Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Servicio Nacional de Turismo
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Fecha de vencimiento:
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14-12-2020
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Monto:
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1110000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de la oferta, todos los oferentes deberán entregar una garantía, de carácter irrevocable, pagadera a la vista, tomada por uno o más integrantes del oferente, a nombre del “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. Nº 60.704.000-1, por un monto equivalente al 3% del monto máximo disponible para esta licitación, vale decir por un monto de $1.110.000- (Un millón ciento diez mil pesos), cuya vigencia no podrá ser inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas (fecha de cierre de recepción de ofertas y entrega de la boleta de garantía) establecido en el calendario de licitación de la cláusula sexta de las presentes bases, y deberá contemplar o llevar la siguiente glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación ID N° 1331-8-LE20”, cuando corresponda.
Si el instrumento a presentar solo puede ser emitido en UF, debe indicarse en un anexo o en “condiciones generales” o “condiciones particulares”, su conversión a pesos chilenos al día de la emisión del documento.
En el caso que el oferente opte por una póliza de seguro pagadera a la vista o a primer requerimiento y que sea de las no prohibidas por la Superintendencia de Valores y Seguros deberá excluir la cláusula de arbitraje o señalara expresamente que ésta no se aplicará a Sernatur, y en el caso de optar por un certificado de fianza deberá excluir el beneficio de excusión.
La garantía de seriedad de la oferta deberá presentarse en formato papel o electrónicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónico, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, y ajustarse a sus disposiciones y deberá remitirse dentro dentro del plazo y hora señalado en el calendario de la presente licitación de la cláusula sexta, es decir, dentro del plazo para la presentación de ofertas y antes cierre de recepción de las mismas, no pudiendo ser presentadas fuera de dicho plazo y horario o en una forma distinta a la señalada.
Las garantías electrónicas otorgadas de conformidad a la Ley N° 19.799 deberán ser enviadas dentro del plazo establecido para ello en el calendario de la cláusula sexta, al correo electrónico raruiz@sernatur.cl, indicando claramente que se trata de la “Garantía de seriedad de la oferta de la licitación ID Nº ID N° 1331-8-LE20”, o subirse como archivo adjunto a la oferta técnica presentada a través del portal www.mercadopublico.cl” dentro de ese mismo plazo.
En caso de que la garantía se otorgue en formato o soporte papel, deberá presentarse en las Oficinas de Sernatur, Región de Atacama ubicadas en Los Carrera N° 691, ciudad de Copiapó, en un sobre rotulado “Garantía de seriedad de la oferta de la licitación ID N.° ID N° 1331-8-LE20”, el que será abierto al momento de su presentación con el objeto de verificar su contenido, en el plazo ya señalado, la que se le colocará timbre con la fecha de recepción del día que haya sido entregado.
Las garantías presentadas en una forma diferente a la señalada en el párrafo precedente, mal emitidas o entregadas fuera del plazo y hora señalados en el calendario de licitación de la cláusula sexta, se entenderán y tendrán como no presentadas, siendo la oferta declarada inadmisible en el acta de evaluación de las ofertas.
En caso de que el proceso de adjudicación experimentare demoras o atrasos, el Servicio podrá solicitar a los oferentes la renovación o prórroga de sus respectivas garantías de seriedad de las ofertas, a fin de que éstas permanezcan vigentes hasta la fecha señalada para su devolución o hasta la firma del contrato, según corresponda.
El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si los antecedentes presentados por el oferente son falsos.
b) Si el proponente u oferente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, después de haber sido abierta la propuesta.
c) Si el oferente, para el caso de ser adjudicado:
• No se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o no procure encontrarse en dicho portal en estado hábil para contratar con la Administración del Estado, en ambos casos dentro de los plazos señalados en el numeral denominado “Del Contrato de Prestación de Servicios”.
• No entregue la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo fijado para ello.
• No proporcione los antecedentes necesarios para elaborar el contrato de prestación de servicios respectivo, dentro del plazo establecido para tal efecto en estas bases.
• No suscriba el contrato de prestación de servicios dentro del plazo fijado para ello en estas bases.
• No haya prorrogado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, o no haya entregado una nueva garantía en las mismas condiciones en que se tomó la primitiva, en caso de que faltando siete (7) días para la fecha de vencimiento de la garantía entregada originalmente, aún estuviese en curso el proceso de firma del contrato de prestación de servicios.
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Glosa:
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“Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación ID N° 1331-8-LE20”
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Forma y oportunidad de restitución:
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A los oferentes cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas, hayan sido declaradas inadmisibles o rechazadas en el Portal, y al adjudicatario se les devolverá la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo señalado en el calendario de esta licitación de la cláusula sexta de estas bases, según corresponda.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Servicio Nacional de Turismo
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Fecha de vencimiento:
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09-08-2021
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, en conformidad al artículo 11° de la Ley de Compras Públicas, y de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá entregar, como condición previa para la suscripción del contrato cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de carácter irrevocable y pagadera a la vista, tomada en un banco comercial o institución habilitada con oficinas en la Región Atacama, a nombre del “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. Nº 60.704.000-1, por un monto equivalente al 10% del valor total bruto de su oferta (valor del contrato) a nombre de “Servicio Nacional de Turismo”, R.U.T. N.° 60.704.000-1, debiendo expresarse el monto en pesos chilenos. Dicha garantía deberá contener la siguiente glosa: “Para garantizar las obligaciones de la licitación pública ID N.° 1331-8-LE20, las obligaciones laborales y previsionales y las multas que se impusieren”, si correspondiere.
Si el instrumento a presentar solo puede ser emitido en UF, debe indicarse en un anexo o en “condiciones generales” o “condiciones particulares”, su conversión a pesos chilenos al día de la emisión del documento.
En el caso que el oferente opte por una póliza de seguro pagadera a la vista o a primer requerimiento y que sea de las no prohibidas por la Superintendencia de Valores y Seguros deberá excluir en ellas la cláusula de arbitraje, y en el caso de optar por un certificado de fianza deberá excluir el beneficio de excusión, a fin de que sea efectivamente pagadera a primer requerimiento.
La vigencia de dicha garantía deberá comprender el plazo total del contrato, más 100 días corridos.
La garantía podrá ser entregada físicamente (formato papel) o electrónicamente de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónico, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma, dentro del plazo indicado en las presentes bases. Las garantías otorgadas en soporte papel deberán ser entregada físicamente, o bien enviadas por correo certificado y recibido en Los Carrera 691, Comuna de Copiapó, Región de Atacama, u otro domicilio que se le indique y las garantías otorgadas de conformidad a la Ley N° 19.799 (electrónicas) deberán ser remitidas al correo electrónico raruiz@sernatur.cl, según corresponda dentro del plazo establecido para ello, en ambos casos señalando que se trata del envío de la garantía de fiel cumplimiento de contrato de la licitación pública ID N.° 1331-8-LE20”.
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Glosa:
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“Para garantizar las obligaciones de la licitación pública ID N.° 1331-8-LE20, las obligaciones laborales y previsionales y las multas que se impusieren”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se haya cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las estas bases y contrato, previo informe escrito emitido por la Contraparte Técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
Dicha garantía podrá ser presentada a cobro cuando el adjudicatario no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establezcan en las bases, la oferta correspondiente y/o el contrato respectivo, con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores en caso de contrataciones de servicios y/o las multas que se impusieren, en cuyo caso el Servicio queda desde ya autorizado para su presentación a cobro, administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
Frente a un incumplimiento de las obligaciones y plazos que establezcan las bases o el contrato o las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, el Servicio notificará mediante carta certificada el oficio en el que consta tal incumplimiento, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación por carta certificada para presentar sus descargos al respecto, los que serán resueltos por el Director Nacional o Regional, según corresponda, acogiéndolos o rechazándolos.
En el caso de no ser contestados los descargos o de ser éstos rechazados por el Director Nacional o Regional, en su caso, se ordenará el cobro de la garantía por resolución fundada y una vez publicada ésta en el portal, se presentará a cobro sin más trámite.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener permanentemente vigente esta garantía en caso de prórroga, ampliación o aumento de presupuesto de contrato, debiendo cumplir en tal caso la garantía los mismos términos y características señalados en esta cláusula.
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