|
Resolución de Empates |
En caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Plazo de Entrega”, establecido el número 10.1.2 de estas Bases.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Oferta Económica” establecido en el número 10.1.1 de estas Bases.
3. Si a aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominando “Experiencia” establecido en el número 10.1.4 de estas bases.
4. Si aún continúa el empate, se aplicará al mejor evaluado en el subcriterio “Garantía”
5. En caso de empates sucesivos, se resolverá el empate en favor de la oferta que ingresó primero al portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
A objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22 N° 9, del Reglamento de la Ley N° 19.886, el proveedor adjudicado deberá acompañar un Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales expedido por la Dirección del Trabajo o cualquier otro documento idóneo, que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, respecto del personal que se desempeñe en virtud de este contrato, el cual será presentado al momento de la suscripción del mismo.
Asimismo, en caso de que el oferente que obtenga la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros pagos producto del contrato licitado deberán ser destinados a la solución de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran pagadas, en un plazo máximo de seis
meses contados desde la vigencia del contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad que posee la Gobernación Provincial de hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo estime más conveniente.
La Gobernación exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, y su incumplimiento dará derecho a poner término al respectivo contrato.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y además documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el
proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la o las contrataciones que de ello se deriven.
b.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tenga por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c.El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y la o las contrataciones que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
|
|
|
|
PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
|
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y en especial los establecidos en virtud de la presente contratación.
|
|
|
|
FORMA DE CONTABILIZAR LOS PLAZOS |
|
Salvo que se señale expresamente lo contrario, los plazos contenidos en las presentes Bases se
entenderán de días corridos.
Si un plazo vence en un día inhábil, éste se prorrogará al hábil siguiente. Para estos efectos, se entiende que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos.
|
|
|
|