Licitación ID: 1295444-4-LE24
ARRIENDO DE CONTENEDOR Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
Responsable de esta licitación: CORPORACIÓN SOCIAL Y CULTURAL DE CONCEPCIÓN-SEMCO, CEMENTERIO GENERAL DE CONCEPCIÓN
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Productos o servicios
1
Recolección, transformación o eliminación de residuos líquidos 10 Unidad
Cod: 76121502
Servicio mensual de arriendo de contenedor abierto, manejo y transporte a disposición final de residuos por un periodo de diez meses  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ARRIENDO DE CONTENEDOR Y TRANSPORTE DE RESIDUOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de arriendo mensual de contenedor abierto de 20 metros cúbicos, manejo y transporte a disposición final de residuos del Cementerio General de Concepción, por un periodo de diez meses, según bases técnicas de licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORPORACIÓN SOCIAL Y CULTURAL DE CONCEPCIÓN-SEMCO
Unidad de compra:
CEMENTERIO GENERAL DE CONCEPCIÓN
R.U.T.:
70.942.400-9
Dirección:
Avda. Rodolfo Briceño 1995, Lorenzo Arenas
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-04-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 25-03-2024 16:29:00
Fecha inicio de preguntas: 25-03-2024 17:01:00
Fecha final de preguntas: 03-04-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-04-2024 12:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-04-2024 12:01:00
Fecha de Adjudicación: 12-04-2024 10:23:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 18-04-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Identificación de oferente
2.- Anexo N° 1-A: Identificación UTP
3.- Anexo N° 2: Declaración Simple
4.- BASES DE LICITACIÓN
5.- COMISIÓN EVALUADORA
6.- bases
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 4 Experiencia del oferente
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 Oferta económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos El oferente que, ingrese su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, obtendrá 10 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación de las ofertas, en conformidad con lo dispuesto en el Art. Nro. 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886, obtendrá 0 puntos. 15%
2 Experiencia de los Oferentes Se evaluará considerando la experiencia del oferente, en provisión contenedores y servicios de manejo y transporte de residuos, basada en cinco años de experiencia demostrable con contratos ejecutados o en ejecución, con cementerios públicos o privados o similares. Se deberá acreditar la experiencia, a través, del ANEXO N° 4 de las presentes bases, además, de adjuntar contratos, órdenes de compra u otro similar. Asignándose 25 puntos al proveedor que acredite experiencia mínima de cinco años y 0 puntos en caso de no contar con la experiencia en el tiempo mínimo requerido. 25%
3 Precio • Oferta económica: Para la evaluación de este criterio se considerarán tres factores, cada uno evaluado por separado. Arriendo de contenedor 20 puntos Retiro de contenedor 20 puntos Disposición final 20 puntos Cada criterio se evaluará con la siguiente fórmula POE: (20%) x (OEB/OEE) Donde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Requisición 664
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Se podrá renovar mediante resolución fundada, por 1 período, siendo facultativo para La Corporación, la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según evaluación del proveedor, valores de mercado y presupuesto disponible.
Observaciones El precio que señalen los oferentes en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto sin IVA. Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el oferente indique
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Paola Leal
e-mail de responsable de pago: pleal@semco.cl
Nombre de responsable de contrato: Carolina Neira Zapata
e-mail de responsable de contrato: cneira@semco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2853892-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licit
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Social y Cultural de Concepción - SEMCO
Fecha de vencimiento: 30-05-2025
Monto: 10 %
Descripción: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 68 del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. La Garantía de Fiel Y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos chilenos u otra moneda o unidades de fomento según corresponda y ser equivalente al diez por ciento (10%) del precio total del contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato incrementado en 90 (noventa) días corridos.
Glosa: “Arriendo contenedores y manejo y transporte de Residuos”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de esta garantía tendrá un plazo de 2 días hábiles, luego de la recepción conforme de los servicios contratados, una vez finalizado el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
COMISIÓN EVALUADORA
La resolución que constituye la Comisión Evaluadora debe indicar el ID de la licitación e identificar a sus miembros, con su nombre completo y RUT. Debe remitirse copia de esta resolución al Administrador del Sistema de Chile Compras, al momento de estar totalmente tramitada. El responsable de la licitación respectiva será responsable de que dicha copia se remita oportunamente a dicho Administrador. En el caso de licitaciones de gran complejidad y en todas aquellas superiores a 500 UTM, la evaluación de las ofertas que se presenten a propuestas públicas o privadas, a que la Corporación, estará integrada de la siguiente manera: 1. Un representante del Área de Administración y RR.HH. de la Corporación SEMCO, 2. Un profesional de la Dirección correspondiente, 3. Director de la unidad requirente, o quien se designe, 4. Secretario General, o quien él designe. Dicha comisión tendrá un plazo máximo de dos días hábiles, contados desde la fecha de apertura de ofertas, para evacuar el informe correspondiente al Director respectivo. En caso de ser necesario se autorizará un plazo mayor, mediante autorización previa. La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl La Comisión de Evaluación tendrá libertad para incluir, dentro de la tabla de ponderación, subfactores que considere importantes, siempre y cuando éstos sean parte de la suma total de cada factor de ponderación y estén contemplados en las Bases de Licitación, pudiendo elaborar pautas que precisen la forma de calificar los factores y subfactores previamente definidos.
RENOVACIÓN DE CONTRATO
Dada la especial naturaleza de los servicios requeridos; esto es, proveer el servicio de “Arriendo contenedores y manejo y transporte de residuos”, para el Cementerio General de Concepción, ubicado en Avda. Rodolfo Briceño 1995, sector Lorenzo Arenas, Concepción, se podrá renovar mediante resolución fundada, por 1 período, siendo facultativo para La Corporación, la autorización de la renovación y la determinación del plazo, según el análisis de gestión del contrato, evaluación del proveedor, valores de mercado y disponibilidad presupuestaria. De renovarse el contrato, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento. En este caso, el precio se reajustará de acuerdo al porcentaje de variación experimentado por el IPC del periodo de vigencia del contrato anterior, en base a la información dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadísticas, a la fecha de la resolución que aprueba la renovación del contrato.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE CONTRATO
En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO: por mutuo acuerdo de las partes
Conforme con lo dispuesto en el Art. Nro. 13 de la Ley N°19.886 y en el Art. Nro. 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por la Corporación Social y Cultural de Concepción - SEMCO, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019; N°7.958 de 2017; N°39.361 y N°63.020, ambos de 2013). Serán principios rectores de este tipo de modificación contractual, el de estricta sujeción a las bases y el de igualdad de los oferentes, los que no podrán alterarse sustancialmente.
SUBCONTRATACIÓN
El proveedor no podrá subcontratar ninguno de los servicios encomendados, el incumplimiento de esta prohibición de parte del mismo, se considerará de carácter grave, facultándose a la Corporación SEMCO para poner término anticipado al contrato, sin derecho de indemnización de ningún tipo para el proveedor.
PAGO
La Corporación procederá a efectuar pagos mensuales y sucesivos previa recepción conforme por parte de la unidad técnica a cargo, lo cual se realizará de la siguiente manera: Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresa constancia que este será pagado una vez recibido conforme los servicios contratados, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe del servicio emitido por la entidad licitante. La facturación deberá efectuarse a nombre de: Razón Social: Corporación Social y Cultural de Concepción – SEMCO Rut: 70.942.400-9 Giro: Servicios Domicilio: Tucapel N° 366, piso primero, Concepción IMPORTANTE: NO se acepta la CESIÓN DE FACTURAS, tampoco la factorización, a sólo arbitrio del Proveedor, sin requerir del consentimiento previo y expreso de la Corporación SEMCO, sin perjuicio de las excepciones que las leyes contemplen.
Resolución de Empates

En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una mejor propuesta económica será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo criterio de desempate corresponderá a experiencia del oferente, por lo tanto, quien tenga mejor puntaje en este ítem será el adjudicado. Si aplicadas las reglas anteriores persiste el empate, se decidirá conforme el criterio cumplimiento de requisitos formales, por lo tanto, quien obtenga el mayor puntaje en este criterio será el adjudicado. 

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl  

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 2 días corridos, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún colaborador de la Corporación SEMCO en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DESERCIÓN DE LA LICITACIÓN:
La Corporación SEMCO, declarará inadmisible cualquier oferta por: a) Contener información errada o no fidedigna. b) No sujetarse total o parcialmente a lo exigido en las Bases Técnicas y Administrativas. Exceder éstas los marcos presupuestarios, considerados para esta licitación. c) Existir razones técnicas para ello, derivadas del proceso de evaluación de las Ofertas. d) No acreditar la personería o poder suficiente conforme a la cláusula de adjudicación de las presentes Bases Administrativas o no presentar patente municipal al día. La Corporación declarará desierta la licitación: e) Si no se presentaren ofertas. f) Si las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación, conforme los principios de transparencia, competitividad, economía, ahorro, eficacia, eficiencia y alta calidad en los servicios contratados. g) Igualmente, la Corporación SEMCO tiene la facultad de dejar sin efecto la licitación, cuando razones administrativas, presupuestarias o técnicas así lo aconsejen o, razones legales así lo determinen, lo que será debidamente informado, a través, del Portal de Mercado Público. Ninguna de estas decisiones dará derecho de tipo alguno a reclamar indemnización de cualquier especie o causa por parte de los oferentes.