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Resolución de Empates |
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En el caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferta evaluada, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
- Se preferirá a aquella que obtenga el más alto puntaje en el Experiencia del Oferente Si no se desempata con lo anterior,
- Desempatará aquella que presente mayor puntaje en la Oferta Económica. Si no se desempata con lo anterior,
- Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en Servicio de Garantía de Post Venta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la Licitación, dgamagallanes@patrimoniocultural.gob.cl, las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. El Serpat contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Conforme al Artículo 40° Inciso 1° del Reglamento de la Ley N°19.886, el Serpat podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Asimismo, de acuerdo al Artículo 40° Inciso 2°, el Serpat podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 2 días corridos, contados desde el requerimiento por parte del Serpat.
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Presentación de antecedentes del adjudicatario para la celebración del contrato |
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Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes Laborales emitido por la Inspección del Trabajo, con vigencia a la fecha del contrato.
Además, en caso de tratarse de personas jurídicas, sea que se hayan presentado por si mismas o asociadas mediante una Unión Temporal de Proveedores, estas deberán presentar los siguientes documentos:
a) Copia simple de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre de los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están investidos para representarla y obligarla.
b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato.
c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato.
La adjudicación queda condicionada a que los documentos exigidos al tiempo del contrato sean entregados en la forma y con los requisitos exigidos en estas bases.
De acuerdo con el artículo 4° de la ley N° 19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, la parte Adjudicataria será considerada inhábil para contratar, pudiendo el SERPAT hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a readjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación.
Asimismo, en caso de que la adjudicataria no concurra a suscribir el contrato o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para este efecto por el SERPAT, se entenderá que ésta no acepta la adjudicación, pudiendo el SERPAT hacer efectiva su garantía de seriedad de la oferta. Además, el SERPAT podrá adjudicar y suscribir el contrato respectivo con quien hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación
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Posibilidad de presentar más de una oferta |
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Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación. De exigirse garantía de seriedad de la oferta, cada una de las ofertas deberá tener asociada su propia garantía de seriedad.
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Revocación o suspensión de la licitación |
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En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el Serpat podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 61° de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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Comisión Evaluadora |
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La evaluación será efectuada por la Comisión Evaluadora, la que se determinará e integrará, conforme al Manual del Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público del Serpat.
Además, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la asesoría y opinión experta de las materias técnicas a revisar durante el proceso de evaluación.
Las personas que integren la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés quienes presenten oferta en esta licitación, para lo cual al momento de la adjudicación se emitirá una declaración jurada firmada por sus integrantes, de acuerdo a la Directiva N°14 de la Dirección de Compras Públicas.
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Adjudicación |
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La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del Serpat señalado en el numeral 6.1. de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases.
El Serpat se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del Serpat.
Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna
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En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación |
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En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el Serpat informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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Readjudicación |
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El Serpat podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria.
b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente.
c) Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato.
d) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta.
e) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del Artículo 4° de la Ley N°19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición
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Del contrato |
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El contrato escrito será elaborado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, aprobado mediante el correspondiente acto administrativo de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquéllas.
En el contrato deberá quedar establecido que el proveedor/a, será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del mismo, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley Nº 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Cabe señalar que el adjudicatario debe apegarse a las disposiciones legales vigentes en materias laborales.
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas y se deberán someter a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
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Plazo de vigencia del Contrato |
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El contrato tendrá una duración de acuerdo a lo ofertado por el adjudicatario (Anexo N° 7) a contar de la fecha del acto administrativo que lo aprueba, según Plazo de Ejecución del oferente y acuerdo entre las partes. En todo caso este plano no podrá superar los 35 días corridos.
Solo por razones fundadas debidamente calificadas por el Serpat, se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato, ante lo cual el proveedor deberá ampliar el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
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Renovación del Contrato |
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La presente licitación no contempla la renovación del contrato.
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Prohibición de cesión del Contrato |
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En conformidad con el Artículo 14° de la Ley N°19.886 y el Artículo 74° del Reglamento de la Ley N°19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
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Subcontratación |
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La parte proveedora podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento del mismo permanecerá en la adjudicada. Tales relaciones laborales se regirán por lo establecido en la Ley N°20.123 sobre subcontratación
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Posibilidad de aumento o disminución de los servicios y servicios complementarios |
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En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el Serpat podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación al aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más el aumento del mismo, no podrá superar el monto del rango de la licitación.
Asimismo, se podrá contratar alguno de los servicios complementarios tipificados en las bases técnicas, pero, en cualquier caso, los aumentos de contratos más la contratación de servicios complementarios, no podrán superar, en su conjunto, el tope señalado en el párrafo anterior.
El Serpat se reserva el derecho de contratar los servicios complementarios con la persona adjudicada o con una distinta según lo estime pertinente
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Forma de pago |
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El Serpat procederá a efectuar el pago en un estado (1) contra recepción conforme de los productos, con sus respectivas garantías, en dependencias del Museo Regional de Magallanes, de la ciudad de Punta Arenas.
El Pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibido conforme los servicios, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo. Con dicho pago, se deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales vigente, emitido por la Inspección del Trabajo, (si correspondiere).
El documento tributario deberá ser extendido a nombre de:
Razón Social : Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
RUT : 60.905.000-4
Giro : Cultura
Domicilio : Libertador Bernardo O´Higgins N°498, Comuna de Punta Arenas.
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Multas |
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El Serpat podrá aplicar una multa equivalente a 0.5 UF por cada día corrido de atraso en la entrega de los servicios contratados, con un tope de 10 días corridos.
La parte proveedora podrá reclamar, ante el Serpat, de los hechos que constituyen los cargos imputados y comunicados dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación de la infracción.
El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente.
Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo, dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 79° ter del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886.
Asimismo, la no entrega del servicio, total o parcialmente, pasado el plazo establecido en el primer párrafo de este numeral, permitirá a el Serpat dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien ella solicita el retraso.
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Confidencialidad |
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El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato.
La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios, o después de su finalización, dará lugar al Serpat a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables
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Término anticipado del Contrato |
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Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley N°19.886. En lo que concierne a la causal de la letra b) del Artículo 13°, y del numeral 2° del Artículo 77°, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos:
1. Cuando no exista prestación del servicio, sin previo y/o acuerdo entre las partes.
2. Cuando el adjudicatario demore más de 5 días corridos en poner en marcha el servicio, sin mediar acuerdo y/o justificación alguna.
3. Cuando el proveedor acumule 5 multas por no prestar un buen servicio de trabajo de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas.
5. Cuando el adjudicatario no preste sus servicios con la necesaria diligencia y cuidado respecto del edificio patrimonial y de las colecciones que forman parte de la unidad.
6. Cuando el servicio prestado sea deficiente.
Asimismo, el Serpat podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos:
a) Proveedor/a que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal.
b) Proveedor/a que disuelva la UTP.
c) Proveedor/a que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
d) Proveedor/a que incumple las obligaciones laborales y/o previsionales hacia sus trabajadores y trabajadoras.
Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat podrá poner término anticipado al Contrato de manera fundada, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor/a por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito.
La parte Proveedora podrá reclamar ante la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará, confirmando el término anticipado del contrato.
No habiéndose presentado descargos por el Proveedor/a, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, debiendo publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, pudiendo el Serpat hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el Artículo 79° ter del DS N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886.
En cualquiera de los casos señalados previamente, el Serpat podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
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Modificación de contrato por mutuo acuerdo de las partes |
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Conforme con lo dispuesto en el Artículo 13° de la Ley N°19.886 y en el Artículo 77° del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica Dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí.
Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013).
Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
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BASES TÉCNICAS |
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El Museo Regional de Magallanes, dependiente del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, requiere contratar “Adquisición de equipamiento especializado para el Museo Regional de Magallanes”, de la ciudad de Punta Arenas, en el marco de la ejecución del Proyecto “Patrimonio a la Mano. Creación de Laboratorio de Digitalización de Bienes Patrimoniales”, presentado en la Convocatoria al Fondo de Acciones Culturales 2024, en la línea de financiamiento de Innovación Pública o Proyecto de Innovación, y aprobado según Of. Ord. N° 222, de 25 de abril de 2024, de la Dirección Nacional del Serpat.
2. Estudio de la propuesta
El proveedor deberá efectuar un estudio acucioso de las bases administrativas y técnicas, y los costos asociados a traslado de bienes hasta Punta Arenas, región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
3. Dependencia donde se entregan los bienes:
Museo Regional de Magallanes, ubicado en calle Hernando de Magallanes N° 949 /Lautaro Navarro N° 949 (frente a Entel), de la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
4. Requerimientos del Servicio:
En palabras de la Ministra del Mincap y de la Subsecretaria del Patrimonio, “la transformación digital trae grandes cambios a nuestras vidas, prácticamente todos los días. Hoy, podemos acceder en tiempo real a contenidos culturales, artísticos y patrimoniales creados en distintos lugares del mundo, lo que también nos permite crear y preservar la identidad y la memoria social de las personas y las comunidades. Pero la importancia que tiene reconocer la necesidad de cuidar de mejor forma y hacer accesible aquellos patrimonios generados de manera análoga que son digitalizados, y a su vez, aquellos que surgen manera digital, es un propósito del Estado”.
“Hacer disponibles más colecciones de museos y bibliotecas y proyectar nuevas experiencias para la ciudadanía vinculadas a esos espacios, son sólo una parte de los grandes desafíos que tenemos por delante. La realidad aumentada o, simplemente, acceder a un sin fin de colecciones desde el computador o celular, impactan de manera importante en la educación patrimonial y la cercanía de millones de personas con su propia historia y patrimonio”.
Tiendo presente lo señalado en la “Estrategia Nacional de Patrimonios Digitales”, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (abril, 2024), como instrumento de gestión, es importante destacar que con ella se busca establecer y articular medidas para la preservación, aumento, puesta en valor y difusión de los patrimonios digitales, considerando el patrimonio nativo digital y la digitalización de material análogo, asegurando la coordinación y la colaboración entre las distintas actorías vinculadas con los patrimonios digitales, así como también entre estos y los distintos niveles de la administración del Estado. En tal sentido, la Estrategia Nacional de Patrimonios Digitales busca “establecer y articular medidas para la preservación, aumento, puesta en valor y difusión de los patrimonios digitales, considerando el patrimonio nativo digital y la digitalización de material análogo, asegurando la coordinación y la colaboración entre las distintas actorías vinculadas con los patrimonios digitales, así como también entre estos y los distintos niveles de la administración del Estado”.
En este contexto, cabe señalar que el Museo Regional de Magallanes (MRM) posee una invaluable colección museal que requiere una catalogación exhaustiva, una documentación visual, y un proceso de preservación digital, que favorezca la conservación, desde la creación de objetos digitales, pero también que favorezca el acceso de usuarios/as desde comunidades remotas. Sin embargo, el MRM carecía de un laboratorio de digitalización de bienes patrimoniales, materia que se aborda a través de la presente licitación, para lo cual se requiere la adquisición de equipamiento especializado.
Plazo: El plazo máximo para la prestación de los servicios y entrega de bienes es de 35 días corridos. Para efectos de la evaluación del plazo, se considerará el tiempo en días corridos declarado en el Anexo N°7.
Equipos (3) y sus características
1) 1 Escaner 3D EinStar de mano con el software Exstar, un maletín de transporte ligero que incluye una serie de accesorios: un estuche de silicona, una guía de introducción al usuario, marcadores de posición, un paño para limpiar la lente, una correa de transporte, fuente de alimentación y cable USB.
Especificaciones:
• Fuente de Luz: Proyección vía luz infrarroja VCSEL y escaneo por luz estructurada
• Distancia entre puntos: 0.1 mm ~ 3 mm
• Distancia de trabajo efectiva: 160 mm ~ 1400 mm
• Distancia de trabajo óptima: 400 mm
• FOV (distancia de trabajo óptima): 434 mm x 379 mm
• Velocidad de escaneo: Up to 14 fps
• Modos de alineado: Por textura / Por geometría / Híbrido / Marcadores globales*
• Escaneo a todo color: Sí
• Escaneo en exteriores: Sí
• Formatos de salida: OBJ, STL, PLY, ASC, 3MF, P3
• Peso del escáner: 0.5 kg
• Dimensiones del escáner: 220 mm x 46 mm x 55 mm
• Dimensiones de la funda del escáner: 245 mm x 245 mm x 90 mm
• Puertos: USB 2.0 o superiores
• SO Compatibles: Windows 10/11 64-bit
2) 1 computador, del tipo Notebook Zbook Fury 16 G10 I7-13700Hx, 32Gb Ram, 2Tb ssd 872W9LA
Especificaciones:
• Pantalla WUXGA de 40,6 cm (16") en diagonal
• Intel® Core™ i7 13700HX
• 32 GB DDR5
• 2 TB Unidad de estado sólido
• Intel® Wi-Fi 6E AX211
• Tarjeta inalámbrica de Intel® Wi-Fi 6E AX211 (2x2) y Bluetooth® 5.3 (compatible con velocidad de datos de Gigabit)
• Sistema Operativo: Windows 11 Pro4
• Ranuras de Memoria
4 SODIMM compatible con doble canal
• Procesador Intel® Core™ i7-13700HX (hasta 5,0 GHz con tecnología Intel® Turbo Boost, 30 MB de caché L3, 16 núcleos y 24 subprocesos) 5,6
• Tipo de batería: Batería de polímero de iones de litio de larga duración HP de 8 celdas y 95 Wh
• Alimentación: Adaptador externo de alimentación de CA de 230 W7
• Teclado: Teclado silencioso HP Premium, resistente a salpicaduras, de tamaño completo y retro iluminado, con teclado numérico y teclas programables
• Cámara: Cámara HD de infrarrojos de 5 MP
• Puertos:
1 RJ-45
1 combinación de auriculares y micrófono
Velocidad de señalización de 5 Gb/s y 1 USB SuperSpeed Type-A (de carga)
Velocidad de señalización de 5 Gb/s y 1 USB SuperSpeed Type-A
1 conector de alimentación
2 ThunderBolt™ 4 con velocidad de señalización de 40 Gb/s y USB4™ Type-C® (USB Power Delivery, DisplayPort™ 1.4, HP Sleep and Charge)
1 HDMI 2.1 y 1 Mini DisplayPort™ 1.4a5,8,9,10,11
3) 1 Impresora 3D CR-M4-impresora 3D de precisión, para prototipos y modelos de alta calidad, con velocidades rápidas y gran volumen de construcción, tamaño de moldeado de *450*470 mm más insumos (filamentos).
Especificaciones:
• Volumen de Construcción Grande: Permite la impresión de piezas grandes o múltiples objetos simultáneamente, optimizando el proceso de impresión.
• Dobles Guías Lineales en Eje Y: Equipada con guías de acero mecanizadas por CNC, ofrece movimientos precisos y soporta cargas pesadas.
• Extrusor Directo “Sprite” de Doble Engranaje: Proporciona una fuerza de extrusión de 80N, ideal para filamentos flexibles como TPU y otros materiales diversos.
• Hot-End de Alto Flujo: Equipado con un cartucho calefactor de 50W y boquilla de alto flujo, alcanza temperaturas de hasta 300 °C para una extrusión uniforme.
• Eje Z Rígido para Mayor Estabilidad: Forma una estructura triangular sólida que garantiza estabilidad y precisión en modelos altos.
• Ventilador 4020 Independiente: Enfriamiento efectivo para reducir la deformación y mejorar el acabado de las impresiones.
• Pantalla Táctil Intuitiva: Una pantalla táctil de 4,3 pulgadas que facilita la previsualización y el ajuste de modelos.
• Fuente de Alimentación de 800 W: Proporciona una operación estable y segura, con protección contra fluctuaciones y sobrecalentamiento.
• Nivelación Automática y Ajuste de Z-Offset: Asegura una calibración precisa y rápida de la superficie de impresión.
• Plataforma de Impresión Flexible: Compuesta por una placa de acero para muelles con recubrimiento especial de PC y una base magnética, facilita quitar las impresas de la base de impresión.
• Resolución y Precisión: Altura de capa de 0.05 – 0.35 mm y resolución de 0.1 mm con boquilla de 0.4.
• Seguridad y Confiabilidad: Incluye sensor de final de filamento y función de recuperación de impresión ante cortes de energía.
• Tamaño y Peso Total: 655 mm x 700 mm x 865 mm con un peso de 22,48 kg.
• Filamentos de diámetro: 1,75 mm. Tipos: PLA, PA (Nylon), ABS, PLA-WOOD, PLA-CF, TPU, PETG, entre otros. INCLUIR PARA ESTA ADQUISICIÓN CARRETES DE FILAMENTO TIPO PLA SUNLU, de los siguientes colores y cantidad: PLA Blanco SUNLU 02 unidades; PLA Café SUNLU 02 unidades; PLA Gris SUNLU 02 unidades; PLA Negro SUNLU 03 unidades; PLA Piel SUNLU 02 unidades; PLA Rojo SUNLU 01 unidad; PLA Purpura SUNLU 01 unidad; PLA Verde SUNLU 01 unidad.
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