Licitación ID: 1380-86-LP21
ADQ EQUIPOS PARA SERV. ANATOMIA PATOLOGICA HHHA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
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Productos o servicios
1
Homogeneizadores 1 Unidad
Cod: 41101504
HOMOGENIZADOR DE TEJIDO (ANEXO N°2A)  

2
Microscopios, recodos o aumentadores quirúrgicos o accesorios 1 Unidad
Cod: 42295121
MICROSCOPIO MULTICABEZAL (10 OBS) (ANEXO N°2B)  

3
Refrigerador y congelador combinado 1 Unidad
Cod: 24131501
REFRIGERADOR CLÍNICO TIPO 1 (280- 368 LT. APROX.) (ANEXO N°2C)  

4
Iniciadores de reacción en cadena de la polimerasa (PCR) o reacción en cadena de transcriptasa inversa de la polimerasa (RT PCR) 1 Unidad
Cod: 41106308
TERMOCICLADOR (ANEXO N°2D)  

5
Refrigerador y congelador combinado 1 Unidad
Cod: 24131501
REFRIGERADOR CLÍNICO TIPO 2 (290 LT.) (ANEXO N°2E)  

6
Microscopios, recodos o aumentadores quirúrgicos o accesorios 1 Unidad
Cod: 42295121
MICROSCOPIO (ANEXO N°2F)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ EQUIPOS PARA SERV. ANATOMIA PATOLOGICA HHHA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere adquirir un 1 Homogenizador de tejido, un 1 microscopio Multicabezal, un 1 refrigerador Clínico Tipo 1 de 280 a 368 lts., un 1 termoreciclador, un 1 refrigerador Clínico Tipo 2 de 290 lts. y un 1 microscopio, en adelante: “los Equipos”, nuevos y sin uso, para el Servicios de Anatomía Patológica del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, con el objeto de mantener la producción y mejorar las condiciones técnicas con la adquisición yo renovación de equipos para este Hospital.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-05-2021 11:05:21
Fecha inicio de preguntas: 05-05-2021 11:10:00
Fecha final de preguntas: 17-05-2021 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-05-2021 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2021 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2021 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-06-2021 14:03:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.-  Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. 4 Ley Nº19.886 e Inhabilidades Art. 8 y 10 de la Ley Nº20.393 (Anexo N° 3). (Requisito Formal).  Formulario Nomina principales Clientes (Anexo N° 4A-4B) el cual debe indicar Nº ID, Nº Orden de Compra, nombre contacto y número de teléfono. En el caso de haber realizado ventas a instituciones privadas estas deberán ser acreditadas mediante facturas y demás antecedentes que fundamenten la compra venta. El Oferente, para completar el Formulario N°4A, debe considerar Clientes tanto del sector público como privado a los cuales ha vendido equipos mismo modelo y misma marca que el ofertado, desde el 1 de enero del 2016. El Oferente, para completar el Formulario N°4B, debe considerar Clientes tanto del sector público como privado a los cuales ha vendido equipos misma marca, modelo similar o superior al ofertado, desde el 1 de enero del 2016. Dicho Formulario debe ser llenado por el Oferente en forma completa. Si no tiene clientes entonces subir anexo, firmado, señalando tal condición.
Documentos Técnicos
1.-  Cumplimiento de Especificaciones Técnicas (Anexo N°2A, N°2B, N°2C, N°2D, N°2E y N°2F), que deben ser completados, según lo indicado en el mismo anexo. (Requisito de Admisibilidad).  Certificado de incorporación al mercado, documento de la empresa que certifique el año de incorporación al mercado nacional de los equipos ofertados.  Certificado de Representación de la Marca, emitido por fabricante, en que se señale el año desde que posee la representación para comercializar de los equipos ofertados en el mercado nacional (Chile).  Condiciones de Garantía técnica, a contar desde la “recepción final” del equipo ofertado.  Pauta mantención preventiva del fabricante del equipo ofertado.  Carta Gantt y Programa de mantenciones preventivas en periodo de Garantía, para el equipo ofertado, según corresponda de acuerdo al Anexo “Especificaciones técnicas” correspondiente, según punto N°6 de las Bases Técnicas.  Certificado Servicio Técnico Propio.  Programa de capacitación al personal Clínico y al personal de Mantenimiento, según el punto N°4 de las Bases Técnicas.  La o las Normas bajo las cuales fue aprobado el Equipo ofertado, de acuerdo al Anexo “Especificaciones técnicas” correspondiente.  Documentos adicionales que puedan servir a identificar mejor los equipos ofertados (catálogos y certificados que respalden el cumplimiento de Especificaciones Técnicas, folletos, fichas técnicas, especificaciones, de preferencia en idioma español y otros que sirvan de apoyo para la evaluación).
 
Documentos Económicos
1.-  Formulario Carta Oferta, Anexo N°1, formulario que el Oferente debe llenar en forma completa y firmarlo. (Requisito de Admisibilidad)  Anexo de Garantías, (Anexo N°5) junto con Documento por Seriedad de la oferta. Las ofertas deberán efectuarse a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos. Incorporar los documentos en los respectivos ítems que ofrece www.mercadopublico.cl, es decir, anexos administrativos, anexos técnicos y anexos económicos, con los nombres que corresponda, por ejemplo, anexo Nº1, N°2, Nº 3 y Nº4. No se aceptarán ningún tipo de condiciones comerciales distintas a las establecidas en las presentes bases, las ofertas que ingresen cualquier tipo de documento con condiciones que modifiquen el presente llamado a licitación dicha oferta será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONÓMICA 35 PUNTOS VER PUNTO 10.7 BASES. 35%
2 PLAZO DE ENTREGA 20 PUNTOS VER PUNTO 10.7 BASES. 20%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE 25 PUNTOS VER PUNTO 10.7 BASES. 25%
4 CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTRÓNI VER PUNTO 10.7 BASES. 5%
5 INCORPORACIÓN AL MERCADO 15 PUNTOS VER PUNTO 10.7 BASES. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 95389000
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto total disponible para esta propuesta es el siguiente 95.389.000 IVA Incluido pesos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 2.2 La adquisición de los Equipos será financiada con fondos MINSAL y con cargo al Ítem presupuestario Nº 29.05.002.002 denominado “Maquinarias y Equipos para la Producción Iniciativa Sectorial” del presupuesto del Hospital.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: EUGENIA.ACUNA@REDSALUD.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: LUIS CIFUENTES HIGUERA
e-mail de responsable de contrato: luis.cifuentes@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2559040-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta no aplicará la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 22-09-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: de acuerdo a lo prescrito en el artículo 11 de la Ley nº19.886, los Oferentes deberán entregar un Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, Requisito de Admisibilidad, que podrá ser vale Vista, Póliza de seguro electrónica, u otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, a nombre del Hospital Doctor Hernán Henríquez Aravena, por un monto de $200.000.-, con fecha de vencimiento no inferior a ciento veinte (120) días corridos contados desde el cierre electrónico de la licitación
Glosa: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. • Rut: 61.602.232-6. • Nombre y Número de Propuesta: N°142-21 “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PARA EL SERVICIO DE ANATOMÍA PATOLÓGICA DEL HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA”. • Número de Propuesta o ID Portal: • Fecha de Vencimiento: dd/mm/aa • Monto en Moneda Nacional (peso chileno): $ • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Seriedad de la Oferta.
Forma y oportunidad de restitución: 8.5 Una vez adjudicada la propuesta, se hará devolución íntegra, en un plazo de diez (10) días corridos, del Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta a las Entidades cuyas ofertas no hayan sido adjudicadas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 29-12-2023
Monto: 5 %
Descripción: 5.1 Al adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que podrá ser Vale Vista, Póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otro documento que asegure el pago de la Garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por un monto no inferior al 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no sea parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término de las garantías técnicas comprometidas en la propuesta por cada equipo, a contar de la fecha de “recepción final”.
Glosa: Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. Rut: 61.602.232-6. Nombre y Número de Propuesta: Número ID Portal: Fecha de Vencimiento: dd/mm/aa. Monto en Moneda Nacional (peso chileno). En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5 La Garantía será devuelta al Adjudicatario, una vez terminado el período de vigencia correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario no suscribe y protocoliza el contrato por desistimiento Art. 43 Decreto Nº 250 o no presenta garantía de fiel cumplimiento de contrato dentro del plazo indicado en punto Nº5 III Art. 71 Decreto Nº 250 o no presenta certificado de la Dirección del Trabajo dentro del plazo indicado Art. 41 del Decreto Nº 250, el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena de Temuco podrá adjudicar el contrato definitivo a la siguiente mejor oferta evaluada y en forma sucesiva si fuere necesario, siempre que dichas ofertas sean conveniente a los interés del Hospital.
10. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
10.1 A partir del segundo (2do) día hábil posterior a la Apertura y por veinte (20) días hábiles, las ofertas de la propuesta serán evaluadas por la comisión formada por funcionarios del Hospital y nombrado de acuerdo a lo establecido en el pto. N°6 del Ítem II. La Entidad licitante podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u comisiones no les confieran a éstos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 inc.1 del Decreto N°250). 10.2 La comisión de evaluación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Esta solicitud se realizará a través del Sistema de Información (Art. 40 inc. 2 del Decreto N°250). 10.3 La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar aclaraciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto N°10.1 y N°10.2 (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas aclaraciones se solicitaran vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha corrección, prorrogables por única vez en las mismas condiciones. Estas aclaraciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas. 10.4 Si el oferente no cumple con dicha rectificatoria en los plazos definidos para ello, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referente a los antecedentes del personal propuesto para realizar funciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la Licitación las personas que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes, que podrán ser incorporadas posteriormente, con la debida formalidad. 10.5 La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos. 10.6 Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación.
RESOLUCIÓN DE EMPATES
10.11 En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera: a) mayor puntaje obtenido en punto A de los criterios de evaluación “Precio” y de persistir el empate. b) mayor puntaje obtenido en punto D de los criterios de evaluación “Experiencia oferente” y de persistir el empate. c) mayor puntaje obtenido en punto C de los criterios de evaluación “Plazo de Entrega” y de persistir el empate. d) mayor puntaje obtenido en el punto B de los criterios de evaluación “Incorporación al Mercado” y de persistir el empate. e) mayor puntaje obtenido en el punto E de los criterios de evaluación de “Cumplimiento entrega antecedentes”. 10.12 Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS
11.6 Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5to) día hábiles luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es cesar.vasquezq@redsalud.gov.cl.
6. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
6.1. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. 6.2. Se podrá reclamar en contra del contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de las prestaciones del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos, siguientes a su recepción, según lo señalado en la Ley N°19.983. 6.3. Asimismo, la unidad técnica deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la Ley N°19.983.
8. DE LAS OBLIGACIONES
8.1 Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Equipos. 8.2 Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas. 8.3 Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega de los Equipos (Facturas o Guías de Despacho). 8.4 El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
9. MULTAS POR ATRASOS
9.1 Si el Adjudicatario se atrasa en el cumplimiento del plazo de entrega ofertado, incluido el plazo de prórroga, la Dirección del Hospital le aplicará una multa equivalente al 0,2% (cero coma dos por ciento) del monto total en retraso de la propuesta, IVA incluido, por cada día corrido de atraso con un tope máximo del 30% del monto total adjudicado. 9.2 Si el adjudicatario no realiza el mantenimiento preventivo en los plazos indicados en su oferta, según la pauta del fabricante, o hasta 30 días posteriores (reprogramación), el ITC podrá aplicar una multa de 3 UTM, valorizada a la fecha del incumplimiento. 9.3 El Inspector Técnico Especialista, al momento de detectar incumplimiento o una situación que de origen y configure la aplicación de una multa, deberá informar mediante memorándum dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomo conocimiento, al Inspector Técnico de la Unidad de Compra y a la Unidad de Gestión de Contratos. El Inspector Técnico Administrativo será el encargado de dejar registro en la carpeta de la propuesta, junto con todos los antecedentes relacionados con la multa y llevar administrativamente el monitoreo del proceso completo. 9.4 A su vez, el Inspector Técnico Administrativo deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que dentro del plazo de ocho (8) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo, se entenderá que acepta los cargos. 9.5 Recibidos los descargos del proveedor o vencido el plazo para presentarlos, el Inspector Técnico del Área de Compra, deberá informar a la Unidad de Gestión de Contratos, mediante memorándum, acompañado los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) y adjuntando los antecedentes pertinentes que obren en si poder para acreditar el incumplimiento. 9.6 Una vez reunidos todos los antecedentes, la Unidad de Gestión de Contratos coordinara la evaluación en conjunto con la Unidad de Compra de la procedencia de la multa y la Unidad de Jurídica. Instancia en que se resolverá la aplicación efectiva de la multa, rebaja si procede en función de los antecedentes presentados por el oferente o el no cobro de multa cuando las causas del incumplimiento se refieran a circunstancias que no sean atribuibles al proveedor, para todos los casos se deberá sancionar esta determinación mediante una resolución fundada, que dará cuenta de los hechos que avalan tal determinación. 9.7 Si luego de la evaluación, se determina que procede la aplicación de la Multa, la Unidad de gestión Contrato solicitara al Jefe de la Unidad Jurídica redacte la resolución fundada que la aplique la multa, pronunciándose sobre los descargos presentados si existieran, y antecedentes que se tengan a la vista, la cual será remitidos al Director del Establecimiento para su dictación a través de un Resolución de cobro de multa o de acoger descargos. 9.8 La resolución que aplica multa deberá notificarse al Departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización y a la Sección de Contabilidad (para el respectivo devengo, a la Unidad de Compra respectiva y a la Unidad de Gestión de Contratos, quien deberá ingresar dicha resolución tanto al sistema local de gestión de contratos, como a la correspondiente ficha de contratos de la plataforma de mercado público y al afectado. Respecto a este último, tanto la notificación de la resolución que aplica la multa, como la resolución que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberá efectuarse mediante carta certificada. 9.9 Al contar con la Resolución que aplica la multa procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que establece Bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos legales. La Resolución que resuelva los recursos interpuestos deberá notificarse al interesado, así como al departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización, a la sección de Contabilidad, la Unidad de Compra respectiva y la Unidad de Gestión de Contratos. 9.10 Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una Resolución dictada por el Director, la cual será notificada al afectado mediante Carta Certificada, así como también al Departamento de Finanzas y distribuida a los Sub Departamentos de Comercialización y Contabilidad (para el respectivo devengo), la Unidad de Compra y la Unidad de Gestión de Contratos. 9.11 La multa deberá pagarse dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada la Resolución que la aplica o resuelto el reclamo, por alguno de los siguientes medios: • Depósito o transferencia electrónica a la cuenta corriente N°62909137751 del Banco Estado, con copia del comprobante al e-mail: marjorie.perez@redsalud.gov.cl. • Pago directo en caja de Contabilidad, ubicada en edificio de Acceso Principal del Hospital. 9.12 Una vez recibido el pago de la multa, el Sub Departamento de Contabilidad deberá informar al Sub departamento de Comercialización para su contabilidad y declaración de ingreso propio, al Inspector Técnico Administrativo de la Unidad de compra respectiva, para el archivo y cierre del proceso de multas en la carpeta de la Licitación, y a la Unidad de Gestión de Contratos. 9.13 Si el afectado no paga la multa dentro del plazo correspondiente, se procederá en conformidad a lo indicado en las respectivas bases de licitación o términos de referencia, pudiéndose poner término al contrato, en cuyo caso se hará efectiva la Garantía por Cumplimiento de Contrato. 9.14 Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al señalado será causal de Término anticipado del mismo. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por Resolución Fundada que no resulta conveniente para los intereses de éste el poner Término al contrato en virtud del estado de avance de los servicios. 9.15 Procedimiento de multa indicado según Resolución Exenta nº9138 de fecha 30.12.2019 aprueba modificación de procedimiento interno para la aplicación de multas cursadas en contrataciones regidas por la Ley N°19.886.
10. DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
10.1 Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los Equipos. 10.2 Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando - a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 10.3 Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N°19.886 y en su Reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N°250. 10.4 El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar dicho incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento de él, a la Unidad de Compras correspondiente. 10.5 La Unidad de Compras correspondiente será la encargada de dejar registro en la carpeta de la licitación de todos los antecedentes relacionados con el incumplimiento. Deberá comunicar por carta certificada al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, concediéndole traslado para que, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación, presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. 10.6 Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital.
11. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
11.1 El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el Artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 11.2 En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado. 11.3 Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto ( porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, de esta manera garantizar la totalidad del contrato. 11.4 Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el Art. 79 del Decreto N°250.
12. AMPLIACIÓN DE PLAZO DE ENTREGA
12.1 NO HABRÁ SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZOS. Si por algún motivo, el Adjudicatario no puede cumplir con la fecha de entrega comprometida, se ENTENDERÁ PRORROGADO, AUTOMÁTICAMENTE, EN TRES (3) DÍAS CORRIDOS el plazo de entrega. 12.2 Si el adjudicatario no cumple con la entrega durante esos tres días adicionales se le cobrará multa. 12.3 La fecha oficial, desde cuando se empezarán a contar esos días podrá ser desde el día siguiente al de aceptada la orden de compra en mercado público, sin embargo, si la orden de compra no es aceptada en 72 horas desde su emisión entonces se considerará como fecha oficial cuatro días después de emitida orden de compra.
17. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
18. NOTA FINAL
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se suscriba con el Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes N°18.575, N°18.834 y N°19.653.