Licitación ID: 1380-92-LE24
PPTA 31-24 “ADQUISICIÓN DE TALONARIOSFORMULARIOS IMPRESOS”
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA, HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 22
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Productos o servicios
1
Cuadernillos o formularios para exámenes 200 Unidad
Cod: 14111533
TALONARIOS DE 100 HOJAS C/U, PAPEL VERDE, IMPRESAS TODO 1 COLOR INCLUIDO EL LOGO TAMAÑO 13.5X 28 CMS. CON 2 PREPICADOS Y DOS FOLIOS  

2
Cuadernillos o formularios para exámenes 6000 Unidad
Cod: 14111533
DIPTICO A TODO COLOR CARTULINA SOLIDADA TAMAÑO 27X45 CON PERFORACION, IMPRESION POR AMBOS LADOS, 3 COLORES  

3
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
TALONARIOS 50X2 LISTA DE CHEQUEO, 1 COLOR , CON FOLIO , PAPEL AUTOCOPIATIVO TAMAÑO CARTA  

4
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
BLOCK 50 HOJAS FOLIADA DESDE 15001 EN DUPLICADO AUTOCOPIATIVO TAMAÑO APROX 1/2 CARTA  

5
Cuadernillos o formularios para exámenes 200 Unidad
Cod: 14111533
RECETAS AMARILLAS CON Nº CORRELATIVO, 21,5 × 12,5 PAPEL AMARILLO, IMPRESO UN COLOR X 100 HOJAS  

6
Cuadernillos o formularios para exámenes 150 Unidad
Cod: 14111533
PROVIDENCIA UN COLOR AUTOCOPIATIVO, TAMAÑO 21,5 X 16CM 50 HOJAS DUPLICADO  

7
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO DE CONSTANCIA INFORMACION AL PACIENTE GES, AUTOCOPIATIVO, TAMAÑA CARTA X 50 HOJAS DUPLICADO  

8
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
SOLICITUD DE INTERCONSULTA O DERIVACION AUTOCOPIATIVO, TAMAÑA CARTA X 25 HOJAS DUPLICADO  

9
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
IPD, INFORME PROCESO DE DIAGNOSTICO, AUTOCOPIATIVO, TAMAÑO CARTA X 50 HOJAS DUPLICADO  

10
Cuadernillos o formularios para exámenes 200 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO EQUICRISIS PUERPERIO CONJUNTO, BLOCK 25 HOJAS AUTOCOPIATIVO  

11
Cuadernillos o formularios para exámenes 5000 Unidad
Cod: 14111533
DIPTICO HISTORIA CLINICA PERINATAL, CARTULINA SOLIDA TAMAÑO 43X28 CMS, IMPRESO EN COLOR VERDE AMBAS CARAS  

12
Cuadernillos o formularios para exámenes 20 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO AUTOCOPIATIVO CON FOLIO DESDE 10201 20 TALONARIOS X 50 HOJAS EN TRIPLICADO, TAMAÑO OFICIO. SOLO ORIGINAL IMPRESO POR AMBOS LADOS  

13
Cuadernillos o formularios para exámenes 150 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIOS SOLICITUD CIUDADANA X50 TRIPLICADO AUTOCOPIATIVO, CON FOLIO. Las copias deben decir: OIRS HHHA, SOLICITANTE y ARCHIVO HHHA  

14
Cuadernillos o formularios para exámenes 100 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO HOJA DE REGISTRO TRASLADO PACIENTE A TODO COLOR LOS LOGOS, SIN CORRELATIVO, AUTOCOPIATIVO DUPLICADO, TAMAÑO CARTA  

15
Cuadernillos o formularios para exámenes 20 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO LISTA ESPERA INYECCIONES OFTALMOLOGICAS, TAMAÑO CARTA, TRIPLICADO X 50UD  

16
Cuadernillos o formularios para exámenes 400 Unidad
Cod: 14111533
FICHA CLINICA ENFERMEDADES TRASMISION SEXUAL DOBLE CARTA CARTULINA SOLIDA  

17
Cuadernillos o formularios para exámenes 10 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO HOJA DE PERFUSION POR 40HOJAS DUPLICADO TAMAÑO OFICIO  

18
Cuadernillos o formularios para exámenes 150 Unidad
Cod: 14111533
TALONARIOS CONTROL DE PERTENENCIAS A TODO COLOR 50 HOJAS EN DUPLICADO AUTOCOPIATIVO TAMAÑO CARTA (100HOJAS X TALONARIO).  

19
Cuadernillos o formularios para exámenes 400 Unidad
Cod: 14111533
FORMULARIO EPICRISIS PUERPERIO CONJUNTO TAMAÑO CARTA, BLOCK 50 HOJAS AUTOCOPIATIVO IMPRESOS A TODO COLOR  

20
Cuadernillos o formularios para exámenes 20 Unidad
Cod: 14111533
EPICRISIS RECIEN NACIDO. BLOCK 50 HOJAS AUTOCOPIATIVAS A TODO COLOR  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 31-24 “ADQUISICIÓN DE TALONARIOSFORMULARIOS IMPRESOS”
Estado:
Cerrada
Descripción:
Las presentes bases se refieren a las condiciones y características técnicas requeridas para adquirir talonarios/formularios impresos, en adelante: “los talonarios/formularios”, por el periodo de doce (12) meses, todo en concordancia al Plan Compras y Contrataciones año 2024 (PAC), Bases Administrativas y Técnicas, Requerimientos técnicos, detallados en el Anexo Nº 1 y otros anexos que constituyen el referido llamado a licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Unidad de compra:
HOSPITAL HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA - ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-04-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-03-2024 9:28:42
Fecha inicio de preguntas: 27-03-2024 10:15:00
Fecha final de preguntas: 01-04-2024 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-04-2024 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-04-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-04-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-07-2024 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 2. Declaración Jurada Simple, Inhabilidades Art. N°4 ley Nº19.886 e Inhabilidades Art. N°8 y N°10 de la Ley Nº20.393.
2.- - Certificado de Inicio de Actividades y/o Patente Comercial, donde se acredite la presencia de oficinas comerciales o sucursales en la IX Región de la Araucanía, u otra región, en archivo digital no editable, emitido por el SII.
Documentos Técnicos
1.- - Ficha técnica de los talonarios/formularios con clara descripción en español de lo ofertado
 
2.-  Documentos adicionales que puedan servir a identificar mejor los diferentes tipos de talonarios/formularios ofrecidos (Ficha técnica que contenga la descripción de lo requerido, catálogos y certificados que respalden el cumplimiento de Especificaciones Técnicas, de preferencia en idioma español y otros que sirvan de apoyo para la evaluación).
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº1 Formulario Carta Oferta, formulario que el Oferente, debe completar y firmar, al estar incompleto o ser omitido la oferta será declarada inadmisible (Requisito de Admisibilidad).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica Revisar punto 9.8 del Ítem II "Procedimiento Licitatorio" 40%
2 Plazo de Entrega Revisar punto 9.8 del Ítem II "Procedimiento Licitatorio" 20%
3 Factor Domicilio Revisar punto 9.8 del Ítem II "Procedimiento Licitatorio" 35%
4 Cumplimiento Entrega Antecedentes Revisar punto 9.8 del Ítem II "Procedimiento Licitatorio" 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Ver punto 2, Duración de la propuesta pública y oferta del ítem III de las bases administrativas.
Observaciones 2.1. Las cantidades y el presupuesto total son referenciales y aproximado, considerando para la presente licitación un presupuesto total estimado es de 17.580.000.- IVA Incluido para toda la duración del contrato.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: EUGENIA.ACUNA@REDSALUD.GOV.CL
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Para la presente Propuesta Pública se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR HERNÁN HENRÍQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 01-10-2025
Monto: 5 %
Descripción: 5.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento de contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto adjudicado, impuestos incluidos; tomado por uno o varios integrantes del Adjudicatario o por una personan natural o jurídica que no es parte del adjudicatario y deberá tener el carácter de irrevocable; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato.
Glosa: 5.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: • Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena • Rut: 61.602.232-6 • Nombre y Número de Propuesta Pública: N° 31 DEL 2024 “ADQUISICIÓN DE TALONARIOS/FORMULARIOS IMPRESOS”. • Número ID Portal: • Fecha de Vencimiento: día/mes/año • Monto en Moneda Nacional (peso chileno) • En Glosa señalar o indicar que corresponde a Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 5.5. La Garantía será devuelta al Adjudicatario, dentro del plazo de 90 días corridos contados una vez terminado el período de vigencia correspondiente del contrato, lo cual se informará al proveedor a través de correo electrónico para gestionar la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de empates

1.1.        En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:

a)         menor precio, y de persistir el empate;

b)         mayor puntaje obtenido en la evaluación plazo de entrega, y de persistir el empate;

c)         mayor puntaje obtenido en la evaluación domicilio, y de persistir el empate;

d)         mayor puntaje en presentación de antecedentes;



Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

9.3.        La Entidad Licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250/04).

DE LAS OBLIGACIONES

8.1         Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los talonarios/formularios.

8.2         Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.

8.3         Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del talonario/formulario (Facturas o Guías de Despacho).

8.4         El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.



CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza de la contratación, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al adjudicatario para el desarrollo y ejecución del CONTRATO que se encuentran son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario de la prestación. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este CONTRATO.
LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
NOTA FINAL
Se deja expresa constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se suscriba con el Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes N°18.575, N°18.834 y N°19.653.
MULTAS
9.1. En caso de presentarse la eventualidad de un Quiebre de Stock por parte de la empresa adjudicada, se cursará una multa equivalente al 5% de la línea adjudicada. Ante un segundo quiebre de Stock, se generará el mismo cobro, ante de un tercer quiebre de stock, el Inspector Técnico podrá solicitar el Término de Contrato Anticipado y el cobro del correspondiente Documento por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, comprometido en la adjudicación, teniendo también que realizar la evaluación correspondiente en la plataforma Mercado Público y el Sistema de Gestión Contrato Local. 9.2. El Inspector Técnico, al momento de detectar incumplimiento o una situación que de origen y configure la aplicación de una multa, deberá informar mediante memorándum dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en que tomó conocimiento, al Inspector Técnico de la Unidad de Compra y a la Unidad de Gestión de Contratos. El Inspector Administrativo será el encargado de dejar registro en la carpeta de la propuesta pública, junto con todos los antecedentes relacionados con la multa y llevar administrativamente el monitoreo del proceso completo. 9.3. A su vez, el Inspector Administrativo notificará al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con la multa al correo electrónico que haya declarado en su anexo “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro ocho (8) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que acepta la multa cursada, precluyendo su derecho a impugnarla. 9.4. Recibidos los descargos del proveedor o vencido el plazo para presentarlos, el Inspector Administrativo, deberá informar a la Unidad de Gestión de Contratos, mediante memorándum, los descargos, alegaciones o defensas presentados por el proveedor (si los hubiere) y los antecedentes pertinentes que obren en su poder para acreditar el incumplimiento. 9.5. Una vez reunidos todos los antecedentes, la Unidad de Gestión de Contratos citará a reunión a una Comisión de evaluación de los antecedentes, que estará integrada al menos por los Inspectores Técnicos del Convenio y un profesional de la Unidad de Asesoría Jurídica, instancia en que se resolverá la aplicación efectiva de la multa, rebaja si procede, en función de los antecedentes presentados por el oferente o el no cobro de la multa cuando las causas del incumplimiento se refieran a circunstancias que no sean atribuibles al proveedor. Para todos los casos se deberá sancionar esta determinación mediante una Resolución fundada, que dará cuenta de los hechos que avalan tal determinación. 9.6. Si luego de la evaluación, se determina que procede la aplicación de la Multa, la Unidad de Gestión de Contrato solicitará al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica redactar la Resolución fundada que aplica la multa, pronunciándose sobre los descargos presentados si existieran, y antecedentes que se tengan a la vista, lo que será remitido al Director del Hospital para la dictación de una Resolución de cobro de multa o acoger descargos. 9.7. La Resolución que aplica multa deberá notificarse al Departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización y a la Sección de Contabilidad (para el respectivo devengo), a la Unidad de Compra respectiva y a la Unidad de Gestión de Contratos. Esta última deberá ingresar dicha Resolución al sistema local de gestión de contratos, a la correspondiente ficha de contratos de la plataforma de Mercado Público y al afectado. Respecto a este último, tanto la notificación de la Resolución que aplica la multa, como la Resolución que se pronuncie sobre los eventuales recursos interpuestos, deberán efectuarse mediante su publicación en el Portal Mercado Público (art. 6 del Decreto N° 250/04). 9.8. Las multas se aplicarán en forma administrativa, sin forma de juicio, a través de una Resolución dictada por el Director del Hospital, la que será notificada al afectado mediante su publicación en el Portal Mercado Público. Respecto de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que establece Bases de los procedimientos administrativos, en las formas y plazos legales. La Resolución que resuelva los recursos interpuestos, deberá notificarse al interesado, así como al Departamento de Finanzas para su distribución al Sub Departamento de Comercialización, a la sección de Contabilidad, la Unidad de Compra respectiva y la Unidad de Gestión de Contratos. 9.9. La multa deberá pagarse dentro de quince (15) días hábiles siguientes de notificada la Resolución que la aplica (art. 6 del Decreto N° 250/04), por alguno de los siguientes medios: ● Depósito o transferencia electrónica a la cuenta corriente N° 62909137751 del Banco Estado, con copia del comprobante al e-mail: marjorie.perez@redsalud.gov.cl. ● Pago directo en caja de Contabilidad, ubicada en edificio de Acceso Principal del Hospital. 9.10. Una vez recibido el pago de la multa, el Sub Departamento de Contabilidad deberá informar al Sub departamento de Comercialización para su contabilidad y declaración de ingreso propio, al Inspector Administrativo de la Unidad de compra respectiva, para el archivo y cierre del proceso de multas en la carpeta de la Licitación, y a la Unidad de Gestión de Contratos. 9.11. Si el afectado no paga la multa dentro del plazo correspondiente, se procederá en conformidad a lo indicado en las respectivas bases de licitación o términos de referencia, pudiéndose poner término al contrato, en cuyo caso se hará efectiva la Garantía por Cumplimiento de Contrato. 9.12. Las multas en su conjunto tendrán un tope máximo del 30% del valor del contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al señalado será causal de Término anticipado del mismo. Excepcionalmente este tope no se aplicará si la Dirección del Establecimiento estima por Resolución Fundada que no resulta conveniente para los intereses de éste el poner Término al contrato en virtud del estado de avance de los servicios. 9.13. Lo anterior, en base a lo indicado según Resolución Exenta Nº 9138 de fecha 30.12.2019 aprueba modificación de procedimiento interno para la aplicación de multas cursadas en contrataciones regidas por la Ley N° 19.886. 9.14. Para todos los casos en que se aplique una multa basada en el valor de la UTM, se considerará siempre la UTM en el mes en que ocurrió el incidente.
DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Hospital, se reserva el derecho de poner término anticipado si el Adjudicatario no diera cumplimiento a las siguientes cláusulas: 10.1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 10.2. Que el Adjudicatario no cumpla con los plazos fijados para la entrega de los talonarios/formularios. 10.3. Que el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o de Insolvencia Económica, siempre y cuando – a juicio del Hospital- no se hayan mejorado las cauciones entregadas o las existentes fueran insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 10.4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 10.5. Si durante la ejecución del contrato, aconteciese algunas de las causales establecidas entre los puntos N°1.2.12 y N°1.2.16 del ítem II de las Bases Administrativas, respecto a la Unión temporal de Proveedores (UTP). 10.6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. 10.7. Otras causales indicadas en el Art. 13 de la Ley N° 19.886 y en su reglamento. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de terminación anticipada del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04. 10.8. En cualquiera de los casos señalados en este punto, excepto el indicado en el punto N° 10.1 del Ítem III, el Hospital podrá hacer efectiva la Garantía por Buen Cumplimiento del Contrato y el Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes. 10.9. El Inspector Técnico al momento de detectar una situación que configure un incumplimiento del contrato, deberá informar, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, en que tomó conocimiento de él, al Inspector Técnico Administrativo. 10.10. El Inspector Técnico Administrativo deberá notificar al proveedor la circunstancia que constituye el incumplimiento, mediante el envío del Ordinario que informa los antecedentes relacionados con el termino anticipado al correo electrónico que haya declarado en su anexo “Carta Oferta”, publicando, además, el referido Ordinario en el Sistema de Información Mercado Público, concediéndole traslado para que dentro de cinco (5) días hábiles, a contar de las 24 horas hábiles transcurridas desde la publicación del Ordinario en el Portal Mercado Público (Art. 6 del Decreto N° 250/04), presente por escrito sus descargos, alegaciones o defensas en relación al eventual incumplimiento. Si el adjudicatario no presenta antecedentes en el plazo señalado anteriormente, se entenderá que aceptado el incumplimiento cursado, precluyendo su derecho a impugnarlo. 10.11. Si luego de la revisión de los antecedentes realizada entre la Unidad de Compras respectiva y Gestión de Contratos, se determina que se acoge los descargos o el término anticipado del contrato, se redactará la resolución fundada correspondiente, pronunciándose sobre los descargos presentados, si existieren, en un plazo de cinco (5) días hábiles, la cual remitirá el Director del Hospital. 10.12. El término anticipado del Contrato se decretará por Resolución fundada, notificando a través del Portal Mercado Público al interesado, en consideración a los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, conforme a lo establecido en el artículo 79 ter del Decreto N° 250/04, de 2004, del Ministerio de hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886.