Resolución de Empates |
11.7 En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) mayor puntaje obtenido en punto A de los criterios de evaluación “Precio” y de persistir el empate.
b) mayor puntaje obtenido en punto C de los criterios de evaluación “Plazo de Entrega” y de persistir el empate.
c) mayor puntaje obtenido en punto D de los criterios de evaluación “Experiencia oferente” y de persistir el empate.
d) mayor puntaje obtenido en el punto B de los criterios de evaluación “Incorporación al Mercado” y de persistir el empate.
e) mayor puntaje obtenido en el punto E de los criterios de evaluación de “Cumplimiento entrega antecedentes”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
12.6 Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandovalq@redsalud.gov.cl, Jefe Subdepartamento de Licitaciones.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
12.14 Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneraciones”. En el evento que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones o bien, no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte según lo dispuesto en el Art. 8 inciso final de la Ley Nº20.713.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
11.1 A partir del segundo (2) día hábil posterior a la apertura y durante treinta (30) días hábiles posteriores a la Apertura, las ofertas de la Propuesta podrán ser evaluadas por una comisión formada por funcionarios del Hospital y nombrada de acuerdo a lo establecido en el punto Nº 6 del Ítem II Procedimiento Licitatorio de estas Bases Administrativas. La Comisión de Evaluación de las Ofertas podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe que dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 inc.1 del Decreto 250).
11.2 La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).
11.3 La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
11.4 Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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5. DE LAS CONDICIONES DE CALIDAD DE LOS EQUIPOS ENTREGADOS |
Los Equipos al ser nuevo debe cumplir con las características de calidad ofrecida, si no están en óptimas condiciones, se procederá a la devolución en forma inmediata y el Adjudicatario queda comprometido a restituir, sin que esto implique costo para el Hospital, íntegramente la o las unidades consideradas técnicamente defectuosas o que no cumplen con las Especificaciones Técnicas.
Si el Adjudicatario no diera cumplimiento a la restitución señalada en el párrafo anterior, el Hospital podrá dar término al contrato y cobro de boleta de fiel cumplimiento de contrato.
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4. REFERENTE A LA FUNCION DEL INSPECTOR TENICO DEL CONVENIO |
El director del Hospital, designara mediante Resolución Exenta a un funcionario del Hospital como inspector técnico del convenio para la fiscalización de la correcta ejecución del contrato.
Deberá verificar si lo recepcionado corresponde a lo adjudicado en conjunto con los usuarios y el encargado de Equipamiento Clínico.
Tendrá la responsabilidad y atribuciones para la emisión de multas en el caso de incumplimiento de contrato según lo establecido en las bases administrativas.
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3. DE LAS CONDICIONES DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS |
3.1 Será responsabilidad del Adjudicatario la entrega total de los Equipos que se le haya adjudicado, y éste debe realizarse dentro del plazo indicado en la oferta y en la Resolución que apruebe en contrato resolución de adjudicación según corresponda, emitiendo la factura correspondiente.
3.2 La entrega de los Equipos será realizada en la respectiva Bodega del Hospital, perteneciente al Departamento de distribución y logística en Horario de 9:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 Hrs. de Lunes a Viernes, el adjudicatario debe considerar la carga y descarga con el personal necesario para ello.
3.3 Para la Instalación de los Equipos, el Adjudicatario debe considerar ingreso y traslado dentro del Hospital, instalar en el lugar del servicio que se indique hasta que quede completamente instalado y funcionando, paro lo anterior debe considerar el personal necesario para ello.
3.4 Se entenderá recepcionado conforme cuando personal de Bodega del Hospital junto con el personal de la Sección de Equipamiento Clínico y del Servicio requirente emitan el correspondiente Formulario de recepción, para lo cual se debe cumplir con los siguientes requisitos:
3.4.1 Que los Equipos se encuentren en perfectas condiciones sin evidencia de deterioro, deben quedar armados, instalados, probados, debiendo contar con las correspondientes pruebas de funcionamiento y con la capacitación respectiva a usuarios y personal de mantenimiento.
3.4.2 Se hayan entregado las Certificaciones.
3.4.3 Se hayan entregado los manuales (en Español)
3.4.4 Se hayan entregado los documentos de garantía técnica.
3.4.5 Se hayan efectuado las pruebas de cumplimiento de Especificaciones Técnicas a satisfacción de la Unidad usuaria.
3.5 Se entenderá, por tanto, que la compra del Equipo incluye reposición de éste si la falla es reiterada (dos veces o más, en periodo de garantía por contenedor). Esto será fundamentado en informe técnico del Personal de Sección Equipamiento Clínico
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2. DEL APROVISIONAMIENTO DEL EQUIPO |
2.1 La descripción de las especificaciones técnicas del los Equipos se indica en Formulario Anexos N°2-A y 2-B; con el detalle de las Especificaciones Técnicas. Si el Equipo ofertado no cumple con las especificaciones técnicas mínimas requeridas, la oferta será declarada inadmisible.
2.2 Es responsabilidad del Adjudicatario el traslado y la correcta instalación y funcionamiento óptimo del equipo dentro del Servicio Requirente del Hospital. Para ello el Hospital entregará el lugar físico para la instalación, las adecuaciones necesarias para la óptima instalación serán cargo del Hospital, no así las indicadas expresamente en el Anexo N°2 de las Especificaciones Técnicas que serán cargo del Adjudicado.
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12 MULTAS POR ATRASO |
12.1 Si el Adjudicatario se atrasa en el cumplimiento del plazo ofertado: 1) para la entrega del equipo en el Hospital, 2) instalación y configuración, o 3) puesta en marcha y operativo para capacitación del equipo, incluido el plazo de prórroga para los casos mencionados, la Dirección del Hospital le aplicará una multa equivalente al 0,2% (cero coma dos por ciento) del monto total en retraso de la propuesta, IVA incluido, por cada día corrido de atraso con un tope máximo del 30% del monto total adjudicado.
12.2 El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento de las multas ya mencionadas, deberá informar el incumplimiento, dentro de los 5 días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compra correspondiente.
12.3 La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de compra de todos los antecedentes relacionados con la multa y llevar administrativamente el monitoreo del proceso completo. Deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que, dentro del plazo de ocho (8) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento.
12.4 Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que procede la aplicación de la multa, se redactará la resolución fundada que la aplica, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de 20 días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital.
12.5 Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una Resolución, la que será notificada al afectado mediante carta certificada.
12.6 La multa deberá ser pagada en dinero efectivo o con cheque nominativo a nombre del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena dentro de los 20 días corridos siguientes de notificada la resolución que la aplica o resuelto el reclamo. Si no lo hiciera podrá ponerse término al contrato en cuyo caso se hará efectiva la garantía por cumplimiento de contrato.
12.7 No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente.
12.8 Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al 30% del valor total del contrato será causal de término anticipado del mismo. Excepcionalmente, este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por resolución fundada que no resulta conveniente
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