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Bases |
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Esta licitación se rige por las presentes Bases Administrativas y Técnicas de licitación que se encuentran publicadas en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl y en lo no previsto por estas bases, por las normas de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Asimismo, forman parte de estas bases de licitación, las aclaraciones que emita CONAF, a través de la página www.mercadopublico.cl, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad Foro del mencionado portal de compras. Las ofertas que no se presenten dentro del plazo indicado no podrán participar en la Licitación. Asimismo, la Corporación podrá excluir de la Licitación aquellas que no reúnan las condiciones establecidas en estas bases.
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Complementación o modificación de las bases |
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CONAF podrá complementar o modificar las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases.
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Fecha de la adjudicación |
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En caso de no cumplirse con el plazo máximo de adjudicación indicado en el cronograma de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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Objetivo específico de la licitación |
La Corporación requiere contratar a un(a) contratista o proveedor(a) para que ejecute el mejoramiento y mantención de senderos de recreación y turismo, en la Reserva Nacional Llanquihue.
Los trabajos que se requieren tienen el objetivo de mejorar el estándar del sendero construido en el sector de Río Blanco, de la Reserva Nacional Llanquihue, dicho predio cuenta con una gran superficie de bosque nativo, y el objetivo principal es mejorar la seguridad mediante la implementación de pasamanos del sendero, por el que transitan los visitantes.
Los trabajos deberán desarrollarse en el siguiente predio:
Cuadro N° 1: Propietario y ubicación.
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ID
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Propietario
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Comuna
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Localidad
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E
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N
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Huso
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1
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CONAF
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Puerto Montt
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Río Blanco
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697098.36
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5415545.84
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18
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La ubicación en terreno, el presupuesto asignado y los trabajos a desarrollar en el predio se individualizan en el Anexo técnico de las bases técnicas, denominado “Ficha requerimientos técnicos de mejoramiento de sendero”.
En la siguiente tabla se indica el presupuesto total asignado:
Tabla N°1: Presupuesto.
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Provincia, área de trabajo
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Actividad
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Requerimiento (m)
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Total asignado
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($) IVA incluido
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Provincia de Llanquihue, comuna Puerto Montt
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MEJORAMIENTO Y MANTENCIÓN DE SENDERO
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450
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$ 8.395.600
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TOTAL
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$ 8.395.600
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Sin perjuicio de lo anterior CONAF podrá proponer, modificar o ampliar las actividades de trabajo en un mismo sendero, para lo cual, deberá existir acuerdo entre las partes, todo ello para el buen desarrollo del trabajo encomendado y dentro del presupuesto destinado para tales actividades. Todos los materiales descritos en estas bases serán entregados por CONAF, ubicados en el Centro de Acopio de Chin Chin, en la ciudad de Puerto Montt, y será exclusiva responsabilidad del contratista el traslado de dichos materiales hasta el Sendero de Río Blanco, ubicado en la Reserva Nacional Llanquihue y ejecutar las actividades descritas. Además, el/la contratista deberá retirar del predio todos los desechos generados y teniendo cuidado al aplicar productos como el carbolíneo y/o combustibles necesarios para la ejecución de las actividades. El tipo y cantidad de materiales para realizar las actividades descritas y detalladas en las bases son meramente referenciales y estimadas, por lo cual su cambio o reemplazo podrá ser evaluada y aprobadas por CONAF, sin que esta acción sea un menoscabo a la calidad y/o seguridad de los solicitado originalmente y sin exceder el presupuesto original.
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Plazo de ejecución del servicio |
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El plazo de ejecución del servicio para el Mejoramiento y Mantención de Sendero Río Blanco tendrá como como fecha final de término de servicio es el 30 de noviembre de 2024, o aquella fecha que técnicamente CONAF proponga como máximo de ejecución, en común acuerdo con el contratista, de acuerdo con lo indicado en la cláusula “Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras”. Para todos los estados de pago – se considere uno o más estados de pago – el contratista deberá cumplir con todos los requisitos señalados en el punto “Acceso a estado de pago” de las presentes bases administrativas.
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Modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras |
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Sea el caso que, por razones climáticas o por razones técnicas fundadas se requiera modificar el plazo de ejecución del servicio del contrato, la Corporación podrá excepcionalmente modificar el plazo del presente contrato, siempre y cuando el adjudicado posea la capacidad técnica y presupuestaria para finalizar las actividades faltantes. De igual forma, si por las razones mencionadas anteriormente se requiere un cambio de actividades dentro de un mismo predio, éste se podrá realizar siempre que exista un acuerdo entre ambas partes. Si estas modificaciones requieren un aumento de presupuesto, el monto a aumentar para completar los servicios no podrá exceder el 30% del total adjudicado y se deberán respetar los mismos valores ofertados para cada actividad, o existir un acuerdo para valorizar las eventuales nuevas actividades, siempre y cuando exista el presupuesto para dichas actividades. En caso de modificación del plazo del contrato y/o aumento de presupuesto, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, con fecha de vigencia de acuerdo con la nueva fecha de término de contrato y/o del 10% del aumento de presupuesto. La garantía deberá ser entregada en un plazo máximo de 5 días hábiles después de notificada la aprobación de la modificación del plazo de ejecución y/o aumento de obras, y deberá proceder con el mecanismo de entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Características del oferente |
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Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
Quedan excluidos quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal. Asimismo, quedarán excluidos de participar los funcionarios de la Corporación, o personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 56 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente una Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° 1 y 2 de la Ley 20.393.
Por último, se excluyen además todas las personas naturales o jurídicas que en los últimos cinco años hayan sido objeto de término anticipado de contrato por incumplimiento de las faenas o actividades contratadas por la Corporación Nacional Forestal.
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Requisitos de los oferentes |
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Los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Ser personas naturales o jurídicas, que tengan inicio de actividades en obras de construcción, obras menores u otro relacionado con las actividades licitadas.
• No ejercer funciones de supervisión, control o recepción de cualquier tipo de actividad o faenas que se amparen en algún contrato del Programa de Restauración de bosques nativos a gran escala – Siembra por Chile impulsado por CONAF.
• No haber sido sancionado por incumplimientos de faenas o actividades contratadas y sujetas a término anticipado de contrato por parte de CONAF en los últimos 5 años.
• Poseer experiencia verificable en la ejecución de faenas de mantención de senderos, construcción de escalinatas, escaleras, pasamanos, puentes y en general, mantención y mejoramiento de obras menores, u otras mejoras en áreas de recreación y turismo tales como infraestructura peatonal, construcción de áreas de camping o recintos recreacionales, construcción de cerco y despeje o limpia de vegetación de calzada y faja área en senderos rurales.
• La experiencia deberá ser comprobada mediante documentos que así lo acrediten, tales como, certificados, copias de contrato, finiquitos, facturas, informes técnicos, carta firmada por personas que hayan recibido conforme el servicio del contratista o cualquier documento de empleadores y organizaciones en que se acredite la ejecución con recepción conforme de lo solicitado. Para el caso de particulares que extiendan certificación de experiencia, se deberá adjuntar en la misma copia digital de la cédula de identidad de quien acredita y número de contacto. CONAF se reserva el derecho de verificar la información entregada.
• En caso de que el documento acredite claramente la ejecución conforme de la actividad, se solicita adjuntar solo un documento por experiencia (certificado, copia de contrato, finiquito, factura, informe técnico, carta u otro), en caso contrario, deberá complementar los documentos presentados para su total acreditación. Para ello deberá completar el Anexo N°2 y adjuntar los documentos que lo respalden. La experiencia deberá estar referida a la persona natural o jurídica que oferta, en el caso de las personas jurídicas, también se considerará la experiencia referida al/la representante legal.
• Proporcionar de manera permanente los Elementos de Protección Personal (EPP) y de Higiene Personal adecuados al trabajo a desarrollar en terreno (gorros, lentes de protección, casco, zapatos de seguridad, bloqueador solar, guantes, entre otros que se estimen convenientes para la seguridad).
• Cumplir plenamente con las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, la cual regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios. La normativa citada puede ser encontrada en el Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, que rige las operaciones de CONAF en todo el territorio. Este reglamento se encuentra como archivo adjunto en las presentes bases.
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Apertura electrónica de las ofertas |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras del Estado y será efectuada por el Profesional Administrativo del Programa Siembra por Chile, Encargado Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos Provincial, Abogado(a) de Unidad Jurídica Provincial o quien éstos designen correspondientemente. La apertura considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases técnico-administrativas de la presente licitación.
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de apertura electrónica de las mismas.
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Presentación de ofertas técnicas y económicas |
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Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas. Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el ofertante para su resguardo.
Las ofertas deben presentarse de manera completa y detallada para cada actividad según se solicite. Los oferentes deberán cumplir, además, con las especificaciones técnicas y administrativas, que se ponen a disposición en el “Sistema de Informaciones de Compras y Contrataciones Públicas”, en el portal www.mercadopublico.cl.
La presentación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de estas Bases de Licitación. Sin perjuicio de las licitaciones en soporte papel contempladas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Todos los antecedentes que acompañen la propuesta deberán presentarse en formato electrónico a través del portal.
La oferta económica debe considerar el total de la faena para la elaboración de la mantención y mejoramiento del sendero, de modo que el contratista deberá considerar el traslado de materiales entregados por CONAF desde Chin Chin.
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Visita a terreno voluntaria |
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Para facilitar la presentación de las ofertas técnicas y económicas se planificará una visita de forma VOLUNTARIA a terreno, para la postulación a la Reserva Nacional Llanquihue (Río Blanco, Puerto Montt).
Esta visita será el día 23 de septiembre, de 10:00 AM a 12:00 PM, previa coordinación con el Encargado del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos de la Provincia de Llanquihue Alejandro Sepúlveda (alejandro.sepulveda@conaf.cl o +56 65 2 486416). El punto de encuentro para la visita opcional será el Retén de Carabinero de Correntoso, se deja el link de Google Maps de la ubicación del retén. https://maps.app.goo.gl/h37gpjBHoCQWkrXQ6.
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Consultas y aclaraciones durante el proceso de licitación |
Consultas durante el proceso de licitación: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y cláusula que dan origen a la consulta.
Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de licitación, tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de la adjudicación: CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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Comisión evaluadora de las ofertas |
CONAF constituirá una Comisión Técnica Evaluadora, la cual se congregará para revisar y evaluar todas las ofertas técnicas y económicas que cumplan con los requisitos formales de presentación. La Comisión estará integrada por los(as) siguientes funcionarios(as) de la Oficina Provincial de Llanquihue y Oficina Regional, o quienes los subroguen o a quien éstos designen:
• Jefe Provincial, Provincia de Llanquihue.
• Encargado Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, Provincia de Llanquihue.
• Jefa Departamento de Finanzas y Administración, Región de Los Lagos.
Asistirá en calidad de ministra de fe y asesora jurídica de la Comisión la Abogada de la Unidad Jurídica de la Provincia de Llanquihue.
En caso de ausencia de alguno de los integrantes de la Comisión, podrá ser reemplazado por la Jefatura del Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos de la Región de Los Lagos. Por su parte, la Abogada de la Unidad Jurídica de la Oficina Provincial Llanquihue, en caso de ausencia, podrá ser reemplazo por un(a) Abogado(a) de la Unidad Jurídica de la Oficina Regional de Los Lagos.
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Adjudicación |
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La Comisión Técnica Evaluadora, luego de analizar los antecedentes de cada propuesta, emitirá un Acta o Informe en el que propondrá al Director Regional la adjudicación, aceptación o rechazo de las propuestas analizadas.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases o éstas fuesen consideradas insuficientes o muy malas en el aspecto técnico. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaran ofertas, o si éstas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, considerando como puntaje mínimo 60 puntos.
En el caso de existir EMPATE entre dos o más ofertas, se adjudicará según los criterios de evaluación, en el siguiente orden:
• Experiencia de los oferentes.
• Propuesta Económica.
En caso de persistir en el empate, se adjudicará a la oferta que haya ingreso primero en el portal www.mercadopublico.cl, entre aquellas que se encuentren empatadas.
No se adjudicarán ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado, de acuerdo a lo indicado en el Articulo N°41 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Una vez adjudicado, el oferente deberá presentar los documentos necesarios para la elaboración del respectivo contrato. De no presentar los documentos en el plazo indicado, CONAF podrá optar por la segunda oferta mejor evaluada y realizar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
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Contrato |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado que señalará los servicios a los cuales se obligan a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
La suscripción del contrato se realizará entre el Director Regional y el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación a través del portal www.mercadopublico.cl.
Los adjudicados deberán adjuntar la documentación original que les sea requerida por las Unidades Jurídicas Regional o Provincial dentro del plazo establecido para la suscripción de los contratos. Los contratos serán publicados en el ID de la licitación del portal de compras.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido anteriormente se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF podrá encomendar la ejecución de las actividades al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación o contratar el servicio mediante el mecanismo de compra que corresponda, declarando desierto el proceso.
Para la firma del contrato el oferente debe adjuntar los siguientes documentos:
• Antecedentes generales y administrativos de la empresa (Anexo N°4).
• Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Sin la oportuna presentación de este documento CONAF no procederá a la firma de contrato.
• Listado de trabajadores que se desempeñarán en las faenas (Anexo N°5, se entregará con posterioridad).
Se deja constancia que el contrato originado a partir de esta adjudicación corresponde a un contrato comercial, en ningún caso constituye un contrato de trabajo.
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Responsabilidad del proveedor |
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Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes, y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
El Contratista deberá informar al responsable del contrato los movimientos de personal que llegaren a ocurrir durante la ejecución de las obras, sean estas contrataciones o despidos de personal, las cuales deberán ser respaldadas con la documentación respectiva (Contrato o Finiquito).
Al inicio de las faenas el Contratista deberá obligatoriamente, presentar y mantener una carpeta con todos los antecedentes (Ley de Subcontratación N°20.123), que permitan la correcta supervisión de las obras. Dicha carpeta debe contener los siguientes documentos originales o fotocopias:
• Listado de trabajadores(as) que van a realizar el trabajo (Anexo N°5, se entregará con posterioridad).
• Contratos de Trabajo del personal que participará en el trabajo.
• Registro firmado de entrega de Equipo de Protección Personal para cada trabajador.
• Registro firmado de entrega del reglamento interno para cada trabajador, si corresponde.
• Calendario o Carta Gantt de actividades a realizar.
• Reglamento Interno con recepción de la Inspección del Trabajo, si corresponde.
• Registros firmados de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
• Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
• Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, o Higiene y Seguridad según corresponda.
• Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
• Certificado de afiliación de los trabajadores a una mutualidad Ley 16.744.
• Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
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Ley de subcontratación |
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El proveedor adjudicado podrá realizar la subcontratación del servicio. Para tal efecto deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, el cual se encuentra como archivo adjunto en las bases.
Para ilustración del oferente, en dicho documento podrá encontrar todas las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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Responsable del contrato |
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La responsabilidad del contrato estará a cargo del Encargado Provincial del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, o un(a) profesional designado por CONAF, quien:
• Supervisará el contrato, tanto de forma administrativa como en terreno.
• Autorizará la información para el acceso a los estados de pago.
• Evaluará el avance del cronograma de actividades y decidirá las modificaciones al plan de trabajo junto al contratista.
• Autorizará los informes y realizará las evaluaciones al prestador de servicio.
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Modalidad, forma y plazo de pago |
Habrá dos modalidades de pago, que son las siguientes:
a) Pago total de la Faena y traslado de materiales. El monto a pagar será de acuerdo al valor ofertado en el Anexo N°3 por ambas actividades.
b) Pago parcializado por traslado de materiales y faena terminada: El cual consistirá en dos pagos de la siguiente forma:
i) Pago 1: Que considera el traslado de la totalidad de los materiales a utilizar en la faena, desde el Acopio de CONAF en Chin Chin, ubicado en la ciudad de Puerto Montt, hasta la Administración de la Reserva Nacional Llanquihue. El monto a pagar será de acuerdo al valor ofertado en el Anexo N°3 por dicha actividad.
ii) Pago 2: Una vez finalizada toda la obra contratada y recepcionada satisfactoriamente por parte de CONAF. El monto a pagar será de acuerdo al valor ofertado en el Anexo N°3 por dicha actividad.
Firmado el contrato, el prestador de servicios en conjunto con la contraparte técnica de CONAF deberán definir en conjunto los plazos o fechas de avance o término de las faenas por medio de acta de acuerdo.
Este acuerdo, el cual se formalizará a través de un acta y será considerado como la programación oficial de pago para efectos del contrato, y con la cual CONAF procederá a autorizar y ejecutar los estados de pago.
Las actividades consideradas a realizar en la presente licitación, y que no pudieran realizarse por causales debidamente justificadas, de conocimiento público o disponibilidad de productos entre otras, podrán ser evaluadas por CONAF y permitida su no realización, descontando del pago de acuerdo con la valorización estimada por CONAF, o en su defecto, realizar por mismo valor otra actividad preferentemente en el mismo predio.
Acceso a estado de pago: Para acceder a los estados de pago correspondientes, el Contratista deberá entregar el Informe Técnico (Anexo N°6) al Responsable de contrato, el cual deberá contener los siguientes aspectos:
• Detalle de las actividades realizadas y sus características.
• Set de fotos de las actividades ejecutadas.
• Y otros documentos que acrediten la actividad ejecutada.
En caso de que existan observaciones menores al informe o en la claridad de la información, éstas podrán ser subsanadas por el Contratista. En caso de que el informe contenga errores u observaciones de gravedad, podrá ser rechazado por CONAF. El rechazo de este informe impedirá acceder al estado de pago solicitado y el Contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar un nuevo informe. El rechazo del Informe Técnico en tres (3) oportunidades será causal de cobro de multa por incumplimiento gravísimo. Para acceder a los estados de pagos, el Adjudicatario deberá adjuntar a cada solicitud de pago los siguientes documentos: • Informe Técnico aprobado por CONAF. • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30-1). • Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo (Formulario F30). • Planilla actualizada de trabajadores firmada, donde se indique que mantienen en su poder los Elementos de Protección Personal (EPP), para cada estado de pago.
El pago se gestionará cuando:
• CONAF recepcione conforme y de su aprobación del Informe Técnico emitido por el operador o contratista, validado por el Responsable del Contrato y/o el Encargado del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos Provincial o a quien designe el Encargado del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos Provincial.
• CONAF recepcione conforme la documentación respecto al cumplimiento de entrega de los Elementos de Protección Personal (EPP) y de las obligaciones Laborales y Previsionales de los trabajadores que participan en la obra.
Una vez aprobado el informe de recepción de actividades y recibida la documentación por parte del oferente, se solicitará la emisión de la factura correspondiente para proceder al pago.
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Facturación |
La Factura deberá ser presentada posterior a la aprobación del informe técnico respectivo.
Dicha Factura, debe considerar los siguientes datos:
Razón Social: CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL
R.U.T.: 61.313.000-4
Giro: Otros servicios de apoyo a la Silvicultura N.C.P.
Dirección: Urmeneta N° 977, Quinto piso, Puerto Montt
Orden Compra: 1301-XX-SE24
Deberá enviar la factura electrónicamente a windte_dte@custodium.com indicando que dicha factura es a crédito. El envío electrónico de la factura no debe ser superior a un plazo de 48 horas desde la emisión de la factura.
Se deberá indicar en el campo Folio de la Referencia de la Factura el número de la orden de compra el cual debe ser igual al número indicado en la orden de compra, sin puntos ni espacios, pero sí debe considerar todos los guiones (Ejemplo: 1301-XX-SE24).
El documento tributario electrónico DTE, deberá ser presentado una vez que la contraparte técnica apruebe y valide el informe correspondiente. Dicho DTE deberá ser presentado junto con los formularios F30 y F30-1, según lo indicado en el punto “Acceso a estado de pago”.
El servicio se pagará dentro de los 30 días corridos contados a partir de la recepción de la Factura y el informe, el cual deberá contar con su debido V°B° y autorización de pago del Encargado Provincial del Programa de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos.
En caso de que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, éste deberá notificar oportunamente a la institución de la existencia de dicho contrato, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.
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Término anticipado del contrato y/o cobro de la garantía |
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato y/o realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la Ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Si durante la duración del contrato se cursasen tres (3) sanciones por Incumplimientos Gravísimos.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11. Si el Adjudicatario posea inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
12. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
13. Si se llegase a detectar que el Contratista ha solicitado dineros, valores o bienes a los destinatarios de las actividades contempladas en el Contrato por servicios o asesorías técnicas. Así mismo, se prohíbe obtener de ellos cesión de derechos por cualquier incentivo gubernamental.
CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato, caso en el cual no procederá el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato por razones fundadas y previamente aceptadas por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Responsable de Contrato, con 30 días de anticipación. El no cumplimiento de los procedimientos y plazos señalados facultará a CONAF para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, o cobrar la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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Incumplimientos gravísimos |
Sea detectado un incumplimiento gravísimo por parte del Contratista, la Corporación procederá al cobro de una multa correspondiente al 2% del valor total del contrato. El máximo de multas a aplicar, bajo la denominación de incumplimiento gravísimo, son tres, una vez completada la tercera multa por incumplimiento gravísimo se considerará como causal de término anticipado del contrato. Se considerarán como incumplimientos gravísimos, cuando:
• Si durante la duración del contrato se cursaren en total tres (3) sanciones por concepto de Multa.
• Cuando el prestador de servicio entregue información falsa de su gestión.
• Cuando el Informe Técnico para acceder al estado de pago, sea rechazado por CONAF y devuelto para su corrección en tres (3) oportunidades.
• Si el adjudicatario no cumpliese con la condición de entrega del equipo de EPP a sus trabajadores, al inicio y durante la duración del contrato.
• Si el adjudicatario no presentase alguno de los documentos con los que se adjudicó la licitación.
No procederá el cobro de multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
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Multas |
Se podrá cobrar una multa de hasta 1 UF, cuando se cometa alguna de las faltas señaladas a continuación. Estas podrán ser acumulables por cada día de retraso, hasta que se subsane dicha falta o la situación que la originó. Las causales de multas son:
• El prestador de servicio presente un retraso en la entrega de la documentación exigida para pago superior a 5 días corridos a contar del plazo acordado para el estado de pago.
• El prestador del servicio no entregue la documentación laboral y previsional requerida al inicio de las faenas y para los estados de pago.
• No mantener alguno de los documentos de carácter obligatorio en la carpeta de documentación de faena.
• No cumplir con el plazo de entrega acordado entre las partes, en la reunión de coordinación inicial para la ejecución de las faenas.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Cumplida tres (3) sanciones de multa por las causales señaladas anteriormente, será considerada como causal de sanción por incumplimiento gravísimo.
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Procedimiento aplicación de multas |
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El procedimiento de aplicación de multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Responsable del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada. El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
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Procedimiento cobro de multas |
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Para el cobro de garantías, CONAF notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos a CONAF, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada informando el cobro de la Garantía. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (10) diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada.
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Prohibiciones |
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El oferente adjudicado o contratista, no podrá en ningún caso, ceder o traspasar la realización parcial o total de la prestación de los servicios adjudicados. Los derechos y obligaciones que nacen del contrato serán intransferibles. Sin perjuicio de ello, los documentos significativos de los créditos que de él emanen serán transferibles, de acuerdo con las reglas del derecho común.
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Seguros |
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Respecto de los seguros de los trabajadores, el Adjudicado debe cumplir con todos los requisitos y procedimientos señalados en el punto N°17 del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub-contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, otorgado por CONAF.
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Confidencialidad y propiedad intelectual |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación, reciba o tome conocimiento el adjudicatario, o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después del término de la prestación de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, la empresa o sociedad contratante y/o su o sus representante(s), deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
Los resultados intelectuales y/o materiales, informes y/o productos, que con ocasión de la ejecución de los servicios se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, serán de propiedad de la CONAF, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo, por tanto, el adjudicatario o su y/o sus representante(s) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización escrita de CONAF.
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas previa autorización de CONAF y, citando la fuente.
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Prevención de delitos de colusión, corrupción, asociación ilícita y otros |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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Principio de igualdad y no discriminación arbitraria |
La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
1. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
2. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
3. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
4. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecerlas medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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Requerimientos técnicos |
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
1.1 Servicio de habilitación de pasamanos con protección inferior
El servicio contratado tendrá las siguientes características:
• Se debe instalar un pasamanos de aproximadamente 450 metros de largo en el sendero del Río Blanco, al interior de la Reserva Nacional Llanquihue.
• Todos los materiales serán entregados en el Centro de Acopio de Chin Chin, ubicado en la ciudad de Puerto Montt y el contratista deberá hacer la carga, el transporte y descarga hasta el lugar de construcción de los pasamanos, ubicado al interior de la Reserva Nacional Llanquihue.
• El pasamano debe contar con las siguientes piezas: Polines enterrados, baranda cepillada en la parte superior y costados, cantos redondeados y dos piezas de madera como protección horizontal entre polines, que se instalan equidistantes entre el suelo y la baranda.
• La altura entre el suelo y la parte superior de la baranda debe ser de 90 cm.
• La baranda debe ser cepillada en las 3 caras libres y cantos biselados.
• La distancia entre polines deberá ser de 1,5 m aproximadamente, dependiendo de las características del terreno.
• Poseerá 2 tablas cepilladas de protección de 1”x 4”, dispuestas de 30 cm entre ellas medidas desde la parte inferior de los pasamanos.
• Los encuentros deben ser prolijos y sin astillamientos para evitar lesiones al tomar los pasamanos.
• Los cortes de encuentro deben respetar la inclinación del sendero para la unión correcta de las piezas.
• La baranda debe estar afianzada a los postes con un mínimo de 2 clavos por unión.
• Los polines deben tener un corte adecuado a la geografía y sin astillamiento en la unión con la baranda.
• Cuando la baranda sea continua, la unión de los pasamanos debe estar a tope en el mismo poste.
• En el caso de comienzo o término de baranda, se debe considerar el remate a 20 cm del poste.
• A los polines que van enterrados en el suelo se les debe aplicar carbolíneo en la parte inferior, al menos 50 cm, deben ir enterrados a lo menos 40 cm en el suelo y debe quedar firmemente compactado en el suelo.
• Los polines que van empotrados en cemento, deben ser instalados en un agujero de 20 cm x 20 cm en el suelo, en la parte que va enterrada del polín deben colocarse clavos atravesados, de manera que se mejore el anclaje en el cemento.
• La mezcla de cemento debe prepararse en el lugar en el que irá cada polín, cuidando de proteger el suelo con algún material de protección que evite que la mezcla de cemento se derrame o el sobrante quede en el lugar.
• Todas las labores de terreno que tengan que ver con almacenamiento de materiales, ubicación de los polines, etc., serán coordinados por el Administrador de la unidad o a quién él designe en su reemplazo.
En consideración a lo anterior se requiere que los cercos de protección sean ejecutados con los siguientes materiales y diseño.
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Material
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Escuadría o dimensión
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Uso
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Pino impregnado cepillado
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2”x 3”
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Baranda
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Polín impregnado
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3 a 4”
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Poste enterrado
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Pino impregnado cepillado
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1”x 4”
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Tablas de protección
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Clavos
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4”
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Uniones
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Cemento
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Saco
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Algunos tramos
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Carbolíneo
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Punta de polines
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Pintura
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Para tablas de protección
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Fotos de referencia diseño de pasamanos.
1.2 Sectores de instalación
La instalación de los pasamanos será en el sendero de Río Blanco en una extensión aproximada a los 450 metros, los que se dividen en los siguientes tramos:
• Tramo 1 : 218 metros lineales, donde los polines van enterrados.
19 metros lineales, donde los polines van empotrados con cemento.
• Tramo 2 : 92 metros lineales, donde los polines van enterrados.
13 metros lineales, donde los polines van empotrados con cemento.
• Tramo 3 : 92 metros lineales, donde los polines van enterrados.
16 metros lineales, donde los polines van empotrados con cemento.
En total, son aproximadamente 402 metros lineales donde los polines van enterrados directamente al suelo y 48 metros lineales donde los polines van empotrados en cemento.

Sectores del Sendero con suelo de roca y ceniza volcánica.
1.3 Servicio de instalación de letreros
Considera la confección e instalación de dos letreros, uno al inicio y otro al final del sendero. Las medidas de los letreros son de 100 cm x 50 cm.
El letrero debe tener las siguientes especificaciones: ser de aluminio compuesto, de 4 mm de espesor, con gráfica autoadhesiva impresión a todo color y tinta solventada UV, el diseño será entregado por la CONAF, esta impresión debe ser de óptima calidad y revisada antes de la instalación por CONAF, en caso de no cumplir con las especificaciones del letrero, el contratista deberá confeccionar nuevamente el letrero. Estos serán empotrados en pilares de madera cepillada e impregnados de 3" x 3", y enterrados a 50 cm con cemento.
En consideración a lo anterior se requiere que los letreros sean ejecutados con los siguientes materiales:
• 2 Letreros de 100 cm x 50 cm.
• Piezas de madera cepillada e impregnada de 3"x3".
• Pernos.
• Cemento.

Foto referencia de instalación de letrero.
2. UBICACIÓN DE LA RESERVA NACIONAL LLANQUIHUE
Acceso:
Desde Puerto Montt tomar la ruta 7 (Carretera Austral) y llegar hasta el puente Chamiza: antes de ingresar al puente, girar a la izquierda y tomar la ruta V-65 con destino al pueblo de Correntoso. Desde ahí tomar una variante hacia Lago Chapo, avanzar 7 kilómetros aprox. hasta el sector de Capilla, pasar el puente Río Blanco, virar a la izquierda 1 km por camino vecinal de ripio y dejar su vehículo en la zona del lahar del Volcán Calbuco. Caminar por el sendero demarcado unos 2 kilómetros hasta llegar a la Guardería, donde debe registrarse.
La Reserva Nacional Llanquihue fue creada el año 1912, mediante el DS N° 750 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Tiene una superficie de 33.972 hectáreas y se ubica en la comuna de Puerto Montt, provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
La Reserva Nacional Llanquihue forma parte de la Reserva de la Biósfera Bosques Templados Lluviosos de los Andes Australes.
De su flora destacan especies como: tepa, mañío, coihue, ulmo, tiaca y luma. Además, está presente el alerce, ciprés de las guaitecas y la lenga en las partes altas de la Reserva, las que se mezclan con mañíos y canelos. Existen también en el bosque siempreverde las lianas como el voqui naranjo, la quilineja y la botellita.
Entre los mamíferos posibles de encontrar figuran el puma, la güiña, el pudú, el gato montés, el zorro chilla y la vizcacha andina. Entre las aves se puede observar el cóndor, el halcón peregrino austral, el peuco, el caiquén; el huet huet, pato cortacorriente y el chucao, entre otros.

Mapa general de ubicación de la Reserva Llanquihue.
Se dispondrá un sector de acopio de materiales en el sector de la Administración de la unidad, acordada previamente por el Administrador y será responsabilidad del contratista el cuidado de esos materiales y cierre provisorio del lugar.
Para entrega de la alimentación a los trabajadores, y como refugio cuando las condiciones climáticas sean desfavorables, si así lo requiriere el/la contratista, la Corporación facilitará la infraestructura existente en la Administración de la Reserva. Será obligación de el/la contratista de limpiar y mantener en condiciones de seguridad esta infraestructura a sus trabajadores, debiendo informar a la contraparte técnica de la decisión de considerar este apoyo. Todos los insumos para la preparación de los alimentos, correrán íntegramente por el contratista.
3. PROGRAMACIÓN DE PAGOS Y SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS
Para la adecuada ejecución de actividades por parte de la empresa contratista, y la correcta supervisión de la contraparte de CONAF, se sostendrá una reunión inicial de coordinación entre las partes con el objetivo de definir los canales oficiales de comunicación y se resolverá cualquier tipo de dudas que se presenten. En la reunión de coordinación se abordarán y concretarán los siguientes puntos:
• Al iniciar la prestación de servicios, el o la representante de la empresa contratista y CONAF definirán en conjunto la programación de actividades y fecha término de las faenas en base a la propuesta presentada en el proceso de licitación pública. Dichas definiciones permitirán tener como referencia las actividades y plazos para el correcto desarrollo del contrato y será considerado como el calendario oficial de actividades para efectos del mismo, con el cual CONAF supervisará el correcto seguimiento y ejecución de las obras, para ello se deberá realizar a lo menos una reunión mensual con el Responsable del contrato para analizar el avance y cumplimiento de las actividades, la observancia de las instrucciones, los posibles ajustes a las faenas y a la programación de ser necesario, aspecto que deberá quedar registrado por escrito a través de un acta acuerdo entre las partes. Teniendo presente que la fecha final de término de servicio es el 30 de noviembre de 2024.
• La empresa contratista deberá presentar previo al pago un Informe de cierre de faenas (Anexo N°6, se entregará con posterioridad) para las actividades ejecutadas durante el período a rendir, el cual será requisito previo para el pago, toda vez que sea aprobado por el Responsable del contrato designado por CONAF.
• El Informe que emita la empresa deberá ser aprobado por CONAF para acceder al pago de los servicios. Sin embargo, si existieran observaciones estas deberán ser corregidas previo a la autorización del pago. El no cumplimiento reiterado de esta exigencia podrá ser considerado como causal de multas y de ser un comportamiento reiterativo CONAF podrá proponer término anticipado al contrato, sin desmedro de otras medidas que se contemplen en estas bases técnicas y administrativas, así como también la publicación en el portal de Mercado Público las observaciones de mal comportamiento en la prestación del servicio.
CONAF, se reserva el derecho de supervisar la gestión de la empresa contratista pudiendo en todo momento efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del trabajo en ejecución, la observancia de las instrucciones y el cumplimiento de las actividades.
De existir observaciones técnicas o administrativas a las faenas en ejecución o ejecutadas, estas serán comunicadas por escrito al operador o contratista y deberán ser subsanadas o corregidas por éste, en un plazo que será definido por CONAF.
La Empresa deberá otorgar todas las facilidades que el caso requiera para permitir y facilitar estas labores de supervisión y control, debiendo además efectuar, a su entero costo, las correcciones indicadas por CONAF.
4. CONSIDERACIONES PARA TODAS LAS ACTIVIDADES
Todas las faenas que se ejecutarán en el Proyecto son referenciales y cualquier modificación debe contar con la autorización de CONAF y debe ajustarse al monto asignado para dicho fin.
En referencia a los materiales en desuso por la realización de las actividades referidas en esta licitación, como por ejemplo; aserrín, viruta y despuntes producidos en el sendero, estos deberán ser extraídos y trasladado fuera de los predios, siendo de íntegra responsabilidad del oferente este traslado.
El contratista será responsable de mantener en todo momento el orden, limpieza y cuidado por el medio ambiente de los sectores donde serán llevados a cabo los trabajos, y en la trayectoria de todo el sendero procurando evitar la dispersión de desechos u cualquier tipo de hidrocarburos o sus derivados.
Todas las estructuras habilitadas o de mejoramiento deben ser de manera prolija, manteniendo el cuidado con los cortes y encuentros de piezas de madera, respetando los criterios constructivos y de calidad utilizados.
Por otra parte, el día de inicio de los servicios o trabajo, deberá ser avisado mediante primera reunión de coordinación y entrega de cronograma con el Encargado del Programa de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos, a través del correo electrónico alejandro.sepulveda@conaf.cl, fono de contacto +56 65 2486416.
El plazo operativo para ejecutar las actividades correctamente las faenas y la elaboración del último informe técnico, tendrá como fecha máxima de duración entre tres a cuatro meses a partir del inicio de primera reunión de coordinación y entrega de cronograma de trabajo. Posterior a este tiempo, no se podrá realizar ningún tipo de faenas, que no cuente con la autorización formal de CONAF.
Posteriormente, CONAF revisará las actividades ejecutadas por el operador, en el caso que se encontrasen errores, o faltase completar alguna actividad, el operador deberá en un periodo de tiempo determinar por CONAF, subsanar o corregir las actividades observadas.
El adjudicatario suministrará en cantidad y calidad todos los elementos de protección personal a su personal, necesarios para la realización de los trabajos descritos anteriormente. Así mismo deberá proveerlas dotaciones necesarias para efectuar un trabajo satisfactorio.
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