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1.-
El Oferente debe ingresar los siguientes antecedentes:
a) Declaración Jurada Simple, de no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, de acuerdo al formato del Anexo N° 5: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE ARTÍCULO 4°, INCISO 1° DE LA LEY N° 19.886. Este Anexo es requisito de Admisibilidad por lo que su no presentación conllevará la inadmisibilidad de la Oferta.
b) Identificación del OFERENTE, de acuerdo al ANEXO N° 2: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
c) Tratándose de personas naturales, Copia simple de la cédula de identidad vigente.
Tratándose de personas jurídicas:
1. Copia simple del RUT del OFERENTE y,
2. Copia simple de la(s) cédula(s) de identidad de su(s) representante(s) legal(es) vigentes.
d) Copia del documento en el que conste el nombre del(los) representante(s) legal(es) del OFERENTE y de los poderes de los cuales está(n) investido(s) para representarlo y obligarlo, los que no deben tener una antigüedad superior a seis (6) meses.
e) Si el OFERENTE es una persona jurídica, inclusive si se encuentra constituido como Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), debe acompañar una copia de certificado de vigencia de la sociedad, emitido ya sea por el Registro de Comercio, o por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o por el Conservador de bienes Raíces, según corresponda, el cual no debe tener una antigüedad superior a seis (6) meses
f) Si dos o más oferentes participan como una Unión Temporal de Proveedores, su representante deberá cumplir con lo dispuesto en el Anexo N° 5: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE ARTÍCULO 4°, INCISO 1° DE LA LEY N° 19.886, y con la letra a) de esta sección y cada uno de sus integrantes deben cumplir con lo dispuesto en las letras b), c) y d), según corresponda. El representante de la Unión Temporal de Proveedores debe adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta de su designación como representante con poderes suficientes, del acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores, de la constitución de la responsabilidad solidaria de cada uno de ellos respecto de todas las obligaciones que se generen con el SERVICIO, y que esa Unión tendrá una vigencia que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación. En el evento de resultar adjudicado, debe adjuntar una escritura pública en la que conste el cumplimiento de iguales requisitos.
Las causales de inhabilidad establecidas en las presentes Bases y en la legislación vigente para la presentación de las ofertas o para la suscripción de la convención, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal individualmente considerados. De detectarse por el SERVICIO la concurrencia de alguna inhabilidad que afecte a alguno de los participantes, se notificará de tal circunstancia a través del portal Mercado Público, y en dicho caso la Unión deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desistirá de su participación en el proceso, dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contado desde la publicación de la aclaración en el portal.
g) DECLARACIÓN JURADA SIMPLE SOBRE DESTINO DE LOS PRIMEROS PAGOS, de las Bases de Licitación. ANEXO N° 6
h) Declaración jurada simple, de acuerdo a lo señalado en el ANEXO N°7: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE. De no encontrarse afecto a las inhabilidades contempladas en el Artículo 4°, inciso 6°, Ley N°19.886.
i) Declaración conforme al ANEXO N° 8: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE LOS PRINCIPALES SOCIOS Y/O ACCIONISTAS, según corresponda.
j) Declaración solicitada conforme al ANEXO N° 9: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE SOBRE RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS, que acredite que no ha sido sancionado con la prohibición establecida en el artículo 8°, número 2, y artículo 10, aprobados por el artículo 1° de la Ley N° 20.393, en los delitos que indica, según corresponda.
k) ANEXO N° 10: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE SOBRE ACEPTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 66 BIS DE LA LEY N° 16.744, EN EL EVENTO QUE LOS TRABAJADORES INVOLUCRADOS AGRUPEN EN SU CONJUNTO A MÁS DE CINCUENTA (50) TRABAJADORES, si fuere procedente
l) Copia de la licencia SEC Clase A vigente del equipo de trabajo.
Los antecedentes serán evaluados de acuerdo con lo señalado en las secciones 4.6 PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS y 4.8 EVALUACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES de las presentes Bases de Licitación.
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