En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en el siguiente orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación de la oferta Inclusión con enfoque de género.
2) En caso de persistir empate, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación de la oferta económica.
3) En caso de existir igualdad de puntaje entre alguno de los oferentes, la Comisión será quien dirimirá el empate, debiendo basándose en lo siguiente: optará por la propuesta que haya obtenido la mejor evaluación en el criterio de Inclusión con enfoque de género. En el evento de mantenerse el empate, se decidirá por la oferta mejor evaluada en el criterio sello mujer, y así sucesivamente.
4) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, la adjudicación será definida por el Director Regional de la Entidad Licitante, de manera fundada, utilizando un criterio que aunque no esté previsto en estas bases no infrinja la normativa vigente, en aplicación del dictamen de Contraloría General de la República Nº 54.804, de 2013.