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Resolución de Empates |
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De acuerdo a lo establecido en el
Artículo 15° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N°
1084/2019.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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COMUNICACIONES Y PLAZOS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PARTICIPANTES |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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INHABILIDADES Y PROHIBICIONES |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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VISITA A TERRENO OPCIONAL |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 8° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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CONTENIDO DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 9° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 10° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 11° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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APERTURA DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 12° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 13° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 14° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 15° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 16° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 17° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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ANTECEDENTES A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 18° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 19° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 20° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PAGOS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 21° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 22° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 23° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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SUBCONTRATACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 24° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 25° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PROHIBICIÓN DEL CESIÓN DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 26° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 27° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 28° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 29° de las Bases Administrativas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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GENERALIDADES |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 1° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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SERVICIOS REQUERIDOS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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PLAZOS Y HORARIOS DE MANTENCIONES Y ATENCIONES DE EMERGENCIA |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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COSTOS ASOCIADOS A LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 4° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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OTRAS OBLIGACIONES DE LA EMPRESA |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 6° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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CONTENIDO DE LA OFERTA TÉCNICA |
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De acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° de las Bases Técnicas, contenidas en la Resolución Exenta N° 1084/2019.
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