Licitación ID: 1380-54-LQ22
PPTA 53-22 ADQUISICION DE INSULINAS
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Insulina 2400 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA GLARGINA 300 UI/ML 1,5 ML  

2
Insulina 600 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA DETEMIR 100 UI/ML 3 ML  

3
Insulina 3600 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA ASPARTATO 100 UI/ML 3 ML  

4
Insulina 2400 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA DEGLUDEC 100 UI/ML 3 ML  

5
Insulina 9600 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA GLARGINA 100 UI/ML 3 ML  

6
Insulina 3600 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA HUMANA NPH 100 UI/ML 10 ML  

7
Insulina 1200 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA CRISTALINA 10 UI/ML 10 ML  

8
Insulina 600 Unidad
Cod: 51181506
INSULINA ASPARTATO 100 UI/ML 3 ML  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 53-22 ADQUISICION DE INSULINAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Bases se refieren a las condiciones y características Técnicas requeridas para Adquirir Insulinas, en adelante “los Fármacos”, por una vigencia de doce 12 meses. Los Fármacos requeridos por intermediación Central de Abastecimiento CENABAST, se activarán toda vez que se presente un incumplimiento, adquiriéndolos para el Stock bodega
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-03-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 08-03-2022 17:20:38
Fecha inicio de preguntas: 08-03-2022 18:00:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2022 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-03-2022 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-03-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-03-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-05-2022 17:38:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 3, Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº 19.886 e Inhabilidades Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo Nº 2 Formulario de Especificaciones Técnicas (debe detallar N° Registro ISP y N° Resolución Sanitaria). - Resolución Sanitaria de Instalación y Funcionamiento vigente (la cual debe ser identificada en Anexo N° 2).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1 Formulario Carta Oferta, formulario que el Oferente debe completar y firmar (Requisito de Admisibilidad de la Oferta). - Documento de garantía por Seriedad de la Oferta, según lo mencionado en el punto N° 8 del Ítem II “Procedimiento Licitatorio. (Requisito de Admisibilidad).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA 85 PTS VER PUNTO 10.7 DEL ITEM II DE LAS BASES 85%
2 EVALUACIÓN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 10 PUNTOS VER PUNTO 10.7 DEL ITEM II DE LAS BASES 10%
3 EVALUACIÓN REQUERIMIENTOS FORMALES 5 PUNTOS VER PUNTO 10.7 DEL ITEM II DE LAS BASES 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 267024600
Justificación del monto estimado 2.1. Las cantidades y el presupuesto total son aproximados, considerando para la presente licitación un presupuesto estimado de 267.024.600.- IVA Incluido doscientos sesenta y siete millones veinticuatro mil seiscientos para toda la duración del cont
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: VER PUNTO 2 DEL ITEM III DE LAS BASES
Observaciones 2.2. La adquisición de los medicamentos requeridos se financiarán con cargo al presupuesto del Hospital, en la cuenta Presupuestaria Nº 22.04.004.001.02, denominada “Farmacia – compras extra sistema”.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: JORGE MORALES BUSTOS
e-mail de responsable de contrato: JORGE.MORALESB@ASUR.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2556948-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Prohibición de Subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 29-07-2022
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: 8.1. De acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley Nº 19.886, los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación. 8.3. Para el caso de los oferentes que caucionen la seriedad de la oferta con Vale Vista, la glosa, el nombre, número e ID de la propuesta pública, no será exigible debido a que por formato de las instituciones emisoras, no es posible incorporar la información requerida por el licitante. Sin embargo, deberá identificar claramente el Rut del Hospital como beneficiario. 8.4. El documento de garantía por seriedad de la oferta debe entregarse en sobre cerrado caratulado en oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del vigésimo (20mo) día corrido posterior a la publicación o bien entregarlo a la Comisión designada para la revisión de estos antecedentes, que se reunirá extraordinariamente y sólo para estos efectos, en Oficina del Subdepartamento de Licitaciones del Hospital, el mismo vigésimo (20mo) día corrido siguiente al de la publicación a las 15:00 horas. Se solicita a los oferentes cumplir con la identificación del sobre, con el objeto de advertir a los medios de transporte, siempre que se use, o al personal que recibirá el documento, indicando claramente en el exterior lo siguiente: HOSPITAL DOCTOR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA. DIRECCIÓN: MANUEL MONTT Nº 115 TEMUCO 1º PISO (OFICINA DE PARTES). PROPUESTA PÚBLICA Nº 53 del 2022 “ADQUISICIÓN DE INSULINAS”. NOMBRE DEL OFERENTE: 8.5. La presentación del documento de garantía por seriedad de la oferta es un requisito de admisibilidad de la oferta, por lo que debe entregarse impostergablemente en la oficina de partes del Hospital hasta las 14:30 horas del vigésimo (20mo) día corrido posterior a la publicación. El no presentar esta Boleta dejará automáticamente fuera de Bases al Oferente respectivo, quedando inadmisible la oferta. 8.6. Para los casos de oferentes que utilizarán la caución de garantía de Póliza de Seguro Electrónica, sólo deberán ingresarla al Portal Mercado Público al momento de ingresar su oferta, no será necesario el envío del documento en soporte papel.
Glosa: En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta. Nombre de la Propuesta: Propuesta pública Nº 53 del 2022 “ADQUISICIÓN DE INSULINAS”. ID portal mercado público: Rut del Establecimiento: 61.602.232-6 Fecha de Vencimiento: día/mes/año.
Forma y oportunidad de restitución: 8.7. Una vez adjudicada la propuesta pública, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días hábiles, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 29-05-2023
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 5.3. El documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser enviado a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación y/o posteriores al envió del contrato por parte del hospital, en Oficina de Partes, 1er piso del Hospital edificio Torre Nueva. 5.4. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior de las presentes Bases Administrativas, se entenderá como un desistimiento de su oferta, lo que facultará al Hospital para adjudicar al siguiente Oferente mejor evaluado, si lo hubiere (Artículo N° 71 del Decreto N° 250/04), y hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta como sanción por su incumplimiento.
Glosa: Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. Rut: 61.602.232-6. Nombre y Número de Propuesta Pública: Nº 53 del 2022 “ADQUISICIÓN DE INSULINAS”. Número ID Portal: Fecha de Vencimiento: día/mes/año Monto en Moneda Nacional (peso chileno): En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. La garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente. Cuando el monto del documento de garantía es inferior a $200.000, se desestimará solicitar la garantía que asegure el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

10.1.      En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

 

a.              Menor precio, y de persistir el empate;

b.              Mayor puntaje obtenido en la evaluación de especificaciones técnicas, y de persistir el empate;

c.               Mayor puntaje obtenido en el Cumplimiento de entrega de antecedentes.

 

10.2.      Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

11.1.      Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

10.1.      La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250/04).

10.2.      La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar correcciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto Nº 10.1. y 10.2. (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas correcciones se solicitarán vía Portal Mercado Público en el ícono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, la consulta se podrá realizar por única vez, nuevamente en las mismas condiciones. Estas correcciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.

10.3.      Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referente a los antecedentes del personal propuesto para realizar funciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la Licitación las personas que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes, que podrán ser incorporadas posteriormente, con la debida formalidad.

10.4.      La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
6. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
6.1. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. 6.2. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N° 19.983. 6.3. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N° 19.983.
7.1. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS SUBCONTRATADOS
Se deja expresamente establecido que “el Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión de los Fármacos descritos en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo.
8. DE LAS OBLIGACIONES
8.1. Será obligación del Adjudicatario cumplir con los plazos y horarios de entrega, así como las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas. 8.2. Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega de los Fármacos. (Facturas o Guías de Despacho). 8.3. El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
10. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas: 10.10. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 10.11. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los Fármacos . 10.12. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 10.13. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 10.14. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. 10.15. Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 y en su reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04. 10.16. Con Relación a la resolución fundada de terminación o de modificación se deberá cumplir con lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04. 10.17. El Director del Hospital, hará efectivo el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato (punto número 5 Ítem III, de las Bases Administrativas) al momento de dictarse la resolución fundada que determine el término anticipado del contrato por causales imputables al proveedor, salvo que éste se produzca por mutuo acuerdo de las partes (Art. 13° de la Ley N° 19.886). 10.18. El inspector Técnico de Convenio, será el responsable de notificar al Adjudicatario de las Medidas que el establecimiento está tomando, teniendo el Adjudicatario un plazo de ocho (8) días corridos desde la notificación para apelar. Si en este plazo el Adjudicatario no presenta descargo se entenderá como una aceptación, y se procederá a dar término al Contrato. 10.19. El término anticipado del Contrato se formalizará por resolución fundada, la que será notificada a través del Portal Mercado Público y/o por carta certificada al interesado, para efectos de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el Artículo N° 79 ter del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.
13. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
13.10. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 13.11. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 13.12. Se solicitará una nueva garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismos términos de monto (porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta manera garantizar la totalidad del contrato. 13.13. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto 250.
15. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Contratista para el desarrollo y ejecución del suministro, son confidenciales. Razón por la cual El Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital, a no ser que sea expresamente autorizado para ello. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este CONTRATO.