Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Servicio Nacional de Turismo
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Fecha de vencimiento:
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08-02-2024
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Monto:
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5
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, asegurar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, de conformidad con el artículo 11° de la Ley de Compras, y de las multas que se impusieren; el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato, cualquier documento que asegure el cobro de una garantía o caución de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable y pagadero a la vista, que podrá ser tomado en un banco comercial o institución financiera habilitada, a nombre del “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. Nº60.704.000-1, por un monto equivalente al 5 % del valor total bruto de la oferta adjudicada o valor del contrato señalada en el Anexo N°2, debiendo expresarse el monto en pesos chilenos. Dicha garantía deberá contener la siguiente glosa: “Garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato ID N°1331-6-LE23, el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, y de las multas que se impusieren”.
La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total de vigencia del contrato, más 100 días corridos, sin perjuicio de algún plazo adicional que tome el proceso, lo que será informado a través del Portal. Con todo, será responsabilidad del adjudicatario mantener permanentemente vigente esta garantía en caso de prórroga, ampliación o aumento de presupuesto de contrato, debiendo siempre cumplir con los términos, plazos y características señalados previamente.
Si el instrumento a presentar solo pudiere ser emitido en divisas, UF o similares, deberá indicarse de forma expresa su conversión a pesos chilenos, a la fecha de emisión de dicho documento.
En el caso que opte por una póliza de seguro pagadera a la vista o a primer requerimiento y que sea de las permitidas por la Superintendencia de Valores y Seguros deberá excluir a Sernatur de cláusulas de arbitrajes, y en el caso de optar por un certificado de fianza deberá excluir el beneficio de excusión.
La garantía se podrá presentar en soporte papel o electrónicamente.
En el caso de presentarse en soporte papel, deberá entregarse en las oficinas de Sernatur, ubicadas en Avenida Los Carrera N°691, ciudad de Copiapó, región Atacama, en sobre cerrado, y rotulado “Garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato ID N°1331-6-LE23, el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, y de las multas que se impusieren”; el que será abierto al momento de su presentación con el objeto de verificar su contenido y se colocará el timbre con la fecha de recepción.
Si se presentare electrónicamente, deberá remitirse en el plazo indicado al correo electrónico raruiz@sernatur.cl, indicando claramente que se trata de la “Garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato ID N°1331-6-LE23, el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, y de las multas que se impusieren” , y deberá otorgarse según lo establecido en la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónico, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha Firma y al Artículo 31 de su Reglamento, es decir, deberá contar con firma electrónica avanzada, proporcionada por las entidades acreditadas según lo indicado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Esto se podrá verificar en https://www.entidadacreditadora.gob.cl/. Los documentos electrónicos que no cumplan con lo estipulado anteriormente no serán aceptados para el proceso licitatorio.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro, en concordancia con el numeral 2) de la cláusula vigesimoctava, cuando el adjudicatario:
1) No cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo,
2) No cumpla con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, en los términos señalados en el numeral 4) de la cláusula vigesimocuarta de estas bases,
3) No cumpla con el pago de cualquiera de las multas que se le impusieren, de acuerdo con lo señalado en la cláusula vigésima octava, y/o
4) En los demás casos que señalen las presentes Bases de Licitación.
El Servicio queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, para satisfacer dicho pago integro; una vez efectuado, el Servicio procederá a efectuar la devolución del remanente, si hubiere, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados desde su cobro.
El Adjudicatario tendrá un plazo máximo de 10 para presentar ante la contraparte técnica una nueva caución o garantía, en similares condiciones a las indicadas en los párrafos anteriores de esta cláusula; el incumplimiento de esta renovación será considerada por el Servicio como un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
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Glosa:
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Garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato ID N°1331-6-LE23, el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, y de las multas que se impusieren
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se haya cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
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