Licitación ID: 1358-18-LE22
SUMINISTRO DE 52.000 LTS EMULSION ASFALTICA CSS-1H
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF, Dirección de Vialidad - RM - Provincia de Chacabuco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 26
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Productos o servicios
1
Asfalto 52000 Litro
Cod: 30121601
SUMINISTRO A GRANEL DE 52.000 LITROS DE EMULSIÓN ASFÁLTICA CSS-1H  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE 52.000 LTS EMULSION ASFALTICA CSS-1H
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Suministro a granel de 52.000 litros de emulsión asfáltica CSS-1h, para obras de conservación periódica tipo lechada asfáltica y recapado con Concreto Asfaltico en distintos caminos de la red vial Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - RM - Provincia de Chacabuco
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Carretera Gral. San Martin Km 26,5
Comuna:
Colina
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-12-2022 20:00:00
Fecha de Publicación: 29-11-2022 11:03:28
Fecha inicio de preguntas: 29-11-2022 11:31:00
Fecha final de preguntas: 01-12-2022 11:31:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-12-2022 11:31:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-12-2022 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-12-2022 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2022 13:20:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°01
2.- ANEXO N°04
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°03
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°02
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Ubicación de la Planta SE EVALUARÁ DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 9.10.2 LETRA B b.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios SE EVALUARÁ DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 9.10.2 LETRA B b.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
3 Cumplimiento de los requisitos SE EVALUARÁ DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 9.10.2 LETRA C DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
4 Precio SE EVALUARÁ DE ACUERDO A LO SEÑALADO EN EL PUNTO 9.10.2 LETRA A DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Según Solicitud de Presupuesto N 41 del 22-11-2022
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto está destinado a financiar el valor de la contratación y los impuestos que correspondan.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GLORIA ELGUETA URZUA
e-mail de responsable de pago: gloria.elgueta@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: PATRICIO GUAJARDO
e-mail de responsable de contrato: patricio.guajardo@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-24496486-6486
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación. El adjudicatario no podrá subcontratar los trabajos derivados de la ejecución del contrato. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:

Ordenamiento de Factores de la Evaluación

LUGAR

NOMBRE DEL FACTOR

Precio

Cumplimiento a las Especificaciones Técnicas

C.       Cumplimiento a los Requisitos Formales

                           

En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por dicha plataforma.

La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.

Para determinar la solicitud de antecedentes omitidos, la Comisión tendrá en cuenta los principios de igualdad de los oferentes y estricta sujeción a las bases, siempre y cuando no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.

Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Cumplimiento de los Requisitos Formales).

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.5. Participantes
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso: • Proveedores no inscritos en ChileProveedores: Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado. • Proveedores inscritos en ChileProveedores que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal: Deben presentar declaraciones juradas del Anexo Nº 1, firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado. • Proveedores inscritos en ChileProveedores que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas. Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y encontrarse vigentes a la fecha de presentación de las ofertas. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
9.6. Forma de cotización
Los proponentes deberán presentar sus ofertas considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº 19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante “Portal”. Las ofertas se recibirán en soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos, de acuerdo con lo que se indica en el punto 4.2 de las presentes BA. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta. Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el punto 3 de las presentes BA. No se aceptarán archivos comprimidos. El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones: a. LAS OFERTAS (ANEXOS Nºs 1 AL 4) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO. b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el punto 3.3 de estas BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 62, numeral 2, del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. c. En caso de que el valor neto presentado en el Portal Mercado Público difiera del valor neto estipulado en el Anexo Nº 2 del oferente, prevalecerá la oferta ingresada en el Portal. d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el punto 6 de las presentes BA, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta (Artículo 67, inciso 5º, Decreto Supremo Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda). e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso. f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Circulares Aclaratorias (si las hubiere). Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos, asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases Administrativas, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de estos. g. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, que deberán verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
9.7. Plazo de validez de la oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco.
9.8. Precios y monedas
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público, se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para la entrega de los productos en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación. Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste. En los casos en que un oferente presente más de una oferta, se escogerá aquella que resulte más conveniente para el Servicio, de acuerdo con los criterios de evaluación y las presentes bases de licitación, y los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas.
9.9. Inspector Fiscal
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del suministro de material prestado por el adjudicatario, la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, designará al Jefe de conservación de la Provincia de Chacabuco como Inspector Fiscal, encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato, visar documentación de pago en señal de recepción conforme por el servicio contratado. Este además tendrá a su cargo el seguimiento y control de la totalidad de los trabajos asociados al suministro y transporte, tal y como se establece en las especificaciones técnicas.
9.10. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, designada por el Director Regional de Vialidad Metropolitana, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La Comisión de Evaluación podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las Ofertas, que detalle todos los aspectos considerados en la misma. 9.10.1. Procedimiento de Evaluación a. El o Los Revisores recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas. b. El o Los Revisores efectuarán la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.10.2 de las presentes BA. c. El o Los Revisores rechazarán las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 37, inciso 1º del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. d. El o Los Revisores propondrán declarar inadmisibles: • Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de licitación en el caso de las UTP y con la presentación de los Anexos Nºs 2 y 3, indicados en el numeral 4 por tratarse de documentos esenciales, salvo lo indicado en los puntos 9.3 y 9.11 (Derecho a solicitar Aclaraciones y Antecedentes) de estas bases de licitación. • Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.3, de estas Bases Administrativas. • Las ofertas que adjunten documentos comprimidos. • Si alguna de las ofertas económicas sobrepasa el 30% del valor indicado como presupuesto estimativo o monto total estimado indicado en el punto 7 de las presentes bases administrativas. e. El o Los Revisores propondrán declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886: • Cuando no se presenten ofertas o • Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 40 bis del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. El o Los Revisores tendrán el plazo señalado en el numeral 3.8 de estas BA, para presentar el Acta de Evaluación de las Ofertas ingresadas en el Portal, proponiendo la adjudicación de la licitación, de conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
9.11. Contacto en etapa de evaluación de ofertas
Durante el proceso de evaluación y para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, la Comisión de Evaluación podrá solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al artículo 40 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento. Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes. El plazo máximo para corregir las omisiones requeridas será de 2 días hábiles, las que se contarán desde el requerimiento que se efectúe mediante el Portal. Desde la fecha de publicación en el Portal, la Comisión Evaluadora podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
9.12. Derecho a desestimar las ofertas
La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado autorizado, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas. En tales casos, los oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco. En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la Autoridad Competente de la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, dictará una resolución fundada, la que se publicará oportunamente, en el portal Mercado Público.
9.13. Derecho a variación de cantidades
La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 30% del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, en la adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario y solo podrá realizarse en la medida en que se configuren las situaciones que se detallan a continuación: • Para evaluar la procedencia de la modificación, se requerirá un informe en el cual la Contraparte Técnica correspondiente, exponga a autoridad contratante, todos los argumentos por los cuales se justifica técnica y/o económicamente la variación del requerimiento original. • Cuando la variación implique recursos adicionales, el informe señalado en el punto precedente deberá contener la factibilidad de recursos, validada y formalizada por la Unidad de Gestión Presupuestaria. • La Autoridad Contratante, en base al informe presentado, emitirá la conformidad o rechazo de la variación de cantidades solicitadas, dejando registro en el mismo Informe de su decisión. • En el caso que las variaciones sean autorizadas, se procederá a formalizar mediante resolución fundada, siempre previo a cualquier ejecución.
9.14. Adjudicación de la licitación
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco. Formarán parte integrante de aquella resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases, las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere. La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación, en lo que corresponda. El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del Servicio, indicando las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público. El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: ChileProveedores, antes de suscribir el contrato señalado en el punto 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción precitada. ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. 9.14.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación: a. En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato. b. En caso de incumplimiento del pacto de integridad. c. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra. d. En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel cumplimiento, en el plazo establecido en las presentes Bases Administrativas. e. Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: www.chileproveedores.cl, en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. f. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado. Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 7 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. g. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las presentes Bases Administrativas. La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente, teniendo presente lo señalado en el punto 9.16 de las presentes Bases Administrativas.
9.15. Notificación y aceptación de orden de compra
La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la resolución de adjudicación. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, publique en el portal Mercado Público, la resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Portal Mercado Público, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco podrá cancelar dicha orden de compra. En caso de que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través del Portal Mercado Público y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil de enviada la orden de compra.
9.16. Readjudicación de la licitación
La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta respectiva. No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para los productos licitados, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Este hecho, deberá ser expresamente autorizado por la Contraparte Técnica y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
9.17. Cesión del contrato
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.18. Gestión del contrato
9.18.1. Firma del contrato De acuerdo con cláusula 3.7 de las presentes BA. 9.18.2. Habilidad de proveedores La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro ChileProveedores de la Dirección ChileCompra, debiendo encontrarse en calidad de Hábil. Si durante el periodo del contrato, el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en ChileProveedores en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario será causal de término anticipado del Contrato. 9.18.3. Evaluación de proveedores La Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco evaluará, antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado. Los factores a medir son:  Oportunidad de entrega  Calidad  Cumplimiento de las especificaciones técnicas  Desempeño en general
9.19. Vigencia del contrato
El periodo de vigencia del contrato será de 24 meses, el cual podrá comenzar a regir a contar del primer día posterior a la tramitación de la Resolución y notificación de Adjudicación.
9.20. Plazo de inicio y entrega del suministro
Los oferentes deberán tener disponibilidad de iniciar entrega del servicio en un plazo de 48 horas después de la emisión de la orden de Compra por parte de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. El servicio se hará en entregas parciales de acuerdo a lo solicitado por el Jefe de Conservación de la Oficina Provincial con 24 horas de anticipación vía correo electrónico o llamada telefónica.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, una declaración firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.

Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de facturar, un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados.

El Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), deberá ser emitido a nombre del Secretario Regional Ministerial: JORGE DAZA LOBOS, Rut: 14.342.536-3, como Representante Legal, Dirección: Bombero Salas 1351, Piso 6 – Santiago.

El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

9.22. Condiciones de pago
El/los pago/s al proveedor por los servicios contratados por la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, se efectuarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la Contraparte Técnica certifique la recepción conforme los productos y/o servicios contratados por la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco. Las facturas electrónicas al momento de su emisión: 1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1700. 2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es: 1700 REG_METROP_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CHACABUCO. 3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl Se establece que la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los bienes o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado al SII de acuerdo con lo que establece la ley. El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes: Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF Dirección: Morandé 71, Primer Piso RUT: 61.202.000-0 Giro: Gobierno Central El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura, que la “Autorización Pago a través de Bancos” perteneciente a su Empresa se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP). Para acceder a la plataforma de seguimiento al sitio web MOP ubicado en el siguiente enlace: https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx o bien https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio e identificarse mediante ClaveÚnica y completar el formulario web. Requisitos para crear una solicitud : • Requisitos en caso de ser Persona Natural: Sólo deberá ingresar completando las credenciales de la clave única, con lo que se verificará identidad. • Requisitos en caso de ser Persona Jurídica: • Ser Representante Legal de una Empresa. • Contar con Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. • Contar con Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio, emitido por el Conservador de Bienes Raíces. • Ambos certificados hayan sido emitidos recientemente y tengan una antigüedad máxima de antigüedad máxima de 48 horas. Crear una solicitud Completar el formulario web indicando: • Rut de la empresa • Región (en la que desea agregar o revocar la cuenta) • Correo electrónico • Tipo de Solicitud (Agregar o Revocar cuenta) • Cuenta • Tipo de Cuenta • Banco Además, en caso de ser Persona Jurídica: • Cargar Certificado de Vigencia de Sociedad del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud) • Cargar Certificado de Vigencia de Poder del Registro de Comercio emitido recientemente (no más de 48 horas al ingreso de la solicitud) Ambos certificados pueden ser obtenidos en el sitio web del Conservador de Bienes Raíces de Santiago / Trámites en Línea /Registro de Comercio (https://www.conservador.cl/portal/) Aprobación/Rechazo de la solicitud Una vez verificados los datos proporcionados en la solicitud de Autorización, ésta será Aprobada o Rechazada. La notificación del resultado de la solicitud será entregada a través del correo electrónico proporcionado en formulario web. En caso de ser aprobada, la autorización o revocación comenzará a regir a partir del tercer día hábil siguiente desde que la solicitud sea recibida en la plataforma. La autorización comenzará a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción del documento en la Dirección de Contabilidad y Finanzas, y se otorga por un plazo indefinido, sin perjuicio de poder revocarla, notificando por escrito con a lo menos 3 días de anticipación a la fecha requerida de revocación. También será causal de expiración el cierre de la cuenta individualizada. La información que se detalla en esta autorización es de exclusiva responsabilidad del beneficiario, eximiendo a la Dirección de Contabilidad y Finanzas de toda responsabilidad por errores o imprecisiones en los datos entregados. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación mediante los instrumentos requeridos.
9.23. Modificación y término anticipado del contrato
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por “incumplimiento grave”: • No dar cumplimiento en la entrega o prestación del servicio de la forma requerida en las presentes bases. • Llevar un atraso superior a 15 días hábiles en la entrega del servicio, sin causa justificada. • Por la aplicación de multas reiteradas y/o superando el 25% del valor total de la adjudicación. • Efectuar la cesión del contrato. • La no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. e) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. f) Si se disuelve la empresa adjudicada. g) Si el adjudicatario, sus representantes, o personal dependiente, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: • Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. • Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. • Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes bases. En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco, que emita el acto administrativo correspondiente. En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo. En caso de término anticipado del contrato por causa imputable al contratista, se establece que la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco hará efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, salvo lo dispuesto en la letra c) anterior, sin derecho a indemnización. 9.23.1 Procedimiento Previo a la Declaración de Término Anticipado por mutuo acuerdo del contrato Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito, con una anticipación no inferior a 10 días. Si la empresa es la que notifica su intención de dar término anticipado del contrato al MOP, la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco hará efectiva la garantía correspondiente, en el caso de comprobarse incumplimiento del contrato. Si es el MOP - Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa (contratista) no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización
9.24. Multas, sanciones y procedimiento para su aplicación
El incumplimiento de las prestaciones de servicio se multará con un 1% del valor total de la oferta aceptada, impuestos incluidos por cada día de atraso en la entrega del producto según plazo total indicado en la oferta. En caso de que dicha multa supere el 15% del valor total IVA incluido del contrato, se realizará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave. La multa que corresponda, será pagada mediante Vale Vista a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS en un plazo de 7 días corridos, contados a partir de la notificación de la multa. En caso que el oferente adjudicado no entregue dicho vale vista en el plazo estipulado, dicho monto será descontado en el pago de la factura del mes siguiente del incumplimiento caso en el cual, el cheque de pago del servicio contratado será emitido considerando el descuento de la multa correspondiente. 9.24.1. Procedimiento para la aplicación de multas Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 30 días corridos, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco que lo justifique, se podrá poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. La aplicación de multa debe ser notificada por la Contraparte Técnica a la Empresa, detallando el punto de incumplimiento, luego informar mediante oficio a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria R.M., el detalle de la multa.
9.25. Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la vigencia del contrato, serán presentados a la Contraparte Técnica, quien lo enviará, si fuese necesario, a la Subdirección correspondiente para su resolución o para que se someta a consideración del Director Regional de Vialidad Metropolitana, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad o Secretario Regional Ministerial de Obras Públicas R.M., según corresponda y a lo dispuesto por la Contraloría General de la República y a los Tribunales de Justicia. La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos. Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.880.
9.26. Jurisdicción y domicilio
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
9.27. Responsabilidad del oferente adjudicado
Con la finalidad de proteger la vida y salud de todos los trabajadores que se desempeñan en dependencias del Ministerio de Obras Públicas, durante la ejecución de las tareas encomendadas, el proveedor deberá respetar la legislación vigente asociada a la Ley N° 16.744, que establece normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Para garantizar el cumplimiento y fiscalización de las normativas legales indicadas en el párrafo anterior, se deberá asegurar el complimiento de las disposiciones señaladas y que serán auditadas por la Dirección de Vialidad Provincia de Chacabuco a través de su unidad de Prevención de Riesgos.
9.28. Interpretación e información
Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
9.29. Integración al contrato
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases de Licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos), las consultas, respuestas y aclaraciones (si las hubiere), la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, el contrato definitivo y la orden de compra. Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
9.30. Confidencialidad y Seguridad de la Información
a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización. b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial. d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada. e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
BASES TÉCNICAS
“Suministro a granel de 52.000 litros de emulsión asfáltica CSS-1h, para obras de conservación periódica tipo lechada asfáltica y recapado con Concreto Asfaltico en distintos caminos de la red vial Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana” La Dirección de Vialidad a través de la Provincia de Chacabuco, requiere el “Suministro a granel de 52.000 litros de emulsión asfáltica CSS-1h, para obras de conservación periódica tipo lechada asfáltica y recapado con Concreto Asfaltico en distintos caminos de la red vial Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana”, de acuerdo con las siguientes características y exigencias: La emulsión asfáltica tipo CSS-1H deberá cumplir con lo señalado en la sección del 8.301.5 y tabla 8.301.5A, del Manual de Carreteras V8. El o los oferentes al momento de realizar la oferta, deberá(n) presentar un Certificado de Calidad (EXTERNO O AUTOCONTROL), en que se indique que el material ofertado cumple con los requisitos exigidos en la tabla 8.301.5.A Requisitos emulsión Asfáltica tipo CSS-1H del MC-V8. Además se debe incluir el porcentaje de xilol el cual no debe ser mayor al 30%, de acuerdo a ensaye de mancha con heptano-xilol, medido según método descrito en numeral 8.302.7. del MC-V8. El material será retirado en planta por vehículos fiscales o arrendados, en dirección indicada en anexo Nº 3 de oferta de empresa adjudicada. Se evaluará la ubicación de la o las plantas, para lo cual se tomará referencialmente la ubicación de la Oficina Provincial de Vialidad Chacabuco (carretera General San Martin Km. 26,500, Colina), además se considerara que las plantas donde se pueda efectuar el retiro estén situadas en la Región Metropolitana. Si es necesario, la Unidad de Control de Calidad y laboratorio de Vialidad Región Metropolitana, podrá efectuar muestreos del material en planta y/o transportado por los camiones en terreno a solicitud de la inspección Fiscal o jefatura respectiva, con el objeto de verificar el cumplimiento de las especificaciones Técnicas. Los resultados que arrojen los posibles controles del Laboratorio de Vialidad R.M. serán representativos de la entrega en que fueron tomadas las muestras o extracciones del material. La empresa deberá restituir los materiales rechazados en el lugar y plazo que indique el inspector Fiscal, por cada jornada de material rechazado. La solicitud de material se efectuara por intermedio del Jefe de Conservación Provincial vía correo electrónico. El oferente adjudicado tendrá un plazo de un día hábil para cumplir con el suministro parcial requerido. La Inspección Fiscal estará a cargo del Jefe de Conservación Provincial de la Oficina Provincial de Vialidad Chacabuco, Fono 24496482-24496486. El Laboratorio de Autocontrol de la empresa que se adjudique la presente Licitación, deberá chequear y certificar el material entregado en su planta. La emulsión asfáltica CSS-1H adquirida en la presente licitación, tiene por finalidad realizar trabajos de diferentes caminos programados en las metas protocolo 2023 y otros caminos adicionales de la Red Vial Chacabuco. El servicio de suministro se pagará mediante pagos mensuales (durante los meses del año 2023 o 2024 según corresponda), de acuerdo con el servicio suministrado por litros de emulsión asfáltica retirada y verificadas por el Jefe de Conservación Provincial o Jefe Provincial de Chacabuco.