- OBJETIVO
La Dirección de Vialidad Llanquihue solicita ofertas por SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL en los Recinto Fiscal de la Dirección de Vialidad, Camino a Pargua Km. 4 de la Ciudad de Puerto Montt, considerando de Lunes a Domingo y festivos desde las 08:00 AM a las 08:00 AM, por el periodo año 2022-2023.
NORMATIVA
La presente convocatoria se ceñirá a las disposiciones del Decreto MOP Nº 850 de 1997, el Decreto Hacienda Nº 250/2004 modificado por Decreto Hacienda Nº 1763/2009, Ley Nº 19.886, Decreto Nº 1600/2008, Decreto MOP Nº 1141 del 2006, Reglamento de la Ley de Compra y las presentes Bases Administrativas.
VISITA INSPECTIVA
Se realizará Visita Inspectiva el día 13 de Octubre de 2022 a las 15:30 AM horas, en la oficina del Jefe del Área de Abastecimiento, Ubicada en Camino a Pargua Km. 4, Puerto Montt, para visitar las dependencias de la Dirección de Vialidad, a objeto de analizar detalladamente el servicio.
Las Empresas interesadas deberán presentar el Certificado de Visitas (Anexo Visita), el cual debe ser firmado por el funcionario designado. Este Certificado deberá ser escaneado y subido al portal mercadopublico.cl como requisito básico para la apertura de las ofertas, dejando en claro que la no presencia de un proveedor a esta incurrirá en la eliminación de su oferta al momento de la apertura.
PARTICIPANTES
Podrán participar aquellas Empresas de Seguridad autorizadas y que estén inscritas en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas (Porta internet www.chileproveedores.cl y www.mercadopublico.cl), siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias de las presentes Bases.
ACLARACIONES
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las presentes Bases, solamente vía Sistema Mercado público. Las respuestas correspondientes, serán publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl, según las fechas establecidas en la cotización. Tanto las preguntas como las respuestas que se formulen, serán notificadas a cada uno de los proponentes en dicho Portal. Tales preguntas y aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán a los Proponentes.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los Proponentes además deberán ingresar sus Ofertas al Portal Internet www.mercadopublico.cl, de lo contrario no serán considerados en el proceso de Licitación.
Es importante establecer que, las ofertas ingresadas al sitio no pueden ser vistas por la competencia y que la Dirección de Vialidad, sólo tiene acceso a ellas, en la fecha y hora de cierre del proceso de licitación, oportunidad en que el sistema no permite el ingreso de ninguna nueva oferta o modificación de las existentes
DOCUMENTOS DE LA OFERTA TÉCNICA
La “Oferta Técnica” deberá incluir los siguientes archivos adjuntos en el portal www.mercadopublico.cl Antecedentes Administrativos (Anexo Nº 1-A; 1-B; 2-A; 2-B
Antecedentes técnicos (Anexo Nº 4: Nº 5) Certificado de Visita según (Anexo Visita)
Copia de Permisos Oficiales, extendido por Carabineros de Chile
Currículum que acredite experiencia en el área de SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL, a través de Certificados emitidos por Empresas a las cuales preste servicios.
Documento que acredite que cuenta con Oficinas en la Ciudad de Puerto Montt
DOCUMENTOS DE LA OFERTA ECONOMICA
Los valores deberán indicarse en moneda nacional y deberá ser ingresado en mercadopublico.cl, considerando el valor mensual neto del servicio
VALIDEZ DE LA OFERTA
Los Valores de las Ofertas deberán tener una validez de 45 días corridos contados desde la fecha de recepción de las mismas
RECEPCIÓN DE OFERTAS
La Oferta Técnica y Oferta Económica será recepcionada hasta el día y hora de cierre establecido en el llamado a licitación del Sistema Mercadopublico.cl
DERECHO A SOLICITAR ACLARACIONES
Para la debida comprensión del contenido de las Ofertas de los Proponentes, la Dirección de Vialidad, podrá solicitar por escrito a éstos, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas deberán formularse por escrito, referidas específicamente a los puntos solicitados y en el plazo fijado por la Dirección de Vialidad.
La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho a desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos y condiciones si así conviniera al interés Fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Adjudicación correspondiente, lo que no dará derecho a los Proponentes para reclamar indemnización alguna a la Dirección de Vialidad.
DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
- Se adjudicará esta licitación, al oferente que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de la Comisión de adjudicación, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región de los Lagos. Además, la Dirección de Vialidad Región de los Lagos, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
- La adjudicación de la Licitación se materializará por Convenio Ad-referéndum, el que será aprobado por Resolución de autoridad competente.
FORMA DE PAGO
La Dirección de Vialidad cancelará la prestación de servicios a mes vencido, contra Factura, a nombre de:
El pago se efectuará en la medida que se hayan ejecutado los servicios, en un plazo de 30 días desde la presentación de la factura, previa recepción conforme por el Inspector fiscal designadoo su Subrogancia. Todo trabajo facturado con cargo al convenio, deberá tener el respaldo presupuestario correspondiente.
FACTURACION ELECTRÓNICA Y FORMA DE PAGO
El pago al proveedor se realizará en un plazo no superior a 30 días posteriores a la presentación de la factura, previa recepción conforme de los Insumos, por parte del Inspector Fiscal y firma de la Contraparte Técnica en la factura.
Conforme a la Ley N° 20.727 la que obliga a los Contribuyentes a emitir documentos electrónicos, el Ministerio de Obras Públicas está mandatado por el Servicio de Impuestos Internos (SII) a incorporarse a la modalidad de contribuyente electrónico a contar del 01 de marzo de 2017.
Como es de conocimiento general la citada Ley establece que se debe operar bajo esta modalidad como receptor de Facturas Electrónicas.
En este orden Uds. como Emisores de facturas Electrónicas al Ministerio de Obras Públicas en calidad de Proveedores, deberán realizar ciertos ajustes en el XML de la Factura, de manera que ésta refleje el lugar del País donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.
En efecto, las Facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago, en donde se produjo la compra, para una identificación rápida y que el documento se derive automáticamente a los correos electrónicos que se diseñarán para tal efecto.
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PUBLICAS DCYF
Región : DE LOS LAGOS
Domicilio: CAMINO A PARGUA KM. 4
Comuna: PUERTO MONTT
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CODIGO FACTURACIÓN: 1280 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD LLANQUIHUE
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación, cumplimiento o término del contrato, será resuelta por el Fiscal del MOP, quién emitirá un informe en derecho, sin perjuicio de las atribuciones legales que le correspondan al Ministerio de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
EN CASO DE EMPATE
Se adjudicará a la oferta que presente mejor oferta Económica, como segundo criterio Condiciones de Empleo y Remuneración, como tercer criterio Metodología Propuesta y como último criterio Comportamiento contractual anterior.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
La Dirección de Vialidad podrá solicitar información Omitida o Adicional a las Empresas, esta información NO TENDRA PONDERACION.
La Empresa que no Presente LA DECLARACION JURADA (ANEXO Nº 1) será Castigada en su Ponderación con 5 puntos.
CONTACTO PARA CONSULTAS RESPECTO DE ADJUDICACION Srta. PAMELA VARGAS VELÁSQUEZ
EMAIL: pamela.vargas@mop.gov.cl FONO: 56 65 2 382160
REQUISITOS DEL PERSONAL DE GUARDIAS DE SEGURIDAD
La Dirección de Vialidad Regional exige al Contratista, lo establecido en la normativa vigente, es decir lo establecido en el D.S. Nº 93 de 21.10.85. Como requisito técnico que deben tener los trabajadores que desarrollarán las funciones de Guardia de Seguridad, esto es:
Ser chileno;
Tener 18 años de edad cumplidos:
Tener, a lo menos octavo año de educación básica aprobado; No haber sido condenado por crimen o simple delito, y
Tener salud y condiciones físicas compatibles con la función que van a desempeñar, las que serán comprobadas mediante certificado médico.
Poseer la credencial de Guardia de Seguridad luego de haber aprobado el curso de OS – 10 de Carabineros para este personal, y la presentación de la Directiva de Seguridad en el recinto donde presta servicio.
CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
La empresa deberá disponer de la cantidad de personal necesario para cubrir con el Servicio de Vigilancia las 24 horas del día los 7 días de la semana.
- La Empresa se compromete a prestar SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL, de Lunes a Domingo, inclusive días Festivos, durante el período año 2022-2024, en las Dependencias de Maestranza y Oficinas de la Dirección de Vialidad Llanquihue, Región de Los Lagos
- La Empresa de SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL deberá disponer de personal suficiente para prestar el servicio, que cuente con la experiencia e idoneidad para el ejercicio de la función. Al momento de contratar el servicio se debe presentar copia de los respectivos Contratos de Trabajo de los vigilantes.
- La Empresa deberá presentar al momento de suscribir el Convenio de Prestación de Servicios, copia del Seguro de Responsabilidad Civil y copia de los Seguros de Vida en beneficio de cada uno de sus trabajadores con los que prestará el servicio.
- La Empresa al momento de suscribir el Convenio presentará un plan de SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL, el que podrá ser modificado por la Dirección de Vialidad y que formará parte del Convenio de Prestación de Servicios, dentro del cual se deberá fijar el número de vigilantes, el sistema de control y salidas de vehículos, contemplar libro de novedades, etc. Se definirá la red de contactos de personas internas del servicio y toda aquello que permita establecer un adecuado sistema de SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL del Recinto e Instalaciones.
- La empresa deberá contar con un sistema de comunicación propio, el que deberá estar en contacto directo con Carabineros de Chile.
- La Empresa deberá disponer de un sistema de supervisión de los vigilantes y estará obligada a emitir un informe Semanal de los principales hechos detectados, independiente de los reportes y avisos diarios que se vayan generando como consecuencia de las labores de SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL.
- La Empresa será responsable del pago de remuneraciones, horas extraordinarias, obligaciones derivadas de accidentes del trabajo, cumplir con el pago de las Cotizaciones Previsionales y de Salud, según lo establece la Ley, eximiendo de cualquier responsabilidad a la Dirección de Vialidad, para el pago de la factura será obligatorio hacer llegar estos antecedentes junto con la factura los Formularios F-30 y F-30-1.
- Dejase establecido que el uso del teléfono es para realizar llamadas exclusivamente de uso Fiscal.
- Si la Empresa no proporcionara los servicios a plena y total satisfacción de la Dirección de Vialidad Provincia de Llanquihue, la Dirección de Vialidad se reserva el derecho a poner término anticipadamente al contrato, dando un aviso de 30 días, por lo que monto de la prestación de servicios se reducirá automáticamente y en forma proporcional al número real de días transcurridos hasta el término anticipado del convenio, respecto de la duración del mismo.
- La Empresa deberá entregar a la Dirección de Vialidad, en un plazo que no exceda los 5 días corridos desde el inicio de la prestación de servicios, una Garantía Bancaria de Fiel Cumplimiento, pagadera a la vista a nombre del MOP Dirección de Vialidad y que será ascendente al 10% del monto total de la prestación de servicios, que se hará efectivo en caso de daño o perjuicio al patrimonio de la Dirección de Vialidad, derivadas de acciones u omisiones directas o indirectas del personal de la Empresa que se adjudique la licitación, independiente de la responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de los mismos hechos.
- La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a solicitar fundadamente cambio de personas que realizan labores de PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL.
Funciones general u operativa que deben cumplir los Guardias de Seguridad
- El personal de la empresa deberá como principal función realizar SERVICIO DE PORTERÍA, SEGURIDAD, VIGILANCIA y CONTROL a través de sistema de cámaras de seguridad dispuestos para este fin.
- Disuadir cualquier intento de robo, vandalismo a las instalaciones de la Dirección de Vialidad Llanquihue como asimismo impedir el ingreso indebido al establecimiento.
- Resguardar el patrimonio de la Dirección de Vialidad Llanquihue (Instalaciones, sistemas de Electrificación y comunicaciones de las instalaciones a cargo)
- En caso de emergencia, asistir al usuario y/o funcionario informando de inmediato a la empresa y organismos competentes o unidades de emergencias (Carabineros, Bomberos, Policía de Investigaciones, Ambulancia SAMU, etc.) ante incidencias, tales como, desmayos, ataques cardiacos, incendios, robos, riñas, sismos o de otra índole
- Llevar un libro con el registro de novedades ocurridas en su servicio el que deberá constatar cada dos horas.
- El sitio a resguardar será la parte externa e interna del Recinto fiscal de Vialidad Llanquihue, es decir el perimetraje exterior e interior, especialmente los accesos al recinto.
- La Empresa de Guardias coordinará e informará toda información y/o novedad con un funcionario designado para tales efectos quien administrará el cumplimiento del contrato en la parte operativa.
Modalidad de control
- Se deberá controlar en garita el ingreso de personas externas mediante Libro de Registro, solicitando algún documento de identificación en portería, la persona recibirá una tarjeta que lo identifique como visita.
- No Podrán ingresar persona ajena al Servicio en los horarios de trabajo dispuestos por los guardias, siendo excepciones de horario de lunes a jueves hasta las 17:30 horas y el viernes hasta las 16:30 Hrs.
- Es Obligatorio registrar las salidas de Vehículos fiscales y vehículos de los Funcionarios.
- Los Guardias se apoyarán de un equipo de comunicación portátil, para mantener una comunicación rápida y expedita con la Empresa, y a su vez esta con el funcionario designado como nexo por la Dirección de Vialidad Provincia de Llanquihue.
- Si durante el plazo de ejecución de los servicios la empresa adjudicada cambia algún integrante del personal proporcionado, la empresa comunicará su decisión y propondrá los antecedentes de un reemplazante. El personal reemplazante deberá estar operativo en 24 horas.
- El personal propuesto, tanto el inicial como el reemplazante, podrá ser objetado, procediendo la empresa a su reemplazo.
- Se calificará y supervisará el desempeño del guardia de turno, que en caso de resultar deficiente podrá ser causal se suspensión del contrato.
- Evitar ingreso de personas ajenas al recinto en sectores cerrados, imponer el orden, cuando sea necesario, controlar los sistemas de luces, agua puertas y rejas que deben permanecer cerradas durante los períodos de inactividad.
- El guardia de seguridad deberá marcar ingreso y salida del recinto en un libro de control que dispondrá la empresa, el cual debe encontrarse permanentemente en la garita de control, para poder ser revisado en cualquier momento.
- En caso de inasistencia de algún guardia, la empresa deberá reemplazar a otro en su lugar. Se efectuará descuento de la factura mensual, cuando no exista servicio continuo de guardia, ya sea horas o días. El convenio se podrá terminar si no se cumple lo especificado.
- La empresa deberá hacer entrega de los antecedentes de los guardias que prestaran servicios en las dependencias de la Dirección de Vialidad Llanquihue, como así también deberá presentar de forma semanal y anticipada, un informe con el calendario de los turnos para el personal asignado en este recinto.
- Control de ingreso y salida de vehículos, personas, registro y chequeo de ingreso y salida de materiales e insumos.
- Que el personal de seguridad revise todos los días que los vehículos, camiones y maquinarias estacionados dentro del recinto queden totalmente cerrados.
- Deberán verificar que las puertas, portones y ventanas de los boxes, bodegas en general que se encuentren cerrados.
- Revisar que llaves de red de agua de servicios higiénicos estén cerradas.
- Que las luces que no correspondan a iluminación de patios se encuentren apagadas.
- Las anomalías que se detecten, como vehículos abiertos, llaves malas, calefactores y luces encendidas, computadores encendidos deben registrarse en un libro de novedades.
- Se cursarán pagos mensuales, previa presentación de factura, copia liquidación de sueldo, comprobante pago cotizaciones previsionales y salud mes anterior y registro asistencia.
- Sistema de cámaras de Vigilancia el guardia de turno deberá operar y apoyarse del sistema para el buen cumplimiento de su función.
- El atraso o la no continuidad de un turno, será multado con 1 UTM y si esto se repite más de 2 (dos) veces dentro de un mes, será causal de término de Convenio.
- Se prohíbe el ingreso de personal ajeno a la empresa de seguridad y a la Dirección de Vialidad Llanquihue en la garita de Guardias.
SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD REQUERIDOS PARA LOS GUARDIAS DE SEGURIDAD
Para el buen desempeño de las operaciones que deben realizar los Guardias de Seguridad, será obligación por parte del Contratista dotar a su personal de todos los elementos de seguridad necesarios para dicha labor:
- Libro de recepción y entrega de servicio y novedades.
- Linterna
- Pito
- 1 Libro de Asistencia y Turnos
- Comunicación con su Supervisor (ya sea celular o radio)
- Además, el Guardia de Seguridad será responsable de mantener todos sus útiles completos y en condiciones de uso inmediato, y dispuesto ante cualquiera fiscalización
SUMINISTRO DE UNIFORMES PARA EL PERSONAL DE GUARDIAS DE SEGURIDAD
Este ítem considera que el Contratista tiene la obligación de suministrar a su personal un uniforme de trabajo, que cumpla todos los requerimientos establecidos por la Autoridad Fiscalizadora (Carabineros de Chile) y los estipulados por la Dirección de Vialidad Regional, lo cual se considera necesario para un buen desempeño de sus labores. El uniforme debe contar con los siguientes elementos:
Tenida de Invierno y verano con corbata y pantalones Gorra o Kepí
Casaca
Un par de zapatos de seguridad
Y para las épocas donde se presenten malas condiciones meteorológicas, el Contratista deberá suministrar: Un Traje de agua
Parka
DEL CAMBIO DE PERSONAL
Cualquier cambio de personal que el adjudicatario desee efectuar deberá ser comunicado, con a lo menos 15 días de anticipación. Del mismo modo, la Dirección de Vialidad podrá solicitar el cambio de operarios, y el adjudicatario deberá acceder a dicha petición, dentro del plazo que se le indique. La decisión de la Dirección de Vialidad se comunicara por escrito a la empresa precisando las causas que motivan la solicitud, y con 15 días de anticipación a la fecha que se solicita deje de prestar servicios el trabajador que se identifique.
DEL CONTRATO
PLAZO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO
En el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar de la notificación señalada en el punto 12, se deberá suscribir un Contrato, según modelo adjunto. Formarán parte de este Contrato, las presentes BA, las BT, las respuestas a las preguntas, Aclaraciones y/o Modificaciones, Formularios y/o Anexos, si los hubiere, la oferta aceptada y sus aclaraciones, si las hubiere.
Junto con el Contrato firmado, se deberá presentar:
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, según lo contemplado en el artículo 4°, inciso 1° de la Ley N°19.886 e inciso final del artículo 5° de la Ley N° 20.882 de Presupuestos del Sector Público del año 2016.
- La Declaración Jurada Simple [art. 4°, inciso 6º, Ley N° 19.886 y arts. 8º y 10°, Ley N° 20.393] del Anexo N°1.
VIGENCIA
El Contrato tendrá una vigencia de doce (12) meses y éste comenzará a regir desde la fecha de tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, sin perjuicio que por razones de buen servicio, la prestación podrá iniciarse una vez adjudicado el servicio, quedando pendiente pagos hasta la total tramitación de la Resolución que apruebe el Contrato.
PLAZO DE CONTRATO
El plazo de vigencia de este Convenio tendrá una duración de un año, a contar de la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación y envió de la Orden de Compra correspondiente, renovable automáticamente por un lapsos de un año, si ninguna de las partes manifiesta por escrito su voluntad de ponerle término con a lo menos treinta días de antelación al término de su vigencia, sin embargo, podrá ponerse término al Convenio, de acuerdo a las causales estipuladas en el Art. Nº 77 del Reglamento de la ley Nº 19.886. En este caso, el proveedor deberá, además, presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato por dicha renovación, la que deberá cumplir con las mismas exigencias y condiciones establecidas para la garantía solicitada inicialmente. La nueva garantía deberá ser presentada hasta el 5º día hábil, contado de la resolución que autoriza la renovación, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles a partir de la fecha de término del contrato.
La Dirección de Vialidad Llanquihue podrá poner término al convenio antes de lo establecido por razones presupuestarias o de incumplimiento, cancelándose hasta el último día en que prestó servicios, la empresa adjudicada no podrá reclamar indemnización alguna a la Dirección de Vialidad.
En la eventualidad que una de las partes quiera dar término al Convenio deberá notificar por escrito con a lo menos 30 días de antelación al término de su vigencia.
TÉRMINO ANTICIPADO Y MODIFICACIONES
El Contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras establecidas, contenido en el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda N° 250 del año 2004 y sus modificaciones:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, señaladas en el numeral 6 de las Bases Técnicas.
c) Estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, el Inspector Fiscal, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.
PROCEDIMIENTO DE TÉRMINO ANTICIPADO O DE CADUCIDAD DEL CONTRATO
Cuando el adjudicatario incurra en alguna causal de término del contrato por incumplimiento de las obligaciones impuestas al mismo, la Dirección aplicará el siguiente procedimiento, previo a la solicitud de declaración de extinción del contrato:
a.La Dirección, notificará al adjudicatario los incumplimientos graves del Contrato y antecedentes relevantes e informará de esta situación al Jefe Sub-Depto. de Maquinarias, Provincia de Llanquihue.
b.El adjudicatario en el plazo de 10 corridos, días contados desde la notificación, deberá entregar a la Dirección de Vialidad Llanquihue, informe pormenorizado de la situación que produjo el incumplimiento, adjuntando los antecedentes probatorios del mismo.
c. La Dirección de Vialidad Provincia de Llanquihue, sobre la base del informe analizado en derecho, en mérito de las conclusiones, si corresponde, se podrá fijar un plazo para subsanar los incumplimientos, que deberán ser verificados e informados al Sub-Depto. de Maquinarias Provincia de Llanquihue o se adoptarán medidas tendientes a resolver el Contrato.
d.En caso de incumplimiento del Contrato, la Dirección de Vialidad Llanquihue Región de los Lagos, informará al Sub- Depto. de Maquinarias Provincia de Llanquihue, para que se tramite el acto administrativo de término del Contrato y aplicación de sanción. Ello sin perjuicio del derecho que le asiste al Adjudicatario de interponer los recursos que correspondan contra la decisión de la Dirección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880.
e.Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cumplimiento a lo estipulado en las bases, salvo razones de fuerza mayor.
f. La falta de prestación de los servicios o fallas reiterativas en los vehículos a causa de reparaciones mal efectuadas o daños severos e irreparables a la propiedad fiscal, facultará a la Dirección de Vialidad a poner término al Convenio, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
DOMICILIO
Para todos los efectos del Contrato a suscribir con el adjudicatario, éste o su representante legal, deberá fijar domicilio en la Provincia de Llanquihue, prorrogando la competencia ante sus Tribunales ordinarios de justicia.
SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario se obliga a otorgar a la Dirección todas las facilidades para observar las operaciones de mantenimiento o reparación de los vehículos de la Dirección de Vialidad, en todos los aspectos establecidos en el Contrato. Sin perjuicio a la responsabilidad que le asiste al Contratista, por la calidad de las mantenciones, la Dirección de Vialidad podrá realizar observaciones tendientes a mejoras del proceso dentro de un plazo técnicamente fundamentado, todo lo cual deberá quedar registrado en la Orden de Trabajo. De acuerdo a lo anterior, el Adjudicatario autorizará al Inspector Fiscal I.F, nombrado según punto 8 de Bases Técnicas, para acceder a instalaciones del Contratista, o donde se realicen los trabajos de mantenimiento. El visitante, I.F deberá estar equipado con los elementos seguridad correspondiente.
La supervisión administrativa del Contrato por parte de la Dirección se realizará a través de Inspector Fiscal, de la Unidad de Gestión de Personas – Administración - Presupuestos, todo lo cual no obsta al ejercicio de la facultad fiscalizadora de otros organismos públicos con competencia de acuerdo a la naturaleza de los servicios adjudicatarios.
Inspector Fiscal [IF]
Será designado mediante acto administrativo de esta Dirección, esta deberá procurar el cumplimiento de los aspectos administrativos establecidos en el mismo.
El Adjudicatario deberá otorgar acceso, al Inspector fiscal, respecto a los documentos relacionados con la operación del servicio de mantenimiento, necesarios para el cumplimiento de las obligaciones emanadas del Contrato.
Para efectos de requerimiento de información relacionados con el cumplimiento de los aspectos establecidos en el Contrato, cualquiera de los profesionales que integren la el Sub.Depto de Maquinarias, podrá solicitarlos.
La IF será el funcionario profesional que, designado mediante acto administrativo del Jefe Provincial Llanquihue de Vialidad de la Región de los Lagos, asumirá el derecho y la obligación de fiscalizar el fiel cumplimiento del Contrato que se suscriba, en todas sus etapas, para cuyo efecto tendrá las siguientes responsabilidades:
a. Mantener un archivo (papel o digital), con los documentos correspondientes a: Aprobación de BA y BT; Aclaraciones y/o Modificaciones; Formularios y/o Anexos; Aprobación de Contrato; Contrato firmado; Fotocopia de la Garantía de Fiel Cumplimiento; Oferta del proveedor; Garantías; y la Resolución que designa al Inspector Fiscal IF.
b. Recibir los documentos señalados en las presentes Bases y dar conformidad a las respectivas etapas y autorizar los pagos.
c. Supervisar y controlar el desarrollo del Contrato, velando por el estricto cumplimento de los requerimientos señalados en las Bases.
d. Determinar los incumplimientos que se estipulen en el Contrato, y solicitar la aplicación de las sanciones que correspondan.
MODIFICACIONES
Las modificaciones se pueden producir de acuerdo al Artículo Nº77 del D.S. de Hacienda Nº250 de 2004.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de incluir en el Contrato otros equipos de la dotación de la Dirección de Vialidad Región de los Lagos, a través de una Resolución fundada. Tal inclusión no da lugar a una alteración de los precios con que el oferente adjudicado postuló a la licitación, ni tampoco da motivo para aumentar el monto del presupuesto establecido para el contrato, ni tampoco para disminuir la calidad del servicio otorgada.
Si existiese la ocurrencia de un caso de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad a lo establecido en artículo 45 del Código Civil, será responsabilidad del adjudicatario comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación del caso fortuito o fuerza mayor a el Inspector Fiscal (IF) dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de ocurrido el hecho que origina esta situación. La IF tendrá que solicitar a la Dirección de Vialidad, un informe, en derecho. En base a las conclusiones de dicho informe procederá la excepción o sanción correspondiente. Lo que será informado al Adjudicatario, en el más breve plazo. Pudiendo el adjudicatario, en un plazo no superior a 5 días, interponer recurso de reposición ante esta autoridad. La cual dispondrá un plazo de 30 días para resolver el recurso de reposición. En caso de ser rechazado, deberá proceder el pago de multa.
SUBCONTRATACIÓN
El Adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser regido de acuerdo a las normas del Código del Trabajo.
El MOP no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con dicho personal, por lo que corresponderá al adjudicatario toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de su personal y de aquel que contrate a su nombre para la prestación de los servicios. A su turno, el MOP no será responsable por cualquier accidente de trabajo y/o todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión del contrato que se suscriba.
Sin perjuicio de lo indicado, la Dirección de Vialidad autoriza la Subcontratación de servicios especiales, previa autorización del Inspector Fiscal, debido a que el mantenimiento y reparación de la totalidad de los sistemas de estos equipos requieren ser intervenidos por personal especializado correspondiente a la marca de cada componente involucrado. Los servicios que se pueden subcontratar se especifican en el punto 10 de las Bases Técnicas.
TRASPASO DEL CONTRATO
La Empresa adjudicataria NO podrá no podrá en caso alguno ceder, transferir o aportar los derechos y obligaciones derivadas a terceros el Contrato de se celebre, La empresa Adjudicada está en general, obligada a ejecutar directamente las obligaciones que emanan del Contrato, quedando prohibido absolutamente el traspaso de las mismas, luego de Licitado y Adjudicado el Contrato que se celebre en virtud del proceso tendiente a dicho fin. Por lo tanto, la responsabilidad frente a la Dirección de Vialidad por el cumplimiento del Contrato, estará siempre radicada en la Empresa Adjudicada.
INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cumplimiento a lo estipulado en las bases, salvo razones de fuerza mayor.
La falta de prestación de los servicios o fallas reiterativas en la realización de este, facultará a la Dirección de Vialidad a poner término al Convenio, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
PRÓRROGA DEL CONTRATO
En caso que el nuevo proceso de compras no esté perfeccionado al término del presente contrato y debido a la imperiosa necesidad de contar con el servicio de mantenimiento funcionando, este se podría prorrogar de común acuerdo de las partes, mientras esté en condiciones de operar el nuevo contrato. Esta prórroga en ningún caso puede ser superior a la vigencia del contrato original y será en los mismos términos y condiciones de éste. En este caso, el proveedor deberá, además, presentar una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato por dicha prórroga, la que deberá cumplir con las mismas exigencias y condiciones establecidas para la garantía solicitada inicialmente.
La nueva garantía deberá ser presentada hasta el 5º día hábil, contado de la resolución que autoriza la prórroga, con una fecha de vencimiento de 60 días hábiles a partir de la fecha de tramitación de la resolución que autoriza la prórroga.
CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
a) El CONTRATISTA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El CONTRATISTA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el CONTRATISTA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el CONTRATISTA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.