20.3.1 Presentación de Certificaciones o Antecedentes omitidos en las ofertas presentadas:
La Comisión de Evaluación, podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso segundo del Artículo N°40 del Reglamento de Compras Públicas, que los oferentes presenten certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando dichas certificaciones o antecedentes omitidos no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal. Las respuestas realizadas por el oferente formarán parte integrante de su oferta.
Dichas certificaciones o antecedentes que se omitieron al momento de presentar las ofertas deberán haberse producido u obtenido con anterioridad al plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Los antecedentes indicados en el Artículo N°16 de las presentes Bases, se podrán solicitar a través del Foro Aclaración de ofertas del Portal, exceptuando los antecedentes que forman parte de la “Carpeta Técnica” y “Carpeta Económica”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas para presentar la documentación solicitada por el Servicio, a contar de la solicitud en el Foro de Aclaración de Ofertas, como consecuencia de esta solicitud, se podrán presentar las siguientes situaciones:
- Si los oferentes presentan la documentación solicitada dentro del plazo indicado en el párrafo precedente no obtendrán el puntaje en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”, sin embargo, sus ofertas pasarán a la etapa de evaluación de la presente Licitación.
Si los oferentes no presentan la documentación solicitada dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, sus ofertas se declararán inadmisibles, según lo indicado en la letra b) del Artículo N°20.4 de las presentes Bases.