Licitación ID: 1402-17-LQ23
NORMALIZACION ELECTRICA C.D.P. DE PEUMO
Responsable de esta licitación: Dirección Regional de Gendarmeria - Rancagua
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 60
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Global
Cod: 72102201
NORMALIZACION ELECTRICA C.D.P. DE PEUMO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
NORMALIZACION ELECTRICA C.D.P. DE PEUMO
Estado:
Cerrada
Descripción:
Las presentes Bases Administrativas Especiales regularán el llamado a propuesta pública y la ejecución de las obras del proyecto denominado “NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA C.D.P PEUMO”, a ejecutarse en el citado establecimiento penitenciario, ubicado en calle León XIII, N° 95, de la comuna de Peumo, Región de O’Higgins. En lo que no haya sido previsto en estas Bases regirán, supletoriamente, los preceptos contenidos en las Bases Administrativas Generales para Contratos de Obras Públicas, aprobadas por Resolución Trámite N° 411, de fecha 17 de junio de 2005, dictada por la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile y, en subsidio de éstas, serán aplicables también, en lo que corresponda, las normas del D.S. N° 75, de 2004, del M.O.P., que fijó el Reglamento para Contratos de Obras Públicas, el D.F.L. N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, que aprobó la Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, el Decreto N° 1093, de 2003, que Aprueba Nuevo Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas, el D.S. H N° 12, de 2013, que fija monto máximo para obras sin intervención del MOP, la Ley N° 20.123 que regula trabajo con régimen de subcontratación, el D.S. N° 76, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba el Reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley N° 16.744, sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios que indica, el D.S. N° 319, de 2007, del Ministerio del Trabajo, que aprueba Reglamento del artículo 183-C, inciso 2°, del Código del Trabajo y, la Circular N° 2.345 de 2007, de la Superintendencia de Seguridad Social
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)-Informada
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN RESOLUCION TRAMITE N° 411 DE 2005 Y RESOLUCION EXENTA N° 628, DEL 08.06.2023.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Región de O'Higgins
R.U.T.:
61.004.042-K
Dirección:
Ibieta N°545
Comuna:
Rancagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2023 10:30:00
Fecha de Publicación: 09-06-2023 10:03:48
Fecha inicio de preguntas: 09-06-2023 10:06:00
Fecha final de preguntas: 28-06-2023 10:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-07-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2023 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-07-2023 10:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-09-2023 18:47:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA EN TERRENO OBLIGATORIA (CDP DE PEUMO) 27-06-2023 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO 2 NÓMINA DE OBRAS INICIADAS O POR INICIARSE
3.- ANEXO 5 LISTADO DE LOS PROFESIONALES
4.- ANEXO 6 DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
5.- ANEXO 9 ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD
6.- LLAMADO A LICITACION (PUBLICACION EN DIARIO DE CIRCULACION NACIONAL)
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 2 NÓMINA DE OBRAS INICIADAS O POR INICIARSE
 
2.- ANEXO 4 LISTADO DE ELEMENTOS, MAQUINARIAS Y EQUIPOS
 
3.- RES. TR. N° 411 APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS
 
4.- RES. N° 628 APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DENOMINADA NORMALIZACION ELECTRICA C.D.P. DE PEUMO ID 1402-17-LQ23
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 7 CAPACIDAD ECONÓMICA
2.- ANEXO 8 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
3.- FORMATO E1 OFERTA ECONÓMICA
4.- FORMATO E2 PRESUPUESTO DETALLADO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 10%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 90%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ELOISA SEPULVEDA CACERES
e-mail de responsable de pago: ELOISA.SEPULVEDA@GENDARMERIA.CL
Nombre de responsable de contrato: GONZALO HERMOSILLA LIZAMA
e-mail de responsable de contrato: GONZALO.HERMOSILLA@GENDARMERIA.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-72-248000-213
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: DIRECCIÓN GENERAL (O GRAL.) GENDARMERÍA RUT N° 61.004.042-K
Fecha de vencimiento: 12-10-2023
Monto: 250000 Peso Chileno
Descripción: Art. 20º Para garantizar la seriedad de su oferta, el contratista deberá entregar, en el sobre “Propuesta Técnica”, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, o un Vale Vista, a nombre de Gendarmería de Chile, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos, contados a partir del día siguiente a la fecha fijada para la apertura de la propuesta técnica. El monto de la referida garantía será de $ 250.000 (Doscientos cincuenta mil pesos) y se devolverá a los oferentes cuando la propuesta haya sido contratada. Sin embargo, al contratista adjudicado se le devolverá una vez constituida y entregada correctamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En el evento que se modifique, por cualquier circunstancia, la fecha de apertura del sobre “Propuesta Técnica”, la fecha de vigencia de esta garantía deberá modificarse en igual número de días, lo que será oportunamente comunicado a los proponentes
Glosa: Art. 20º Para garantizar la seriedad de su oferta, el contratista deberá entregar, en el sobre “Propuesta Técnica”, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, o un Vale Vista, a nombre de Gendarmería de Chile, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos, contados a partir del día siguiente a la fecha fijada para la apertura de la propuesta técnica. El monto de la referida garantía será de $ 250.000 (Doscientos cincuenta mil pesos) y se devolverá a los oferentes cuando la propuesta haya sido contratada. Sin embargo, al contratista adjudicado se le devolverá una vez constituida y entregada correctamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En el evento que se modifique, por cualquier circunstancia, la fecha de apertura del sobre “Propuesta Técnica”, la fecha de vigencia de esta garantía deberá modificarse en igual número de días, lo que será oportunamente comunicado a los proponentes
Forma y oportunidad de restitución: Art. 20º Para garantizar la seriedad de su oferta, el contratista deberá entregar, en el sobre “Propuesta Técnica”, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, o un Vale Vista, a nombre de Gendarmería de Chile, la que deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos, contados a partir del día siguiente a la fecha fijada para la apertura de la propuesta técnica. El monto de la referida garantía será de $ 250.000 (Doscientos cincuenta mil pesos) y se devolverá a los oferentes cuando la propuesta haya sido contratada. Sin embargo, al contratista adjudicado se le devolverá una vez constituida y entregada correctamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En el evento que se modifique, por cualquier circunstancia, la fecha de apertura del sobre “Propuesta Técnica”, la fecha de vigencia de esta garantía deberá modificarse en igual número de días, lo que será oportunamente comunicado a los proponentes
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: DIRECCIÓN GENERAL (O GRAL.) GENDARMERÍA RUT N° 61.004.042-K
Fecha de vencimiento: 30-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: Art. 23º El contratista adjudicado deberá presentar, como garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo que se indica en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales, a la orden de Gendarmería de Chile, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Vale Vista o una Póliza de Seguro a la vista por una cantidad equivalente al 5% del valor total del contrato, cuya vigencia será el plazo de éste aumentado en 18 meses, debiendo expresarse dicho valor en unidades de fomento. El documento de garantía servirá para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato, así como para hacer efectivo el pago de las multas que se apliquen al contratista derivadas de eventuales incumplimientos o de sanciones que le sean impuestas por el Servicio, conforme a las presentes bases administrativas especiales y a la normativa mencionada en el párrafo segundo del artículo 1º precedente. Frente al incumplimiento de lo establecido en el inciso precedente por parte del contratista, el Servicio podrá otorgarle un nuevo plazo para subsanar errores u omisiones contenidas en el documento de garantía, siempre que se encuentre vigente el plazo establecido en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales. Si, en definitiva, el contratista no subsanare los referidos errores u omisiones dentro del plazo otorgado por el Servicio, el documento se tendrá por no presentado para todos los efectos a que haya lugar y se pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de las restantes sanciones que contempla la normativa aplicable. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la garantía adicional contemplada en el artículo 39° de las Bases Administrativas Generales, en caso que proceda
Glosa: Art. 23º El contratista adjudicado deberá presentar, como garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo que se indica en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales, a la orden de Gendarmería de Chile, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Vale Vista o una Póliza de Seguro a la vista por una cantidad equivalente al 5% del valor total del contrato, cuya vigencia será el plazo de éste aumentado en 18 meses, debiendo expresarse dicho valor en unidades de fomento. El documento de garantía servirá para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato, así como para hacer efectivo el pago de las multas que se apliquen al contratista derivadas de eventuales incumplimientos o de sanciones que le sean impuestas por el Servicio, conforme a las presentes bases administrativas especiales y a la normativa mencionada en el párrafo segundo del artículo 1º precedente. Frente al incumplimiento de lo establecido en el inciso precedente por parte del contratista, el Servicio podrá otorgarle un nuevo plazo para subsanar errores u omisiones contenidas en el documento de garantía, siempre que se encuentre vigente el plazo establecido en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales. Si, en definitiva, el contratista no subsanare los referidos errores u omisiones dentro del plazo otorgado por el Servicio, el documento se tendrá por no presentado para todos los efectos a que haya lugar y se pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de las restantes sanciones que contempla la normativa aplicable. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la garantía adicional contemplada en el artículo 39° de las Bases Administrativas Generales, en caso que proceda
Forma y oportunidad de restitución: Art. 23º El contratista adjudicado deberá presentar, como garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo que se indica en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales, a la orden de Gendarmería de Chile, una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Vale Vista o una Póliza de Seguro a la vista por una cantidad equivalente al 5% del valor total del contrato, cuya vigencia será el plazo de éste aumentado en 18 meses, debiendo expresarse dicho valor en unidades de fomento. El documento de garantía servirá para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato, así como para hacer efectivo el pago de las multas que se apliquen al contratista derivadas de eventuales incumplimientos o de sanciones que le sean impuestas por el Servicio, conforme a las presentes bases administrativas especiales y a la normativa mencionada en el párrafo segundo del artículo 1º precedente. Frente al incumplimiento de lo establecido en el inciso precedente por parte del contratista, el Servicio podrá otorgarle un nuevo plazo para subsanar errores u omisiones contenidas en el documento de garantía, siempre que se encuentre vigente el plazo establecido en el inciso 2º del artículo 32º de las Bases Administrativas Generales. Si, en definitiva, el contratista no subsanare los referidos errores u omisiones dentro del plazo otorgado por el Servicio, el documento se tendrá por no presentado para todos los efectos a que haya lugar y se pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de las restantes sanciones que contempla la normativa aplicable. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la garantía adicional contemplada en el artículo 39° de las Bases Administrativas Generales, en caso que proceda
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN RESOLUCION TRAMITE 411 DE 2005 Y RESOLUCION EXENTA 628, DE 08.06.2023.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN RESOLUCION TRAMITE 411 DE 2005 Y RESOLUCION EXENTA 628, DE 08.06.2023.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN RESOLUCION TRAMITE 411 DE 2005 Y RESOLUCION EXENTA 628, DE 08.06.2023.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.