Licitación ID: 1288505-10-LE23
OBRA DE HABILITACION ELECTRICA Y PUNTOS DE RED
Responsable de esta licitación: DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES, DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
habilitación eléctrica y de puntos de red del Depósito Externo del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
OBRA DE HABILITACION ELECTRICA Y PUNTOS DE RED
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Habilitación eléctrica y de puntos de red del Depósito Externo del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES
Unidad de compra:
DIRECCIÓN REGIONAL DE MAGALLANES
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
O'Higgins N° 498
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-10-2023 19:53:00
Fecha de Publicación: 07-09-2023 11:46:00
Fecha inicio de preguntas: 21-09-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 27-09-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-09-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-10-2023 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-10-2023 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-10-2023 17:04:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA, PEDRO MONTT 932 13-09-2023 15:00:00
VISITA A TERRENO OPCIONAL : Solo aquel oferente que haya asistido a la “Visita a terreno obligatoria” podrá participar de una segunda visita de carácter opcional en la fecha indicada en el portal (8° día desde la publicación). Esta tendrá por fin resolver 20-09-2023 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La licitación tendrá el carácter de pública. El llamado, adjudicación, contratación y, en general, todos los procesos de comunicación, adquisición y contratación de esta licitación a que aluden las Bases, se harán a través del Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos del Estado Chileno, www.mercadopublico.cl. Las Bases son obligatorias para todas las personas oferentes y se entenderán aceptadas íntegramente por aquellas por el solo hecho de presentar sus ofertas. Ante cualquier eventual contradicción entre las presentes bases y la información publicada en la caratula de la licitación en el Portal Mercado Público que no haya sido aclarada en un sentido o en otro, deberá entenderse como válido lo señalado en las bases. Las oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas, así como del costo que signifique presentarlas. Será deseable que quienes actúen como proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de los Organismos Públicos, mercado público, al momento de presentar sus ofertas. En todo caso, para celebrar el contrato definitivo a las personas adjudicadas se les exigirá acreditar la inscripción en mercado público. En caso de que quien resulte adjudicado se haya presentado bajo la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, cada proveedor o proveedora de dicha unión deberá inscribirse en mercado público, previo a la celebración del contrato. En caso de que el servicio contratado sea de aquellos en que la ley permite la no celebración de un contrato escrito, quien oferta deberá acreditar la inscripción en mercado público al momento de la adjudicación. La Dirección Regional del Serpat y la Unidad de Proyectos de Inversión de la Subdirección de Planificación y Presupuesto, dependiente del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, actuarán como Unidad Técnica (UT) a cargo para la presente licitación.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica y sus correspondientes Anexos deben ingresarse al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivos adjuntos, indicando detalladamente las características importantes y/o relevantes del servicio (o producto) requerido, según el formato establecido en las Bases Técnicas. Se debe procurar ingresar todos los documentos indicados en la lista de comprobación, Anexo N°7: “Listado y orden de documentos a presentar”.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ser presentada a través del sitio web www.mercadopublico.cl, y se deberán subir todos los antecedentes señalados en este numeral de las presentes Bases. Quienes oferten deberán constatar el envío de sus ofertas económicas través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello deben verificar el despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual debe ser impreso por la parte proponente para su resguardo (no debe adjuntarse con los antecedentes). La única oferta económica válida será la presentada a través del Portal, debidamente establecida en el Anexo N°4 de las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por medio distinto al establecido en estas bases, siendo declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el Anexo señalado. Así también, será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas. En caso de contradicción entre la oferta señalada en el sistema Mercado Público y la presentada en el Anexo N°4, se considerará como válida la indicada en el Anexo N°4. Las propuestas económicas y los antecedentes de quien oferte deben estar presentadas correctamente en tiempo y forma; de no ser así, quedarán excluidas de este proceso. El precio señalado en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto (sin IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el IVA, si correspondiere. Sin perjuicio de lo anterior, la parte oferente deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de ésta. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento establecidas en forma unilateral. Cualquier costo adicional debe ser indicado expresamente. En caso contrario, se asumirá que los costos son exclusivamente los referidos en la propuesta económica. Una vez adjudicada esta Licitación, la oferente no podrá invocar ninguna causa con el ánimo de aumentar el valor adjudicado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Fotocopia de la cédula nacional de Identidad
-  Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII o documento idóneo que así lo acredite
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Fotocopia del RUT de la persona jurídica.
- I18n entry not found:  Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
- I18n entry not found:  Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Este ítem evaluará la experiencia demostrable del oferente, las que deben ser detalladas en Anexo N°6 con sus verificadores correspondientes indicados en la siguiente tabla: HITO MEDIO DE VERIFICACIÓN Fecha de Inicio Factura, Orden de compra, contrato firmado, o certificado de experiencia emitido por el mandante o acta entrega terreno. Fecha de Termino Factura, Orden de compra, contrato firmado, o certificado de experiencia emitido por el mandante o acta entrega terreno. Monto Contrato Facturas, Orden de compra o contrato firmado, o certificado de experiencia emitido por el mandante. Trabajo Realizado Términos de referencia, certificado te1 o contrato firmado que incluya términos de referencia, o certificado de experiencia emitido por el mandante. El documento debe ser explicito en mencionar los trabajos afines. En el caso de que sea una partida específica, se debe acompañar el itemizado original que indique la valoración de esta. Potencia Instalada Términos de referencia, certificado te1 o contrato firmado que incluya términos de referencia, o certificado de experiencia emitido por el mandante. El documento debe ser explicito en mencionar la potencia total instalada. En el caso de que sea una partida específica, se debe acompañar el itemizado original que indique la superficie de esta. La Comisión Evaluadora, en caso de ser necesario para la correcta evaluación del presente criterio, podrá contactar directamente a los mandantes citados por el proveedor evaluado en su Anexo N°6, a fin de confirmar dicha información proporcionada y su recomendación por los servicios prestados. Lo expuesto, podrá ser realizado a través de vía telefónica o correo electrónico informado, y constatado debidamente en la respectiva Acta de Evaluación. Para determinar la pertinencia de la experiencia indicada en el Anexo N°6 se considerará el inicio de la obra demostrado en la fecha de emisión del documento de inicio y esta no podrá ser anterior al 1 de enero de 2018. El término del contrato deberá ser previo a la publicación de la licitación en el Portal de Mercado Público. Se entiende como “trabajo afín a los solicitados o en materia de la presente licitación” las obras y trabajos que consideren instalaciones de red de datos y eléctricas comerciales o industriales. La información contenida en los medios de verificación y el Anexo N° 6 debe ser coincidente entre sí. Los verificadores que no sean coherentes con lo indicado en el Anexo N°6, no serán válidos para su evaluación. Los medios de verificación se deberán adjuntar y estar firmados y/o timbrados por la entidad donde se desarrolló el servicio, a excepción de las Órdenes de Compra, Facturas Electrónicas o Boletas de Honorarios electrónicas. El orden de presentación de los verificadores está indicado en el Anexo N°6. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (15%) PONDERACIÓN 10 o más trabajos demostrables en materia de la presente licitación, por un monto mínimo de $10.000.000.- IVA incluidos, realizados en los últimos 5 años. 15% 8 a 9 trabajos demostrables en materia de la presente licitación, por un monto mínimo de $10.000.000.- IVA incluido, realizados en los últimos 5 años. 10% 6 a 7 trabajos demostrables en materia de la presente licitación, por un monto mínimo de $10.000.000.- IVA incluido, realizados en los últimos 5 años. 7% 4 a 5 trabajos demostrables en materia de la presente licitación, por un monto mínimo de $10.000.000.- IVA incluido, realizados en los últimos 5 años. 3% 1 a 3 trabajos demostrables en materia de la presente licitación, por un monto mínimo de $10.000.000.- IVA incluido, realizados en los últimos 5 años. 1% No presenta experiencia demostrable en materia de la presente licitación, por un mínimo de $10.000.000.- y/ o no presenta Anexo N°5 0% No se considerarán verificadores válidos, aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados. 15%
2 Plazo de Entrega El plazo máximo para la prestación de los servicios es de 30 días corridos. El oferente que presente una propuesta que exceda los tiempos indicados, será declarado inadmisible, por no ser de interés para la institución. Para efectos de la evaluación del plazo, se considerará el tiempo en días corridos declarado en la Carta Gantt e indicados en el Anexo N°5: Plazos. PLAZO DE EJECUCIÓN (10%) PONDERACIÓN Plazo de ejecución del servicio solicitado en 15 y 20 días corridos 10% Plazo de ejecución del servicio solicitado entre 21 y 30 días corridos 5% Plazo Inferior a 15 días o superior a 30 días corridos INADMISIBLE 10%
3 Servicio Post Venta 6.5.4. De la evaluación de la Garantía de Post Venta (10%) La evaluación del plazo de Garantía de Post Venta (Anexo N°5), se realizará según la siguiente fórmula: POE: (OEB/OEE) x 10% Dónde: POE : Puntaje del Plazo en Evaluación OEB : Oferta de Plazo más Baja OEE : Oferta de Plazo en Evaluación Los oferentes deberán garantizar los trabajos realizados por el plazo ofertado, el que no podrá ser inferior a 6 meses, en caso de ser menor o de no señalar garantía la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la Institución. 10%
4 Tiempo respuesta a fallas o emergencias Durante el plazo de garantía el contratista deberá hacerse presente en el recinto en un plazo máximo de 48 horas, y dependiendo de la gravedad, corregirla en el plazo mínimo según instrucción de la Unidad Técnica, realizando faenas de contención de ser necesario (en caso de ser mayor o de no señalar plazo, la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la Institución). Para efectos de la evaluación se considerará el tiempo en horas y se debe indicar en el Anexo N°5. Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: POE: PM / PE x (5%) Donde: POE: Puntaje de oferta en evaluación. PM: Plazo menor. PE: Plazo en evaluación. 5%
5 Plan de trabajo y calidad técnica El oferente deberá entregar obligatoriamente un plan de trabajo y calidad técnica, claro y específico (en formato PDF) de las actividades, materiales, equipos a utilizar y plazos e hitos de la presente licitación exigidos en las bases técnicas. El plan de trabajo consta de: a. Carta Gantt Detallada (obligatoria) b. Las características técnicas de los productos a utilizar (con fichas técnicas). c. Los sistemas de aplicación, las herramientas y maquinarias a utilizar. d. Las cuadrillas de trabajadores comprometidas para las diversas faenas. e. Las medidas de seguridad en los trabajos. PLAN DE TRABAJO Y CALIDAD TÉCNICA (20%) PONDERACIÓN El plan de trabajo presentado es detallado y completo, presentando todos los antecedentes solicitados. 20% El plan de trabajo le falta como máximo dos puntos de los antecedentes solicitados, con excepción de la Carta Gantt y/o le falta claridad y requiere aclaraciones, las cuales deberán ser respondidas en 2 días corridos según el punto 5.3. 11% Al pla 20%
6 Curriculum profesional de Obra 6.5.6. Curriculum Profesional de Obra (4%) El oferente deberá presentar el curriculum del Encargado de obra de acuerdo con lo indicado en las bases técnicas en el punto 6. EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL DE OBRA (4%) PONDERACIÓN La empresa presenta el curriculum de acuerdo con la indicado en las bases técnicas. 4% El oferente presenta un curriculum que no cumple con la indicado en las bases técnicas. 0% Nota. La presencia del profesional de obra cumpliendo lo indicado en las bases técnicas será indispensable para el inicio de las faenas, y su no presencia significará días de atraso con sus respectivas multas. 4%
7 Cumplimiento de los requisitos Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (4%) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (4%) PONDERACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA (2%) 2% Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% DOCUMENTOS LEGALES (2%) 2% Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y Anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y Anexos requeridos en las bases), a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0% La no entrega de los documentos señalados anteriormente, a solicitud del Serpat, en el plazo establecido en el numeral 5.3., implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible. oferta presentada será declarada inadmisible 4%
8 Pacto de Integridad El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen Nº E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Ver bases PUNTO 6.5.7 2%
9 Precio La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula: POE: (OEB/OEE) x (30%) Donde: POE : Puntaje de la Oferta Económica en Evaluación OEB : Oferta Económica más Baja OEE : Oferta Económica en Evaluación 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: UPI Y DIRECCIÓN REGIONAL MAGALLANES
Monto Total Estimado: 14000000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible para esta licitación
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 30 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Paola Gonzalez Martinez
e-mail de responsable de pago: paola.gonzalez@patrimoniocultural.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sylvia Monrroy Alveal
e-mail de responsable de contrato: sylvia.monrroy@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2746418-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
Fecha de vencimiento: 02-02-2024
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del Proveedor/a, según lo dispone el Artículo 11° de la Ley N°19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del Artículo 31° del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la vista, irrevocable y a la orden del “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “Obras de habilitación eléctrica y de puntos de red para el Depósito Externo de Colecciones del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario”. Dicha garantía será recibida al Adjudicatario/a a cambio de la Garantía de Seriedad de la Oferta. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos y ser equivalente al diez por ciento (10%) del precio total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos. En conformidad con el inciso tercero del Artículo 68° del DS N°250, Reglamento de la Ley N°19.886, la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que el adjudicatario/a no entregue la Garantía de acuerdo a los plazos establecidos en el punto 1.2. de las Bases Administrativas, el Serpat podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar a la segunda mejor evaluada. Así también, el Serpat podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva Garantía si el adjudicatario/a demora en la firma del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el punto 1.2. de las Bases Administrativas. En caso de cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el monto de la misma será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
Glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “Obras de habilitación eléctrica y de puntos de red para el Depósito Externo de Colecciones del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario”.
Forma y oportunidad de restitución: El Serpat devolverá la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Unidad Técnica del Contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de Garantía
   
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
Fecha de vencimiento: 06-11-2023
Monto: 5 Peso Chileno
Descripción: Previo a la recepción final o provisoria de las obras a entera satisfacción del Serpat, el contratista deberá entregar una garantía de Buena Calidad de las Obras, equivalente al 5% del precio del contrato, con una duración igual al plazo ofertado, en conformidad a los términos contemplados en el punto 6.5.4, de las presentes bases, expresado en días corridos contar de la fecha de la recepción final o provisoria. Anexo N°5. Esta garantía, se materializará mediante Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de seguro, Certificado de Depósito o Seguro de Garantía que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución con oficinas en la República de Chile, a la vista, irrevocable y a la orden de “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”, con la siguiente Glosa: “Para Garantizar la Buena calidad de las Obras de habilitación eléctrica y de puntos de red para el Depósito Externo de Colecciones del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario” Dicha garantía será devuelta al contratista después de transcurrido el plazo de su vigencia, y siempre que hasta esa fecha las obras se encuentren en perfecto estado de funcionamiento, lo que será verificado por el Serpat y documentado en un informe que concluirá sobre el giro o devolución de la garantía.
Glosa: “Para Garantizar la Buena calidad de las Obras de habilitación eléctrica y de puntos de red para el Depósito Externo de Colecciones del Museo Regional de Magallanes y Punto de Préstamo Bibliotecario”
Forma y oportunidad de restitución: Dicha garantía será devuelta al contratista después de transcurrido el plazo de su vigencia, y siempre que hasta esa fecha las obras se encuentren en perfecto estado de funcionamiento, lo que será verificado por el Serpat y documentado en un informe que concluirá sobre el giro o devolución de la garantía
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Serpat podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. d Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. e Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4° de la Ley N°19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En cualquiera de los casos, el Serpat hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado
Resolución de Empates

En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:

  1. Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en el Plan de Trabajo Si no se desempata con lo anterior,
  2. Desempatará aquella que presente mayor puntaje en Experiencia del Oferente. Si no se desempata con lo anterior,
  3. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en Garantía de post venta.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación, dgamagallanes@patrimoniocultural.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Conforme al Artículo 40° Inciso 1° del Reglamento de la Ley N°19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Asimismo, de acuerdo al Artículo 40° Inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 2 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.


Pacto de integridad

El Pacto de Integridad como medida para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de compras públicas, según el Dictamen Nº E370752 de Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023, es un criterio de evaluación para mejorar la transparencia y la participación y prevenir la corrupción en la contratación pública. Este pacto contiene  compromisos con el objeto de mantener una conducta honrada y transparente de los oferentes en el proceso de contratación administrativa.

Para darle más sustento a este criterio de evaluación (para medirlo y asignarle puntaje) el oferente, ya sea la empresa o persona natural, deberá presentar su programa de pacto de integridad, su difusión y control. Para ello podrá adjuntar un listado de los trabajadores con su firma indicado que conocen y aplican el pacto de integridad de la empresa, como también alguna política o reglamento interno que hayan aplicado. El punto anterior, será revisado según lo indicado en el Anexo N°9
Union Temporal de Proveedores
 Documento que formaliza la Unión Temporal, estableciendo la responsabilidad solidaria entre las partes, la identificación del representante legal con poderes suficientes, y la vigencia de esta unión, la que no podrá ser inferior al plazo del servicio en licitación, incluyendo la posible renovación, si se contemplare.  Fotocopia de los RUT y cédulas de identidad de las personas jurídicas o naturales participantes. La falta de cualquiera de los documentos anteriormente explicitados al momento de la apertura de las ofertas, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible, salvo la excepción establecida en el punto 5.3.
Presentación de antecedentes del adjudicatario para la celebración del contrato
Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes Laborales emitido por la Inspección del Trabajo, con vigencia a la fecha del contrato. Además, en caso de tratarse de personas jurídicas, estas deberán presentar los siguientes documentos: a) Copia simple de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre de los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están investidos para representarla y obligarla. b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. En virtud de lo establecido en el Artículo 67° bis del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886, las personas jurídicas y/o naturales que se adjudiquen un proceso licitatorio igual o superior a 1.000 UTM, y que hayan concurrido a través de una Unión Temporal de Proveedores, deberán, para efectos de la celebración del contrato, suscribir en Escritura Pública la formalización de ésta, incorporando todas las exigencias legales y reglamentarias señaladas en la norma recién indicada. Lo anterior, sin perjuicio de lo exigido en el numeral 5.2 de estas Bases Administrativas, referente a los antecedentes legales para la presentación de ofertas; esto implica la obligatoriedad de presentar, conjuntamente con la oferta, documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La adjudicación queda condicionada a que los documentos exigidos al tiempo del contrato sean entregados en la forma y con los requisitos exigidos en estas bases. De acuerdo con el Artículo 4° de la Ley N°19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, la parte Adjudicataria será considerada inhábil para contratar, pudiendo el Serpat hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a readjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación. Asimismo, en caso de que la adjudicataria no concurra a suscribir el contrato o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para este efecto por el Serpat, se entenderá que ésta no acepta la adjudicación, pudiendo el Serpat hacer efectiva su garantía de seriedad de la oferta. Además, el Serpat podrá adjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación.
Posibilidad de presentar más de una oferta
Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación. De exigirse garantía de seriedad de la oferta, cada una de las ofertas deberá tener asociada su propia garantía de seriedad
Recepción de las propuestas
La fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas técnicas, económicas y de los antecedentes de la parte proponente, serán las señaladas en los antecedentes de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo señalado en el portal, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, quienes presenten una propuesta no la podrán retirar ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Las ofertas tendrán una vigencia de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
Revocación o suspensión de la licitación
En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el Serpat podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61° de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
Adjudicación
La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del Serpat señalado en el numeral 6.1. de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases. El Serpat se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del Serpat. Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicacion
En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el Serpat informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Del Contrato
El contrato escrito será elaborado por el Serpat de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquellas. En el contrato deberá quedar establecido que el proveedor/a será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el Serpat no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley N°20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley N°19.886. El contrato que el Serpat suscriba con la parte oferente seleccionada, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
Plazo de Vigencia del contrato
El contrato tendrá la vigencia propuesta por el adjudicatario en su oferta, expresada en días corridos a contar de la fecha señalada en el acta de entrega del terreno. Siendo el plazo mínimo para la prestación de los servicios de 15 días corridos, y el plazo máximo de 30 días corridos. En caso contrario, la oferta será declarada inadmisible por no ser del interés de la institución. Dicho plazo comenzará a regir a contar del acta de entrega del terreno. Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el Serpat, se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato ante lo cual el proveedor deberá ampliar el plazo de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
12. Posibilidad de aumento o disminución de los servicios y servicios complementarios
En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el Serpat podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación al aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más el aumento del mismo, no podrá superar el monto del rango de la licitación. Asimismo, se podrá contratar alguno de los servicios complementarios tipificados en las bases técnicas, pero, en cualquier caso, los aumentos de contratos más la contratación de servicios complementarios, no podrán superar, en su conjunto, el tope señalado en el párrafo anterior. El Serpat se reserva el derecho de contratar los servicios complementarios con la persona adjudicada o con una distinta según lo estime pertinente.
Forma de Pago
El Serpat procederá a efectuar el pago en 1 Estado de Pago por avance físico a partir de los análisis de precios de su oferta económica, que se realizaran de la siguiente manera: ESTADO DE PAGO % AVANCE % DE PAGO RESPECTO DEL MONTO OFERTADO MEDIO DE VERIFICACIÓN Estado de Pago N° 1 100% 100% Recepción conforme de obra y entrega de Certificado TE1 Se entenderá por análisis de avance, la relación entre avance de las distintas partidas indicadas en el Anexo Técnico “Itemizado de Obras” y los valores indicados como precios unitarios o subtotales. De esta forma al lograr el porcentaje de avance indicado se procederá a emitir un “informe de análisis de avance” que lo respalde para proceder al pago. El Pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibido conforme los bienes o productos, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo. Deberá acompañarse un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo (si correspondiere). El documento tributario deberá ser extendido a nombre de: Razón Social : Servicio Nacional del Patrimonio Cultural RUT : 60.905.000-4 Giro : Cultura Domicilio : Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N°498, Comuna de Punta Arenas.
Multas
El Serpat podrá aplicar las siguientes multas: N° CAUSA MULTA A Por cada día corrido de atraso, en la entrega final de los servicios contratados, con un tope máximo de 15 días corridos. 1% del monto total de la orden de compra emitida por la presente licitación B Si se detecta un incumplimiento en las medidas de seguridad del personal, ya sea porque la empresa no entregue a sus trabajadores los materiales, máquinas o insumos necesarios para realizar los servicios encomendados, así como que el jefe de obra no detecte situaciones de riesgo para el personal y del propio edificio, con un tope de 4 multas. 1% del monto total de la orden de compra emitida por la presente licitación D Por cada día corrido de atraso, en el inicio de los servicios contratados, con un tope de 5 días corridos. 1% del monto total de la orden de compra emitida por la presente licitación F No presentación de los especialistas y profesionales definidos en su propuesta de acuerdo con lo exigidos en las bases técnicas. 1% del monto total de la orden de compra emitida por la presente licitación La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente. Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 79° ter del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral, permitirá a el Serpat dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso.
Confidencialidad
El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Termino anticipado del contrato
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley N°19.886. En lo que concierne a la causal de la letra b) del Artículo 13°, y del numeral 2° del Artículo 77°, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: a) Cuando el adjudicatario supere los 15 días de atraso en la entrega final de los servicios de la fecha de término del contrato. b) Cuando el adjudicatario supere las 4 multas por incumplimiento de medidas de seguridad (EPP y herramientas adecuadas) para sus trabajadores y del propio edificio. c) Cuando, habiéndose cursado el tope de 5 multas, el adjudicatario incurra en el incumplimiento de instrucciones realizadas por libro de obras. d) Cuando el adjudicatario demore más de 5 días corridos en poner en marcha el servicio, con respecto a lo comprometido en la oferta. e) Cuando el contratista supere las 5 multas por atraso en la ruta crítica o actividades críticas del Plan de Trabajo y/o con la carta Gantt ofertada. f) Cuando el adjudicatario no cumpla con el Plan de Trabajo y/o con la Carta Gantt ofertada. g) Cuando el servicio prestado sea deficiente. Asimismo, el Serpat podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos: a) Proveedor/a que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. b) Proveedor/a que disuelva la UTP. c) Proveedor/a que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. d) Proveedor/a que incumple las obligaciones laborales y/o previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. La parte Proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por el Proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, pudiendo el Serpat hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 79° ter del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. En cualquiera de los casos señalados previamente, el Serpat podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes
Modificación del Contrato por mutuo acuerdo de las partes
Conforme con lo dispuesto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica Dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
Prohibición de Cesion del contrato
En conformidad con el Artículo 14° de la Ley N°19.886 y el Artículo 74° del Reglamento de la Ley N°19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
Renovación del Contrato
La presente licitación no contempla la renovación del contrato.