|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Los Lagos, no tendrá vinculación laboral o jurídica alguna con los empleados que trabajen para el proveedor. Sin embargo, y en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4° de la ley de Compras Públicas y Artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al prestador un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Lo anterior, con el propósito de hacer efectivos el derecho de información y el derecho de retención que le asisten a Gendarmería de Chile y que están consagrados en los incisos 1° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el Artículo 183-D del Código del Trabajo.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
En el caso que un oferente se encuentre en algunas de las circunstancias contempladas en el Artículo 40 del reglamento de compras públicas, la Institución podrá otorgar un plazo fatal de 2 días hábiles, contado desde el día siguiente de aquel en que se realice la respectiva solicitud, dentro del cual los oferentes podrán salvar los errores u omisiones formales y acompañar certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar su oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, lo cual se informará a través del sistema.
La solicitud respectiva la hará el Servicio habilitando la opción correspondiente en el sitio de la propuesta, en el cual el oferente ingresará los antecedentes y correcciones que se requieran. De ocurrir lo señalado, se procederá a la correspondiente disminución de puntaje, según corresponda, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
Union Temporal de Proveedores |
|
Documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esa manera.
Los integrantes de la UTP, deberán acordar en dicho documento cual será la forma de pago, nombrando a uno de ellos, para que facture y reciba los respectivos pagos, a modo de ejemplo; así como también establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante. Por último, se deberá nombrar a un representante o apoderado común con poderes suficientes para participar de la presente licitación.
Declaración jurada simple, firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores, con la información que permita la individualización de ésta.
Fotocopia simple de la cédula de identidad de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Declaración jurada simple por cada integrante, suscrita por los mismos, de que no les afectan las inhabilidades establecidas en el Artículo 4 de la Ley Nº 19.886.
Cabe hacer presente que las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de la unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
La UTP no podrá ocultar información relevante para la ejecución del contrato y que afecte a algunos de sus integrantes. En caso de hacerlo, será considerado como un incumplimiento grave por parte del proveedor, dando lugar a las sanciones contempladas.
|
|
|
|
Resolución de Empates |
|
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio Ofertado”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de Entrega Materiales”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Desarrollo Sustentable” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento De Requisitos Formales”.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 41, inciso 4°, del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, los interesados podrán realizar consultas sobre la adjudicación, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Las consultas deberán efectuarse mediante correo electrónico dirigido a la dirección marcia.martinez@gendarmeria.cl indicando el nombre del proponente, dirección de correo electrónico y nombre e ID de la propuesta.
|
|
|
|
Factoring |
|
Gendarmería de Chile supeditará el pago de toda factura a la verificación de recepción conforme del bien o servicio o en su defecto de la aceptación del estado de avance de la obligación cuyo cumplimento se haya dividido en etapas.
|
|
|
|