Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Gendarmería de Chile-Dirección Regional de Tarapacá
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2027
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Monto:
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600000
Peso Chileno
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Descripción:
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Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al Servicio un documento de garantía que cumpla con las condiciones y características establecidas en el artículo 121 del D.S. N° 661 de 2024.
Dicha entrega deberá realizarse con posterioridad al quinto día hábil contado desde la notificación de la adjudicación (respetando el plazo de espera legal), y antes de la suscripción del contrato, dentro del plazo fatal total establecido para dicho trámite en el Párrafo XII de las presentes Bases.
La garantía podrá otorgarse mediante cualquiera de los instrumentos previstos en el artículo 121 del citado reglamento, siempre que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Dichos instrumentos incluyen, a modo de ejemplo, boleta de garantía bancaria, póliza de seguro de ejecución inmediata, vale vista o certificado de fianza a la vista. El documento deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden del mandante “Dirección Regional de Tarapacá Gendarmería de Chile”, por un monto ascendente al 5% del Neto del monto disponible para la adjudicación, correspondiente a $600.000.- (seiscientos mil pesos).
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Glosa:
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El documento deberá llevar la siguiente glosa “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO – LICITACIÓN PÚBLICA ID N° 1407-XX-LE26”. Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa, ella deberá ser escrita en el reverso, o consignarse en un documento consignado por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
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Forma y oportunidad de restitución:
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El oferente que sea re adjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo de 5 días hábiles, contado desde la fecha que se le notifique de adjudicársele la licitación
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar, entregándose en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue en forma electrónica deberá ajustarse a la Ley 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico logística.tarapaca@gendarmeria.cl, . Cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la oficina de Partes de la Dirección Regional de Tarapacá, área de Logística, ubicada en calle Sotomayor Nº 728, Iquique, sobre que deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la singularización de la propuesta de que se trata y su respectivo número ID, además de correo electrónico y teléfonos de contacto
Una vez entregados los productos, sin reparos ni observaciones por parte de Gendarmería de Chile, efectuados, los respectivos análisis técnicos de calidad, certificados tales hechos por el departamento requirente, y vencido el plazo adicional de garantía mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación al proveedor; en caso contrario, se ejecutará dicha garantía administrativamente, sin necesidad de requerimiento ni actuación judicial o arbitral alguna.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la contratación no fuere entregada dentro del plazo indicado en el inciso segundo de este Artículo, se hará efectiva la garantía por seriedad de la oferta y Gendarmería de Chile podrá resolver administrativamente y por anticipado el contrato, en el caso que hubiese sido ya suscrito.
En el evento que se cobre la garantía de fiel cumplimiento, el adjudicatario deberá reponerla por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación del cobro del instrumento.
Procedimiento de Subsanación de Errores Formales en Garantías:
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de garantía (tanto de seriedad como de fiel cumplimiento), siempre y cuando éste haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, debiendo informarse de dicha situación a través del sitio de la propuesta.
Vigencia y Devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento:
El plazo de vigencia de la garantía deberá ser igual al plazo de vigencia o del cumplimiento del contrato, aumentado en un periodo de noventa (90) días corridos, desde el término del vínculo contractual.
El área Finanzas de la Dirección Regional de Tarapacá, una vez vencido el plazo adicional de garantía de noventa (90) días corridos, procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor.
La devolución de la boleta de garantía por fiel cumplimiento de contrato, será devuelta a partir del día siguiente al de su vencimiento, debiendo ser retirada en las dependencias, solicitándola mediante a carta en un sobre cerrado en la oficina de Partes de la Dirección Regional de Tarapacá, área de Logística, ubicada en calle Sotomayor Nº 728, Iquique, sobre que deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la singularización de la propuesta de que se trata y su respectivo número ID, además de correo electrónico y teléfonos de contacto
Excepcionalmente se devolverán las garantías por correo certificado, cuando el proveedor lo solicite por escrito y fundamente su petición a esta Dirección; en estos casos Gendarmería no será responsable del destino de dichos documentos, una vez despachados por correos.
Incumplimiento del Adjudicatario y Readjudicación:
Si el proponente adjudicado no presentare la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo a que se refiere este artículo, se le tendrá por desistido de su propuesta, aun cuando hubiere firmado el contrato (el que quedará sin efecto por falta de perfeccionamiento), procediéndose a hacer efectiva la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta del incumplidor.
Gendarmería de Chile, en tal caso, podrá a su juicio, adjudicar al oferente que haya sido calificado en segundo lugar o resolver llamar a una nueva licitación, si ello resulta más conveniente a los intereses institucionales, sin derecho a reclamo o indemnización alguna para los proponentes.
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