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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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10.13 En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) Mayor puntaje en evaluación económica, y de persistir el empate;
b) Menor plazo de entrega, y de persistir el empate;
c) Mayor puntaje en experiencia del oferente, y de persistir el empate;
d) Mayor puntaje en incorporación al mercado, y de persistir el empate;
e) Mayor puntaje en presencia, y de persistir el empate;
f) Mayor puntaje cumplimiento entrega antecedentes cierre electrónico.
10.14 Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.
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CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN |
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11.6 Los Oferentes podrán realizar consultas a la adjudicación vía correo electrónico en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de realizada la adjudicación. Las respuestas se entregarán a más tardar por la misma vía al quinto (5) día hábil luego de realizada la adjudicación. El correo electrónico es erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital.
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OMISIÓN DE LOS ANTECEDENTES |
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10.2 Las ofertas serán evaluadas en igualdad de condiciones según los factores de evaluación establecidos en las presentes bases. Sin perjuicio de ello, las oferentes, al momento de postular, deben considerar lo dispuesto en la Circular N°50 de fecha 27.10.2022 del Servicio de Impuestos Internos, relativo a la clasificación de los servicios a prestar (afecto a IVA) y a su estructura societaria, los cuales, se tomarán en consideración al momento de la evaluación y posterior adjudicación (en los casos que corresponda).
10.3 La comisión de evaluación podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Esta solicitud se realizará a través del Sistema de Información (Art. 40 inc. 2 del Decreto 250/04).
10.4 La Entidad Licitante al momento de la evaluación podrá solicitar rectificaciones a los oferentes en la presentación de su o sus ofertas según lo señalado en el Punto 10.1 y 10.3 (a excepción de los antecedentes considerados como requisitos de admisibilidad), estas rectificaciones se solicitarán vía Portal Mercado Público en el icono destinado para ello, otorgándoles un plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el momento que fue realizada dicha rectificatoria, prorrogables por única vez por otras cuarenta y ocho (48) horas. Estas rectificaciones serán sancionadas con un menor puntaje al momento de evaluar, según lo establecido en los factores de evaluación de las Bases Administrativas.
10.5 Si el oferente no cumple con dicha aclaratoria o rectificatoria en los plazos definidos para ello, o no responde satisfactoriamente la aclaratoria o rectificatoria solicitada, se dejará automáticamente fuera de Bases al o los Oferentes respectivos, quedando inadmisible la o las ofertas. Cuando las consultas sean referentes a los antecedentes de los prestadores de servicios propuestos para realizar las prestaciones, si la consulta es contestada de forma parcial, se podrá evaluar la Oferta, pero quedarán fuera de la licitación los prestadores de servicios que tengan una presentación incompleta de sus antecedentes. Estas podrán ser incorporadas posteriormente una vez iniciado el contrato, según el punto 3 del ítem III de las presentes bases.
10.6 La comisión de evaluación podrá solicitar información o antecedentes complementarios a los oferentes, para una mejor evaluación, sin que esto signifique alteración a las ofertas presentadas, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes, y podrán ser realizadas bajo las mismas condiciones establecidas en el punto N°10.4. Dichas aclaraciones NO serán sancionadas con un menor puntaje en el factor de evaluación de presentación de documentos.
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3. PRECIO |
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3.1 Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, y debe corresponder al valor neto mensual del arriendo (sin IVA incluido) declarado en Carta Oferta (Anexo Nº 1), el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el anexo n°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal, primarán estos últimos.
3.2 El precio debe incluir todos los costos de transporte y seguros, los costos de instalación e implementación, capacitación y mantención tanto preventiva como correctiva del equipamiento asociado al Servicio.
3.3 Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una aclaratoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación, la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato, el cual entrará en vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, y publicada en el Portal Mercado Público.
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6. DE LAS OBLIGACIONES |
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6.1. Será responsabilidad del Adjudicatario realizar la instalación, entrega y cumplir con la operatividad de la contratación requerida por el Hospital, dentro del plazo de entrega establecido en la Licitación según lo ofertado por el Proveedor en Anexo N°1.
6.2. Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.
6.3. Deberá cumplir con las mantenciones preventivas y correctivas estipuladas en bases técnicas y programadas en conjunto con los funcionarios del Hospital.
6.4. Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Servicio.
6.5. El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes bases.
6.6. Será responsabilidad del Adjudicatario asumir todos los costos relacionados con el traslado, instalación, mantención y repuestos del equipo, así como otros costos relacionados con el funcionamiento.
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7. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO |
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7.1. El Contrato definitivo será factible de modificar cuando las necesidades públicas así lo requieran siendo un derecho del Hospital esta modificación, es decir, cuando las circunstancias que lo han motivado cambien o se alteren (IusVariandi), debiendo adecuarse aquél a las nuevas circunstancias, pero sin alterar la esencia de lo pactado, conforme lo autoriza el artículo 77 del Decreto que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
7.2. En este sentido, el Hospital se reserva el derecho de aumentar o disminuir cantidades manteniendo el mismo valor unitario indicado en la Carta Oferta (Anexo Nº 1). Además, este aumento o disminución de las cantidades deberá comunicarse al Adjudicatario y con previo acuerdo entre las partes, sin alterar la esencia del contrato y la igualdad entre los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto adjudicado.
7.3. Se solicitará una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato en los mismos términos que la garantía original (referente al porcentaje y tiempo de vigencia) en relación al monto en que se aumentó el contrato para que complemente la garantía ya presentada o bien podrá ser canjeada con una que comprenda el monto original más el monto de la modificación en los mismo términos de monto (porcentaje sobre el monto de la variación) y vencimiento que la garantía original, y de esta manera garantizar la totalidad del contrato.
7.4. Lo anterior será sancionado con resolución fundada de modificación del contrato definitivo y empezará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución la que será publicada totalmente tramitada en el portal Mercado Público, según lo establecido en el art. 79 del Decreto N° 250/04.
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11 CONFIDENCIALIDAD |
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Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley.
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16. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO |
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16.1. En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dentro de un plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes de su celebración. Para estos efectos, se considerará lo dispuesto en el artículo 75 del Decreto 250/04 del Ministerio de Hacienda y lo establecido en la Ley N°19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.
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17. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD |
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Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los bienes que se adquieran.
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