Resolución de Empates |
Una vez aplicada la pauta de evaluación y resultaren dos o más oferentes igualados con la misma máxima puntuación hasta las dos primeras décimas, el mecanismo de desempate que se utilizará será el siguiente:
1° Se adjudicará al oferente que tenga mayor puntaje en el criterio ECONOMICO, punto a).
2° De mantenerse el empate se adjudicará al oferente que presente mayor puntaje en el criterio PLAZO DE ENTREGA.
3° En caso de persistir el empate, luego de realizado el ultimo mecanismos de desempate, la compra será adjudicada al proveedor que haya presentado en su cotización el PRECIO menor.
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
WWW.MERCADOPUBLICO.CL
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
DOCUMENTOS INTEGRANTES |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i) Bases de licitación
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones
iii) Oferta
iv) Orden de Compra
v) Declaración jurada
vi) Anexos:
-Identificación del Proponente (Anexo A)
-Declaración plazo de entrega (Anexo B)
-Declaración de Proveedores de bienes y servicios (Anexo C)
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
|
|
|
VIGENCIA Y RENOVACION |
El contrato perfeccionado a través de la orden de compra tendrá una vigencia que contempla la entrega total y satisfactoria de los bienes o servicios más 10 días hábiles.
Se entenderá por entrega satisfactoria, aquella que cuente con la aprobación de la inspección fiscal, mediante la emisión del certificado de recepción conforme.
|
|
|
PLAZO DE ENTREGA |
El proveedor debe contemplar la entrega de los bienes, en el lugar designado, sin costo alguno para la DGAC. El lugar de entrega, se estipulará en la Orden de compra respectiva.
Para efectos de esta licitación, se deberá verificar la entrega en el siguiente horario: de lunes a jueves de 08:30 a 12:00 hrs. y 14:00 a 16:00 hrs. y viernes de 08:30 a 12:00 y 14:00 a 15:30 hrs.
Señalar claramente y de manera OBLIGATORIA el plazo de entrega de los bienes en DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS, puesto en bodega D.G.A.C. del Aeropuerto El Tepual. Para efecto de aclaraciones respecto a conceptos de plazos en días hábiles, se indica lo siguiente:
• Plazos de entrega formulados en horas, por cada 24 corresponderá a 1 día hábil administrativo.
• Plazos de entrega formulados en días corridos o sin distingo alguno, serán considerado en días hábiles administrativos.
• Plazos de entrega formulados en semanas, cada semana será considerada de 5 días hábiles administrativos.
• Plazos de entrega formulados en quincena, cada quincena será considerada de 10 días hábiles administrativos.
• Plazo de entrega formulados en meses, cada mes será considerado de 20 días hábiles administrativos.
Con todo, el plazo de entrega del producto o bien suministrado, no podrá superar los 60 días corridos contados desde la fecha de envío de la Orden de Compra.
Adjuntar formulario de Declaración Plazo de Entrega (ANEXO), de manera OBLIGATORIA Y EXCLUYENTE, que forma parte integrante de estas bases, debidamente firmado, de preferencia en formato JPEG o PDF, o en un formato no modificable.
|
|
|
PAGO |
Como condición indispensable para cursar pagos, el proveedor antes de emitir la o las facturas deberá haber entregado en bodegas de la D.G.A.C. la totalidad del material consignado en la pertinente orden de compra y aquel encontrarse recibido a plena conformidad por el Inspector Fiscal correspondiente, de lo contrario, será rechazada la factura.
El material sólo deberá ser entregado junto a una guía de despacho, de lo contrario, este no será recepcionado.
El pago del precio, se efectuará al(los) proveedor(es) adjudicado(s), dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción conforme de la factura o facturas respectivas.
El proveedor, una vez validada la factura electrónica por el SII, deberá enviar a la casilla de correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, incluyendo el número de orden de compra y toda la información necesaria para proceder a su trámite interno y respectivo pago. El no cumplimiento de este requerimiento será causal de rechazo de la factura.
De ser adjudicados proveedores en modalidad de Unión Temporal, será el representante de la misma, quién deberá emitir la factura correspondiente.
Para incluir en compras por Convenio Marco:
El material sólo debe ser entregado junto a guía de despacho, de lo contrario este no será recepcionado.
La factura deberá emitirse sólo cuando los bienes y/o servicios hayan sido recibidos a plena conformidad por el Inspector Fiscal correspondiente, el cual es nombrado en la Resolución que aprueba dicha adquisición, de lo contrario esta será rechazada.
|
|
|
EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS |
Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en la Orden de Compra, cuando la responsabilidad de este, recaiga en el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado (vendedor) incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de la totalidad o parcialidad del bien adquirido. Las multas, se calcularán como un 2% del valor NETO del producto adquirido y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas, respecto al plazo de entrega establecido en la orden de compra, con un tope de 10 días hábiles administrativos.
En caso de que el atraso supere el tope de los 10 días hábiles administrativos, la D.G.A.C. podrá poner término anticipado a la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra.
Para los casos en que el proveedor adjudicado no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de su envío, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó el segundo día hábil desde el envío de la Orden de Compra. Lo mismo se considerará para aquellos proveedores que acepten las Órdenes de Compra posterior a las 24 horas siguientes a la fecha de su envío.
|
|
|
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE MEDIDAS DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO |
En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento del proveedor adjudicado, por parte de la D.G.A.C., se le notificará al proveedor mediante correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (05) días corridos, para presentar sus descargos o alegaciones por escrito en la Registratura del Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, ubicada en Aeropuerto El Tepual, S/N, de lunes a viernes de 08:30 a 12:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto una vez transcurrido el plazo de (05) días corridos sin que la empresa haya formulado descargo alguno, la DGAC., procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el vendedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la D.G.A.C., tendrá un plazo de hasta (30) días hábiles, a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos.
En caso que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa podrá hacer uso de los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
Las multas por incumplimiento antes señaladas, deberá enterarse a elección del vendedor, conforme a una de las siguientes modalidades:
a) Pago directo del Vendedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de (05) días hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se haya presentado descargos y éstos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y curse la multa.
b) Deduciéndolas el Comprador de la factura representativa de estados de pago, lo que bajo circunstancia alguna implica que el precio del bien adquirido, se modifica por dicha imposición.
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que éste hubiere incurrido, sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del artículo cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancia que el proveedor adjudicado deberá comunicar por escrito a la D.G.A.C. tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de la referida comunicación el proveedor adjudicado deberá acreditar debida y suficientemente el imprevisto que lo afecta. La D.G.A.C. deberá pronunciarse sobre su aceptación o rechazo dentro de igual termino.
|
|
|
TERMINO ANTICIPADO |
Cuando se trate de una Adquisición de Bienes:
El contrato perfeccionado a través de la Orden de Compra, podrá terminarse por alguna de las causales establecidas en los artículos 13 de la ley N° 19.886 y 77 de su Reglamento, además la D.G.A.C. podrá poner término anticipado al contrato, por incumplimiento grave del vendedor a sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave del vendedor lo siguiente:
El incumplimiento en el plazo de entrega de los bienes adquiridos, por un tiempo mayor a diez (10) días hábiles administrativos.
La detección de antecedentes falsos
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación.
|
|
|
DOMICILIO Y JURISDICCION |
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Puerto Montt y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales ordinarios de Justicia
|
|
|
GENERALIDADES |
1. La DGAC se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente la Propuesta a uno o más proveedores u oferentes como, asimismo, la posibilidad de disminuir o aumentar las cantidades adjudicadas de acuerdo a razones técnicas y económicas que serán debidamente justificadas.
2. La DGAC se reserva el derecho de adjudicar un monto superior al presupuesto estimado informado en la ficha de licitación. Sin embargo, ese monto no podrá superar el límite establecido para este tipo de licitación, es decir, no podrá ser igual o superior a 100 UTM.
En todo caso, cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% al monto estimado, la Entidad deberá explicitar en el acto adjudicatorio las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia.
3. Adjudicada esta Propuesta, no podrán cederse o transferirse a terceros los derechos y obligaciones emanados de ella. Además, el adjudicatario no podrá invocar justificación alguna por el accionar de terceros, que tenga por objeto atenuar la responsabilidad que le cabe en el fiel cumplimiento de las obligaciones que sume en esta Propuesta Pública.
4. Todos los plazos que se establecen en las presentes Bases Administrativas, a saber plazo para efectuar consultas, plazo para respuestas, plazo de visita a terreno o entrega de muestras, plazo y fecha de cierre de la licitación, plazo de recepción de ofertas, fecha de apertura de ofertas, plazo de evaluación, adjudicación y plazo de entrega del bien, podrán ser modificados por la entidad licitante, hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles, en la eventualidad de ocurrencia de alguna situación especial debidamente calificada que impida dar cumplimiento a dichos términos y fechas originalmente publicados. La modificación antes señalada, será materializada antes de la fecha del cierre con la dictación de una resolución fundad firmada por la autoridad competente, oportuna y debidamente tramitada.
5. La Entidad Licitante, tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los proponentes y de aquellos que apoyen o respalden sus propuestas.
La presentación de antecedentes falsos, entendiéndose por estos, los que no son veraces, íntegros o auténticos, constituyen una falta o infracción grave al principio de buena fe que inspira la contratación pública.
La detección de antecedentes falsos, podrá dar lugar a la descalificación de la oferta y su posterior declaración de inadmisibilidad, a la invalidación de la adjudicación o al término anticipado del contrato, según corresponda pudiendo en este último caso y cuando la adjudicación se hubiese determinado en base a dichos antecedentes, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por constituir un incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiere perseguirse por la falsificación de los antecedentes.
|
|
|
INTERPRETACIÓN DE LAS BASES |
Ante cualquier discrepancia en la interpretación de las Bases de Licitación que regulan esta propuesta prevalecerá el criterio de la DGAC, que decidirá de acuerdo con las normas y los principios de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, sin perjuicio de las competencias legales de la Contraloría General de la república, del Tribunal de Contratación Pública y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
|
|
|
PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES |
Se deben presentar como parte integrante de la Oferta los Antecedentes de Aspecto Administrativos, Aspectos Técnicos y Económicos, que se detallan a continuación:
1. Aspectos Administrativos:
-Identificación completa del proponente (ANEXO) con indicación de:
Razón social y/o nombre completo del proponente y de cada uno de los integrantes de la UTP, si corresponde.
RUT del proponente y de cada uno de los integrantes de la UTP, si corresponde.
Domicilio del Proponente
Número de teléfono y correo electrónico (e-mail).
Nombre y RUT del representante legal o convencional, adjuntando un poder simple en que el oferente lo autorice a actuar en su representación.
-Declaración jurada simple, emitida y firmada por el proponente, persona natural, jurídica o cada uno de los integrantes de la UTP, que consigne la circunstancia de haber estudiado las Bases de Licitación y el hecho de encontrarse conforme con todos sus términos y condiciones, como también que no le afectan las inhabilidades.
-Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un poder simple suscrito por todos los miembros integrantes de la UTP, donde conste el nombramiento de un mandatario o apoderado común con poderes suficientes, ante de la DGAC, para presentar oferta, aclaraciones, visita a terreno, u otras gestiones que sean necesarias en el desarrollo del proceso de licitación, previos a la adjudicación.
En caso que la omisión corresponde a un aspecto invalidante o excluyente, la Comisión Evaluadora y de Sugerencia de Adjudicación deberá consignar esta circunstancia y abstenerse de evaluar la oferta infractora, correspondiendo a la autoridad competente resolver acerca de la inadmisibilidad de la misma.
2. Aspectos Técnicos:
-Las ofertas deberán identificar en detalle el bien ofrecido, características técnicas, incluyendo toda la información que el oferente estime necesaria y que permita una adecuada evaluación.
-Certificaciones en caso de ser requeridos.
-Plazo de la Garantía Técnica.
-Plazo de los bienes puestos en bodega DGAC
3. Aspectos Económicos:
-El precio de los bienes ofertados deberá ser en moneda nacional, no aceptándose ofertas en unidades de fomento (UF) u otras monedas. Además, deben encontrarse en concordancia con las bases e ingresados a la plataforma de licitaciones de la Dirección Chile compra mediante un archivo adjunto.
Los precios ofertados conforme al presente punto serán sumas únicas, totales y definitivas a pagar por la entidad licitante al contratista.
|
|
|
OTROS ASPECTOS DEL PAGO |
Como condición indispensable para cursar pagos, el proveedor antes de emitir la o las facturas, deberá haber entregado en la totalidad el material consignado en la pertinente orden de compra y aquel encontrarse recibido a plena conformidad, certificada por escrito por la Inspección Fiscal de la DGAC designada al efecto de lo contrario, será rechazada la factura.
El material solo deberá ser entregado junto a una guía de despacho, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra (OC) en estado aceptada, de lo contrario, este no será recepcionado.
El proveedor deberá tener presente que el pago de la (s) factura (s) se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción conforme de ella y, que se encuentra afecta al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la Ley N° 16.752.
El proveedor, una vez validada la factura electrónica por el SII, deberá enviar a la casilla de correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, incluyendo el número de la orden de compra, toda la información necesaria para proceder a su trámite interno y respectivo pago. El no cumplimiento de este requerimiento, será causal de rechazo de la factura.
De ser adjudicados proveedores en modalidad de Unión Temporal, será el representante de la misma, quién deberá emitir la factura correspondiente.
Para incluir en compras por Convenio Marco:
El material sólo debe ser entregado junto a guía de despacho, de lo contrario este no será recepcionado.
La factura deberá emitirse sólo cuando los bienes y/o servicios hayan sido recibidos a plena conformidad por el Inspector Fiscal correspondiente, el cual es nombrado en la Resolución que aprueba dicha adquisición, de lo contrario esta será rechazada.
|
|
|
READJUDICACION |
Si el adjudicatario se desistiere de formar contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
|
|
|
COMISION EVALUADORA |
La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión designada especialmente para tal efecto.
Dicha Comisión estará compuesta por dos funcionarios de la entidad licitante.
Excepcionalmente, y de manera fundad, algunos integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras la integra aquélla.
Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la autoridad competente la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito en estas bases.
La resolución que establezca la integración de la Comisión Evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
|
|
|
FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
Una vez adjudicada la propuesta, la contratación será perfeccionada mediante la emisión de una o varias órdenes de compra a través del Sistema, documento en el cual se mencionarán las condiciones de entrega, pago, etc. Según lo indicado en las bases de licitación y en la oferta presentada por el proveedor adjudicado.
La operación de compra se entenderá perfeccionada por el hecho de la aceptación de la(s) orden(es) de compra por el(los) proveedor(es) adjudicado(s). Dicha aceptación deberá ser manifestada dentro de las 24 horas siguientes desde la fecha de publicación en el sistema. En caso de silencio por parte del proveedor adjudicado, la orden de compra se entenderá aceptada y a partir de ese momento, se computarán los plazos de entrega previstos en la presente operación de compra.
La DGAC se reserva la facultad de no recibir los bienes, sea esta de forma parcial o total, si la orden de compra no ha sido aceptada en portal de mercado público, como también, solicitar el rechazo de la Orden de Compra, como lo establece el artículo 63 del reglamento de compras públicas.
Si el proveedor adjudicado rechaza la orden de compra, facultará a la DGAC para readjudicar la licitación al oferente que le sigue en puntaje, o bien, declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de licitación, sin perjuicio de su facultad de ejercer las demás acciones legales correspondientes.
En caso de incumplimiento de lo pactado en la Orden de Compra, la DGAC está facultada para anular la Orden de Compra y perseguir las eventuales indemnizaciones por daños y perjuicios, comunicando adicionalmente esta situación a la dirección de Compras Públicas.
El incumplimiento imputable al contratista de una o más obligaciones establecidas en estas bases de Licitación o en la Orden de Compra, facultará a la DGAC para aplicar las multas que se indican en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de exigir el cumplimiento forzado de las obligaciones emanadas de la contratación bien, su resolución o terminación anticipada, con indemnización de perjuicios.
|
|
|
COMUNICACIONES |
El adjudicado se obliga a mantener una comunicación permanente con la DGAC y con el funcionario nominado como Inspector Fiscal, a fin de solucionar de inmediato cualquier situación anómala en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra.
Asimismo, se obliga a cumplir todas las exigencias que establezca la DGAC, en función de estas Bases de Licitación, dando cumplimiento a todas las obligaciones y condiciones establecidas en ellas.
|
|
|
ASPECTO INVALIDANTES |
A) El oferente que no de cumplimiento a los siguientes requisitos:
1.-El oferente que no de cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas
2.-Las ofertas que superen los 60 días corridos en el plazo de entrega ofertado.
|
|
|