Licitación ID: 1350-4-LE24
SERVICIO RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS SRCEI
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICAC, Dirección Regional VI Región, Lib.B. OHiggins
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
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Productos o servicios
1
Encuadernación con cola fría o pegamento 1 Unidad
Cod: 82121903
SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS DE NACIMIENTO, DEFUNCIÓN, MATRIMONIO, MATRIMONIO RELIGIOSO, ACUERDO DE UNIÓN CIVIL, POSESIONES EFECTIVAS, MODIFICACIONES Y RECTIFICACIONES PARA EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE LA REGIÓN DEL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS SRCEI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, en adelante el SERVICIO, por medio del presente acto administrativo llama a licitación pública para la contratación del “SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS DE NACIMIENTO, DEFUNCIÓN, MATRIMONIO, MATRIMONIO RELIGIOSO, ACUERDO DE UNIÓN CIVIL, POSESIONES EFECTIVAS, MODIFICACIONES Y RECTIFICACIONES, VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO”. Este proceso se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección Nacional de Compras y Contratación Pública [https:www.mercadopublico.cl], de acuerdo con lo establecido sobre la materia, en la Ley N°19.886 y en su Reglamento, que regulan las condiciones, normas y políticas de uso del portal. Las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, sus modificaciones, aclaraciones y otros documentos integrantes de las mismas están disponibles en forma gratuita en el Sistema de Información de Compras Públicas [https:www.mercadopublico.cl], no pudiendo cobrar por ellas a los interesados en participar en el proceso. El Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, invita a los proveedores inscritos en [https:www.mercadopublico.cl] a participar en la presente licitación pública, y a suscribir un contrato por el “SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS DE NACIMIENTO, DEFUNCIÓN, MATRIMONIO, MATRIMONIO RELIGIOSO, ACUERDO DE UNIÓN CIVIL, POSESIONES EFECTIVAS, MODIFICACIONES Y RECTIFICACIONES PARA EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS, VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO”, según las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases de licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICAC
Unidad de compra:
Dirección Regional VI Región, Lib.B. OHiggins
R.U.T.:
61.002.013-5
Dirección:
Calle Cáceres # 189, 2do piso
Comuna:
Rancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-02-2024 20:00:00
Fecha de Publicación: 16-02-2024 13:08:35
Fecha inicio de preguntas: 16-02-2024 13:35:00
Fecha final de preguntas: 22-02-2024 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-02-2024 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-02-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-02-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-03-2024 16:52:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La propuesta técnica, económica, anexos y documentos adicionales establecidos en las presentes bases, se encontrarán publicadas en el Sistema de Información y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/]. 2.4.1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (ANEXO N°1) Consiste en una carta de identificación del oferente, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN del Representante Legal. (Este anexo solo será exigido para los oferentes no inscritos en el Registro de Chileproveedores). Dicho documento deberá ser ingresado en archivo digital como ANEXO N°1, en formato de documento [.pdf], Word [.doc], u otro archivo compatible, según corresponda al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], al momento de ingresar su oferta, completando solo la carta de identificación que corresponda a su tipo de personería. 2.4.2. DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (ANEXO N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N°19.886 y los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a. Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b. Los funcionarios directivos del Servicio de Registro Civil e Identificación, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas. c. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Para dar cumplimiento a lo anterior, se encuentra el formato tipo en el ANEXO N°2 de las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc] u otro archivo compatible. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Compras Públicas y sus modificaciones posteriores. Unión Temporal de Proveedores: La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente al SERVICIO o bien a contratar los servicios que se refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio o bien a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las ofertas, la Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP), deberá cumplir con las siguientes reglas especiales: a. Presentar el ANEXO N°1 en que cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de proveedores deberán presentar la declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica. c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiere excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una UTP, deberá cumplir con las siguientes reglas especiales: a. Presentar copia de la escritura pública, a través de la cual se formaliza la UTP. b. La UTP comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Servicio de Registro Civil e Identificación podrá exigir a cualquier de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada una de las ofertas integrantes de la Unión, deberán presentar todos los documentos requeridos para contratar del numeral 18.2 de las presentes bases. d. Cada proveedor de la UTP deberá encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, al momento de contratar, de no encontrarse inscrito, dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso de que un proveedor de la Unión Temporal de Proveedores seleccionada no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado, se procederá a adjudicar a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo con los intereses del SERVICIO. e. La vigencia de la UTP deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. 2.4.3. DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE NO HABER SIDO CONDENADO POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES O DELITOS CONSURSALES (ANEXO N°3) El proveedor declara conocer que, para contratar con la Administración, quedaran excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. Para estos efectos, en señal de conocimiento y de conformidad, el proveedor deberá presentar el ANEXO N°3, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/]. Esto, considerando el principio de eficiencia que debe inspirar el procedimiento de compras públicas, de acuerdo con el inciso primero del artículo 4° de la Ley N°19.886, en que se estima suficiente, para ese propósito, exigir una declaración jurada en que los oferentes expresen que no se encuentran afectos al mencionado impedimento, haciéndose, de este modo, responsables de la veracidad de lo manifestado en dicho documento.
Documentos Técnicos
1.- 2.4.5. OFERTA TÉCNICA Los oferentes interesados deberán adjuntar antes del cierre de recepción de ofertas, un anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la cual debe considerar como mínimo lo requerido en las especificaciones técnicas elaboradas por el Servicio de Registro Civil e Identificación e incorporadas en la presente resolución. 2.4.6. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (ANEXO N°5) Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, la nómina de la experiencia en el área según formato Anexo N°5, correspondiente a los contratos de servicios similares o equivalentes características a los indicados en las especificaciones técnicas, ejecutados en los últimos 5 años a partir del mes de publicación de la presente Licitación, indicando nombre del contratante, contacto, teléfono, nombre de la obra, descripción, fecha de inicio y termino de los trabajos y plazos de ejecución. Se aceptará acreditación de experiencia en servicios similares o equivalentes características de Instituciones Públicas y/o Privadas. Las experiencias incluidas en el ANEXO N°5, deben ser acreditadas mediante CERTIFICADOS EMITIDOS Y FIRMADOS POR EL MANDANTE, RECEPCIONES CONFORMES FIRMADOS POR EL MANDANTE, ambos en favor de la empresa oferente u ÓRDENES DE COMPRAS EN ESTADO RECEPCIÓN CONFORME. Los antecedentes descritos que se adjunten posteriores a la fecha de cierre de ofertas no serán considerados. La comisión evaluadora revisará si los documentos de respaldo presentados reúnen las características para ser considerados como experiencia atingente solicitada. 2.4.7. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS Y TIEMPO DE ENTREGA DE LOS REGISTROS (ANEXO N°6) Se deberá indicar el periodo de garantía post ejecución de los trabajos realizados y Tiempo de entrega de Libros Registros, estos plazos deben ser expresada en el ANEXO N°6, en el caso de la garantía no podrá ser inferior al plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el cual deberá ser firmado por representante legal. El criterio de garantía corresponde al tiempo que el oferente garantizara los trabajos ejecutados, al momento de completar el ANEXO N°6, el postulante debe considerar la vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (60 días corridos), la empresa que no presente garantía no será evaluada y quedara fuera de bases. En relación con el tiempo de entrega de los libros de registros, los postulantes deben considerar el plazo máximo en el cual darán término a los trabajos solicitados en las especificaciones técnicas, el que será incluido en el texto del contrato de prestación de servicios, de la empresa adjudicada.
 
Documentos Económicos
1.- 2.4.4. OFERTA ECONÓMICA (ANEXO N°4) Las ofertas económicas deberán ser ingresadas por los oferentes según el formato del Anexo N°4 en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], en formato de documento portátil (pdf), Word (doc), Excel (xls) u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicadas en dicho sistema de información y en el cronograma respectivo, dicho anexo corresponde al documento que otorgará el puntaje en el criterio económico en la respectiva evaluación. Debido a lo anterior, su ausencia bastara para declarar que el participante no cumple con las bases de licitación, pudiendo ser declarado inadmisible. El oferente será el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio ofertado. Los oferentes ingresaran en el sitio Web [https://www.mercadopublico.cl/], el valor total neto de la oferta económica. • Las ofertas económicas deberán ser ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], en pesos chilenos, el monto a ingresar corresponde al valor NETO de la oferta total sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (IVA). • El oferente debe presentar de manera obligatoria el Anexo de Oferta Económica, ya que debe realizar la totalidad de los servicios solicitados. • Los montos deben considerar todos los costos asociados (la provisión, traslado al establecimiento respectivo, colocación de los materiales, mano de obra, gastos generales, utilidades y etc). • Considerar el precio en pesos chilenos, sin decimales. • La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días corridos desde el cierre del plazo para la recepción de estas, sin perjuicio que para el oferente adjudicado constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia. • Durante la vigencia del contrato no se pagarán reajustes de ningún tipo. De existir error en el anexo económico o que este se encuentre incompleto, una vez cerrado el periodo de recepción de ofertas, el valor final de la oferta no puede ser modificado, alterado, ni corregido, pues implica una afectación al principio de igualdad de los oferentes que traerá como consecuencia la inadmisibilidad de la oferta presentada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA Se asignará 10 puntos a la oferta más económica en precio, resultado de la suma de los valores ponderados de las partidas consideradas en itemizado del Anexo N°4 y al resto se le asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente formula: Puntos (2 decimales) = Precio oferta menor x10 Precio Oferta 50%
2 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES Antecedentes Puntaje Totalidad de los antecedentes y certificaciones solicitados, fueron presentados dentro del plazo. 10 Alguno de los antecedentes y certificaciones solicitados, presentados fuera del plazo 5 No cumple con los Requisitos Formales 1 5%
3 EVALUACIÓN TÉCNICA El SERVICIO evaluará la Oferta Técnica, conforme a la Pauta de Evaluación Técnica que se incorpora en esta sección, que indica los criterios de evaluación y establece los puntajes y ponderaciones que se asignan a cada uno de ellos. La ponderación total de la variable Evaluación Técnica es de un cuarenta y cinco por ciento (45%) Fórmula de Evaluación Técnica El Puntaje Final de Evaluación Técnica (PFET) se obtendrá de la sumatoria de los puntajes de cada criterio de evaluación técnica, multiplicado (*) por su respectiva ponderación, de acuerdo a la siguiente fórmula: PFET= (Tiempo de entrega de los Registros) *15%+( Experiencia en el rubro) *15%+( Garantía de los trabajos) *15% Pauta de Evaluación Técnica Criterios Ponderación Puntaje Puntaje Ponderado Tiempo de entrega de los Registros 15% Experiencia en el rubro 15% Garantía de los trabajos 15% Total 45% PFET = suma de puntajes ponderados de los criterios Criterio Medio de Verificación Ponderación Asignación de Puntos Pun 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2212999
Monto Total Estimado: 10000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE CONSIDERA IVA INCLUIDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: PAOLA SILVA VASQUEZ
e-mail de responsable de pago: psilvav@registrocivil.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: GILBERT GUZMAN CASTRO
e-mail de responsable de contrato: gguzman@registrocivil.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-2977003-77003
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado y previa autorización expresa y por escrito del Servicio de Registro Civil
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Registro Civil e Identificación, RUT: 61.002.013-5
Fecha de vencimiento: 30-09-2026
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de obligaciones laborales y sociales, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 10% del monto del contrato, la cual deberá ser extendida a nombre del Servicio de Registro Civil e Identificación, RUT: 61.002.013-5, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos y tomada por el propio oferente, con una vigencia mínima de 180 días corridos, posteriores a la fecha de término del contrato. Se aceptarán como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, boleta de garantía bancaria, vale vista o depósito a la vista, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza a la vista (este deberá indicar ser pagadera a primer requerimiento), como cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el párrafo anterior. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre del Servicio de Registro Civil e Identificación, RUT: 61.002.013-5 y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. Se recomienda la presentación de documentos electrónicos por la seguridad de todos los implicados en los procesos, de lo contrario, el documento deberá ser enviado por correo certificado o al correo electrónico de la Encarga de la Unidad de Compras, gvalenzuela@registrocivil.gob.cl, en caso de tratarse de Pólizas de Seguros y Certificados de Fianzas, o bien, entregado físicamente en los casos de Boleta en Garantía y Vale Vistas recibido en la Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, ubicada en Calle Sargento José Bernardo Cáceres 189, segundo piso, comuna de Rancagua, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves: De 09:00 hasta las 17:00 horas. Viernes: De 09:00 hasta las 16:00 horas. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES POR “SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS DE NACIMIENTO, DEFUNCIÓN, MATRIMONIO, MATRIMONIO RELIGIOSO, ACUERDO DE UNIÓN CIVIL, POSESIONES EFECTIVAS, MODIFICACIONES Y RECTIFICACIONES PARA EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS, VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO”, y las obligaciones que ordena el Artículo 11° de la Ley N°19.886 o similar. Respecto del vale vista y las demás garantías, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el ANEXO N°7. El Servicio de Registro Civil e Identificación se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección del documento de garantía. El Servicio de Registro Civil e Identificación estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que el Servicio de Registro Civil e Identificación pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, sin pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. De la misma forma, si los servicios contratados superan el monto estimado indicado en inciso primero de este numeral, el adjudicatario deberá presentar una nueva boleta por la diferencia que corresponda o reemplazar la boleta original por una que cubra el total del monto contratado. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales hasta treinta (30) días hábiles, posteriores a la ejecución del contrato.
Glosa: EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES POR “SERVICIO DE RESTAURACIÓN Y EMPASTE DE REGISTROS DE NACIMIENTO, DEFUNCIÓN, MATRIMONIO, MATRIMONIO RELIGIOSO, ACUERDO DE UNIÓN CIVIL, POSESIONES EFECTIVAS, MODIFICACIONES Y RECTIFICACIONES PARA EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O´HIGGINS, VÍA CONTRATO DE SUMINISTRO”, y las obligaciones que ordena el Artículo 11° de la Ley N°19.886 o similar.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada diez (10) días hábiles posteriores a la vigencia de dicho documento y su devolución la efectuará la Unidad de Finanzas ubicada en Calle Sargento José Bernardo Cáceres #189, segundo piso, comuna de Rancagua, previo visto bueno de la Unidad requirente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Servicio de Registro Civil e Identificación adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:

1° Puntaje de la variable OFERTA ECONÓMICA

2° Puntaje de la variable EXPERIENCIA EN EL RUBRO

3° Puntaje de la variable TIEMPO DE ENTREGA DE REGISTROS


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Una vez adjudicada la Licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la Adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de ésta en el portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], a través del correo electrónico gvalenzuela@registrocivil.gob.cl. Las consultas serán respondidas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes por el mismo medio. Dichas consultas no implican suspensión alguna del proceso licitatorio.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En relación con el referido artículo 40, del Decreto N°250, que Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y durante el periodo de evaluación de las ofertas, el SERVICIO podrá solicitar a los OFERENTES a través de la funcionalidad denominada “Aclaración Ofertas” disponible en el portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos OFERENTES una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los OFERENTES, y se informe de dicha solicitud al resto de los OFERENTES a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Además, la información que se solicite o se acompañe, no podrá alterar la oferta o el precio de esta.  

Asimismo, conforme con el inciso 2° del aludido artículo 40, el Servicio podrá permitir la presentación de antecedentes o certificaciones que los OFERENTES hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para ello, los OFERENTES dispondrán de un plazo fatal de dos (2) días hábiles, contados desde el requerimiento del Servicio, el que se informará a través de la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas” disponible en el portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl].

La presentación de los antecedentes en la forma señalada será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de la Evaluación de las ofertas, asignando menor puntaje, en el criterio de evaluación “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES”.

Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas” disponible en el portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.

Pacto de integridad

Se entenderá que todo OFERENTE conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, como sus especificaciones técnicas, anexos, modificaciones, sus eventuales aclaraciones, respuestas a las consultas, como también las disposiciones de la Ley N°19.886 y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por el solo hecho de presentar ofertas en los procesos de compras que se lleven a efecto de conformidad a estas normas.

Todo OFERENTE, por el solo hecho de participar en esta licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en este, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente los Oferentes aceptan el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad con el artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia, en el presente proceso licitatorio.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Toda referencia al “OFERENTE” efectuada en esta sección se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.

El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales, en su caso.


PROCESO DE READJUDICACIÓN
Si el ADJUDICATARIO se desistiere de firmar el contrato, no se encontrare inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o no entregare las declaraciones juradas señaladas, o certificado, en su caso, o los antecedentes legales requeridos, o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de dicho documento, en los plazos señalados al efecto, el SERVICIO podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al OFERENTE que le seguía en puntaje, o al tercero en la evaluación, si el anterior no aceptare la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original. Los OFERENTES ubicados en los lugares, segundo y tercero, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación. Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar al SERVICIO dentro del mismo plazo señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La posibilidad de elección prevista en el párrafo anterior no procederá en caso de que el integrante de la Unión Temporal de Proveedores que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión Temporal de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión Temporal de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo el SERVICIO adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el OFERENTE que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercer en la evaluación, conforme a lo regulado en los párrafos precedentes.
MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Por razones de buen servicio y/o que busquen llevar a un mejor término el trabajo contratado, el SERVICIO podrá requerir del CONTRATISTA la variación, disminución y/o aumento del contrato originalmente pactado hasta por un máximo de un treinta por ciento (30%) del precio total del Contrato suscrito entre las partes, siempre que se relacionen directamente con el servicio contratado y existan las disponibilidades presupuestarias suficientes, en cuyo caso podrá estipularse además la ampliación y/o disminución de los plazos del Contrato. Todo aumento o disminución de los servicios deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, con el visto bueno previo del Administrador del contrato del SERVICIO y se traducirá en una modificación del contrato, aprobada mediante acto administrativo, el que entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitado. En el caso de aumento del contrato, el CONTRATANTE deberá reemplazar la/s Garantía/s de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y el Pago de Obligaciones Laborales y Sociales, de acuerdo con el nuevo monto del Contrato. En el evento de ampliación del plazo, de corresponder, esta/s garantía/s deberán ser reemplazadas por otra que cubra todo el periodo de duración del Contrato y cuya vigencia se extienda hasta por lo menos ciento ochenta (180) días corridos después de terminado el mismo. Tratándose de una disminución del servicio y/o del plazo de duración del Contrato, el CONTRATANTE podrá solicitar el reemplazo de la/s Garantía/s de Fiel Cumplimiento presentada/s por otra que se encuentre acorde al nuevo monto del Contrato y/o acorde al nuevo plazo que importa la disminución del periodo aprobado, en ambos casos debiendo conservar su vigencia hasta por lo menos ciento ochenta (180) días corridos posteriores al término del contrato. En el caso que correspondiera otorgar aumento de plazo por caso fortuito o fuerza mayor, no habrá derecho a indemnización ni compensación económica de ninguna especie para el contratista.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Y MODIFICACIÓN
El Servicio de Registro Civil e Identificación podrá modificar o terminar anticipadamente el contrato, por Resolución Fundada, en virtud de lo dispuesto en el Art. 77, del reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, el cual indica lo siguiente: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. • Que el CONTRATANTE, sus consultores, subcontratistas y personal directo o indirecto, no mantengan la confidencialidad de la información y protección de datos personales, de conformidad con las presentes bases de licitación, considerando para ello la información de la que tomen conocimiento con motivo del contrato. • Cuando exista negativa o incumplimiento, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido. • Cuando no cumpla con el contenido de la cláusula de confidencialidad contenidas en las presentes Bases. • Cuando no se cumplan los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el CONTRATANTE en el contrato. • Cuando exista cualquier acción u omisión imputable al CONTRATANTE que dificulte o impida la ejecución del servicio contratado. • Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, además se considerará incumplimiento grave:  La disolución de la Unión Temporal de Proveedores.  Si, al determinar qué antecedentes presentarían para ser considerados en la evaluación respectiva, los integrantes de la misma hubieren ocultado información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a alguno de ellos.  Retiro de uno de sus integrantes, si éste reunía una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de las ofertas.  En caso de que uno de sus integrantes incurra en una causal de inhabilidad para contratar con la Administración, y si a consecuencia de este retiro la unión temporal de proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.  La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En tal, circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Disolución de la empresa contratista y, en el caso que esta no tuviese continuidad legal, o muerte del contratista en el caso de persona natural. g) Cuando la multa exceda al 20% del valor total del contrato, se podrá poner término al contrato. En cualquiera de los casos anteriores, el Servicio de Registro Civil e Identificación tendrá la facultad de iniciar las acciones legales que correspondan, a fin de obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados. El término anticipado del contrato definitivo o su modificación se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el portal del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/]. Producido el incumplimiento grave del CONTRATANTE, el que será calificado exclusivamente por el SERVICIO, éste podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, en cuyo caso el SERVICIO percibirá el monto total a que asciende dicha caución cualquiera sea la naturaleza del incumplimiento y/o la oportunidad en que se produzca el término anticipado, lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en la sección 4.9 MULTAS, y del ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento del contratante genere. Respecto del término anticipado del contrato, se seguirá, en lo que resulte pertinente, el mismo procedimiento dispuesto en la sección PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS de estas Bases Administrativas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N°19.886. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá ser fundada y publicarse en el portal del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl/], dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su dictación. El Administrador del contrato del SERVICIO le comunicará al Administrador del CONTRATANTE la causal de término anticipado, proponiendo un calendario de cierre. El CONTRATANTE, dentro del plazo de 5 días presentara sus descargos. Vencido el plazo sin presentar descargos o teniendo en consideración los descargos efectuados, el Administrador del contrato del SERVICIO, preparará un informe detallado de las obligaciones contractuales infringidas, y en su caso, propondrá el término anticipado del contrato, remitiendo dichos antecedentes al Director Regional del SERVICIO. Este informe será fundamento, entre otros antecedentes, de la Resolución Exenta de la Dirección Regional del SERVICIO que disponga el término anticipado del contrato. En contra de la Resolución que disponga el término anticipado procederán los Recursos Administrativos que contempla la Ley N°19.880. El protocolo de término de contrato detallará las actividades a realizar y los responsables de cada una de ellas, para lograr un cierre de contrato ordenado, que asegure la continuidad operativa del servicio. Sin perjuicio de lo expuesto y con el propósito de asegurar la continuidad del servicio contratado, así como también el cumplimiento de las funciones propias del SERVICIO, el término anticipado del contrato sólo se hará efectivo en la medida que, habiendo efectuado los procedimientos administrativos de rigor, se haya aprobado un nuevo contrato para la prestación del servicio.
TÉRMINO DE COMÚN ACUERDO DEL CONTRATO
Corresponderá ponerle término al contrato cuando, de común acuerdo, si la Unidad Administradora de Contrato y el Contratista así lo deciden y liquidan anticipadamente el mismo. Con tal objeto, la parte interesada en ponerle término deberá formular una presentación por escrito a la contra parte, y ésta podrá aceptarlo. Se formalizará mediante la suscripción del acuerdo respectivo, pero no producirá efectos mientras no se dicte la correspondiente resolución que lo apruebe. Para proceder a poner término al contrato de común acuerdo se requiere que el contratista no se encuentre en incumplimiento de sus prestaciones u obligaciones y que existan razones de interés público que justifiquen poner término anticipado al contrato, las cuales serán señaladas en los considerandos de la resolución respectiva.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
El SERVICIO podrá suspender transitoriamente la ejecución del servicio contratado, en cualquier momento, por caso fortuito o fuerza mayor dando aviso por escrito al CONTRATANTE. En dicho caso el Servicio pagará al CONTRATANTE el monto que corresponda a las tareas efectivamente realizadas hasta el momento de la suspensión del contrato, suspendiéndose conjuntamente con los servicios los pagos que por ellos corresponda. Para proceder a la suspensión de la contratación, será necesario que el SERVICIO curse el respectivo acto administrativo, el cual deberá estar debidamente fundado y notificado al CONTRATANTE.
SUBCONTRATACIÓN
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado y previa autorización expresa y por escrito del Servicio de Registro Civil e Identificación. Las labores que el contratista requiera subcontratar con terceros distintos a los señalados en su oferta deberán ser notificadas al Servicio de Registro Civil e Identificación para su aceptación o rechazo. Para que proceda la subcontratación será necesario que la persona del subcontratista cumpla con los requisitos exigidos en las presentes bases. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183-A y siguientes del código del trabajo, el Servicio de Registro Civil e Identificación no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar al Servicio de Registro Civil e Identificación deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS
El Contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.