Resolución de Empates |
10.11 En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) menor precio y de persistir el empate;
b) menor plazo de entrega de persistir el empate;
c) mayor puntaje en cumplimiento entrega antecedentes;
10.12 Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
11.6. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
11.12. Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “Certificado de Antecedentes Laborales y previsionales” de la Inspección de Trabajo., que certifique la inexistencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho certificado deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, o posterior a los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
10.2 La comisión de evaluación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Esta solicitud se realizará a través del Sistema de Información (Art. N°40 inc. 2 del Decreto N°250/04).
10.3 La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar aclaraciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto n°10.1 y n°10.2 (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas aclaraciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, prorrogables por única vez por otras cuarenta y ocho (48) horas. Estas aclaraciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
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4. DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO |
Ver punto N°4 ítem III de las bases administrativas
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7. MULTAS POR ATRASO |
Ver punto N°10 ítem III de las bases administrativas
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8. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Ver punto N°11 ítem III de las bases administrativas
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9. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
12.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el Artículo N°77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
12.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de modificar el contrato en cuanto a cantidad, manteniendo el mismo valor unitario indicado en Anexo Nº1. Además, este aumento o disminución de las cantidades deberán comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un treinta por ciento (30%) del monto adjudicado.
12.3. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. N°79 del Decreto N°250/04.
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13. CONFIDENCIALIDAD |
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
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17. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD |
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
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18. NOTA FINAL |
18.1. Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas al contrato suscrito con el adjudicatario sin necesidad de Mención expresa de ello, y que éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive.
18.2. Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653.
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2. DEL APROVISIONAMIENTO DE LAS RESMAS DE PAPEL Y SOBRES VARIOS |
2.1 Las resmas de papel y sobres varios, sus cantidades y especificaciones a adquirir por el Hospital, que se indican en el Anexo N° 1 son como referencia y las cantidades son aproximadas, no existiendo un compromiso por parte del Hospital a adquirir una cantidad fija, por lo que estas pueden sufrir variaciones de acuerdo a las necesidades del Hospital (Ius Variandi, contenido en el Art. 13 de la Ley N° 19.886) y al financiamiento disponible.
2.2 Si el caso lo amerita y el Adjudicatario lo acepta, se podrá hacer compras adicionales dentro de periodo de duración del contrato, en las mismas condiciones, previa emisión de orden de compra, sin embargo, estas compras adicionales no podrán exceder al 30% del monto total adjudicado siempre y cuando la suma de ambos (monto total adjudicado y compras adicionales) no superen el tope legal de este tipo de Licitaciones.
2.3 Los pedidos se realizarán mensualmente previa emisión de Orden de Compra del Hospital por el Portal de Mercado Público en la cual se especificará en cada caso la cantidad solicitada previa verificación de los saldos en bodega y programas especiales. Indistintamente de lo anterior, es posible que se realicen más de una orden de compra al mes, a razón de las necesidades del Hospital.
2.4 El oferente debe certificar la continuidad del suministro de las resmas de papel y sobres varios que está ofertando por toda la duración del contrato (18 meses), manteniendo de forma inalterable las condiciones con las cuales se adjudicó la Licitación, especialmente el precio y las características técnicas de lo ofertado. De no ser así, procederá aplicar la multa correspondiente, considerando lo indicado el Ítem III, punto N°10 de las Bases Administrativas.
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DE LAS CONDICIONES DE ENTREGA |
3.1 La entrega de las resmas de papel y sobres varios deberá realizarse a más tardar el plazo declarado en su oferta, a contar del día hábil siguiente al de emitida la Orden de Compra, y en el caso de las solicitudes de urgencias, el oferente debe indicar el tiempo de respuesta en horas hábiles después de emitida la Orden de Compra por el Portal de Mercado Público.
3.1. La recepción de las resmas de papel y sobres varios se efectuará en Bodega del Hospital, ubicada en la planta baja del edificio principal en calle Manuel Montt Nº 115, donde se realizará la recepción definitiva, de lunes a jueves de 8:00 a 16:00 y viernes de 08:00 a 15:00 horas. El oferente debe considerar la descarga e ingreso, con el personal necesario para ello.
3.2. La entrega de las resmas de papel y sobres varios se hará con la presentación en Bodega, de una Factura o Guía de Despacho, las que deben indicar la descripción del producto entregado, cantidad y precio unitario neto adjudicado, en el caso de las Facturas, estas deben incluir además el valor total por concepto de IVA
3.3. Se solicitará al adjudicado, la restitución íntegra de las resmas de papel y sobres varios defectuosa en su presentación o que no cumplan con la calidad o especificaciones técnicas ofertadas.
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DE LA CARACTERÍSTICAS DE LAS RESMAS DE PAPEL Y SOBRES VARIOS ENTREGADOS |
4.1. Si las resmas de papel y sobres varios entregados no cumplen con las características de calidad ofrecidas, se procederá a la devolución en forma inmediata y el Adjudicatario se compromete a restituir íntegramente aquellas que no cumplen con las Especificaciones Técnicas, en un periodo máximo de dos (2) días hábiles.
4.2. Si el Adjudicatario no diera cumplimiento a lo indicado en los párrafos anteriores, el Hospital podrá dar término al contrato y cobro de boleta de fiel cumplimiento de contrato.
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DE LA CARACTERÍSTICAS DE LAS RESMAS DE PAPEL Y SOBRES VARIOS ENTREGADOS |
4.1. Si las resmas de papel y sobres varios entregados no cumplen con las características de calidad ofrecidas, se procederá a la devolución en forma inmediata y el Adjudicatario se compromete a restituir íntegramente aquellas que no cumplen con las Especificaciones Técnicas, en un periodo máximo de dos (2) días hábiles.
4.2. Si el Adjudicatario no diera cumplimiento a lo indicado en los párrafos anteriores, el Hospital podrá dar término al contrato y cobro de boleta de fiel cumplimiento de contrato.
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