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Resolución de Empates |
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9.11. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) menor precio y de persistir el empate;
b) Mayor puntaje obtenido en la evaluación de especificaciones técnicas, y de persistir el empate;
c) Mayor puntaje obtenido en experiencia de los oferentes y de persistir el empate;
d) Mayor puntaje obtenido en el Cumplimiento de entrega de antecedentes.
9.12. Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
9.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N° 250/04).
9.3. La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto Nº 9.1. y 9.2. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitarán vía Portal Mercado Público en el ícono destinado para ello, otorgándoles un plazo de treinta y seis (36) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
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Consultas a la adjudicación |
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10.7. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
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Obligaciones |
8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Insumos.
8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.
8.3 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Insumo (Facturas o Guías de Despacho).
8.4 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
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Causales de término anticipado del contrato |
El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas:
9.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
9.2. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los Insumos.
9.3. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
9.4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9.5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
9.6. Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 y en su reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04.
9.7. En caso de presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo para ello presentar certificado de la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de esta obligación.
9.8. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en el punto N° 9.1 del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
9.9. El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en que tomó conocimiento de él, al Inspector Técnico Administrativo.
9.10. El Inspector Técnico Administrativo deberá notificar al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con el termino anticipado al correo electrónico que haya declarado en su anexo “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro de cinco (5) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que aceptado el incumplimiento cursado, precluyendo su derecho a impugnarlo.
9.11. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital.
9.12. El término anticipado del Contrato se decretará por Resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Público al interesado, en consideración a los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del Decreto N° 250/04, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
9.13. Si el incumplimiento de las condiciones detalladas en este punto son dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la resolución que adjudica, el Hospital procederá, a dar término de contrato, dejar sin efecto adjudicación original y re adjudicar al oferente siguiente mejor evaluado (si lo hubiere) (Art. 41 del Decreto N° 250/04).
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Confidencialidad |
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Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Contratista para el desarrollo y ejecución del suministro, son confidenciales. Razón por la cual El Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital, a no ser que sea expresamente autorizado para ello. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este CONTRATO.
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Liberación de responsabilidad |
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Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
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Aprovisionamiento de los insumos |
2.1 Los Insumos, cantidades y especificaciones técnicas a adquirir por el Hospital que se indican en Anexo Nº 1 son como referencia y las cantidades son aproximadas no existiendo un compromiso por parte del Hospital a adquirir una cantidad fija mensual, por lo que estas pueden sufrir variaciones de acuerdo a las necesidades del Hospital (Ius Variandi) y al financiamiento disponible. Si el caso lo amerita y el Adjudicatario lo acepta, se podrá hacer compras adicionales dentro de periodo de duración del contrato, en las mismas condiciones, previa emisión de orden de compra, sin embargo, estas compras adicionales no podrán exceder al 30% del monto total adjudicado siempre y cuando la suma de ambos (monto total adjudicado y compras adicionales) no superen el tope legal de este tipo de Licitaciones.
2.2 Al presentar su oferta el oferente certifica la continuidad del suministro de los insumos que esa ofertando por toda la duración del contrato.
2.3 En el caso de compras adicionales donde el monto de la Garantía de estas compras sumado el monto de la Garantía originalmente adjudicado no superen los $200.000.- pesos, se desestimará la exigencia del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
2.4 Los pedidos se realizarán mensualmente previa emisión de orden de compra del Hospital, en el Portal Mercado Publico.
2.5 Al presentar su oferta el oferente certifica la continuidad del suministro de los insumos que esa ofertando por toda la duración del contrato.
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Condiciones de entrega de los insumos |
3.1. La entrega de los Insumos deberá realizarse a más tardar en cinco (5) días hábiles y en el caso de las solicitudes de urgencias dentro de las 24 horas hábiles después de emitida la Orden de Compra por el Portal de Mercado Publico.
3.2. Todos los productos deberán indicar en forma clara e idioma Español, la fecha de vencimiento por insumo, vencimiento que debe ser no menor a 12 meses desde la fecha de entrega.
3.3. La entrega de los Insumos deberá realizarse después de emitida la orden de compra, en la Bodega de Insumos Clínicos del Hospital, emitiendo la factura correspondiente a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena RUT. N° 61.602.232-6, Manuel Montt N° 115 – Temuco
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Características de los insumos entregados |
Si los Insumos cotizados y entregados no cumplen con las características ofrecidas, se procederá a la devolución en forma inmediata y el Adjudicatario se compromete a restituir íntegramente aquellas partidas consideradas técnicamente defectuosas o que no cumplen con las Especificaciones Técnicas.
4.2 Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo señalado en el punto anterior, se dará término al contrato y cobro de la boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato.
4.3 Si el adjudicatario no diera cumplimiento a la restitución señalada en el párrafo anterior, entonces se entenderá como término de contrato.
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