Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
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Fecha de vencimiento:
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01-07-2020
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de la oferta en cada llamado a licitación, todos los interesados deberán entregar cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable, pagadera a la vista, en moneda nacional, tomada en un banco comercial o institución habilitada, a nombre del “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. Nº 60.704.000-1, por el monto de $1.000.000.- (un millón de pesos). La vigencia no podrá ser inferior a 100 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas establecida en el calendario de esta licitación, y deberá señalar en su glosa lo siguiente: “Garantía de seriedad de la oferta de licitación ID Nº 1331-3-LQ20”.
Si el instrumento a presentar sólo puede ser emitido en UF, debe indicarse en un anexo o en “condiciones generales”, su conversión a pesos chilenos al día de la emisión del documento.
La garantía de seriedad de la oferta se podrá presentar en formato electrónico de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, o bien podrán entregarse en soporte papel (cuando no se emitan electrónicamente de conformidad y con los requisitos establecidos en la Ley Nº 19.799), en ambos casos dentro del plazo y hora señalado en la cláusula sexta de las presentes bases, es decir, dentro del plazo para la presentación de ofertas y antes del cierre de recepción de las mismas, no pudiendo ser presentadas fuera de dicho plazo y horario.
En caso de que la garantía se encuentre en formato de soporte papel, deberá presentarse en las oficinas de la Dirección Regional de Turismo correspondiente, en un sobre rotulado “Garantía de seriedad de la oferta de la licitación ID Nº 1331-3-LQ20”, el que será abierto al momento de su presentación con el objeto de verificar su contenido.
Para el caso de ser una garantía entregada en formato electrónico, esta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, al correo electrónico del Encargado Administrativo individualizado en las bases técnicas, indicando claramente en tal correo que se trata de la “Garantía de seriedad de la oferta de la licitación ID Nº 1331-3-LQ20”. De igual forma, dicha garantía digital podrá ser adjuntada al momento de subir la oferta a la plataforma de Mercado Público.
Las garantías presentadas en una forma distinta a la señalada o en un lugar distinto al indicado en el párrafo precedente, mal emitidas o entregadas fuera o más allá del plazo y hora señalados en el calendario de licitación de la cláusula sexta, serán declaradas inadmisibles, por no cumplir con los antecedentes obligatorios para ofertar. No obstante, se podrán aceptar aquellas cuya mal emisión consista en una diferencia en el texto de la glosa, siempre y cuando se indique claramente el objeto de la garantía y se individualice correctamente el ID de la licitación, habiéndose cumplido con todos los demás requisitos.
En caso de que el proceso de adjudicación correspondiente experimente demoras o retrasos, el Servicio podrá solicitar a los oferentes la renovación o prórroga de sus respectivas garantías de seriedad de las ofertas, a fin de que éstas permanezcan vigentes hasta la fecha señalada para su devolución o hasta la firma del contrato, según corresponda.
El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si los antecedentes presentados por el oferente sean falsos.
b) Si el proponente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, después de haber sido abierta la propuesta.
c) Si el oferente, para el caso de ser adjudicado:
• No se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado o no procure encontrarse en dicho portal en estado hábil para contratar con la Administración del Estado, dentro de los plazos señalados en el numeral denominado “Del Contrato de Prestación de Servicios”.
• No entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo fijado para ello.
• No proporcione los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, dentro del plazo establecido para tal efecto.
• No suscriba el contrato dentro del plazo fijado.
• No haya prorrogado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, o no haya entregado una nueva garantía en las mismas condiciones en que se tomó la primitiva, en caso de que faltando 5 días para la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de firma del contrato.
A los participantes cuyas ofertas hayan sido adjudicadas o hayan sido declaradas inadmisibles, se les devolverá la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo señalado en el calendario de licitación.
Las ofertas que no cuenten con el instrumento de garantía de seriedad de la oferta serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas por la Comisión Evaluadora, consignándolo así en el acta de evaluación respectiva.
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Glosa:
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“Garantía de seriedad de la oferta de licitación ID Nº 1331-3-LQ20”
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Forma y oportunidad de restitución:
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A los participantes cuyas ofertas hayan sido adjudicadas o hayan sido declaradas inadmisibles, se les devolverá la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo señalado en el calendario de licitación.
OFERTAS ADJUDICADAS Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
OFERTAS NO ADJUDICADAS 20 días desde la fecha de notificación de la adjudicación para las ofertas no adjudicadas y 10 días para desde la declaración de la inadmisibilidad de las ofertas, según corresponda.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
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Fecha de vencimiento:
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11-05-2022
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, en conformidad al artículo 11° de la “Ley de Compras”, y las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato y nunca más allá de los 10 días siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación (de conformidad a lo establecido en la cláusula Décimo Cuarta de las presentes bases administrativas), cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable y pagadera a la vista tomada en una institución comercial o bancaria habilitada, a nombre del Servicio Nacional de Turismo, R.U.T. Nº 60.704.000-1, por un monto equivalente al 5% del valor total bruto de su oferta (valor del contrato), debiendo expresarse dicho monto en pesos chilenos.
Si el instrumento a presentar solo puede ser emitido en UF, debe indicarse en un anexo o en “condiciones generales”, su conversión a pesos chilenos al día de la emisión del documento.
La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total del contrato, más 100 días corridos.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. De entregarse de forma física, deberá hacerse en dependencias de la Dirección Regional de Turismo de la presente licitación o mediante carta certificada remitida a dicho domicilio, o electrónicamente al correo electrónico de quien se designe como Encargado de la presente licitación. En caso de que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se haya cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso el Servicio queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
La garantía que se entregue deberá:
- Tener el carácter de irrevocable y pagadera a la vista.
- Ser nominativa o tomada a favor del Servicio Nacional de Turismo, RUT N° 60.704.000-1.
- Ser por un monto equivalente al 5% del valor bruto de su oferta económica.
- Ser expresada en pesos chilenos.
- El documento de garantía o la póliza de seguro de ejecución inmediata deberán contener la siguiente glosa: “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID Nº 1331-3-LQ20 y de las obligaciones laborales y previsionales y de las multas que se impusieren”.
- La vigencia del mencionado instrumento de garantía deberá comprender el plazo total del contrato, más 100 días corridos, y será obligación del adjudicatario mantenerlo permanentemente vigente en caso de prórrogas.
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Glosa:
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“Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID Nº 1331-3-LQ20 y de las obligaciones laborales y previsionales y de las multas que se impusieren”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se haya cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
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