Licitación ID: 1380-272-LQ24
PPTA 394-24 “ADQUISICIÓN DE BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 99
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Kits o accesorios de bombas de infusión 54000 Unidad
Cod: 42222008
BAJADA ESTÁNDAR PARA BOMBA DE INFUSIÓN CONTINUA DURACIÓN MÍNIMA 72 HORAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 394-24 “ADQUISICIÓN DE BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC”
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases se refieren a las condiciones y características técnicas requeridas para adquirir de BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC, en adelante: “los Insumos”, por el periodo de veinticuatro (24) meses, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2024 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 1 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-09-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 03-09-2024 17:22:00
Fecha inicio de preguntas: 03-09-2024 17:31:00
Fecha final de preguntas: 13-09-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-09-2024 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-09-2024 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-09-2024 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 07-11-2024 15:50:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº 19.886 e Inhabilidades, Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393. - Anexo N° 3, Formulario Nomina principales Clientes del sector público como privado donde han vendido los Insumos ofertados en los últimos tres (3) años (a contar de la fecha de publicación en el Portal Mercado público) formulario que el oferente debe completar y firmar. Para insumos evaluados en el hospital subir el anexo en blanco y firmado. o En caso de haber realizado ventas instituciones privadas estas deberán ser acreditadas mediante copia de contrato y deben ser en las condiciones similares a las de esta licitación pública. o Son Clientes Adjudicados mediante licitación pública, a los cuales el oferente vende los mismos insumos ofertados (marca, modelo, etc.), por esto se solicita el ID de licitación Mercado público y/o copia del contrato en caso de las instituciones privadas, en la cual se adjudicaron los insumos. No suman adjudicaciones al mismo Cliente (Contratos), una por cliente.
Documentos Técnicos
1.- - Ficha técnica de los Insumos con clara descripción en español de lo ofertado, y en concordancia con lo solicitado en Anexo N°1. Las ofertas que no dispongan del contenido requerido para verificar el cumplimiento del ítem ofertado serán declaradas inadmisibles, dado que este antecedente no podrá ser aclarado, rectificado, ni solicitado por omisión. (para insumos que NO han sido evaluados en el Hospital).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, formulario Carta Oferta, formulario que el oferente debe completar y firmar (Requisito de Admisibilidad). - Documento de garantía por Seriedad de la Oferta, según lo mencionado en el punto N° 8 del Ítem I “Procedimiento Licitatorio” (Requisito de Admisibilidad).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 D) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 5%
2 C) EXPERIENCIA OFERENTE 20 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 20%
3 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA 40 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 40%
4 B) EVALUACIÓN TÉCNICA 35 PUNTOS VER PUNTO 10.8 ÍTEM II DE LAS BASES. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 138000000
Justificación del monto estimado 2.1. Las cantidades y el presupuesto total son referenciales y aproximado, considerando para la presente licitación un presupuesto total estimado es de 138.000.000.- IVA Incluido para toda la duración del contrato, tomando como referencia el valor de l
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública, y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004, q
Observaciones VER PUNTO 2 ÍTEM II DE LAS BASES.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Nombre de responsable de contrato: Lilian Fernández Cancino
e-mail de responsable de contrato: lilianf.fernandez@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2558726-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 26-01-2025
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 8.1. De acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley Nº 19.886, los oferentes deberán entregar un documento de garantía por seriedad de la oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del hospital doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto no inferior de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación. El cálculo del monto asegurado para los documentos en donde la moneda sea en valor UF, se calculará de acuerdo a la fecha de emisión por el valor o monto asegurado, el cual, no debe ser inferior a $200.000 mil pesos. 8.3. Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta pública, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante. Sin embargo, deberá identificar claramente el Rut del Hospital como beneficiario. 8.4. El documento de garantía por seriedad de la oferta debe entregarse en sobre cerrado caratulado en oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del vigésimo (20mo) día corrido posterior a la publicación o bien entregarlo a la Comisión designada para la revisión de estos antecedentes, que se reunirá extraordinariamente y sólo para estos efectos, en Oficina del Sub-Departamento de Licitaciones del Hospital, el mismo vigésimo (20mo) día corrido siguiente al de la publicación a las 15:00 horas. Se solicita a los oferentes cumplir con la identificación del sobre, con el objeto de advertir a los medios de transporte, siempre que se use, o al personal que recibirá el documento, indicando claramente en el exterior lo siguiente: - HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA. - DIRECCIÓN MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). - PROPUESTA PÚBLICA Nº 394 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC”. - NOMBRE DEL OFERENTE. 8.5. La presentación del documento de garantía por seriedad de la oferta es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del vigésimo (20mo) día corrido posterior a la publicación. El no presentar esta Boleta dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo, quedando inadmisible la oferta. 8.6. Para los casos de oferentes que utilizarán la caución de garantía de Póliza de Seguro Electrónica, sólo deberán ingresarla al Portal Mercado Público al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel. 8.8. Si el plazo finaliza un día sábado, domingo o festivo se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente en el mismo horario. 8.9. Si el documento de garantía contiene algún error en la identificación, ya sea de forma o de fondo, la oferta será declarada inadmisible.
Glosa: • En glosa señalar o indicar que corresponde a seriedad de la oferta. • Nombre de la propuesta: Propuesta pública Nº 394 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC”. • ID portal mercado público: • Rut del Establecimiento: 61.602.232-6. • Fecha de vencimiento:
Forma y oportunidad de restitución: 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 29-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 5.3. El Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores a la notificación de la resolución de Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 5.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si los hubiere (Artículo N° 71 del Decreto N° 250/04). 5.6. Cuando el monto del documento de garantía es inferior a doscientos mil pesos ($200.000), se desestimará solicitar la garantía que asegure el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 5.7. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que, en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio
Glosa: 5.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena • Rut: 61.602.232-6 • Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 394 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE BAJADAS DE INFUSIÓN CONTINUA UPC”. • Número ID Portal: • Fecha de Vencimiento: día/mes/año • Monto en Moneda Nacional (peso chileno) • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ANTECEDENTES OMITIDOS POR EL OFERENTE
10.3. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto N° 250/04). 10.4. La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar rectificatoria a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto N°10.1 y N°10.3 (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas rectificatorias se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de treinta y seis (36) horas hábiles desde el momento que fue realizada dicha corrección, prorrogables por única vez en las mismas condiciones. Estas rectificatorias serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, o se declarará inadmisible a la oferta si no responde en el plazo estipulado, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas. 10.5. Si el oferente no cumple con dicha aclaratoria o rectificatoria en los plazos definidos para ello, o no responde satisfactoriamente la aclaratoria o rectificatoria solicitada, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referentes a los antecedentes de los prestadores de servicios propuestos para realizar las prestaciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la licitación los prestadores de servicios que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes. Estas podrán ser incorporadas posteriormente una vez iniciado el contrato, según el punto 3 del ítem III de las presentes bases. 10.6. La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes, y podrán ser realizadas bajo las mismas condiciones establecidas en el punto 10.4. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.
RESOLUCIÓNN DE EMPATE
10.13. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera: a) menor precio y de persistir el empate; b) Mayor puntaje obtenido en la evaluación de especificaciones técnicas, y de persistir el empate; c) Mayor puntaje obtenido en experiencia de los oferentes y de persistir el empate; d) Mayor puntaje obtenido en el Cumplimiento de entrega de antecedentes. 10.14. Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
11. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA
11.1. La adquisición que se realice mediante esta Licitación será adjudicada mediante acto administrativo con Resolución Exenta firmada por el director del Hospital según lo sugerido por la comisión de evaluación, lo que será debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes. Para estos efectos se publicarán los antecedentes del proceso de evaluación, tales como informe emitido por la Comisión de Evaluación, factores de evaluación, cuadro comparativo, cuadro de adjudicación, acta de apertura, resolución exenta de comisión de evaluación. La evaluación de la propuesta pública será por línea/ítem y adjudicando la propuesta, a la o las ofertas más convenientes, según el resultado de la evaluación establecida en el punto Nº 10.8 ítem II del Procedimiento Licitatorio. 11.2. La adjudicación procederá en un plazo no superior a noventa (90) días corridos desde el cierre electrónico, posteriores al resultado de la evaluación señalada en punto N° 10.8. En caso de que la adjudicación no se realice en el plazo previsto precedentemente, se informará dentro de los cinco días hábiles siguientes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones de dicha situación y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación. 11.3. Se declararán inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases y se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada (Art. 9 Ley de Compras). 11.4. Las ofertas técnicas serán de público conocimiento. 11.5. El resultado de la Licitación se informará a todos los Oferentes a través del Portal Mercado Público, una vez cumplido el quehacer administrativo de la comisión de evaluación. Dicha notificación contendrá los criterios de evaluación –que están definidos en las presentes Bases- y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. 11.6. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Sub-Departamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital. 11.7. Para Adjudicaciones inferiores a 1000 UTM, estas serán sancionadas por Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución - Contrato, y deberá presentar dentro de un plazo de diez (10) días hábiles el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según lo señalado en el punto Nº 5 del ítem III de las presentes Bases, y acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo. 11.8. Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1000 UTM, posterior a la notificación de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, el Hospital redactará un contrato tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación. Dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital, el adjudicatario deberá presentar el contrato firmado (2 copias), junto con el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según lo señalado en el punto Nº 5 del Ítem III de las presentes Bases, y acompañar el Certificado de Antecedentes laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo. 11.9. Los plazos establecidos en el contrato comenzarán a partir de la fecha que se indique en la Resolución que Aprueba el Contrato. Lo anterior será publicado y debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes en el Portal Mercado Público. 11.10. Si el adjudicatario no suscribe y protocoliza el contrato por desistimiento, o no presenta Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato dentro del plazo indicado en punto Nº 5 del ítem III (Art. 71 Decreto N° 250/04), o no presenta certificado de la Dirección del Trabajo dentro del plazo indicado en el presente punto 11.13, el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena podrá adjudicar el contrato definitivo a la siguiente mejor oferta evaluada y en forma sucesiva si fuere necesario, siempre que dichas ofertas sean conveniente a los intereses del Hospital (Art. 41 Decreto N° 250/04), y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta como sanción por su incumplimiento. 11.11. La devolución de las Garantías de Seriedad de la Oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación. Sin embargo, este plazo se podrá extender cuando la presente licitación sea re adjudicada. 11.12. La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases. No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades de la administración del Estado. No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quienes tienen poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la Ley. 11.13. Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, que certifique la inexistencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho certificado deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, o posterior a los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
1. INICIO DE LA PROPUESTA PÚBLICA
1.1 Para adjudicaciones con montos inferiores a 1.000 UTM, la fecha de inicio será, la fecha que indica la Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución-Contrato y Orden de Compra. 1.2 Para Adjudicaciones superiores a 1.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el adjudicatario deberá firmar ante notario o con firma electrónica avanzada un contrato en dos (2) copias, que emanará de la Resolución de Adjudicación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al envío vía correo electrónico. El Contrato será sancionado mediante la Resolución que Aprueba el Contrato, dictada por la Dirección del Hospital, el cual comenzará su vigencia desde la total tramitación de la Resolución que lo aprueba, la cual será publicada en el Portal Mercado Público. 1.3 No obstante, por razones de buen servicio, las adquisiciones podrán otorgarse desde la fecha de la resolución de adjudicación, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato; de hacer uso de esta facultad el contrato deberá indicar expresamente la fecha a partir de cuándo se comenzarán a realizarse las adquisiciones. 1.4 En todo caso, los pagos sólo pueden aplicarse una vez que esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato. 1.5 La no presentación del Documento de Garantía en los plazos establecidos en el punto N°5 del ítem III, sobre Condiciones de Contratación de las Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si los hubiere (artículo 71 del Decreto N° 250/04) y hará efectiva la Garantía por Serie dad de la oferta, como sanción por su incumplimiento. 1.6 Si existe desistimiento de celebrar el contrato o aceptar la orden de compra, el Hospital podrá adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación (si los hubiere) (artículo 43 del Decreto N° 250/04) y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la oferta, como sanción por su incumplimiento. 1.7 Si no presenta el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales F30”, de la Dirección del Trabajo, dentro del plazo establecido en punto N° 11.13 del Ítem II, sobre Procedimiento Licitatorio de las Bases Administrativas, el Hospital adjudicará al oferente siguiente mejor evaluado (si los hubiere) (Artículo N° 41 del Decreto N° 250/04), y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la oferta, como sanción por su incumplimiento.
2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA Y OFERTA
La propuesta pública por el suministro de los Insumos tendrá una duración de veinticuatro (24) meses, o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato. 2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública, y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto N° 250 del año 2004, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario. 2.3. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación. 2.4. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al 5% del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato. 2.5. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original.
3. PRECIO
3.1 Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y TOTAL NETO, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos. 3.2 Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están afectos a IVA. 3.3 Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una rectificatoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación, la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato, el cual entrará en vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, y publicada en el Portal Mercado Público.
6. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
7. DE LA SUBCONTRATACIÓN
7. DE LA SUBCONTRATACIÓN Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación. 7.1 NO DEPENDENCIA LABORAL Se deja expresamente establecido que “el Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión de los Insumos descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
7.1 NO DEPENDENCIA LABORAL
Se deja expresamente establecido que “el Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión de los Insumos descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
8. DE LAS OBLIGACIONES
8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Insumos. 8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas. 8.3 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Insumo (Facturas o Guías de Despacho). 8.4 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
9. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas: 9.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 9.2. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los insumos. 9.3. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 9.4. Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al señalado será causal de Término anticipado del mismo. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por Resolución Fundada que no resulta conveniente para los intereses de éste el poner Término al contrato en virtud del estado del mismo. 9.5. Será causal de término anticipado de contrato el ocultar información relevante para ejecutar el contrato que afecte a cualquiera de sus miembros. 9.6. Si durante la ejecución del contrato, aconteciese algunas de las causales establecidas entre los puntos N°1.2.12 y N°1.2.16 del ítem II de las Bases Administrativas, respecto a la Unión temporal de Proveedores (UTP). 9.7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. 9.8. Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 y en su reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04. 9.9. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en el punto N° 10.1 del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 9.10. El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en que tomó conocimiento de él, al Inspector Técnico Administrativo. 9.11. El Inspector Técnico Administrativo deberá notificar al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con el termino anticipado al correo electrónico que haya declarado en su Anexo N°1 “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro de cinco (5) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que, aceptado el incumplimiento cursado, precluyendo su derecho a impugnarlo. 9.12. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el director del Hospital. 9.13. El término anticipado del Contrato se decretará por Resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Público al interesado, en consideración a los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del Decreto N° 250/04, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
10. FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO
Erwin Contreras Poblete; Erwin.contreras@redsalud.gov.cl, jefe del Sub Departamento de Licitaciones. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
11. FUNCIONARIO ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO Y COMPRA
Lilian Fernández Cancino, lilianf.fernandez@redsalud.gov.cl, jefe Sub Departamento de Insumos Clínicos. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
12. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
12.1 El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 12.2 En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 12.3 Se solicitará una nueva Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismos términos de monto (porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta manera garantizar la totalidad del contrato. 12.4 Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04.
13. REFERENTE A LA FUNCIÓN DE LOS INSPECTORES DEL CONVENIO
El director designará por resolución a funcionarios del Hospital, para desempeñar las funciones de Inspector Técnico del Convenio (ITC) del área Tecina y Administrativa, para fiscalizar la correcta ejecución y cumplimiento del contrato. 13. 1 Inspector Técnico del Convenio del Área Clínica: 13.1.1. Redactar Informes Técnicos ante anomalías de los Insumos adjudicados y de los equipos asignados. 13.1.2. Deberá fiscalizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto 3 de las bases técnicas. 13.1.3. Dar a conocer oportunamente las modificaciones, problemas de despacho u otros incumplimientos que no permitan el normal abastecimiento de los insumos. 13.1.4. Informar al ITC del Área Administrativa, para solicitar restitución de los Insumos defectuoso en su presentación o que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas. 13.2 Inspector Técnico del Convenio del Área Administrativa: 13.2.1. Solicitar al adjudicado, la restitución integra de ítems defectuosos en su presentación o que no cumpla con la calidad o especificaciones técnicas ofertadas. 13.2.2. Deberá monitorear la vigencia de la propuesta pública y tramitar con antelación la renovación del requerimiento de los Insumos. 13.2.3. Tendrá la responsabilidad de dar término al contrato del Adjudicado, en caso que se incurra en un incumplimiento, según lo establecido en punto Nº 8 y N° 9 Ítem III de las Condiciones de Contratación, para el término de contrato y cobro de documento de Garantía.
14. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Contratista para el desarrollo y ejecución del suministro, son confidenciales. Razón por la cual El Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital, a no ser que sea expresamente autorizado para ello. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este CONTRATO.
15. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
16. NOTA FINAL
16.1 Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas al contrato suscrito con el adjudicatario sin necesidad de Mención expresa de ello, y que éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. 16.2 Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre “PROBIDAD ADMINISTRATIVA” establecidas en las Leyes N° 18.575, N° 18.834 y N° 19.653 y sus modificaciones. Además de la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Servicio, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. 16.3 Además, esta licitación se regirá, para todos los efectos legales, por la Ley N° 19.886, de compras y contrataciones públicas y su Reglamento, y la ley N°21.634 de fecha 11.12.2023 que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.