Licitación ID: 1380-280-LQ19
475-19 ADQ EQ ELECTROBISTURI, G16
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Equipo electro quirúrgico o electro cauterio o accesorios o productos relacionados 6 Unidad
Cod: 42295104
Equipo Electrobisturí con Fusión de Tejidos  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
475-19 ADQ EQ ELECTROBISTURI, G16
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere adquirir Equipo Electrobisturí con Fusión de Tejidos, nuevos y sin uso, en adelante “los Equipos”, para el Servicio de Pabellones del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, con el objeto de mantener la producción y mejorar las condiciones técnicas con la renovación de equipamiento y equipos que se requieren para la realización de cirugías y procedimientos de las distintas especialidades que se desarrollan en este Hospital. La adquisición se realizará en el marco del proyecto aprobado por el Consejo Regional, ratificado según acuerdo N°1472 que indica aprobar mensaje N°232 del 17 de julio de 2019, del Sr. Intendente y Ejecutivo del Gobierno Regional de La Araucanía, sobre Transferencia de Recursos a “Transferencia de Capital al Servicio de Salud Araucanía Sur para Equipamiento de Pabellones del Hospital Hernan Henriquez Aravena”. Ello, en concordancia con la legislación vigente, bases administrativas y técnicas, y especificaciones técnicas que se detallan en Anexo N°2-A, junto con otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-11-2019 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-11-2019 14:18:48
Fecha inicio de preguntas: 05-11-2019 15:01:00
Fecha final de preguntas: 08-11-2019 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-11-2019 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-11-2019 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-11-2019 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-12-2019 16:39:18
Fecha de entrega en soporte fisico 18-11-2019
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.-  Declaración Jurada Simple (Anexo N°3), Inhabilidades Art. 4 Ley Nº19.886 e Inhabilidades Art. 8 y 10 de la Ley Nº20.393.  Formulario Nomina principales Clientes (Anexo n° 5A-5B) el cual debe indicar Nº ID, Nº Orden de Compra, nombre contacto y número de teléfono. En el caso de haber realizado ventas a instituciones privadas estas deberán ser acreditadas mediante facturas y demás antecedentes que fundamenten la compra venta. El Oferente, para completar el Formulario N°5A, debe considerar Clientes tanto del sector público como privado a los cuales ha vendido equipos mismo modelo y misma marca que el ofertado, desde el 1 de enero del 2015. El Oferente, para completar el Formulario N°5B, debe considerar Clientes tanto del sector público como privado a los cuales ha vendido equipos misma marca, modelo similar o superior al ofertado, desde el 1 de enero del 2015. Dicho Formulario debe ser llenado por el Oferente en forma completa. Si no tiene clientes entonces subir anexo, firmado, señalando tal condición. Nota: La experiencia en el sector privado deberá ser acreditada mediante facturas que den cuenta de la venta efectivamente realizada.
Documentos Técnicos
1.-  Especificaciones Técnicas (Anexo N° 2A), debe ser llenado según lo indicado en el mismo anexo. Requisito de Admisibilidad.  Programa de mantenciones preventivas y reparativas en periodo de Garantía.  Certificado Representación de la marca  Certificado Incorporación al Mercado Nacional.  Condiciones de garantía  Certificado empresa Servicio Técnico.  La o las normas bajo las cuales fue aprobado el Equipo.  Documentos adicionales que puedan servir a identificar mejor el Equipo ofertado (catálogos y certificados que respalden el cumplimiento de Especificaciones Técnicas, folletos, fichas técnicas, especificaciones, de preferencia en idioma español y otros que sirvan de apoyo para la evaluación).
 
Documentos Económicos
1.-  Formulario Carta Oferta (Anexo N°1) formulario que el Oferente, debe llenar en forma completa y firmarlo. Requisito de Admisibilidad.  Anexo de Garantías (Anexo N°6), junto con Documento por Seriedad de la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA 35 PÚNTOS OFERTA MÁS ECONÓMICA X 35 = PUNTAJE OFERTA EVALUADA 35%
2 INCORPORACIÓN AL MERCADO 15 PÚNTOS HASTA 5 AÑOS 10 PUNTOS MAYOR A 5 HASTA 7 AÑOS 5 PUNTOS MAYOR A 7 AÑOS 1 PUNTO (Oferta evaluada/Oferta con mayor cantidad de años) *5 5 15%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 20 PÚNTOS (Oferta evaluada/Oferta con mayor cantidad de equipos) *15 15 (Oferta evaluada/Oferta con mayor cantidad de equipos) *5 5 20%
4 PLAZO DE ENTREGA 25 PÚNTOS (Menor plazo ofertado/Plazo evaluado) *25= PUNTAJE 25%
5 CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTRONI CUMPLE CON ENTREGA TOTAL HASTA EL MOMENTO DEL CIERRE ELECTRÓNICO 5 puntos ENTREGA POSTERIOR AL CIERRE ELECTRÓNICO (EN ACLARATORIA DE 2 días hábiles PARA ANTECEDENTES NO CONSIDERADOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD) 2 puntos NO PRESENTA NINGÚN ANTECEDENTE EN EL MOMENTO DEL CIERRE O NO PRESENTA ANTECEDENTES CONSIDERADOS DE ADMISIBILIDAD EN EL CIERRE O NO CUMPLE CON ACLARATORIA EN EL PLAZO SEÑALADO PARA ELLO. INADMISIBLE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 119952000
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto total referencial estimado es de M 119.952.- IVA Incluido. pesos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 2.2 La adquisición de los Equipos será financiada con fondos MINSAL y con cargo a los Ítems presupuestarios Nº 29.05.002.002 denominado “Maquinarias y Equipos para la Producción Iniciativa Sectorial”, del presupuesto del Hospital.
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días 4.6 El pago de la factura se realizará de acuerdo a la normativa legal vigente y disponibilidad presupuestaria según ley de presupuesto 21.125 del 2019.
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: LUIS CIFUENTES HIGUERA
e-mail de responsable de contrato: luis.cifuentes@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2559040-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente propuesta se prohíbe la subcontratación. Excepcionalmente se permitirá sólo respecto de las obras de adecuación de la sala en que funcionará el equipo y su puesta en marcha, las que serán de cargo del oferente. Se deja expresamente esta
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 18-03-2020
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, que podrá ser Vale Vista, Póliza de Seguro Electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otro documento que cumpla con los requisitos que se establecen en el artículo 31 del Decreto N°250 /2004 del Ministerio de Hacienda que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista al primer requerimiento, tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una persona natural o jurídica que no sea parte del adjudicatario y tener el carácter de irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto de $300.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación, acompañado del “Anexo garantías” (ANEXO Nº6), dicho documento debe indicar, como glosa, el nombre de la propuesta ya sea, en el anverso del documento, o al reverso y ser enviado a Manuel Montt N°115 Temuco (según punto 8). El no cumplimiento de esta disposición se sancionará con la inadmisibilidad de la Oferta.
Glosa: Este documento deberá ser entregado en original, en sobre cerrado caratulado, e indicando claramente en el exterior lo siguiente:  HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA.  DIRECCION MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (Oficina de Partes).  PROPUESTA PUBLICA N°475-19 “ADQUISICION DE EQUIPO ELECTROBISTURI PARA PROYECTO REPOSICION EQUIPAMIENTO DE PABELLONES PARA EL HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA, G16”  Nombre del Oferente.
Forma y oportunidad de restitución: La garantia será devuelta una vez terminada su vigencia
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 18-05-2021
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que podrá ser Vale Vista, Póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo y la calidad de los procedimientos, por un monto no inferior al 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no sea parte del adjudicatario y tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término de las garantías técnicas comprometidas en la propuesta. Esta Garantía, se extenderá a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, RUT 61.602.232-6 y deberá ser entregada al momento de la firma del contrato. 5.2. El documento de Garantía por Buen Cumplimiento de Contrato deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato para su firma que es en forma posterior a la notificación de la resolución de Adjudicación realizada en el Portal Mercado Publico, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital, acompañado del “Anexo garantías” (Anexo Nº6). 5.3. La no entrega del Documento de Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, podrá dar lugar a la anulación de propuesta y a la ejecución de la Garantía de Seriedad de la Oferta. 5.4. Si el monto total estimado de la Garantía, no supera los $ 200.000.-, entonces se desestimará su exigencia.
Glosa: Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena Rut: 61.602.232-6 Nombre y Número de Propuesta Número ID Portal: Fecha de Vencimiento: dd/mm/aa Monto en Moneda Nacional (peso chileno). En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
12.10. Si el adjudicatario no suscribe y protocoliza el contrato por desistimiento Art. 43 Decreto 250 o no presenta garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo indicado en punto Nº5 III Art. 71 decreto 250 o no presenta certificado de la Dirección del Trabajo dentro del plazo indicado Art. 41 del Decreto 250, el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena de Temuco adjudicará el contrato definitivo a la siguiente mejor oferta evaluada y en forma sucesiva si fuere necesario y siempre que dichas ofertas sean conveniente a los interés del Hospital.
Resolución de Empates

11.7. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)    mayor puntaje obtenido en punto A de los criterios de evaluación “Evaluación económica” y de persistir el empate.

b)    mayor puntaje obtenido en punto C de los criterios de evaluación “Plazo de entrega”, y de persistir el empate.

c)     mayor puntaje obtenido en punto D de los criterios de evaluación “Experiencia del oferente” y de persistir el empate.

d)    mayor puntaje obtenido en el punto B de los criterios de evaluación “Incorporación al mercado” y de persistir el empate.

e)    mayor puntaje obtenido en punto E de los criterios de evaluación en “Cumplimiento entrega antecedentes”.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

12.6. Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es patricia.sandovalq@redsalud.gov.cl, Jefe Subdepartamento de Licitaciones.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

11.2. La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250).

11.3. La Comisión de Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

11.4. Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
6.- CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CREDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N°19.983. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983.
8.- DE LAS OBLIGACIONES
8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Equipos. 8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas. 8.3 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Equipo (Facturas o Guías de Despacho). 8.4 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
9 DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
9.1 Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los Equipos. 9.2 Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 9.3 Otras razones de índole legal o jurídica debidamente calificadas. 9.4 Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N°19.886 y en su Reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250. 9.5 El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar dicho incumplimiento, dentro de los 5 días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compras correspondiente. 9.6 La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de la licitación de todos los antecedentes relacionados con el incumplimiento. Deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. 9.7 Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital.
10. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
10.1 El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 10.2 En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 10.3 Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto ( porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta mamera garantizar la totalidad del contrato. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250.
11 AMPLIACIÓN DE PLAZO DE ENTREGA
11.1 NO HABRÁ SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZOS. Si por algún motivo, el Adjudicatario no puede cumplir con la fecha de entrega comprometida, se ENTENDERÁ PRORROGADO, AUTOMÁTICAMENTE, EN TRES (3) DÍAS CORRIDOS el plazo de entrega. 11.2 Si el adjudicatario no cumple con la entrega durante esos tres días adicionales se le cobrará multa. 11.3 La fecha oficial, desde cuando se empezarán a contar esos días podrá ser desde el día siguiente al de aceptada la orden de compra en mercado público, sin embargo, si la orden de compra no es aceptada en 72 horas desde su emisión entonces se considerará como fecha oficial cuatro días después de emitida orden de compra.
12 MULTAS POR ATRASO
12.1 Si el Adjudicatario se atrasa en el cumplimiento del plazo ofertado: 1) para la entrega del equipo en el Hospital, 2) instalación y configuración, o 3) puesta en marcha y operativo para capacitación del equipo, incluido el plazo de prórroga para los casos mencionados, la Dirección del Hospital le aplicará una multa equivalente al 0,2% (cero coma dos por ciento) del monto total en retraso de la propuesta, IVA incluido, por cada día corrido de atraso con un tope máximo del 30% del monto total adjudicado. 12.2 El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento de las multas ya mencionadas, deberá informar el incumplimiento, dentro de los 5 días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compra correspondiente. 12.3 La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de compra de todos los antecedentes relacionados con la multa y llevar administrativamente el monitoreo del proceso completo. Deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que, dentro del plazo de ocho (8) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. 12.4 Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que procede la aplicación de la multa, se redactará la resolución fundada que la aplica, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de 20 días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital. 12.5 Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una Resolución, la que será notificada al afectado mediante carta certificada. 12.6 La multa deberá ser pagada en dinero efectivo o con cheque nominativo a nombre del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena dentro de los 20 días corridos siguientes de notificada la resolución que la aplica o resuelto el reclamo. Si no lo hiciera podrá ponerse término al contrato en cuyo caso se hará efectiva la garantía por cumplimiento de contrato. 12.7 No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente. 12.8 Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al 30% del valor total del contrato será causal de término anticipado del mismo. Excepcionalmente, este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por resolución fundada que no resulta conveniente para los intereses de éste el poner término al contrato en virtud del estado de avance del contrato.
17 LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.