- DE LA FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
4.1 Cuando el proveedor dé cumplimiento a lo estipulado en los puntos N° 3 y N° 4 de las Bases Técnicas contenidas en las presentes bases, será notificado de la recepción conforme por medio de la plataforma de Mercado Público.
4.2 Una vez recibida la notificación de recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, el proveedor deberá proceder a la emisión de la correspondiente Factura electrónica veinticuatro (24) horas después de recibida esta notificación.
4.3 La factura emitida por el proveedor deberá contener la siguiente información:
NOMBRE: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRIQUEZ ARAVENA
RUT: 61.602.232-6
DIRECCIÓN: MANUEL MONTT 115- TEMUCO
GIRO: HOSPITAL
N° ORDEN DE COMPRA (registrar en campo 801)
4.4 La factura electrónica deberá hacer referencia en el detalle al número de orden de compra respectiva, dicho número de orden deberá ser registrado en el Campo 801 del documento electrónico, para los casos en que los envíos sean realizados con guías de despacho, las facturas emitidas deberán señalar el número orden de compra y N° de la guía de despacho.
4.5 El envío de facturas electrónicas deberán ser remitidas a dipresrecepcion@custodium.com.
4.6 En caso de no contener la información indicada en los puntos 4.3 y 4.4 se procederá a realizar el rechazo del documento, y se solicitará su refacturación.
4.7 Entre la fecha de emisión de factura y la fecha de recepción de la misma no podrá haber más de ocho (8) días corridos de diferencia, de lo contrario la factura será devuelta al remitente, solicitando la refacturación con fecha correspondiente.
4.8 El proveedor no podrá facturar si los productos no están recibidos conforme, en este caso la factura será rechazada.
4.9 El pago de la factura se realizará mediante trasferencia electrónica de fondos de la Tesorería General de la República, de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria, según Ley de Presupuesto N°21.395 del año 2022 para los Servicios de Salud, el cual deberá ser pagado en un plazo que no podrá exceder de cuarenta y cinco días (45) corridos, a contar de la fecha en que la factura es aceptad.
4.10 El Hospital no se hace responsable por el extravío de facturas que son ingresadas al establecimiento por otras vías que no son las indicadas en las presentes bases. Si esto ocurre el Adjudicatario tendrá que regularizar dicha situación a través de la emisión de una nueva factura y nota de crédito.
4.11 No se dará curso al pago de ninguna factura si no ha ingresado la Garantía Por Fiel Cumplimiento de Contrato.