
mantenimiento correctivo (incluyendo repuestos y accesorios más) del equipo ofrecido
en comodato a efectuar a todo evento durante el período de vigencia del contrato
respectivo.
Sus especificaciones y características excluyentes y puntuables deben indicarse en el Anexo
4, según corresponda.
10.3.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS BOMBA INYECTORA MEDIOS DE CONTRASTE
BOMBA INYECTORA DE
MEDIOS DE CONTRASTE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
A) Características generales
Cantidad de cabezales
(canales)
Dos (02): uno para medios de contraste y uno para
suero.
EXCLUYENTE
Base de soporte
Pedestal con base rodante, con al menos 04 ruedas.
Cuenta con sistema de freno para evitar movimiento
de la inyectora.
EXCLUYENTE
Velocidad de llenado o carga Regulable entre 1 a 5 ml / seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Rango volumen de inyección 0,5 ml / seg a 8 ml / seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Rango presión de inyectado Regulable entre 50 a 300 PSI; o rango superior EXCLUYENTE
Rango de flujo Regulable entre 0,1 ml / seg. a 10 ml / seg.; o rango
superior EXCLUYENTE
Ajuste rango de flujo 0,1 ml / seg; o inferior EXCLUYENTE
Pausa de inyección (delay) Regulable entre 0 a 250 seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Prueba permeabilidad venosa Cuenta con modalidad para prueba de permeabilidad
venosa; ubicación de aguja DESEABLE
Fases de inyección 1 a 5 fases; o rango superior EXCLUYENTE
Sistema de auto expulsión de
la burbuja de aire Incluido EXCLUYENTE
Sistema para purga rápida
(absorción de medio contraste) Incluido EXCLUYENTE
Sistema de retorno rápido del
embolo Incluido EXCLUYENTE
Sistema de apertura de vena Incluido DESEABLE
Protocolos de inyección
(mínimo) Permite configurar al menos 50 protocolos de flujo EXCLUYENTE
Tiempo de exploración 0 a 250 seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Calentador de jeringa Incluido EXCLUYENTE
Compatibilidad escáner Canon Toshiba Aqulion 80/160 Lightning (2020) EXCLUYENTE
Permite actualización de
software A través de internet / puerto USB / tarjeta SD EXCLUYENTE
Manuales Incluye manuales de usuario en español EXCLUYENTE
B) Sistema de Operación
Sistema de control Local y remoto EXCLUYENTE
Consola de control local 01 Pantalla táctil a color, 6 pulgadas o superior DESEABLE
Consola de control remoto 01 Pantalla táctil a color, 6 pulgadas o superior EXCLUYENTE
Comunicación consola remota
a equipo Tecnología inalámbrica: bluetooth o wifi u otra DESEABLE
Indicación de la presión de
inyección en tiempo real En pantalla (sensor de presión directo o equivalente) EXCLUYENTE
Sistema de interrupción
automática Con alarma cuando excede límite de presión EXCLUYENTE
Herramientas visuales Permite configurar, seleccionar y visualizar
gráficamente, la región anatómica en exploración. EXCLUYENTE
Mecanismo de seguridad
Detiene inmediatamente la inyección del contraste
y/o suero, para emergencias y evita una posible
lesión tanto para el paciente como para el equipo.
EXCLUYENTE
Sistema de interrupción
manual SI, en pantalla y/o con botón de pánico en equipo EXCLUYENTE
Conectividad y características
entre ambas consolas (local –
remota)
Se pueden realizar todas las acciones y la visualizar
sincrónicamente las operaciones en ambas
consolas, incluyendo la capacidad de editar los
protocolos y la ejecución de la inyección.
EXCLUYENTE
Sistema indicador de
aspiración e inyección
En pantalla y/o en base de giratoria del embolo del
equipo EXCLUYENTE
Fuente de energía respaldo Dispone de cargadores o acumuladores recargables
(UPS).
EXCLUYENTE
Tensión de entrada del
cargador 220 volt, 50 – 60 Hz EXCLUYENTE
Consumo de potencia del
cargador < 100 VA DESEABLE
Tipo de enchufe Tipo L EXCLUYENTE
Idioma comandos de pantalla y
en equipo Español EXCLUYENTE
Certificaciones CE y/o FDA DESEABLE
10.4. ACUERDO NIVEL DE SERVICIO
Los oferentes deben considerar mantenimiento preventivo programado y diagnóstico de
mantenimiento correctivo asociado al equipo en comodato (01 Bomba Inyectora de doble
cabezal), cuyas características deben especificarse en el Anexo N°4, sobre todo en cuanto a
los plazos de respuesta frente a ambas variables, como así también de la disponibilidad de los
repuestos necesarios y pertinentes, así como también del equipamiento en Back Up.
10.4.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo programado deseable del equipo en comodato debería ser un
mínimo de dos (02) mantenciones al año.
El servicio de mantenimiento preventivo programado tiene como objetivo mantener el equipo
en óptimas condiciones de operación y seguridad dentro de los parámetros de funcionamiento
definidos por el fabricante y normas existentes en la materia.
Los mantenimientos preventivos programados tendrán la periodicidad señalada en el Anexo
Nº 4. Dichos mantenimientos comprenderán los trabajos de inspección y verificación de
acuerdo al programa indicado por fabrica necesarios para el correcto y óptimo funcionamiento
integral y confiable del equipo.
Con todo, a fin de dar cumplimiento estricto a los objetivos del Hospital que se licitan, el
oferente deberá destinar a su costo y en los horarios que sean necesarios los recursos y
personal suficientes, para los casos que se acuerde con el Hospital de Alto Hospicio, de manera
de no afectar el normal funcionamiento del recinto ni la debida atención de sus pacientes y
usuarios.
10.4.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El servicio de diagnóstico de mantenimiento correctivo del equipo tiene como objetivo
identificar las actividades a realizar para mantener y/o recuperar las condiciones óptimas de
operación y seguridad, dentro de los parámetros de funcionamientos definido por el fabricante
y las normas existente en la materia.
El oferente deberá disponer una plataforma de mesa de ayuda para soporte a distancia 24/7
con el fin de detectar y/o solucionar posibles fallas de los sistemas, o bien, asistir al personal
técnico del área biomédica del establecimiento donde fue instalado el equipo para diagnosticar
las eventuales fallas. Dicha mesa de ayuda deberá emitir un ticket de reporte con numero de
caso, para hacer seguimiento a la solicitud.
Todo tipo de reparación por posibles fallas del equipo en comodato, lo asume directa y
exclusivamente a su cargo el oferente adjudicado.
El proveedor debe considerar la disponibilidad inmediata para un primer contacto a
través de la mesa de ayuda. La visita técnica presencial no debe ser superior a
tres (03) días hábiles, para evaluar y/o reparar el equipo. Con todo, el plazo para reponer el
equipo en caso de fallas que impliquen la necesidad de importar repuestos u otro escenario
que signifique la extensión de los plazos para devolver la operatividad del equipo, no podrá
superar los siete (07) días corridos, una vez informada la falla a través de la plataforma de
mesa de ayuda.
El equipo de respaldo deberá ser compatible con los insumos ofertados en la presente
licitación, o en subsidio, podrá contar con un stock de emergencia de jeringas y conectores
alternativos y exclusivos para dicho equipo de respaldo, asegurando su suministro en caso se
extienda la inactividad del equipo en comodato, sin desmedro que puedan aplicarse las multas
establecidas en las presentes bases, por incumplimiento del contrato.
Se deja expresa constancia, que en caso que el equipo de respaldo utilice insumos
distintos a los adquiridos en las presentes bases, NO deberán tener costo alguno
para el Hospital.
Además, en caso de que el equipo ofertado, no haya sido reparado en un período máximo de
20 días corridos, el proveedor deberá entregar un equipo en comodato nuevo, de iguales
características.
10.4.3. MESA DE AYUDA
El proveedor deberá considerar un servicio de mesa de ayuda 24 horas, los 365 días del año,
para recibir los requerimientos o consultas técnicas originadas por mal funcionamiento de los
equipos. El servicio debe considerar la emisión de un reporte o ticket para el seguimiento del
caso. Tiempo de respuesta no debe ser superior a 10 minutos.
El reporte debe considerar los siguientes campos de información:
▪ Número de caso
▪ Identificación del equipo (Tipo de equipamiento y Número de Serie)
▪ Identificación del especialista
▪ Descripción de falla
▪ Tiempo de respuesta a la solución
10.4.4. INFORMES TÉCNICOS
Se deberá generar una orden de servicio y/o de trabajo para dejar registro del diagnóstico de
la falla y una propuesta de solución.
Una vez ejecutados los trabajos de mantención correctiva, se deberá generar un informe
técnico con la descripción de las acciones realizadas. Debe contener los siguientes campos de
información:
▪ Número de caso
▪ Identificación del equipo (Tipo de equipamiento y Número de Serie)
▪ Identificación del especialista
▪ Descripción de falla
▪ Descripción de trabajos realizados
▪ Identificación de especialista
▪ Registro de recepción conforme por personal del Laboratorio.
Todo respaldo de documentación deberá presentarse y/o respaldarse en formato electrónico.
El proveedor debe considerar mantener una hoja de vida para sus equipos, sin desmedro que
el hospital contará con un sistema para registro de mantenciones.
10.5. CAPACITACIÓN TÉCNICA DE LOS USUARIOS
El oferente debe incluir dentro de los primeros treinta días corridos, desde que se recibe el
equipo en dependencias del Establecimiento, a su entero y exclusivo costo, capacitar y
entrenar al personal clínico y técnico designado por el Hospital Alto Hospicio, de la Unidad de
Imagenología y Equipos Médicos, en la operación del equipo y así también en las tareas de
mantenimiento básico o de primer nivel del mismo, tales como; calibración, limpieza, pruebas
operacionales, entre otros. El oferente adjudicado, deberá desarrollar y ejecutar un Programa
de Capacitación presencial del equipo para todos los funcionarios que el Hospital Alto Hospicio
estime necesario, considerando los siguientes aspectos:
▪ Acompañar al usuario clínico en sus labores para entrenarlos respecto al
funcionamiento del equipo (mínimo 02 días o 16 hrs.).
▪ Explicación de todas las funciones del equipo, aplicaciones y procedimientos.
▪ Descripción de la estructura y componentes del equipo, interpretando lista de
piezas, partes y accesorios.
▪ Operación, uso y mantenimiento básico de los sistemas informáticos del equipo
(limpieza, cuidados mínimos, interpretación de fallas más frecuentes, etc.).
▪ Labores de mantenimiento preventivo básico que pudieran encomendarse a
técnicos o profesionales que designe el Hospital que, mediante una mera
comunicación con el personal técnico del Oferente, permitan determinar fallas
o ejecutar acciones simples que sin intervenciones complejas permitan
recuperar la funcionalidad del equipo.
▪ Listado de fallas comunes con los códigos de error asociados.
▪ Procedimiento para uso de servicio remoto en caso de detención de equipo.
▪ Uso de plataforma mesa de ayuda para soporte remoto.
Al término de cada capacitación efectuada, el oferente deberá emitir un certificado de
participación de cada funcionario asignado. El certificado deberá indicar la fecha de
realización, número de horas de duración, nota de aprobación, y contenidos abordados en
la capacitación.
El Hospital Alto Hospicio podrá rechazar la capacitación técnica y usuaria, si no cumple con
lo estipulado en estas Bases. En tal caso, el Hospital otorgará un plazo prudencial al
oferente para efectuar la nueva capacitación, contando desde la fecha de rechazo de esta
etapa.
10.6. DEL ENVÍO DE MATERIAL DE MUESTRA
Los oferentes que lo estimen conveniente podrán enviar muestras de sus productos y/o
programar una demostración presencial en dependencias a acordar, dentro de la comuna de
Iquique o de Alto Hospicio, no siendo esto un requisito de carácter obligatorio, o excluyente,
o vinculante, para participar en esta Licitación. Para efectos de almacenamiento transitorio,
los insumos y/o equipos de muestra podrán entregarse en la Unidad de Recepción de
Bodegas cuya dirección es calle Prolongación Alemania 3240, Alto Hospicio; indicando que
corresponden a muestras asociadas a la Licitación ID XX-XX-XXXX “CONVENIO DE
INSUMOS CON EQUIPO EN COMODATO – BOMBA INYECTORA PARA MEDIOS DE
CONTRASTE HOSPITAL ALTO HOSPICIO, POR 60 MESES “.
Será a cargo del proveedor, los costos que implique disponer una sala de muestra o
“showroom” en caso no sea posible materializar una demostración en dependencias del
Hospital Alto Hospicio y/o Servicio de Salud Iquique. NO se aceptará la instalación del equipo
utilizado para la demostración, en caso ser adjudicado.
10.7. EMBALAJE Y DESPACHO DE INSUMOS Y EQUIPO
El proveedor que resulte adjudicado deberá asegurar que los empaques primarios y
secundarios de los productos y sus embalajes cumplan con las exigencias que permitan buenas
prácticas de almacenaje y transporte y temperatura, así como una adecuada presentación,
características que serán monitoreadas por personal que realizará la recepción de los
productos.
Los proveedores deberán identificar los bultos con la siguiente información:
a) Nombre y dirección del establecimiento de entrega;
b) Número de factura o guía de despacho asociada a la entrega;
c) Identificación del número de bultos por entrega "1 de n";
d) Peso y volumen de cada bulto;
e) Sello característico del proveedor que asegure la inviolabilidad del contenido del bulto.
Éstos deberán ser entregados en empaques múltiples que faciliten la recepción y
almacenamiento, debiendo contener la misma información exigida para la o las unidades de
medida adjudicada(s). Su material, grosor y resistencia deben ser acordes y proporcionales al
peso del contenido. La unidad de medida de los envases unitarios estériles, deberán permitir
fácil apertura. La entrega deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones adjudicadas.
Respecto al traslado del equipo en comodato para efectos de mantención y reparación en otras
regiones, particularmente en la zona central, el proveedor deberá considerar la tramitación de
permisos de Aduana, embalaje, y fletes, a su costo.
El proveedor deberá entregar los productos en la Unidad de Recepción de Bodegas del
Hospital Alto Hospicio, cuya dirección es calle Prolongación Alemania 3240, comuna de Alto
Hospicio, de lunes a jueves entre las 08:00 y 13:00 horas y entre las 14:00 y 16:00
horas; los viernes solo entre las 08:00 y 13:00 horas. Los días sábados, domingos y
festivos no se recibirá carga en ningún horario. Se entenderá cumplida la entrega cuando el
producto haya sido puesto, en tiempo y forma, en bodega del establecimiento, y recibido
conforme, por el encargado de esta última, circunstancia que deberá constar en la factura o
guía de despacho respectiva.
La no entrega de los productos en forma oportuna, será causal de terminación anticipada del
Contrato. Además, los atrasos o incumplimientos en las fechas de entrega pueden significar
descuentos porcentuales en los puntajes, sobre futuras licitaciones asociadas a los mismos
productos.
Las entregas que comprendan varias series del mismo producto deberán ser diferenciadas
físicamente (que los embalajes no mezclen series), indicando en la guía de despacho y/o
factura los números de serie, lote y la cantidad del producto correspondiente a cada serie y
lote. El propósito, es mantener un control adecuado de las fechas de vencimiento de los
insumos recibidos.
10.8. RECEPCIÓN CONFORME
La recepción de los productos será realizada por el personal encargado en el punto de entrega;
no obstante, lo anterior se podrá rechazar todo o parte de lo recibido, con motivo de una
diferencia, deterioro o daño del bulto y/o producto al momento de la recepción y/o perdida de
cadena de frío cuando corresponda.
Por cada entrega, en el punto dispuesto en el artículo anterior, se deberá recibir conforme las
guías de despacho y/o facturas del proveedor, indicando claramente lugar de recepción, fecha,
nombre, RUT y firma de la persona que recibe.
La recepción de los artículos se cumplirá ciñéndose al procedimiento interno vigente,
separando debidamente:
A. RECEPCIÓN de bultos:
a) Los bultos se recibirán en el Área de Recepción de Bodegas generales del
Departamento de Logística y Distribución, ubicados en el Primer nivel del Hospital,
debiendo venir con el importe por concepto de transporte pagado por parte del
proveedor.
b) Se comparará: Factura o Guía de Despacho, Orden de Transporte y cantidad física de
bultos, se verificará su correspondencia, dejando constancia de cualquier diferencia.
c) Por inspección ocular se verificará que los bultos no presenten daño, filtraciones y/o
signos de haber sido violada su seguridad, dejando constancia de cualquier anomalía
cuando corresponda; en caso de no cumplir estas condiciones, se procederá a la
NO recepción del material y se efectuará devolución inmediata de la carga,
con cargo al proveedor.
B. Recepción conforme de Artículos:
a) Se revisará detalladamente el contenido de los bultos, verificando que cada empaque
esté completo.
b) Se revisará cantidad y calidad de los productos, de acuerdo a las bases, comparando
Orden de Compra y Factura o Guía de Despacho.
c) Se verificará que la calidad de los insumos se encuentre dentro del rango fijado en las
Bases Técnicas.
d) El Hospital podrá reclamar o requerir por escrito, vía oficio, fax o correo electrónico la
restitución de producto, si eventualmente se detectasen:
▪ Faltantes.
▪ Cajas dañadas.
▪ Sospecha de esterilidad dañada o vencida.
▪ Perdida cadena de frío.
▪ Diferencia entre lo pedido y lo enviado.
▪ Otros.
e) El Hospital podrá exigir la emisión de Nota de Crédito si eventualmente se detectara
diferencia entre el precio consignado en la Guía de Despacho y/o Factura y el precio
establecido por convenio.
f) El adjudicatario dará cumplimiento a estas solicitudes dentro de los plazos establecidos
en las Bases, independiente de la naturaleza del problema y de las responsabilidades
que posteriormente pueda establecer, velando prioritariamente, con el propósito que
no se vea afectado el normal abastecimiento del Hospital.
g) El Hospital podrá rechazar aquellas facturas que se emitan sin haber recibido la carga
conforme.
10.9. INFORMACIÓN OBLIGATORIA DE DISTRIBUCIÓN Y ENTREGA DE LOS
PRODUCTOS
El proveedor deberá proporcionar obligatoriamente información que diga relación con la
distribución y entrega del producto, para efectos de trazabilidad y control administrativo,
según se indica a continuación:
10.9.1. ROTULACIÓN
Los envases deberán indicar en idioma español, en lugar visible y forma clara, la siguiente
información:
a. Nombre del producto
b. Marca Registrada, si corresponde
c. Número de serie y/o número de lote de fabricación, si corresponde
d. Procedencia y fabricante
e. Cantidad de unidades que contiene
f. Información sobre conservación
g. Fecha de vencimiento y/o pérdida de esterilidad
El despacho de los productos deberá considerar el embalaje adecuado y el transporte,
considerando la temperatura hasta la Bodega del Hospital, según normas del fabricante, con
el fin de prevenir cualquier deterioro en el transporte o manipulación de carga y descarga, y
de acuerdo a los plazos de despachos y entrega propuestos y certificados en la oferta realizada
por el proveedor en la presente licitación.
Sin perjuicio de los términos en que el adjudicatario y la empresa de transporte tomen sus
acuerdos privados para el traslado de la carga, ante el Hospital la responsabilidad por el
embalaje, estado de conservación de los artículos y tiempos de entrega conforme, será
siempre del proveedor adjudicado.
10.9.2. GUIAS DE DESPACHO
El proveedor debe considerar en sus encomiendas, un documento tributario para verificar
contenido de los bultos al momento de la recepción, que debe describir:
a. Datos de la empresa con registro SII
b. Número de folio
c. Cliente
d. Orden de Compra asociada
e. Códigos de producto
f. Nombres de producto
g. Descripción
h. Cantidad
i. Unidades de medida
j. Precios
k. Impuestos
l. Total, neto y con IVA
m. Firma electrónica, si procede
10.10.CONDICIONES POST-VENTA
a. El proveedor adjudicado deberá comprometerse a realizar los cambios de productos que no
se ajusten a lo establecido en las Bases Técnicas y/o en el contrato, dentro de 10 días
hábiles siguientes a la fecha del acta de rechazo de la recepción de los bienes.
b. El gasto de fletes y/o eliminación, que eventualmente se genere por artículos rechazados
será de cargo de la empresa adjudicada.
c. La comunicación de rechazo será por escrito (guía de despacho) o correo electrónico,
suscrita por el Jefe del Departamento de Logística y Distribución en su calidad de
apoyo a la Contraparte Técnica o Unidad Técnica de Fiscalización y direccionada a la
empresa.
d. La devolución de productos rechazados, además de la comunicación formal contemplada
en el artículo precedente, se materializará físicamente por el medio que el proveedor
señale.
10.11.REPOSICIÓN DE STOCK
La Unidad de Imagenología debe contar con una autonomía operativa de 30 días corridos.
Se establecerán niveles críticos de stock para la reposición de insumos, considerando que
el Hospital se encuentra en una zona extrema, y con amenazas de corte de las vías
terrestres por desastres naturales, accidentes vehiculares, manifestaciones sociales, entre
otros escenarios.
En términos generales, se solicitará mediante emisión de orden de compra la reposición de
stock cada 15 días, sin desmedro que por necesidades del servicio, sea necesario acortar o
aumentar los plazos, según el consumo.
El proveedor deberá presentar un plan de contingencia para resolver situaciones que se
presenten por quiebre de stock de insumos; deberá considerar alternativas de medios de
transporte aéreo para el suministro de insumos ante la eventualidad de bloqueos de las
rutas terrestres.
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10. DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
10.1. CARACTERISTICAS DE LOS PRODUCTOS LICITADOS
Las presentes Bases Técnicas tienen por objeto indicar los requisitos técnicos que debe
contener la propuesta. El Hospital evaluará la propuesta técnica presentada por el oferente,
considerando, además de las otras variables tales como el precio, aquellas relacionadas con
los plazos de entrega, la experiencia de los oferentes, especificaciones técnicas de los
productos y el equipamiento en comodato, garantías, servicios post-venta y cumplimiento de
registro ISP como dispositivos médicos, cuando corresponda. Estos subcriterios componen
parte de los requisitos formales que el proveedor debe presentar, según se indica en las
presentes Bases Técnicas y sus Anexos.
La Empresa adjudicada deberá asegurar y mantener stock de todos y cada uno de los
productos ofertados.
En la visita en terreno, los proveedores deberán traer muestras de sus productos.
Los productos ofertados deberán tener un período de eficacia igual o superior a 12 meses
contados desde la fecha de entrega, para productos no biológicos.
10.2. DE LOS PRODUCTOS LICITADOS
Los insumos descritos en el siguiente cuadro estarán asociados a la cesión en comodato de
Equipo Bomba Inyectora de Doble cabezal para la Unidad de Imagenología; la cantidad
corresponde a una demanda estimada y proyectada de 60 meses:
Sub
Ítem Descripción
Cantidad
proyectada
Anual
Cantidad
Estimada
60 meses
1
Kit Jeringa 200 ml. para administración de medio de
contraste, compatible con bomba inyectora de doble cabezal
cedida en comodato. Kit incluye:
▪ Embolo, pistón, barril y seguro.
▪ Bastón o tubo de llenado o spike (opcional según
fabricante).
▪ Tapa contra polvo (opcional según fabricante)
▪ Conector espiral simple (tipo “I”) de 300 PSI o
superior, de 150 cm a 200 cm de largo.
4.500
(Unidades)
22.500
(Unidades)
2
Conector en “Y” de 300 PSI o superior, de 150 cm a 200 cm
de largo, con válvula antirreflujo. Compatible con bomba
inyectora de doble cabezal cedida en comodato.
1.200
(Unidades)
6.000
(Unidades)
10.2.1. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS KIT JERINGAS 200 ML
KIT JERINGAS 200 ML REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
Barril Tereftalato de polietileno / Polipropileno EXCLUYENTE
Conector émbolo Policloruro de vinilo (PVC) / Policarbonato /
Polipropileno / ABS EXCLUYENTE
Pistón Goma Sintética / caucho negro libre de látex EXCLUYENTE
Seguro Polipropileno EXCLUYENTE
Tubo conector de baja presión
Conector en espiral; ≥ 300 PSI; Policloruro de vinilo
(PVC) / Policarbonato / Polipropileno; largo entre 150
y 200 cms
EXCLUYENTE
Bastón de llenado Polietileno DESEABLE
Spike (opcional) Policarbonato DESEABLE
Tapa (opcional) Polipropileno DESEABLE
Método esterilización Óxido de etileno / irradiación EXCLUYENTE
Duración de almacenamiento 12 meses o superior, a contar de fecha recepción en
bodegas Hospital Alto Hospicio. EXCLUYENTE
Certificación de calidad ISO 13485 (gestión de la calidad aplicable para
dispositivos médicos) EXCLUYENTE
Certificación ISPCH Como dispositivo médico, si corresponde DESEABLE
10.2.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS CONECTOR EN “Y”
CONECTOR en “Y” REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
Material PVC / Policarbonato / Polipropileno EXCLUYENTE
Espiral extendida 200 cms EXCLUYENTE
Método esterilización Óxido de etileno; irradiación EXCLUYENTE
Duración de almacenamiento 12 meses o superior, a contar de fecha recepción en
bodegas Hospital Alto Hospicio. EXCLUYENTE
PSI ≥ 300 PSI EXCLUYENTE
Certificación de calidad ISO 13485 (gestión de la calidad aplicable para
dispositivos médicos) EXCLUYENTE
Certificación ISPCH Como dispositivo médico, si corresponde DESEABLE
10.3. EQUIPO EN COMODATO
El suministro por 60 meses de insumos requeridos e individualizados por el oferente en los
cuadros precedentes, están asociados a la entrega en comodato de:
- 01 bomba Inyectora de Doble cabezal compatible con equipo de Escáner TAC
marca Canon modelo Aquilion LIGHTNING 80/160, para la Unidad de
Imagenología del Hospital Alto Hospicio.
El oferente deberá ofertar y/o suministrar solamente equipamiento nuevo, en perfectas
condiciones de fabricación y operación, para garantizar su uso inmediato previa recepción,
instalación, montaje, calibración, puesta en marcha y capacitación, cuando corresponda.
No se recibirá productos o especies que, de acuerdo a lo solicitado en estas Bases Técnicas y
a lo ofertado por el Proponente en el Formulario Oferta Técnica y Formulario Especificaciones
Técnicas Equipamiento en Comodato, presente diferencias en sus características técnicasoperativas y/o muestre fallas o daños que a simple vista sean atribuibles a su traslado o
posterior entrega. Al respecto, cabe señalar que el Oferente deberá tomar las precauciones
necesarias en materia de embalaje de cada producto y equipamiento en comodato (materia
de encargo ofertado), el que deberá ser adecuado para soportar las solicitudes del transporte
y sucesivas aberturas y cierres de él.
10.3.1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL EQUIPO EN COMODATO
Los Proponentes deberán ofrecer este equipamiento en comodato, durante todo el período de
vigencia del Contrato respectivo (60 meses), conforme a la cantidad y características
generales excluyentes y/o puntuables requeridas en el Anexo N°4, según corresponda.
Por otra parte, y en adición a las características generales mínimas señaladas
precedentemente, cabe destacar que, el proponente contratado durante 60 meses deberá
asumir directa y exclusivamente a su cargo:
1. El costo de los trabajos que deriven del cumplimiento de las obligaciones de instalación,
montaje, calibración, puesta en marcha y capacitación en el uso a nivel operario como
en las tareas de mantenimiento básico (limpieza o cuidados mínimos) del equipo
ofrecido en calidad de comodato, sea por conceptos de insumos, repuestos, materiales,
flete, mano de obra, leyes sociales, pasajes, viáticos, honorarios y, sin que la
enumeración sea taxativa, cualquier otro gasto directo e indirecto que demande el
correcto suministro y funcionamiento de la materia de encargo.
2. Los costos de las labores de mantenimiento preventivo programado y diagnóstico de
mantenimiento correctivo (incluyendo repuestos y accesorios más) del equipo ofrecido
en comodato a efectuar a todo evento durante el período de vigencia del contrato
respectivo.
Sus especificaciones y características excluyentes y puntuables deben indicarse en el Anexo
4, según corresponda.
10.3.2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS BOMBA INYECTORA MEDIOS DE CONTRASTE
BOMBA INYECTORA DE
MEDIOS DE CONTRASTE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS CLASIFICACIÓN
A) Características generales
Cantidad de cabezales
(canales)
Dos (02): uno para medios de contraste y uno para
suero.
EXCLUYENTE
Base de soporte
Pedestal con base rodante, con al menos 04 ruedas.
Cuenta con sistema de freno para evitar movimiento
de la inyectora.
EXCLUYENTE
Velocidad de llenado o carga Regulable entre 1 a 5 ml / seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Rango volumen de inyección 0,5 ml / seg a 8 ml / seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Rango presión de inyectado Regulable entre 50 a 300 PSI; o rango superior EXCLUYENTE
Rango de flujo Regulable entre 0,1 ml / seg. a 10 ml / seg.; o rango
superior EXCLUYENTE
Ajuste rango de flujo 0,1 ml / seg; o inferior EXCLUYENTE
Pausa de inyección (delay) Regulable entre 0 a 250 seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Prueba permeabilidad venosa Cuenta con modalidad para prueba de permeabilidad
venosa; ubicación de aguja DESEABLE
Fases de inyección 1 a 5 fases; o rango superior EXCLUYENTE
Sistema de auto expulsión de
la burbuja de aire Incluido EXCLUYENTE
Sistema para purga rápida
(absorción de medio contraste) Incluido EXCLUYENTE
Sistema de retorno rápido del
embolo Incluido EXCLUYENTE
Sistema de apertura de vena Incluido DESEABLE
Protocolos de inyección
(mínimo) Permite configurar al menos 50 protocolos de flujo EXCLUYENTE
Tiempo de exploración 0 a 250 seg.; o rango superior EXCLUYENTE
Calentador de jeringa Incluido EXCLUYENTE
Compatibilidad escáner Canon Toshiba Aqulion 80/160 Lightning (2020) EXCLUYENTE
Permite actualización de
software A través de internet / puerto USB / tarjeta SD EXCLUYENTE
Manuales Incluye manuales de usuario en español EXCLUYENTE
B) Sistema de Operación
Sistema de control Local y remoto EXCLUYENTE
Consola de control local 01 Pantalla táctil a color, 6 pulgadas o superior DESEABLE
Consola de control remoto 01 Pantalla táctil a color, 6 pulgadas o superior EXCLUYENTE
Comunicación consola remota
a equipo Tecnología inalámbrica: bluetooth o wifi u otra DESEABLE
Indicación de la presión de
inyección en tiempo real En pantalla (sensor de presión directo o equivalente) EXCLUYENTE
Sistema de interrupción
automática Con alarma cuando excede límite de presión EXCLUYENTE
Herramientas visuales Permite configurar, seleccionar y visualizar
gráficamente, la región anatómica en exploración. EXCLUYENTE
Mecanismo de seguridad
Detiene inmediatamente la inyección del contraste
y/o suero, para emergencias y evita una posible
lesión tanto para el paciente como para el equipo.
EXCLUYENTE
Sistema de interrupción
manual SI, en pantalla y/o con botón de pánico en equipo EXCLUYENTE
Conectividad y características
entre ambas consolas (local –
remota)
Se pueden realizar todas las acciones y la visualizar
sincrónicamente las operaciones en ambas
consolas, incluyendo la capacidad de editar los
protocolos y la ejecución de la inyección.
EXCLUYENTE
Sistema indicador de
aspiración e inyección
En pantalla y/o en base de giratoria del embolo del
equipo EXCLUYENTE
Fuente de energía respaldo Dispone de cargadores o acumuladores recargables
(UPS).
EXCLUYENTE
Tensión de entrada del
cargador 220 volt, 50 – 60 Hz EXCLUYENTE
Consumo de potencia del
cargador < 100 VA DESEABLE
Tipo de enchufe Tipo L EXCLUYENTE
Idioma comandos de pantalla y
en equipo Español EXCLUYENTE
Certificaciones CE y/o FDA DESEABLE
10.4. ACUERDO NIVEL DE SERVICIO
Los oferentes deben considerar mantenimiento preventivo programado y diagnóstico de
mantenimiento correctivo asociado al equipo en comodato (01 Bomba Inyectora de doble
cabezal), cuyas características deben especificarse en el Anexo N°4, sobre todo en cuanto a
los plazos de respuesta frente a ambas variables, como así también de la disponibilidad de los
repuestos necesarios y pertinentes, así como también del equipamiento en Back Up.
10.4.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo programado deseable del equipo en comodato debería ser un
mínimo de dos (02) mantenciones al año.
El servicio de mantenimiento preventivo programado tiene como objetivo mantener el equipo
en óptimas condiciones de operación y seguridad dentro de los parámetros de funcionamiento
definidos por el fabricante y normas existentes en la materia.
Los mantenimientos preventivos programados tendrán la periodicidad señalada en el Anexo
Nº 4. Dichos mantenimientos comprenderán los trabajos de inspección y verificación de
acuerdo al programa indicado por fabrica necesarios para el correcto y óptimo funcionamiento
integral y confiable del equipo.
Con todo, a fin de dar cumplimiento estricto a los objetivos del Hospital que se licitan, el
oferente deberá destinar a su costo y en los horarios que sean necesarios los recursos y
personal suficientes, para los casos que se acuerde con el Hospital de Alto Hospicio, de manera
de no afectar el normal funcionamiento del recinto ni la debida atención de sus pacientes y
usuarios.
10.4.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El servicio de diagnóstico de mantenimiento correctivo del equipo tiene como objetivo
identificar las actividades a realizar para mantener y/o recuperar las condiciones óptimas de
operación y seguridad, dentro de los parámetros de funcionamientos definido por el fabricante
y las normas existente en la materia.
El oferente deberá disponer una plataforma de mesa de ayuda para soporte a distancia 24/7
con el fin de detectar y/o solucionar posibles fallas de los sistemas, o bien, asistir al personal
técnico del área biomédica del establecimiento donde fue instalado el equipo para diagnosticar
las eventuales fallas. Dicha mesa de ayuda deberá emitir un ticket de reporte con numero de
caso, para hacer seguimiento a la solicitud.
Todo tipo de reparación por posibles fallas del equipo en comodato, lo asume directa y
exclusivamente a su cargo el oferente adjudicado.
El proveedor debe considerar la disponibilidad inmediata para un primer contacto a
través de la mesa de ayuda. La visita técnica presencial no debe ser superior a
tres (03) días hábiles, para evaluar y/o reparar el equipo. Con todo, el plazo para reponer el
equipo en caso de fallas que impliquen la necesidad de importar repuestos u otro escenario
que signifique la extensión de los plazos para devolver la operatividad del equipo, no podrá
superar los siete (07) días corridos, una vez informada la falla a través de la plataforma de
mesa de ayuda.
El equipo de respaldo deberá ser compatible con los insumos ofertados en la presente
licitación, o en subsidio, podrá contar con un stock de emergencia de jeringas y conectores
alternativos y exclusivos para dicho equipo de respaldo, asegurando su suministro en caso se
extienda la inactividad del equipo en comodato, sin desmedro que puedan aplicarse las multas
establecidas en las presentes bases, por incumplimiento del contrato.
Se deja expresa constancia, que en caso que el equipo de respaldo utilice insumos
distintos a los adquiridos en las presentes bases, NO deberán tener costo alguno
para el Hospital.
Además, en caso de que el equipo ofertado, no haya sido reparado en un período máximo de
20 días corridos, el proveedor deberá entregar un equipo en comodato nuevo, de iguales
características.
10.4.3. MESA DE AYUDA
El proveedor deberá considerar un servicio de mesa de ayuda 24 horas, los 365 días del año,
para recibir los requerimientos o consultas técnicas originadas por mal funcionamiento de los
equipos. El servicio debe considerar la emisión de un reporte o ticket para el seguimiento del
caso. Tiempo de respuesta no debe ser superior a 10 minutos.
El reporte debe considerar los siguientes campos de información:
▪ Número de caso
▪ Identificación del equipo (Tipo de equipamiento y Número de Serie)
▪ Identificación del especialista
▪ Descripción de falla
▪ Tiempo de respuesta a la solución
10.4.4. INFORMES TÉCNICOS
Se deberá generar una orden de servicio y/o de trabajo para dejar registro del diagnóstico de
la falla y una propuesta de solución.
Una vez ejecutados los trabajos de mantención correctiva, se deberá generar un informe
técnico con la descripción de las acciones realizadas. Debe contener los siguientes campos de
información:
▪ Número de caso
▪ Identificación del equipo (Tipo de equipamiento y Número de Serie)
▪ Identificación del especialista
▪ Descripción de falla
▪ Descripción de trabajos realizados
▪ Identificación de especialista
▪ Registro de recepción conforme por personal del Laboratorio.
Todo respaldo de documentación deberá presentarse y/o respaldarse en formato electrónico.
El proveedor debe considerar mantener una hoja de vida para sus equipos, sin desmedro que
el hospital contará con un sistema para registro de mantenciones.
10.5. CAPACITACIÓN TÉCNICA DE LOS USUARIOS
El oferente debe incluir dentro de los primeros treinta días corridos, desde que se recibe el
equipo en dependencias del Establecimiento, a su entero y exclusivo costo, capacitar y
entrenar al personal clínico y técnico designado por el Hospital Alto Hospicio, de la Unidad de
Imagenología y Equipos Médicos, en la operación del equipo y así también en las tareas de
mantenimiento básico o de primer nivel del mismo, tales como; calibración, limpieza, pruebas
operacionales, entre otros. El oferente adjudicado, deberá desarrollar y ejecutar un Programa
de Capacitación presencial del equipo para todos los funcionarios que el Hospital Alto Hospicio
estime necesario, considerando los siguientes aspectos:
▪ Acompañar al usuario clínico en sus labores para entrenarlos respecto al
funcionamiento del equipo (mínimo 02 días o 16 hrs.).
▪ Explicación de todas las funciones del equipo, aplicaciones y procedimientos.
▪ Descripción de la estructura y componentes del equipo, interpretando lista de
piezas, partes y accesorios.
▪ Operación, uso y mantenimiento básico de los sistemas informáticos del equipo
(limpieza, cuidados mínimos, interpretación de fallas más frecuentes, etc.).
▪ Labores de mantenimiento preventivo básico que pudieran encomendarse a
técnicos o profesionales que designe el Hospital que, mediante una mera
comunicación con el personal técnico del Oferente, permitan determinar fallas
o ejecutar acciones simples que sin intervenciones complejas permitan
recuperar la funcionalidad del equipo.
▪ Listado de fallas comunes con los códigos de error asociados.
▪ Procedimiento para uso de servicio remoto en caso de detención de equipo.
▪ Uso de plataforma mesa de ayuda para soporte remoto.
Al término de cada capacitación efectuada, el oferente deberá emitir un certificado de
participación de cada funcionario asignado. El certificado deberá indicar la fecha de
realización, número de horas de duración, nota de aprobación, y contenidos abordados en
la capacitación.
El Hospital Alto Hospicio podrá rechazar la capacitación técnica y usuaria, si no cumple con
lo estipulado en estas Bases. En tal caso, el Hospital otorgará un plazo prudencial al
oferente para efectuar la nueva capacitación, contando desde la fecha de rechazo de esta
etapa.
10.6. DEL ENVÍO DE MATERIAL DE MUESTRA
Los oferentes que lo estimen conveniente podrán enviar muestras de sus productos y/o
programar una demostración presencial en dependencias a acordar, dentro de la comuna de
Iquique o de Alto Hospicio, no siendo esto un requisito de carácter obligatorio, o excluyente,
o vinculante, para participar en esta Licitación. Para efectos de almacenamiento transitorio,
los insumos y/o equipos de muestra podrán entregarse en la Unidad de Recepción de
Bodegas cuya dirección es calle Prolongación Alemania 3240, Alto Hospicio; indicando que
corresponden a muestras asociadas a la Licitación ID XX-XX-XXXX “CONVENIO DE
INSUMOS CON EQUIPO EN COMODATO – BOMBA INYECTORA PARA MEDIOS DE
CONTRASTE HOSPITAL ALTO HOSPICIO, POR 60 MESES “.
Será a cargo del proveedor, los costos que implique disponer una sala de muestra o
“showroom” en caso no sea posible materializar una demostración en dependencias del
Hospital Alto Hospicio y/o Servicio de Salud Iquique. NO se aceptará la instalación del equipo
utilizado para la demostración, en caso ser adjudicado.
10.7. EMBALAJE Y DESPACHO DE INSUMOS Y EQUIPO
El proveedor que resulte adjudicado deberá asegurar que los empaques primarios y
secundarios de los productos y sus embalajes cumplan con las exigencias que permitan buenas
prácticas de almacenaje y transporte y temperatura, así como una adecuada presentación,
características que serán monitoreadas por personal que realizará la recepción de los
productos.
Los proveedores deberán identificar los bultos con la siguiente información:
a) Nombre y dirección del establecimiento de entrega;
b) Número de factura o guía de despacho asociada a la entrega;
c) Identificación del número de bultos por entrega "1 de n";
d) Peso y volumen de cada bulto;
e) Sello característico del proveedor que asegure la inviolabilidad del contenido del bulto.
Éstos deberán ser entregados en empaques múltiples que faciliten la recepción y
almacenamiento, debiendo contener la misma información exigida para la o las unidades de
medida adjudicada(s). Su material, grosor y resistencia deben ser acordes y proporcionales al
peso del contenido. La unidad de medida de los envases unitarios estériles, deberán permitir
fácil apertura. La entrega deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones adjudicadas.
Respecto al traslado del equipo en comodato para efectos de mantención y reparación en otras
regiones, particularmente en la zona central, el proveedor deberá considerar la tramitación de
permisos de Aduana, embalaje, y fletes, a su costo.
El proveedor deberá entregar los productos en la Unidad de Recepción de Bodegas del
Hospital Alto Hospicio, cuya dirección es calle Prolongación Alemania 3240, comuna de Alto
Hospicio, de lunes a jueves entre las 08:00 y 13:00 horas y entre las 14:00 y 16:00
horas; los viernes solo entre las 08:00 y 13:00 horas. Los días sábados, domingos y
festivos no se recibirá carga en ningún horario. Se entenderá cumplida la entrega cuando el
producto haya sido puesto, en tiempo y forma, en bodega del establecimiento, y recibido
conforme, por el encargado de esta última, circunstancia que deberá constar en la factura o
guía de despacho respectiva.
La no entrega de los productos en forma oportuna, será causal de terminación anticipada del
Contrato. Además, los atrasos o incumplimientos en las fechas de entrega pueden significar
descuentos porcentuales en los puntajes, sobre futuras licitaciones asociadas a los mismos
productos.
Las entregas que comprendan varias series del mismo producto deberán ser diferenciadas
físicamente (que los embalajes no mezclen series), indicando en la guía de despacho y/o
factura los números de serie, lote y la cantidad del producto correspondiente a cada serie y
lote. El propósito, es mantener un control adecuado de las fechas de vencimiento de los
insumos recibidos.
10.8. RECEPCIÓN CONFORME
La recepción de los productos será realizada por el personal encargado en el punto de entrega;
no obstante, lo anterior se podrá rechazar todo o parte de lo recibido, con motivo de una
diferencia, deterioro o daño del bulto y/o producto al momento de la recepción y/o perdida de
cadena de frío cuando corresponda.
Por cada entrega, en el punto dispuesto en el artículo anterior, se deberá recibir conforme las
guías de despacho y/o facturas del proveedor, indicando claramente lugar de recepción, fecha,
nombre, RUT y firma de la persona que recibe.
La recepción de los artículos se cumplirá ciñéndose al procedimiento interno vigente,
separando debidamente:
A. RECEPCIÓN de bultos:
a) Los bultos se recibirán en el Área de Recepción de Bodegas generales del
Departamento de Logística y Distribución, ubicados en el Primer nivel del Hospital,
debiendo venir con el importe por concepto de transporte pagado por parte del
proveedor.
b) Se comparará: Factura o Guía de Despacho, Orden de Transporte y cantidad física de
bultos, se verificará su correspondencia, dejando constancia de cualquier diferencia.
c) Por inspección ocular se verificará que los bultos no presenten daño, filtraciones y/o
signos de haber sido violada su seguridad, dejando constancia de cualquier anomalía
cuando corresponda; en caso de no cumplir estas condiciones, se procederá a la
NO recepción del material y se efectuará devolución inmediata de la carga,
con cargo al proveedor.
B. Recepción conforme de Artículos:
a) Se revisará detalladamente el contenido de los bultos, verificando que cada empaque
esté completo.
b) Se revisará cantidad y calidad de los productos, de acuerdo a las bases, comparando
Orden de Compra y Factura o Guía de Despacho.
c) Se verificará que la calidad de los insumos se encuentre dentro del rango fijado en las
Bases Técnicas.
d) El Hospital podrá reclamar o requerir por escrito, vía oficio, fax o correo electrónico la
restitución de producto, si eventualmente se detectasen:
▪ Faltantes.
▪ Cajas dañadas.
▪ Sospecha de esterilidad dañada o vencida.
▪ Perdida cadena de frío.
▪ Diferencia entre lo pedido y lo enviado.
▪ Otros.
e) El Hospital podrá exigir la emisión de Nota de Crédito si eventualmente se detectara
diferencia entre el precio consignado en la Guía de Despacho y/o Factura y el precio
establecido por convenio.
f) El adjudicatario dará cumplimiento a estas solicitudes dentro de los plazos establecidos
en las Bases, independiente de la naturaleza del problema y de las responsabilidades
que posteriormente pueda establecer, velando prioritariamente, con el propósito que
no se vea afectado el normal abastecimiento del Hospital.
g) El Hospital podrá rechazar aquellas facturas que se emitan sin haber recibido la carga
conforme.
10.9. INFORMACIÓN OBLIGATORIA DE DISTRIBUCIÓN Y ENTREGA DE LOS
PRODUCTOS
El proveedor deberá proporcionar obligatoriamente información que diga relación con la
distribución y entrega del producto, para efectos de trazabilidad y control administrativo,
según se indica a continuación:
10.9.1. ROTULACIÓN
Los envases deberán indicar en idioma español, en lugar visible y forma clara, la siguiente
información:
a. Nombre del producto
b. Marca Registrada, si corresponde
c. Número de serie y/o número de lote de fabricación, si corresponde
d. Procedencia y fabricante
e. Cantidad de unidades que contiene
f. Información sobre conservación
g. Fecha de vencimiento y/o pérdida de esterilidad
El despacho de los productos deberá considerar el embalaje adecuado y el transporte,
considerando la temperatura hasta la Bodega del Hospital, según normas del fabricante, con
el fin de prevenir cualquier deterioro en el transporte o manipulación de carga y descarga, y
de acuerdo a los plazos de despachos y entrega propuestos y certificados en la oferta realizada
por el proveedor en la presente licitación.
Sin perjuicio de los términos en que el adjudicatario y la empresa de transporte tomen sus
acuerdos privados para el traslado de la carga, ante el Hospital la responsabilidad por el
embalaje, estado de conservación de los artículos y tiempos de entrega conforme, será
siempre del proveedor adjudicado.
10.9.2. GUIAS DE DESPACHO
El proveedor debe considerar en sus encomiendas, un documento tributario para verificar
contenido de los bultos al momento de la recepción, que debe describir:
a. Datos de la empresa con registro SII
b. Número de folio
c. Cliente
d. Orden de Compra asociada
e. Códigos de producto
f. Nombres de producto
g. Descripción
h. Cantidad
i. Unidades de medida
j. Precios
k. Impuestos
l. Total, neto y con IVA
m. Firma electrónica, si procede
10.10.CONDICIONES POST-VENTA
a. El proveedor adjudicado deberá comprometerse a realizar los cambios de productos que no
se ajusten a lo establecido en las Bases Técnicas y/o en el contrato, dentro de 10 días
hábiles siguientes a la fecha del acta de rechazo de la recepción de los bienes.
b. El gasto de fletes y/o eliminación, que eventualmente se genere por artículos rechazados
será de cargo de la empresa adjudicada.
c. La comunicación de rechazo será por escrito (guía de despacho) o correo electrónico,
suscrita por el Jefe del Departamento de Logística y Distribución en su calidad de
apoyo a la Contraparte Técnica o Unidad Técnica de Fiscalización y direccionada a la
empresa.
d. La devolución de productos rechazados, además de la comunicación formal contemplada
en el artículo precedente, se materializará físicamente por el medio que el proveedor
señale.
10.11.REPOSICIÓN DE STOCK
La Unidad de Imagenología debe contar con una autonomía operativa de 30 días corridos.
Se establecerán niveles críticos de stock para la reposición de insumos, considerando que
el Hospital se encuentra en una zona extrema, y con amenazas de corte de las vías
terrestres por desastres naturales, accidentes vehiculares, manifestaciones sociales, entre
otros escenarios.
En términos generales, se solicitará mediante emisión de orden de compra la reposición de
stock cada 15 días, sin desmedro que por necesidades del servicio, sea necesario acortar o
aumentar los plazos, según el consumo.
El proveedor deberá presentar un plan de contingencia para resolver situaciones que se
presenten por quiebre de stock de insumos; deberá considerar alternativas de medios de
transporte aéreo para el suministro de insumos ante la eventualidad de bloqueos de las
rutas terrestres.
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11. PRECIOS |
Las ofertas económicas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo
indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor neto de los servicios
ofrecidos y expresados en moneda nacional. El oferente deberá utilizar los formatos que
se anexan y las ofertas permanecerán cerradas y se abrirán electrónicamente el día y hora
señalada en el Portal.
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12. VIGENCIA DE LA OFERTA |
La oferta tendrá validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de la
propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazado.
Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, el Servicio podrá solicitar a los
proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus
ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio
a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Se devolverá la garantía a aquellos que no
accedan a la prórroga.
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12.1. VIGENCIA DEL CONVENIO DE SUMINISTRO |
El plazo de vigencia de los insumos de suministro adjudicados, suscritos entre el Servicio de
Salud Iquique y el oferente adjudicado, tendrá un plazo de vigencia a contar de la fecha de la
resolución de adjudicación y por un período de 60 meses y/o hasta completar el
marco presupuestario de los insumos adjudicados, lo que ocurra primero.
La vigencia del contrato se extenderá hasta 45 días hábiles posteriores a la fecha de
término del suministro, período en el cual el adjudicatario deberá proveer el servicio de
suministro de los productos que le fueron adjudicados, en los términos y condiciones
establecidas en las presentes bases de licitación y en el contrato de suministro.El plazo de vigencia de los insumos de suministro adjudicados, suscritos entre el Servicio de
Salud Iquique y el oferente adjudicado, tendrá un plazo de vigencia a contar de la fecha de la
resolución de adjudicación y por un período de 60 meses y/o hasta completar el
marco presupuestario de los insumos adjudicados, lo que ocurra primero.
La vigencia del contrato se extenderá hasta 45 días hábiles posteriores a la fecha de
término del suministro, período en el cual el adjudicatario deberá proveer el servicio de
suministro de los productos que le fueron adjudicados, en los términos y condiciones
establecidas en las presentes bases de licitación y en el contrato de suministro.
No obstante, en caso de ser requerido y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del
oferente, durante la vigencia del contrato de los insumos adjudicados, el organismo
contratante podrá renovar por una única vez y por el mismo periodo contratado
originalmente (24 meses), considerando los siguientes motivos fundados:
a) Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento
del servicio adjudicado, realizado por el Administrador del Contrato del designado del
Servicio de Salud Iquique.
b) Carta o correo electrónico del proveedor manifestando su deseo de renovar el
contrato.
La renovación del contrato podrá ser por una o más líneas de producto, de acuerdo con las
necesidades de abastecimiento del Servicio Salud Iquique.
En caso de prórroga de contrato, ésta deberá ajustarse a lo indicado en la normativa de
compras públicas del D.S. N°250.
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13. DE LAS GARANTÍAS |
13.1. POR SERIEDAD DE LA OFERTA
La Garantía de seriedad de la oferta tiene por objeto caucionar la irrevocabilidad y
contenido de las ofertas de los procesos de compras que superen las 2.000 Unidades
Tributarias Mensuales, como, asimismo, el cumplimiento de las obligaciones que impone al
proponente su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el
carácter de irrevocable.
El oferente que presente más de una oferta podrá presentar sólo una única Caución o Garantía
que garantizará la seriedad de todas sus ofertas.
La garantía o caución deberán presentarse en soporte físico o electrónicamente
ajustándose a la Ley Nº19.799 “Sobre Documentos Electrónicos, Firma electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma”.
Cada proponente deberá presentar una Caución a modo de; Boleta de Garantía, Póliza, Vale
Vista o cualquier instrumento financiero que cumpla las condiciones indicadas en el artículo
31 del Decreto Nº250, de 2004 del Ministerio de Hacienda, los que deberán ser tomados en
las instituciones respectivas, sean estos bancos comerciales o Instituciones Garantía Recíproca
(IGR), pagadera a la vista con carácter irrevocable a la orden del Servicio Salud Iquique,
Rol Único Tributario 61.606.100-3, por la suma de $400.000.- (cuatrocientos mil
pesos) tomada en pesos chilenos, de liquidez rápida y efectiva, con una vigencia mínima
de 180 días corridos a partir de la fecha del Acto de Apertura de las propuestas.
Este documento deberá expresarse claramente que garantiza la Seriedad de la Oferta,
debiendo consignar la siguiente glosa: “CONVENIO DE INSUMOS CON EQUIPO EN
COMODATO – BOMBA INYECTORA PARA MEDIOS DE CONTRASTE HOSPITAL ALTO
HOSPICIO, POR 60 MESES” I.D____________”.
Todo error u omisión que se estime “relevante” contenida en la presentación de este
documento, faculta al Servicio de Salud Iquique para eliminar la respectiva propuesta y dejar
fuera de bases al oferente.
Se estimará “relevante” aquellos errores que no permitan cumplir el objetivo o finalidad de la
caución, cual es, asegurar la oferta del proveedor hasta la adjudicación, firma del contrato y
reemplazo por la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en
el artículo 31 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley
Nº 19.886.
El Servicio deberá hacer efectiva la garantía en cualquiera de los siguientes casos:
• Si el proponente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el
período de vigencia de la misma, en caso que rechace la orden de compra.
• Si se comprobare falsedad en los antecedentes de la oferta del proponente.
• Si el proponente no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo o no entrega en
dicho acto la Caución o Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
• Si el proponente no proporciona los antecedentes necesarios para celebrar el contrato
dentro del plazo establecido en las presentes bases respectivo o no se inscribe en el
Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile Proveedores).
La no presentación de garantía o caución en los términos señalados ya sea en forma física o
electrónica, faculta para dejar al oferente fuera de bases.
13.1.1. DEVOLUCIÓN CAUCIÓN SERIEDAD DE LA OFERTA
El Servicio procederá, a devolver la garantía de seriedad de la oferta a los oferentes que no
resultasen adjudicados con la propuesta, a partir de los 10 días posteriores una vez notificada
la resolución de adjudicación vía portal www.mercadopublico.cl.
Al(os) oferente(s) adjudicado(s) con la propuesta, se le devolverá esta Caución o Garantía
una vez que haga entrega de la Caución o Garantía por el Fiel Cumplimiento del Contrato,
acto que debe concretarse al momento de suscribirse el contrato de compraventa entre las
partes.
13.2. DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Para adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario deberá a la fecha de suscripción
del contrato, rendir esta caución que tiene por objeto garantizar la ejecución completa,
oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales.
Esta garantía podrá ser Boleta de Garantía, Vale vista, Póliza o cualquier instrumento financiero
que cumpla los requisitos del artículo N°68 del Decreto Nº250, de 2004 del Ministerio de
Hacienda.
Esta garantía deberá ser tomada en las Instituciones respectivas, sean estos bancos
comerciales o Instituciones Garantía Recíproca IGR, pagadera a la vista con carácter
irrevocable, de liquidez y efectividad inmediata y a la orden del Servicio de Salud Iquique,
Rut. 61.606.100-3, señalando la siguiente Glosa: “CONVENIO DE INSUMOS CON EQUIPO
EN COMODATO – BOMBA INYECTORA PARA MEDIOS DE CONTRASTE HOSPITAL ALTO
HOSPICIO, POR 60 MESES” I.D____________”, en moneda nacional, cuyo monto
corresponderá al 10% del valor adjudicado y con una vigencia que comienza con la fecha
de adjudicación, más 60 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato,
contemplando el periodo de plazo de entrega ofertado. Sin perjuicio que atendiendo al
principio de razonabilidad y proporcionalidad se toleren diferencias de hasta cinco días
corridos. Este documento debe ser emitido por la entidad emisora respectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma
naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, tomada por el
oferente o un tercero, podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en
que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre Documento
Electrónico, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
En caso que el plazo de entrega de los bienes supere a los plazos ofertados, el oferente deberá
aumentar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato por el periodo desfasado
más 60 días corridos adicionales. Lo anterior, también aplica para cuando el Servicio de Salud
solicite un aumento en los plazos de entrega de los bienes.
En caso que se dé la situación planteada anteriormente, la empresa tiene la responsabilidad de
renovar o bien actualizar el plazo de vigencia a lo menos 30 días antes de su caducidad.
El adjudicatario deberá mantener vigente esta garantía durante el periodo que corresponda.
Además, deberá presentar en conjunto con un Certificado de Autenticidad emitido por la
entidad financiera respectiva.
Asimismo, cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del
precio presentado por el oferente que le sigue en evaluación, y se verifique por el Servicio de
Salud Iquique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá a
través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la
garantía de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio que le sigue.
A través de resolución fundada, el Servicio podrá solicitar garantías de monto superior al 30%
del valor adjudicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo N°69 del Decreto
250/2004, del Ministerio de Hacienda, y en tal caso deberá justificar su correspondencia con
el valor de los bienes o servicios contratados y con el riesgo de caso de un eventual
incumplimiento por parte del adjudicatario, velando por no desincentivar la participación de
los oferentes.
Para el caso de Pólizas, se debe acreditar que las primas se encuentren pagadas
anticipadamente.
Será responsabilidad de la Unidad Administrativa, esto es, del Departamento de
Abastecimiento y Logística del Servicio Salud Iquique o del Hospital de Alto Hospicio, requerir
oportunamente la respectiva Garantía, verificando su monto y vigencia según las bases, para
luego enviarla a custodia al Departamento de Gestión Financiera.
Dicha Garantía deberá ser entregada por el oferente al momento de la firma y entrega del
contrato al Servicio de Salud Iquique.
El Servicio aceptará cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera
rápida y efectiva y cumpla las condiciones previstas en las presenten bases y lo dispuesto en
el artículo 68 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley
Nº 19.886.
El envío del contrato de compraventa sin el respaldo de la Garantía, facultará al Servicio de
Salud Iquique para sancionar al oferente adjudicado, indicado en punto Nº28 “Multas”, sin
perjuicio de lo indicado en el punto Nº21 “De la adjudicación, de la declaración desierta
o inadmisible” de las bases.
Si por algún motivo justificado, el Servicio otorgara un aumento del plazo de entrega de la o
las especies a la empresa adjudicataria, esta deberá actualizar o ampliar la Caución o Garantía
por Fiel Cumplimiento de Contrato, por el nuevo plazo acordado, más sesenta días adicionales.
El Servicio de Salud podrá hacer efectiva la Caución o Garantía de Fiel Cumplimiento, en
cualquier momento, una vez producida alguna de las siguientes circunstancias:
a. Cuando por causa imputable al proveedor se ponga término anticipado al contrato;
b. En caso que el proveedor presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los dos últimos años,
conforme a los términos previstos en el Artículo 4°, inciso 2° de la Ley 19.886;
c. En caso de que no existan facturas pendientes de cobro sobre las cuales hacer efectivas
las sanciones contempladas en el punto N°29 “Multas” de las presentes Bases.
d. En caso de que se generen incumplimientos graves respecto de las obligaciones del
proveedor. El incumplimiento grave será calificado por la Unidad Técnica mediante
informe.
13.2.1. DEVOLUCIÓN CAUCIÓN FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Una vez cumplido a satisfacción el contrato en su totalidad y expirada la vigencia, el
adjudicatario podrá solicitar la devolución de esta garantía. En el evento que no se efectúe
esta solicitud de devolución, el Servicio de Salud no tendrá responsabilidad respecto a esta
caución.
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14. PRESENTACIÓN DE OFERTAS AL PORTAL |
Las ofertas, deberán presentarse electrónicamente en el Portal www.mercadopublico.cl, con
todos los antecedentes, formularios y anexos que se exigen en las presentes bases, deberán
entregarse debidamente firmados por el oferente o su representante legal, según
corresponda:
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15. PRESENTACION DE DOCUMENTOS OMITIDOS |
Durante la evaluación se podrá solicitar la presentación de certificaciones y documentos que
los oferentes hayan omitidos al momento de presentar su oferta, siempre que dichas
certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar su oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar su oferta y el periodo de evaluación, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el
inciso segundo del Art. 40 del Reglamento de la Ley de Compras. El plazo para la presentación
de los documentos omitidos será de 48 horas desde que se le notifique el requerimiento
a través del portal al oferente que haya incurrido en la omisión. El cumplimiento oportuno
de los requisitos formales se encuentra incorporado como criterio de evaluación en el punto
Nº 18.3.1. “Criterios de evaluación cumplimiento de Requisitos Formales” de las
Bases Administrativas Generales.
Todos los anexos presentados, tanto en el sistema digital como en soporte físico, deberán
entregarse debidamente firmados por el oferente o su representante legal, según corresponda.
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16. APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
16.1 REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFERENTES
Los proponentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, oferta técnica, la
oferta económica y los formularios que forman parte de las presentes bases en formato físico
o digital, en el plazo de recepción según se indica en punto N°4 "ETAPAS Y PLAZOS".
La apertura de las ofertas de la licitación, se efectuará a través del portal Mercado Público, el
día y hora señalada para tal efecto en el cronograma. Al efectuar el acto de apertura se
procederá con la revisión de los antecedentes requeridos.
Al efectuar el acto de apertura se procederá con la revisión de los antecedentes requeridos,
cuyo objeto será verificar que se hayan presentado todos los antecedentes administrativos
solicitados.
Para la aceptación de las ofertas, se considerarán requisitos y condiciones esenciales, los
siguientes documentos, cuya omisión, cualquiera de ellos, faculta para declarar inadmisible la
respectiva oferta:
A. ANEXO Nº4: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
B. ANEXO Nº5: PLAZO DE ENTREGA
C. ANEXO Nº6: OFERTA ECONÓMICA
D. GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
La falta de estos documentos faculta para declarar inadmisible la oferta económica.
No obstante, la entidad licitante podrá admitir aquellas ofertas que presenten defectos de
forma, omisiones o errores no esenciales o meramente formales siempre que no altere el
tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las ofertas (Aplica
dictámenes Nº 34.051/2005; 27.268/2010 y 70.019 /2011 de la Contraloría General de la
República, entre otros). En caso contrario y no de haber sido subsanada la omisión de alguno
de los antecedentes que impactan en la evaluación de la oferta, la oferta será declarada
inadmisible.
Los proponentes podrán formular observaciones a dicha acta dentro de las 24 horas siguientes
a la publicación de la citada acta, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que serán
resueltas por este mismo medio, dentro de los 2 días siguientes.
En caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público, que
provoque la imposibilidad de ingresar archivos correspondientes de algún oferente, este tendrá
un plazo de 24 horas, contados desde el inicio del acto de apertura, para presentar al
Consultorio un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que
ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar dicha situación ante la comisión
respectiva y el resto de los oferentes de la licitación.
En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte de papel de los
antecedentes de la Oferta Administrativas, Técnica y Económica, a través de la Oficina de
Partes del Servicio de Salud Iquique, ubicado en Aníbal Pinto Nº 815 de la ciudad de Iquique,
en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Adicionalmente deberá contar con el
código de reclamo efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública,
al momento de no poder ingresar la información, para su verificación. Los antecedentes serán
resguardados por la Jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio en
cuestión, quién deberá adoptar las medidas para resguardar su inviolabilidad y correcta
conservación, y bajo ninguna circunstancia o solicitud, la recepción de sobres se podrá hacer
fuera de la fecha y hora indicados como último plazo.
Se deberá cumplir con el requisito formal de presentación de la oferta a través del Portal de
Mercado Publico antes del período de cierre. El incumplimiento de este requisito por parte del
proveedor, excluye automáticamente a su oferta para seguir participando en la presente
propuesta. A partir de dicha hora, los oferentes no podrán retirar ni modificar sus propuestas.
El oferente que presente más de una oferta, debe ingresar todos los antecedentes requeridos,
en cada una de las ofertas presentadas, de lo contrario dicha oferta será descartada.
El Acto de Apertura de las ofertas la efectuará la Unidad Administrativa del proyecto, en este
caso el Departamento de Abastecimiento y Logística del Servicio, en compañía del Asesor
Jurídico y de la Unidad Técnica correspondiente del Servicio de Salud Iquique.
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17. DE LA EVALUACIÓN TÉCNICO Y ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS |
El proceso de evaluación estará a cargo de una Comisión cuyos integrantes serán designados
mediante resolución del Servicio de Salud Iquique, al finalizar el proceso de evaluación la
Comisión emitirá un informe de evaluación dirigido al jefe del Servicio que deberá contener
las indicaciones previstas en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras Públicas, que deberá
subirse al sistema de información de compras públicas.
Para las ofertas que se presenten por Uniones Temporales de proveedores, la nómina y
certificados solicitados en las bases para acreditar experiencia, en caso de corresponder, se
solicitarán a cada uno de los integrantes que conforman el grupo licitante, prorrateándose
para la evaluación de acuerdo al porcentaje de participación en la Unión, independiente del
mecanismo de formalización o constitución de dicha Unión
La comisión evaluará en cada caso si ejercerá la facultad prevista en el inciso primero y/o
inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de compras públicas.
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20. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Ante una igualdad de puntaje en la evaluación final de las ofertas se adjudicará de la siguiente
forma:
1° Criterios de Evaluación Oferta Económica. Se considerará menor monto ofertado.
2° Criterio de Evaluación Oferta Técnica. Se considerará la oferta de mayor puntaje
técnico obtenido.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que primero postuló la
oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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21. DE LA ADJUDICACIÓN, DE LA DECLARACIÓN DESIERTA O INADMISIBLE |
La adjudicación de las ofertas se efectuará entre aquellas ofertas que se ajusten plenamente
a las Bases de licitación como a las Especificaciones Técnicas y demás documentos anexos, al
oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas.
Los bienes ofertados deben cumplir el 100% de Características Técnicas definidas
como excluyentes para optar a ser analizados por los criterios de evaluación, de lo
contrario la oferta será declarada inadmisible por no ajustarse a las bases.
Asimismo, se podrá declarar desierta la propuesta por Resolución Fundada, cuando las ofertas
no resulten convenientes a los intereses del Servicio, de conformidad al Artículo 41 del Decreto
Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y al artículo 9 de la Ley Nº19.886.
Se declararán inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de
Licitación y/o Especificaciones Técnicas, de conformidad al Artículo 41 del Decreto Nº250, de
2004, del Ministerio de Hacienda.
En ambos casos anteriormente mencionado, los proponentes no tendrán derecho a
indemnización alguna, por los gastos en que ellos hubieren incurrido en la preparación de la
propuesta.
El proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
1. Resolución de Adjudicación: Se adjudicará a través de resolución de la Directora de
Servicio.
2. Notificación de Adjudicación: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá
a notificar al adjudicatario mediante el portal con pleno conocimiento de los demás
oferentes que se hubiesen presentado en la propuesta.
3. Publicación en página web: Se publicará en página web, en la licitación pública
correspondiente.
4. Fecha de Adjudicación: En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación
en el cronograma www.mercadopublico.cl, el Servicio publicará una nueva fecha en el
portal, informando allí las razones del atraso.
La entidad licitante se reserva la facultad de poder variar la cantidad de bienes
adjudicados, distintos al licitado (mayor o menor), previa aprobación del proveedor
mediante consulta en el portal.
Los proponentes podrán formular observaciones a la adjudicación dentro de las 24 horas
siguientes a la publicación de la resolución, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que
serán resueltas por la unidad técnica a través de este mismo medio, dentro de los 2 días
siguientes.
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22. SOBRE READJUDICACIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se
refiere el inciso primero del Art.63 del reglamento de la ley 19.886, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, el Servicio de Salud podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación
original, adjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, dentro de 60 días corridos
contados desde la publicación de la adjudicación original.
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23. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN |
El Departamento de Abastecimiento y Logística, comunicará electrónicamente a todos los
oferentes que hayan participado en la propuesta, el resultado de la licitación a través del
sistema www.mercadopublico.cl
Una vez efectuado el acto de notificación de los resultados de la licitación y habiéndose
confirmado la propuesta de adjudicación en las instancias pertinentes, el Servicio procederá a
la emisión de la Orden de Compra respectiva al oferente adjudicado.
El oferente adjudicado con la propuesta, tendrá un plazo de tres días hábiles para aceptar
la Orden de Compra girada a través del Portal mercado público.
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24. INSCRIPCIÓN REGISTRO CHILE PROVEEDORES |
En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico
Oficial de contratistas de la Administración Chile-proveedores, estarán obligados a inscribirse
dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. Lo anterior, no exime el
estricto cumplimiento de plazo para instalación y puesta en marcha del equipo ofertado.
En caso que no proceda a la inscripción, el Servicio entenderá que se ha desistido de la oferta,
pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así
sucesivamente, de acuerdo a lo establecido en el punto Nº 22 “Sobre Readjudicación” de
las presentes Bases Administrativas.
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25.REQUISITOS DE CONTRATACION |
Al momento de la suscripción del contrato (Adquisición superior a 1.000 UTM), el o los
adjudicatarios deberá(n) acompañar:
1. Certificado del Registro electrónico Oficial de Proveedores del Estado.
2. Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o
Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
3. Anexo Nº 3 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE
DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y
DELITOS FUNCIONARIOS. En caso de UTP, el siguiente anexo se debe presentar por
cada uno de los integrantes de la UTP.
La compra de los bienes o servicios se materializará con la emisión de la Orden de Compra a
través del Portal www.mercadopublico.cl y se suscribirá además un “Contrato de
Compraventa” el cual no considerará el pago de reajustes, pago de impuestos, pago de
tasas, embalajes, pago de aranceles, pago de fletes ni intereses de ninguna especie por parte
del Servicio de Salud Iquique. Todo pago por estos conceptos será de responsabilidad del
adjudicatario.
Formarán parte integrante del Contrato los siguientes documentos en el orden de prelación
que se indica:
1. Las Bases Administrativas-técnicas, Anexos, Especificaciones Técnicas.
2. Serie de preguntas y respuestas de Licitación Pública aprobada por resolución.
3. Modificaciones si las hubiere.
4. Oferta del Proponente.
5. Resolución de Adjudicación
6. Orden de Compra.
7. El Contrato.
8. Toda documentación aclaratoria enviada por la Unidad Técnica, a los proponentes,
durante el período de estudio de las propuestas.
Toda discrepancia entre distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de
interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Unidad Técnica del
Servicio de Salud siempre propendiendo a la más perfecta ejecución de los bienes que se
contratan para satisfacer la necesidad pública, pudiendo recurrir a todas las instancias legales
que les permite la ley para resolver controversias.
El Servicio de Salud de Iquique, elaborará los respectivos contratos, en estricto acuerdo a las
Bases de licitación y oferta del o los proponentes adjudicados. El referido contrato de
compraventa será puesto a disposición de los adjudicados en un plazo no superior a los 10
días hábiles contados desde la adjudicación, quedando el oferente adjudicado obligado a la
revisión, firma y devolución al Servicio del referido contrato, en un plazo máximo de 15 días
corridos contados desde la fecha de recepción del mismo.
Simultáneamente con la firma y entrega del referido Contrato de Compraventa al Servicio de
Salud Iquique, se deberá adjuntar y entregar la Caución o Garantía por Fiel Cumplimiento de
Contrato, documento tomado y extendido según se indica en el punto Nº 13.2. “De Fiel
Cumplimiento de Contrato”, de las presentes Bases Administrativas.
Si el oferente adjudicado no cumple con el requisito de firmar el contrato en el plazo señalado
ni entregase la garantía por fiel cumplimiento de contrato, según lo indicado en el párrafo
anterior, el Servicio de Salud Iquique podrá asignar la propuesta al que le sigue en puntaje
según lo estipulado en el punto N° 22 “Sobre Re adjudicación” de las Bases
Administrativas, siempre que cumpla con puntaje mínimo y, a su vez, hacer efectiva la
Garantía de Seriedad de la Oferta.
Será de cargo del oferente adjudicado, la autorización de las firmas del contrato,
para cuyos montos superen las 1.000 UTM, trámite que debe ser efectuado en el
mismo plazo consignado del presente artículo.
De conformidad al artículo 63º del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda, los
contratos menores a 1.000 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de
compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor.
En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán
solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas
desde dicha solicitud.
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26. CAUSALES ADMITIDAS PARA EL RECHAZO DE ÓRDENES DE COMPRA |
El proveedor sólo podrá rechazar la orden de compra, en el plazo de un día hábil, contado
desde el envío de ésta, precedente, cuando: Exista un error evidente en ésta, cuando el monto
total neto de la orden de compra sea inferior o superior al monto adjudicado, o bien, en
aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que le impidan dar cumplimiento oportuno e
íntegro a las solicitudes de entrega del servicio del Servicio de Salud Iquique, debidamente
justificado. Para ello, deberá comunicar vía correo electrónico, en el mismo plazo indicado
para la aceptación de la orden de compra, dicha circunstancia debidamente justificada al
administrador del contrato por parte del organismo contratante.
En relación con lo anterior, en caso de notificar una situación de caso fortuito o fuerza mayor,
el proveedor deberá explicitar en dicha comunicación el evento de fuerza mayor o caso fortuito
invocado, acompañando la documentación que lo acredite, en caso que la hubiere, y
entregando mayores detalles respecto de cómo éste afecta al cumplimiento de lo solicitado y
a causa de lo cual debe rechazar la orden de compra. Corresponderá al Servicio de Salud
Iquique representado por el referente del programa requirente, calificar de manera exclusiva
si los hechos invocados por el proveedor configurarían caso fortuito o fuerza mayor son
atendibles. En caso de que no se configure una causal de caso fortuito o fuerza mayor, el
Servicio de Salud Iquique representado por el referente del programa requirente podrá aplicar
la multa asociada a punto N°29.1. Multa por rechazo injustificado de una orden de
compra.
Transcurrido el plazo de un día hábil dispuesto para la aceptación de la orden de compra, no
se aceptará justificación ni reclamo alguno del proveedor, por lo que ésta se entenderá
aceptada, debiendo cumplir el proveedor con el despacho de los productos solicitados, en el
caso de un incumplimiento en los plazos de entrega esto dará lugar a la aplicación de la
sanción prevista en la cláusula de multas según aplique.
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27. DE LAS RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO |
a. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el
Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
b. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la Dirección Chile Compra y a
los órganos públicos mandantes, en caso de acciones entabladas por terceros debido a
transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de
diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.
c. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa,
del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios,
gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero
que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.
d. El proveedor deberá entregar oportunamente documentación que solicite la Dirección Chile
Compra o el órgano público mandante.
e. Suministrar los servicios licitados que le fueron adjudicados en los plazos comprometidos
según su oferta adjudicada y cumpliendo con las especificaciones técnicas correspondientes
establecidas en estas bases de licitación.
f. Aceptar las órdenes de compra emitidas por el organismo comprador, durante el período
de suministro, en razón de sus requerimientos particulares de abastecimiento.
g. Aceptar la orden de compra en los plazos establecidos para ello, o en su defecto notificar
el motivo de rechazo de ésta en los mismos plazos.
h. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de
suministro.
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28. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO |
Las Facturas de los bienes entregados deben ser emitidas dentro de los primeros cinco (5)
días corridos desde la recepción conforme de las guías de despacho en las bodegas del Hospital
Alto Hospicio, en el entendido que se trata de un convenio de suministro.
El pago será realizado, dentro de los 45 días corridos, según la Ley 21.131, recibida conforme
y se encuentre conforme la recepción del bien y/o servicio.
Una vez recepcionado conforme los bienes, la factura debe ser enviada a través del sitio web
del SII según ley N°19.983, con copia al correo contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl y
abastecimiento.ssi@redsalud.gov.cl, el envío de la factura no puede ser superior a 2 días
corridos a partir de su fecha de emisión.
La factura debe ser emitida a nombre del Servicio de Salud Iquique y deberá ser enviada a
los siguientes correos electrónicos contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl y
abastecimiento.ssi@redsalud.gov.cl.
En caso que la factura contenga errores en el precio, falta total o parcial de la entrega de las
mercaderías o de la prestación de servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su
recepción se reclamará o rechazará la factura, según ley N°19.983 articulo N°3.
La factura podrá ser rechazada en caso no tenga concordancia con el detalle de los bienes
recibidos.
El Servicio de Salud Iquique se hará responsable de todas las facturas que contengan lo
siguiente:
• Orden de compra generada por el Mercado Publico, previo a la facturación.
• Guías de despacho, en que conste que los bienes fueron efectivamente recepcionados.
• Las facturas deben señalar el número de orden de compra del portal y el número de
identificación (ID) de la licitación (si aplica), en campo 801.
Los antecedentes para la emisión de factura son:
• Razón Social: Servicio de Salud Iquique.
• RUT: 61.606.100-3.
• Domicilio: Aníbal Pinto 815.
• Giro: Adm. Salud.
• Correos: contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl
El pago de los servicios se efectuará mediante transferencia electrónica emitido a nombre del
proveedor, dentro del plazo de 30 días corridos una vez recepcionada la factura conforme por
parte del Servicio de Salud Iquique.
El pago se realizará con los siguientes documentos:
• Factura y/o boleta de Servicios a nombre de Servicio Salud de Iquique,
RUT:61.606.100-3, con domicilio en Aníbal Pinto N° 815 y enviar a correo
electrónico contabilidad.ssi@redsalud.gob.cl; abastecimiento.ssi@redsalud.gov.cl
• Guía de despacho, con identificación de todos los insumos entregados.
• Orden de Compra en estado Recepción Conforme.
• Resolución de Adjudicación.
• Resolución de Bases Administrativas.
• Resolución de contrato, si procede.
• Copia Garantía Fiel cumplimiento de contrato, si procede.
• Acta de Recepción conforme de los dispensadores en comodato por una única vez en
el primer pago.
• Acta de Recepción conforme de los insumos de suministro
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29. MULTAS |
En caso de producirse atrasos, incumplimientos de metas establecidas o faltas de cualquier
Índole o por cualquier causa, que no se encuentren debidamente justificados por el
Administrador del Convenio, se procederá con la aplicación de multa correspondiente.
Esta multa será aplicada por el Administrador de Contrato vía administrativa y se descontará
del estado de pago. Para efectos del cálculo de días sujetos a multas, se considerará como
atraso la entrega de los bienes, una vez emitida la orden de compra.
Se considerará el valor de UF, del día en que se aplicará el cobro de la multa.
TIPO MULTAS INFRACCIONES
Plazo de entrega
puesta en marcha
equipo bomba
inyectora
10 UF por día
Por cada día corrido de atraso, con un tope de 20
días corridos de atraso, En el caso de superar los 20
días corridos , se procederá hacer cobro de garantía
de fiel cumplimiento y deberá reponer una nueva
garantía, de lo contrario se pondrá termino al
contrato
Atrasos en la
entrega de los
insumos
2 UF por día
Estas multas se podrán imponer por cada día de
atraso, a contar del día siguiente en que
efectivamente debería realizarse la entrega en el
lugar indicado por el Servicio de Salud Iquique o el Hospital de Alto Hospicio (Máximo de 7 días de
espera para la aplicación de la multa)
Si el atraso es superior a 20 días se considerará
incumplimiento grave de las obligaciones de lo
estipulado y se procederá a dar termino anticipado
al contrato y cobro de las respectivas garantías.
Multa por oferta sin
stock para despacho
35% del valor total de
los productos no
despachados
En caso de que el proveedor oferte a la licitación y
se emita la Orden de compra a través del Sistema
de Información de Compras y Contratación Pública,
www.mercadopublico.cl, si se detecta el
incumplimiento y el proveedor informa que no
cuenta con Stock para el despacho, aplicará una
multa del 35% sobre el valor total de los productos
no despachados. Además, se considerará
incumplimiento grave de las obligaciones de lo
estipulado, y se dejará sin efecto la adjudicación y
su orden de compra, poniendo término anticipado
del contrato.
Multa por
incumplimiento de
entrega parcial de la
Orden de Compra
2% sobre el valor total
de los productos no
despachados
En caso de que el proveedor entregue parcialmente
los productos adjudicados se aplicará una multa del
2% sobre el valor total de los productos no
despachados, por cada día de atraso, salvo que la
Orden de compra especifique despacho parcial con
fecha determinadas.
Mantención
preventiva 2 UF por día
Atraso de más de 05 días corridos para cumplir con
las fechas de mantención preventiva acordada en
calendario anual. En caso de que el proveedor
planifique por mes y no por día especifico, el plazo
de 05 días corridos comenzará a contar del día 1°
del mes siguiente al vencimiento.
Mantención
correctiva
5 UF por día
Atraso superior a tres (03) días hábiles, para
evaluar y/o reparar el equipo. Con todo, el plazo
para reponer el equipo en caso de fallas que
impliquen la necesidad de importar repuestos u otro
escenario que signifique la extensión de los plazos
para devolver la operatividad del equipo, no podrá
superar los siete (07) días corridos, una vez
informada la falla a través de la plataforma de mesa
de ayuda. Luego de este plazo, el equipo con falla
debe ser reemplazado.
10 UF por día
Cuando la falla supere los siete (07) días corridos y
el equipo no ha sido cambiado por otro igual o
semejante, hasta un plazo máximo de 20 días
corridos.
Término anticipado del
contrato
Cuando la falla supere los veinte (20) días corridos
y aún no se cuente con una solución para brindar
continuidad operacional del servicio (inyección de
medios de contraste para TAC).
Tiempo de contacto
técnico
5 UF por evento
Servicio de mesa de ayuda con tiempos de
respuesta sobre 10 minutos.
10 UF por hora
Servicio de mesa de ayuda con tiempos de
respuesta sobre 60 minutos
Nota: Si el proveedor realiza el envío de los insumos, aún cumpliendo una o varias causales
mencionadas en el cuadro anterior, éstos deberán ser recibidos en el lugar indicado por el
Servicio de Salud Iquique o el Hospital de Alto Hospicio y en paralelo se aplicará la multa
correspondiente.
Todas las multas indicadas anteriormente tendrán como máximo 15 días corridos como tope
de atraso para el despacho del producto respectivo a la Orden de Compra a través del Sistema
de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
Por sobre los 15 días corridos de atraso, el Director del Servicio deberá dar término anticipado
al contrato, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía dejada para caucionar el fiel
cumplimiento de contrato de la presente licitación.
Lo descrito con un tope máximo de multa de hasta 15 días corridos de atraso.
El Director del Servicio se reserva el derecho de poner término al contrato, por incumplimiento
grave de las obligaciones contraídas por el contratante sin perjuicio de hacer efectiva la
garantía dejada para caucionar el fiel cumplimiento del contrato de la presente licitación.
La multa será determinada por la Unidad Técnica, por vía administrativa, mediante Resolución
y previo informe, debiendo ponerse en conocimiento del proveedor por correo electrónico.
A partir de dicha comunicación, el proveedor dispondrá de un plazo de cinco días corridos para
formular sus descargos respecto de la multa determinada, pronunciamiento que deberá ser
debidamente fundado y respaldado con documentación que acredite tales fundamentos.
Toda multa se aplicará previa resolución administrativa debidamente fundada, la que deberá
pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en
el sistema de información de compras públicas. En contra de dicha resolución procederán los
recursos de la ley N° 19.980.
De igual modo, se procederá cuando la calidad, cantidad, el estado o las características
técnicas de las especies entregadas no concuerde con lo exigido en las Bases y
Especificaciones Técnicas de la propuesta. En este caso, el Servicio no procederá a ninguna
recepción de especies, y se procederá hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de
contrato. (Esta caución aplicará para adquisiciones mayores a las 1.000 UTM).
Ante cualquier incumplimiento del adjudicatario, el SERVICIO DE SALUD IQUIQUE estará
autorizado para cobrar la Garantía inmediatamente, en cualquier momento, sin forma de juicio
ni notificación previa a la empresa, bastando para ello el solo y simple requerimiento a la
entidad emisora del documento. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones civiles, penales o
administrativas que competan al SERVICIO DE SALUD IQUIQUE, todo ello en conformidad con
lo dispuesto en el Artículo No 1.543 del Código Civil.
La multa se descontará del estado de pago o contra cualquiera de las Garantías que estuviesen
vigentes, hasta por el monto de la multa. Si la Garantía se hubiere tomado por un monto
mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el Servicio
consignar a cuenta del Proveedor la diferencia a su favor dentro de quince (15) días de pagada
la multa, la Empresa deberá remitir una nueva garantía, debiendo tener una vigencia y de
monto igual a la garantía inicial.
Si no existiere documento de garantía, o saldo pendiente de precio la multa deberá ser pagada
dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el servicio.
En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no
reajustables hasta la fecha de pago. El Servicio podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial
o extrajudicialmente. Sin perjuicio de lo expuesto, el Servicio podrá compensar lo adeudado,
con cualquiera otra obligación actual o futura en favor del proveedor multado.
29.1. Multa por rechazo injustificado de una orden de compra: En casos en que el
proveedor rechace injustificadamente una orden de compra, esto es, que sea por una causa
distinta a las previstas en estas bases de licitación para el rechazo de ésta, se procederá a
aplicar una multa equivalente al 10% del valor neto de la orden de compra que ha sido
rechazada.
Excepciones: No obstante, si durante la vigencia del contrato (Orden de Compra) se
presentan eventos de fuerza mayor o caso fortuito que impidan al Proveedor dar cumplimiento
oportuno o integro a las órdenes de compra emitidas por el Servicio Salud Iquique para el
HAH, aquel podrá, dentro de las 72 horas (setenta y dos) siguientes al requerimiento
respectivo, comunicar por escrito (vía mail) dicha circunstancia al ejecutivo de compra. En
dicha comunicación el Proveedor deberá explicar el evento de fuerza mayor o caso fortuito
invocado, como este ha provocado el atraso o entorpecimiento e informar el plazo dentro del
cual podrá cumplir con la entrega. Corresponderá a la Contraparte Técnica calificar de manera
exclusiva si los hechos invocados por el Proveedor configuran caso fortuito o fuerza mayor
que exima de la aplicación de multas correspondientes
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30. CAUSALES DE TERMINACIÓN Y MODIFICACION DEL CONTRATO |
El contrato mediante orden de compra y aceptación de bases y especificaciones técnicas podrá
modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
▪ Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
▪ Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
▪ Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato.
▪ Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
▪ Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con
sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la
mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
▪ Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
▪ Las establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la Ley 19.886.
▪ La muerte del proveedor en caso de persona natural o de uno de sus socios en caso de
persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad.
La posibilidad de modificar el contrato no podrá alterarse de la aplicación de los principios de
estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá
aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
Para efecto de aplicar la terminación anticipada de contrato por incumplimiento de una o más
obligaciones establecidas en las bases y en el contrato; el servicio deberá dictar una
Resolución fundada en que consten los antecedentes que justifican la decisión, la cual será
notificada al contratista por carta certificada, al domicilio señalado en el contrato,
entendiéndose ésta notificada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de
correos que corresponda, de conformidad a lo dispuesto en el art 46 de la Ley Nº 19.880.
El contratista dispone de un plazo de cinco días hábiles a contar de la notificación de la
Resolución que aplica la terminación anticipada, para formular sus descargos en relación al
eventual incumplimiento.
La medida definitiva, deberá formalizarse a través de resolución fundada, la que deberá
pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren y publicarse, a más tardar dentro
de las 24 horas de dictada, en el sistema de Información Pública, salvo que concurran alguna
de las situaciones señaladas en el art 62 del Reglamento.
En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880.
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31. REFERENTE TÉCNICO O UNIDAD TÉCNICA/ADMINISTRATIVA DE FISCALIZACIÓN DEL CONVENIO |
Los Referentes Técnicos corresponden al Coordinador de la Unidad de Imagenología
y Jefe de la Unidad de Logística y Distribución del Hospital de Alto Hospicio, o quien
le subroguen. Sus funciones serán:
• Verificar y controlar stock crítico y/o mínimo de los productos requeridos.
• Deberá informar ante anomalías en las recepciones de los productos adjudicados.
• Solicitar, la restitución integra de los productos defectuosos o que no cumpla con las
características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas.
• Deberá verificar la integridad de los productos recepcionados y cerciorarse que
correspondan en términos de calidad y especificaciones técnicas a lo adjudicado.
• Informar a la Contraparte Técnica Administrativa, para solicitar restitución de los insumos
defectuosos o que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas
ofertadas.
• Cerciorarse que las cantidades recepcionados correspondan a las cantidades solicitadas en
la orden de compra.
• Reportar y controlar la ejecución de mantenciones y corrección de fallas del equipo en
comodato. Para este fin, contará con el apoyo de la Unidad de Equipos Médicos y el
Profesional de Continuidad Operacional del CR de Apoyo Diagnóstico y Terapéutico.
Aspectos administrativos del servicio: le corresponde al Jefe de la Unidad de
Abastecimiento del Hospital de Alto Hospicio o a quién él designe para estos efectos
y sus funciones son las siguientes:
• Verificar y controlar la adecuada administración de contratos del respectivo servicio,
referente al cumplimiento de las cláusulas administrativas.
• Deberá verificar la integridad de los servicios y cerciorarse que correspondan en términos
de calidad y especificaciones técnicas a lo adjudicado.
• Solicitar al adjudicado, la restitución integra de los productos defectuosos o que no cumpla
con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. Deberá monitorear
la vigencia de la propuesta y tramitar con antelación la renovación del requerimiento
solicitado en este convenio.
• Deberá realizar el procedimiento de multa ante el incumplimiento por parte del proveedor,
para hacer efectivos los cobros de las multas asociadas.
• Tendrá la responsabilidad de dar término al contrato del adjudicado, en caso de que incurra
en un incumplimiento, según lo establecido en las bases administrativas.
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32. CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio que
conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las
presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar,
difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar,
dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del
contrato como después de su finalización.
Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos,
en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su
responsabilidad será solidaria.
En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo
con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para
cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones
legales procedentes Lo anterior, sin perjuicio de las normas sobre transparencia y publicidad que informan los
procesos de licitación pública y en general el ejercicio de la función administrativa (aplica el
dictamen N° 19.735, de 2011).
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33. CONSTANCIA |
Se deja constancia, que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases
Administrativas Generales, Especificaciones Técnicas y documentos anexos, se entenderán
incorporadas sin necesidad de mención expresa, en los correspondientes Contratos de
Compraventa y Órdenes de Compra que se suscriban o se giren al adjudicatario, y éste se
hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan.
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34. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
Para todos los efectos legales emanados de la licitación a que se refieren estas Bases, así
como de los que se deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la
ciudad de Iquique y prorrogan la competencia ante sus tribunales de justicia.
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