Licitación ID: 1305532-2-LE25
DIGITALIZACION Y ANALISIS EXPEDIENTES FUNCIONARIOS
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de digitalización de documentos 1 Unidad
Cod: 81112005
SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN, CREACIÓN DE BASE DE DATOS, Y ANÁLISIS COMPARATIVOS DE EXPEDIENTES Y DATOS CONTRACTUALES DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DIGITALIZACION Y ANALISIS EXPEDIENTES FUNCIONARIOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar el servicio de digitalización, indexación y creación de bases de datos de documentación histórica incorporada en las carpetas de los docentes y de losas trabajadoresas de los establecimientos educacionales actualmente municipalizados, los que comprenden un total aproximado de 4.145 funcionarios.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
COMPRAS Y LICITACIONES
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Juan Cisternas N° 2501, La Serena
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-02-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 06-02-2025 17:35:05
Fecha inicio de preguntas: 10-02-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 11-02-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-02-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-02-2025 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-02-2025 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 12-03-2025 15:37:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: Formato Identificación del oferente. b) FORMULARIO N°2 (Esencial): Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recibir el pago. Además, deberá adjuntar copia de la cédula nacional de identidad del representante o apoderado común de la UTP, oferente y certificado de vigencia de las sociedades que componen la UTP, con una antigüedad no mayor a 6 meses del acto de apertura. Si el oferente cuenta con estos documentos disponibles en su ficha del Registro de Proveedores en el portal Mercado Público, no es necesario que los adjunte a su oferta, pues al momento de la Apertura Electrónica será verificada su disponibilidad en dicho portal. d) Documento de inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración jurada de Inicio de Actividades o certificados de modificaciones del mismo, que reflejen la dirección vigente ante el SII. En caso de no acompañar este documento, el oferente será evaluado con cero puntos en “Impacto Local” detallado en letra D) de los Criterios de Evaluación de las presentes bases, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta. e) FORMULARIO N°5. Programa(s) de integridad. El proveedor deberá indicar si cuenta con programa de integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios de verificación de su difusión entre sus trabajadores o colaboradores, tales como, actas de entrega, listas de asistencia, correos electrónicos u otros medios de respaldo.
Documentos Técnicos
1.- a) PROPUESTA TÉCNICA (esencial): Propuesta Técnica (Formato propio del oferente), en el cual se deben detallar los servicios a prestar de acuerdo con lo solicitado en las bases técnicas. Además, la propuesta debe incluir la información del equipo de trabajo, el equipamiento a utilizar, y una descripción detallada de los productos ofrecidos para cumplir de manera óptima con el objeto de la licitación de acuerdo con lo exigido en las bases técnicas del proceso de Licitación. b) FORMULARIO N°4: Experiencia del oferente. El proveedor deberá acompañar órdenes de compra emitidas o contratos suscritos con posterioridad al 01 de Enero de 2020, que acrediten experiencia del oferente en la provisión de los servicios materia de la presente licitación, para instituciones y/o servicios públicos, entendiendo éstas como servicios de digitalización, confección de base de datos, análisis comparativos de bases de datos, indexación de datos, u otros similares, para organismos que forman parte de la Administración del Estado (servicios públicos, empresas públicas creadas por ley u otros) No se considerarán los servicios prestados para las Corporaciones Municipales. Se aceptará únicamente como documentos válidos para acreditar experiencia, cualquiera de los siguientes: - Los contratos y/o convenios de prestación de servicios de digitalización, confección de base de datos, análisis comparativos de bases de datos, indexación de datos, u otros similares, suscritos con instituciones o servicios públicos, o sus respectivas Resoluciones aprobatorias, en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, debiendo adjuntar además, las facturas que acrediten el pago de los servicios contratados. - Órdenes de Compra emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de aceptada o con recepción conforme, de servicios de digitalización, confección de base de datos, análisis comparativos de bases de datos, indexación de datos, u otros similares, debiendo adjuntarse además, las facturas que acrediten el pago de los servicios contratados. Las órdenes de compra derivadas de un mismo contrato de suministros, o de un mismo contrato o proceso de licitación, se contabilizarán como un solo contrato (o una sola orden de compra), para efectos de acreditar experiencia. Los contratos y/o las ordenes de compras deberán contener servicios completamente ejecutados a la fecha de apertura de la propuesta pública, para la cual deberá adjuntarse las respectivas facturas. Si las facturas correspondientes a los servicios prestados no se adjuntan junto con los contratos u órdenes de compra, con el propósito de verificar la completa ejecución de los servicios, dicha experiencia no será considerada válida durante el proceso de evaluación. Únicamente se reconocerá la experiencia que sea informada en el formulario N°4, y que sea debidamente acreditada según lo indicado precedentemente. La experiencia que no sea informada en el formulario o anexo N°4, o que no se acredite con la documentación señalada precedentemente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado con cero puntos en el criterio de evaluación de experiencia del oferente, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta. Las órdenes de compra, contratos, o resoluciones aprobatorias de contratos y sus correspondientes facturas que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato, para efectos de su evaluación. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta. c) CARTA GANTT: Para justificar el plazo ofertado, la empresa deberá adjuntar Carta Gantt en formato libre.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): Carta oferta o anexo económico. Documento en el cual se deberá indicar el monto total del servicio ofertado, además del plazo en días corridos para su total ejecución, conforme a lo solicitado en bases técnicas de la presente Licitación. Los proveedores deberán considerar en sus ofertas, el traslado que deberán efectuar a los distintos municipios para realizar el ítem de digitalización de documentos que contempla el servicio. Se deja constancia que, si el proveedor indica un plazo de ejecución entre rangos, el plazo más alto del rango indicado será el considerado para efectos de evaluación. De igual forma, se deja de manifiesto que, si el proveedor no indica plazo de ejecución o entrega, o indica un plazo superior al máximo indicado en las presentes bases de Licitación (más de 90 días) su oferta será declarada inadmisible y rechazada, sin derecho a ser evaluada. Se recuerda que el monto de la oferta que debe ingresarse en el portal www.mercadopublico.cl, es el valor Neto (Sin IVA ni impuestos). La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, valor neto (sin IVA ni impuestos en mercado público, en el presente formulario como valor total de lo ofertado) sin decimales, fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la contratación del servicio que se encomienda, por ejemplo: flete, equipos o accesorios asociados, capacitaciones, garantías ofrecidas, asistencia técnica, informes y en general, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. El Servicio Local no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el Oferente en su oferta económica. Será de cargo del proveedor el costo de traslado, materiales, insumos o asesorías que se requieran para la reparación o solución a cualquier falla, problema o inconveniente técnico que afecta de una u otra forma a los servicios contratados, de acuerdo con las bases administrativas, técnicas y el contrato respectivo.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica N°3. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta con el precio más bajo o que resulte más económica. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*40%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. Si la oferta supera el monto disponible de esta licitación, su oferta será declarada como inadmisible. 40%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más solicitudes de aclaración de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 40 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 6.4.2, 6.4.3 y 6.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 6.4.2, 6.4.3 y 6.4.4 ,y que no sean esenciales. Nota: Si se da el caso que, un mismo proveedor se encuentra en dos o más hipótesis de las indicadas precedentemente, se evaluará su o 5%
3 IMPACTO LOCAL Certificado de Inicio de Actividades vigente o su modificación vigente, indica que la dirección en el registro del SII corresponde a La Serena, Coquimbo, Vicuña, Paihuano o La Higuera 100 puntos Certificado de Inicio de Actividades vigente o su modificación vigente, indica que la dirección en el registro del SII, corresponde a alguna comuna de Región de Coquimbo, pero fuera de las comunas señaladas en el punto anterior. 60 puntos Certificado de Inicio de Actividades vigente o su modificación vigente, indica que la dirección en el registro del SII, corresponde a una comuna o ciudad fuera de la Región de Coquimbo 0 puntos Oferente no presenta Certificado de Inicio de Actividades vigente o su modificación vigente en su Oferta. 0 puntos 5%
4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Experiencia del oferente (25%) Puntaje Acredita 8 o más contratos, convenios y/u órdenes de compra, con sus respectivas facturas, validados como experiencia 100 puntos Acredita entre 5 y 7 contratos, convenios y/u órdenes de compra, con sus respectivas facturas, validados como experiencia 90 puntos Acredita entre 3 y 4 contratos, convenios y/u órdenes de compra, con sus respectivas facturas, validados como experiencia. 60 puntos Acredita entre 1 y 2 contratos, convenios y/u órdenes de compra, con sus respectivas facturas, validados como experiencia. 20 puntos No acredita o no demuestra experiencia 0 puntos Fórmula de Cálculo: Experiencia del oferente = Puntaje x 0.25 25%
5 PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICO Plazo de ejecución Puntaje por tramo Menor o igual 50 días corridos 100 puntos Entre 51 días corridos y 60 días corridos 80 puntos Entre 61 días corridos y 70 días corridos 50 puntos Entre 71 días corridos y 80 días corridos 20 puntos Entre 81 días corridos y 90 días corridos 0 20%
6 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Para la determinación de este criterio, se deberá aplicar el puntaje asignado de acuerdo con la nota comportamiento base de cada proveedor, según la información de sanciones por incumplimiento registradas en su ficha de Proveedor en Mercado Público, en la sección comportamiento contractual, correspondiente a los últimos 24 meses de actividad, a contar de la fecha indicada en dicho portal. La evaluación se aplicará utilizando la siguiente tabla: Nota comportamiento base Puntaje Oferente registra nota comportamiento base 5/5, y no registra sanciones en el portal de Mercado Público, en los últimos 24 meses. 100 puntos Oferente registra nota comportamiento base 4,99/5. 80 puntos Oferente registra nota comportamiento base 4,98/5. 60 puntos Oferente registra nota comportamiento base 4,97/5, o inferior. 20 Puntos Fórmula Cálculo criterio Comportamiento contractual anterior = Puntaje x 0.05 3%
7 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DEL PROVEEDOR De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República y en cumplimiento al artículo 17 del Reglamento de compras, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Formulario N°5, Programa(s) de Integridad. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Se asignará puntaje como se indica a continuación: I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa, etc.) 100 puntos II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO P01
Monto Total Estimado: 30000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Camila Niño
e-mail de responsable de pago: camila.nino@dep.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-44-3674137-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO LOCAL DE EDUACION PUBLICA DEL ELQUI
Fecha de vencimiento: 30-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Decreto N°661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886, y por tratarse de un servicio que por su envergadura, alcance e importancia, se requiere que se cumpla de manera correcta, la empresa adjudicataria, a más tardar al momento de la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución del servicio contratado Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución del ”SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN, CREACIÓN DE BASE DE DATOS, Y ANÁLISIS COMPARATIVOS DE EXPEDIENTES Y DATOS CONTRACTUALES DE FUNCIONARIOS DE LAS COMUNAS DE COMPETENCIA TERRITORIAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI”, ID 1305532-2-LE25 la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6 La Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del servicio, debe caucionar el plazo ofertado de ejecución del servicio, más 6 meses. Si el proveedor adjudicado a la fecha de suscripción del contrato, no ha entregado la Garantía del fiel cumplimiento de contrato, el Servicio Local del Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público, privado o un procedimiento especial de contratación, conforme a la normativa vigente.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución del ”SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN, CREACIÓN DE BASE DE DATOS, Y ANÁLISIS COMPARATIVOS DE EXPEDIENTES Y DATOS CONTRACTUALES DE FUNCIONARIOS DE LAS COMUNAS DE COMPETENCIA TERRITORIAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI”, ID 1305532-2-LE25 la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del servicio” se devolverá al proveedor adjudicado una vez vencido el plazo de su vigencia, y se haya efectuado la recepción conforme de los servicios por parte del SLEP Elqui, sin observaciones de ninguna especie.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La presente Licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 58°, inciso final del Reglamento. Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos indicados en la Ley 19.886 y su Reglamento al momento de suscribir el contrato o si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta y no suscribe el contrato. En estos casos, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. La Resolución Fundada de readjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario, se podrá readjudicar el proveedor siguiente mejor evaluado, o en su defecto, se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la inhabilidad dispuesta en la Ley N°19.886 y su Reglamento, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la Licitación podrá ser readjudicada al siguiente Oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más característ
PARTICIPANTES
Podrán participar en este llamado a licitación pública, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, interesados en la propuesta y que tengan capacidad técnica, económica y legal para cumplir con las obligaciones del contrato, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
Asimismo, podrán participar empresas de menor tamaño sean personas naturales y jurídicas, conformadas como Uniones Temporales de Proveedores (UTP). Conforme a lo preceptuado en el capítulo IX, párrafo 1, artículo 53°, inciso primero, de la Ley 19.886, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores en estado hábil ya sea para ofertar o contratar; a su vez, al momento de ofertar, deberán presentar certificado de vigencia de la Sociedad no superior a 60 días corridos respecto a la fecha de apertura técnica y económica (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). Para el efecto de participar en el presente proceso de compra, la UTP deberá presentar en su oferta, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores, el que podrá materializarse por instrumento público o privado. En ambos casos el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar el instrumento que formaliza y consta la UTP, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentra en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro propuesto por los integrantes restantes de la unión, siempre y cuando, cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio del SLEP Elqui, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse la presente licitación. En lo demás, las Uniones Temporales de Proveedores se regirán por lo establecido en el párrafo 2, artículos 180 al 184 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas, y párrafo 2, artículos 51 al 55 de la Ley N° 19.886 y en la Directiva N°22 de fecha 01 de diciembre de 2015, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal de Mercado Público. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por correo electrónico u otro medio distinto a los previstos en la Ley de compras, su reglamento y el portal de Chile Compras, se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quien éste haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de Mercado Público, las que se entenderán como obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal de Mercado Público, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
Se entenderá como Oferta Temeraria, aquella cuyo precio resulte ser inferior al 50% del precio presentado por el proveedor que le sigue, y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, con los costos del servicio requerido. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta, previa solicitud de una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886 y a la Directiva de Contratación Pública N°41, de la Dirección de Chile Compra.
VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una vigencia de 60 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de las Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl. El sólo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante todo el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. Si dentro de este plazo no se pudiera realizar la adjudicación, el Servicio Local podrá solicitar a los oferentes extender la vigencia de sus ofertas de acuerdo a lo señalado en estas Bases. Si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta no será considerada en la evaluación.
CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLES LAS OFERTAS
Las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. No presenta oferta en el portal www.mercadopublico.cl b. Si no se acompañan los formularios N°2 y N°3, la propuesta técnica del servicio, o cualquier otro documento que las presentes bases de Licitación califiquen como esencial. c. Si las ofertas no cumplen con el detalle de servicios solicitados, la forma de su realización y equipamiento o insumos que serán utilizados en la ejecución del servicio que se encomienda, las cuales se deben indicar de manera explícita en la propuesta técnica del proveedor. d. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 6.2, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP, por ejemplo, que uno de los proveedores no sea una empresa de menor tamaño. e. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, Bases Técnicas, la Ley 19.886 y el Reglamento. f. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declarará inadmisibles las demás. g. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. h. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. i. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 6.4.2., 6.4.3, y 6.4.4 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes, se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. j. Si el plazo de ejecución ofertado supera los 90 días corridos. k. Si la oferta del proveedor supera el presupuesto disponible para la presente licitación. l. Cuando los certificados u otros documentos que según las presentes bases deban adjuntarse, estos sean adulterados por los oferentes, entendiendo por adulterar, falsear o alterar la naturaleza de algo. Sin perjuicio de la eventual responsabilidad civil y penal u de otra naturaleza. m. Si el proponente presenta archivos encriptados y/o que requieran contraseñas para su visualización. n. En los demás casos expresamente establecidos en las presentes bases de Licitación.
ACLARACION DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República entre otros en dictamen N° 5.104 del año 2003 donde establece que; la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitando corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; sin perjuicio de lo anterior, los proveedores no podrán corregir el precio de su oferta. El Servicio podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo máximo de 48 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. De este modo, durante la etapa de evaluación el SLEP Elqui podrá solicitar aclarar los oferentes, lo siguiente: a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido, incluyendo errores en el cálculo del impuesto aplicable al monto ofertado. No se considerará error formal, otros errores en el precio de la oferta. b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Estas ofertas serán evaluadas con un menor puntaje, de acuerdo con lo señalado en el criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales, de las presentes bases de Licitación.
RESOLUCION DE EMPATES
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Experiencia. iii. Plazo de Ejecución del Servicio. iv. Impacto Local. v. Comportamiento contractual anterior vi. Cumplimiento de requisitos formales. De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
READJUDICACION
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 58°, inciso final del Reglamento. Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos indicados en la Ley 19.886 y su Reglamento al momento de suscribir el contrato o si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta y no suscribe el contrato. En estos casos, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. La Resolución Fundada de readjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario, se podrá readjudicar el proveedor siguiente mejor evaluado, o en su defecto, se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la inhabilidad dispuesta en la Ley N°19.886 y su Reglamento, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la Licitación podrá ser readjudicada al siguiente Oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta será dejada sin efecto y se podrá readjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
DE LA FORMALIZACION DE LA CONTRATACION
La relación contractual se formalizará a través de la firma del contrato respectivo con el proveedor adjudicado. La ejecución del servicio se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional. Para los efectos anteriores, se entiende por suma alzada, la oferta a precio fijo del servicio, cuya determinación corresponde al proponente, y los valores unitarios son inamovibles, sin que proceda, en consecuencia, pagar mayores conceptos por servicios ejecutados, ni otorgar indemnización por concepto o motivo alguno. El precio del contrato comprende el total del servicio cuya ejecución se encomienda, asumiendo el proveedor todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquier sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, según corresponda, permisos, certificaciones, tributos, traslados de su personal, remuneraciones, imposiciones y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. El Contrato contendrá la aceptación de la propuesta y el compromiso por parte del proveedor de ejecutar el servicio que son materia del Contrato, de conformidad a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, serie de Preguntas y Respuestas, Aclaraciones, propuesta del proveedor y a cualquier otra exigencia establecida en las presentes Bases, documentos y antecedentes que se entienden, para todos los efectos, forman parte integrante del Contrato. El contrato será redactado por el Departamentos de Compras, cuya revisión y control del acto en cuanto a su legalidad, como así también, su visación, será por parte del departamento jurídico del SLEP Elqui, tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación y la oferta adjudicada. Los plazos establecidos en el contrato comenzarán a contar a partir de la fecha de su suscripción, o a partir de la fecha que indique dicho instrumento, si fuese distinta. Si el oferente no se encuentra en estado hábil en la ficha de Proveedores del Estado, o no cumple con el artículo N°4 de la Ley N°19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá ser suscrito el contrato y por ende, emitida y enviada la orden de compra al proveedor, hasta que este último no solucione su situación de inhabilidad, siempre y cuando, esta situación se haya provocado con posterioridad a la presentación de la oferta y/o adjudicación en el portal mercado público, en cuyo caso, tendrá un máximo de 3 días hábiles para resolver su situación, de lo contrario, el Servicio Local está facultado para dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar al oferente que le siga en mejor puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, o en su defecto, el SLEP podrá llamar a un nuevo proceso de licitación. De igual forma, si el adjudicatario es una UTP, cada integrante deberá estar inscrito y estado de inscripción “hábil” en el señalado registro, requisitos que además se aplicarán a cada uno de los integrantes de la UTP. Si alguno de los integrantes de la UTP se encontrare inhábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público, siempre y cuando, esta situación se haya provocado con posterioridad a la presentación de la oferta y/o adjudicación en el portal, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para formalizar la relación contractual, a menos que el integrante inhabilitado integrante que no debe reunir una o más características objeto de la evaluación de la oferta se retirase, pudiendo celebrarse la contratación con la UTP conformada por el resto de los integrantes, que como mínimo deben ser 2. El Servicio Local del Elqui estará facultado para liquidar anticipadamente el contrato de servicio por causas imputables al proveedor.
DE LA MODIFICACION DEL CONTRATO
Ante una eventual modificación de contrato, el proveedor deberá presentar los siguientes antecedentes con la debida anticipación (al menos 10 días corridos antes del término del contrato original): - Documentos entregados por el proveedor que acrediten fehacientemente la situación que expone en su solicitud de modificación de contrato, si es que ésta corresponde a fuerza mayor u otra razón que impida su correcta ejecución en los plazos determinados según su oferta, y que, en este caso, invoque como causal para la modificación. - Informe de la Inspección Técnica del Servicio, solicitando y justificando la modificación de carácter técnico u económico del proyecto, que podrá contemplar una ampliación (monto o plazo). - Si es un aumento de monto del contrato, debe adjuntar Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. El SLEP Elqui está facultado para aumentar el plazo de ejecución de la relación contractual mientras dure el impedimento o razones que dieron origen a la modificación de contrato. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes o servicios comprometidos en la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al presente procedimiento de contratación. En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra inicial. Todas las modificaciones de contrato se formalizarán mediante el respectivo anexo de contrato, el que deberá estar suscrito por las partes y aprobarse mediante la respectiva resolución. Al momento de la firma del anexo de contrato, y en caso que a consecuencia de la modificación del contrato se produzca un aumento del valor del mismo o un aumento del plazo de su ejecución, el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de los servicios contratados, con su monto y/o vigencia aumentados en la misma proporción. Nota: La jurisprudencia administrativa ha puntualizado que se configura como caso fortuito o fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes elementos, por consiguiente, solo se considerará la justificación de fuerza mayor o caso fortuito si se presentan en conjunto las siguientes situaciones: i. Inimputabilidad de hecho: Que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su concurrencia ii. Imprevisibilidad: Que no se haya podido prever la situación dentro de los cálculos ordinarios y corrientes. iii. Irresistibilidad: Que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponer las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
ENTREGA Y RECEPCION CONFORME DE PRODUCTOS
DE LA ENTREGA: Todos los productos esperados, en el marco de la prestación del servicio contratado, deberán cumplir a cabalidad y pormenorizadamente con lo solicitado en bases técnicas adjuntas, especialmente con relación a la digitalización, carga de archivos, información que debe contener cada ficha de los trabajadores, análisis comparativos, base de datos u otras exigencias estipuladas en las bases técnicas de la presente licitación. Los productos esperados deberán ser enviados de manera digital y/o físico cuando corresponda, al correo gestiondepersonas@slepelqui.gob.cl, a la casilla electrónica de la Inspección Técnica, y se custodiará mediante almacenamiento en nube digital o en su defecto, en la forma que la Inspección lo determine y comunique al proveedor. 14.3 RECEPCIÓN CONFORME DE PRODUCTOS: El de Acta de Recepción conforme será emitida por la contraparte técnica del SLEP Elqui, responsabilidad que recae en la Inspección Técnica del Servicio (ITS), una vez que la totalidad de los servicios contratados sean ejecutados, y los productos esperados sean entregados a satisfacción del Servicio Local de Educación, acuerdo a lo solicitado en bases técnicas. La contraparte técnica del Servicio Local, emitirá un certificado de recepción conforme por cada estado de pago o hito de pago, y un certificado o acta de recepción final en el caso del último estado de pago, junto al cual deberá consignar todas las modificaciones, observaciones, y detalles pertinentes que provengan de la relación contractual, detallando a lo menos, nombre de la empresa, RUT, identificación de la licitación (nombre del proyecto e ID), numero de orden de compra, valor de la orden de compra, servicio contratado y productos esperados entregados, observaciones en la ejecución y entrega de los entregable provenientes del servicios, aplicación de multas si corresponde y numero de factura. La fecha indicada en el último certificado de recepción, corresponderá a la fecha final de plazo de ejecución efectuado por el proveedor
PRESENTACION ESTADO DE PAGO Y FACTURACION
PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO: La presentación de cada estado o hito de pago se hará presentando los siguientes antecedentes mediante oficio o documento conductor de la empresa contratada a la Inspección Técnica del Servicio, quien deberá revisar los antecedentes, y estando conforme con ellos, deberá remitirlos al departamento de compra y logística; de lo contrario, si encuentra observaciones a la documentación presentada, deberá hacer llegar las observaciones al proveedor por correo electrónico, para que éste las subsane en el plazo que indique, y presente correctamente el estado de pago en cuestión. Asimismo, será responsabilidad del proveedor para la tramitación de cada Estado de Pago, adjuntar en cada uno de ellos los siguientes antecedentes: a) Nómina de colaboradores que se desempeñaron en las etapas/actividades, corres-pondiente al estado de pago en curso. b) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales o F30-1, en el que conste que no existen deudas laborales de la empresa con los profesionales que se han desempeñado en la ejecución de las actividades requeridas para la ejecución del servicio. c) Para respaldar la ejecución del servicio que se solicita a pago, el proveedor deberá entregar un informe detallado indicando y respaldando las actividades realizadas, que contenga la descripción del servicio ejecutado por hito de pago y los produc-tos esperados resultantes de cada estado de pago, entregando estos últimos a la inspección técnica del servicio, para su revisión y aprobación. d) Certificado de recepción conforme emitido por la Inspección Técnica del Servicio e) En el caso del pago N°1, se deberá acompañar adicionalmente lo siguiente: • Contrato • Orden de compra emitida por el servicio, en estado de aceptada f) En el caso del último estado de pago se deberá acompañar, además, lo siguiente: • Acta de Recepción conforme del estado de pago N°4 y con ello, de la totalidad del servicio, emitida según lo establecido en el Artículo 14. 3 de las presentes bases, documento que no debe presentar algún tipo de error u ob-servación no resuelta por el proveedor en el caso que las hubiere. • Copia física del informe técnico del servicio que resuma su ejecución y contenga la descripción del mismo, los productos esperados resultantes, y el detalle con los hallazgos del análisis de consistencia y el comparativo de datos, incluyendo además, las recomendaciones para corregir cualquier discrepancia encontrada y sugerencias para mejorar el proceso de digitalización y la gestión de los datos contractuales. 17.3 FACTURACIÓN: La Inspección Técnica del Servicio solicitará emitir la factura correspondiente al proveedor, siempre y cuando efectivamente se hayan ejecutado la cantidad de actividades que especifica cada etapa, traducida en hitos o estado de pagos, conforme a los requerimiento, labores, tareas y productos entregables dispuestas en las bases técnicas de licitación, habiendo a su vez, dado su visto bueno a la presentación del estado de pago presentado por el ejecutante dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17.2 de las presentes bases y aprobado el proceso de muestra aleatoria para cada pago. La factura emitida por el proveedor, será pagada dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su emisión, previa recepción conforme de los servicios por la contraparte técnica del Servicio Local. El Servicio Local respetará los contratos de cesión de facturas (factoring) suscritos por el adjudicatario, y las cesiones de facturas, siempre y cuando la empresa le notifique oportunamente de dichos contratos y cesiones, y no existan obligaciones o multas pendientes. Dicha notificación de cesión de factura deberá realizarse de manera obligatoria mediante correo electrónico dirigido a las casillas: alejandro.pizarro@slepelqui.gob.cl, con copia a ramon.fuentes@slepelqui.gob.cl, y francisca.perez@slepelqui.gob.cl, asumiendo el proveedor la responsabilidad por todos los perjuicios que la falta de notificación o comunicación en la forma señalada, pudiese ocasionar al Servicio Local de Educación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.