Licitación ID: 1426098-12-LP25
REPARACIÓN UNIDAD SEGREGACIÓN DE GRUPOS IP IRC
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE REINSERCION SOCIAL JUVENIL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1050
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de paredes 1 Unidad
Cod: 72101607
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE “REPARACIÓN UNIDAD SEGREGACIÓN DE GRUPOS IP IRC CORONEL”, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL BIOBÍO, DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPARACIÓN UNIDAD SEGREGACIÓN DE GRUPOS IP IRC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
REPARACIÓN UNIDAD SEGREGACIÓN DE GRUPOS IP IRC CORONEL”, DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DEL BIOBÍO, DEL SERVICIO NACIONAL DE REINSERCIÓN SOCIAL JUVENIL
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DIRECCIÓN REGIONAL DEL BIO BIO
R.U.T.:
62.000.970-9
Dirección:
OROMPELLO N° 235 CONCEPCION
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-12-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 19-11-2025 17:43:00
Fecha inicio de preguntas: 19-11-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 01-12-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-12-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-12-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 15-01-2026 9:28:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO : A las 11.00 horas del octavo día corrido contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación pública y sus respectivas Bases en el portal www.mercadopublico.cl. 27-11-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS PARA OFERTAR
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3 PROPUESTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Económico (E1) Precio 100% 40%
2 Administrativo (A1) Cumplimiento de Requisitos Formales 20% (A2) Programas de Integridad 20% (A3) Impacto Regional 60% 15%
3 Técnico (T1) Experiencia del Oferente 40% (T2) Satisfacción de Clientes 25% (T3) Experiencia del Jefe de obra 15% (T4) Plazo de ejecución de obras 10% (T5) Equipo de trabajo 10% 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: IVAN CABRERA
e-mail de responsable de pago: ivan.cabrera@reinsercionjuvenil.cl
Nombre de responsable de contrato: Glenda Alarcon
e-mail de responsable de contrato: Glenda.Alarcon@reinsercionjuvenil.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2380882-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, R.U.T. N° 62.000.970-9
Fecha de vencimiento: 29-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: 19.2.4. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Una vez notificado el adjudicatario, éste, o un tercero a su nombre, deberá presentar dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal señalada en el punto 19.2. precedente, una garantía que deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, con una vigencia que exceda en, al menos, sesenta (60) días hábiles al plazo de vigencia del respectivo contrato, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante. En el caso que se otorgue de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el evento que dicho documento contenga glosa, deberá consignar la siguiente: “Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato y de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del servicio denominado reparación Unidad Segregación de Grupos IP IRC Coronel”, o en su defecto el ID de la presente licitación. En el evento que dicho documento corresponda a una póliza de seguro, esta deberá ser pagadera a primer requerimiento y a la vista. Además, siendo una póliza o certificado de fianza, se deberá dejar establecido expresamente el monto en pesos, independientemente que sea tomada en UF. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, R.U.T. N° 62.000.970-9, por un monto del 5% del precio final neto ofertado, en pesos chilenos o su equivalente y deberá ser entregada, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional del Biobío, del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, la que funciona de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas, o a la casilla de correo adriana.avalo@reinsercionjuvenil.cl en caso que esta haya sido otorgada de manera electrónica. Si la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. Si el adjudicatario no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, el Servicio podrá actuar de acuerdo con lo establecido en el punto 17 y 18, de las presentes Bases Administrativas. Este documento de garantía será devuelto una vez vencido su plazo de vigencia y bajo solicitud del contratista.
Glosa: En el evento que dicho documento contenga glosa, deberá consignar la siguiente: “Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato y de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del servicio denominado reparación Unidad Segregación de Grupos IP IRC Coronel”, o en su defecto el ID de la presente licitación.
Forma y oportunidad de restitución: 19.2.4.1. Reposición, forma y oportunidad de restitución En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en el numeral 20.12 “Término Anticipado”. Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el contratista, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad de éste. Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

15.4. Mecanismo de desempate.

 

Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final, entre dos o más oferentes, se seleccionará de acuerdo con la siguiente secuencia:

a)    El oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio técnico.

b)    De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio económico.

c)     De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio administrativo.

d)    De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el subcriterio técnico de mayor ponderación.

e)    De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el subcriterio administrativo de mayor ponderación.

f)      En caso de que se hubieren aplicado todos estos criterios y aun así se mantuviera el empate, se optará por adjudicar a la propuesta que primero se hubiere ingresado al portal, de acuerdo con el comprobante de ingreso de oferta.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

16.2. Adjudicación

El Servicio adjudicará esta licitación pública, mediante resolución fundada, a aquella oferta que obtenga el mejor puntaje, según los criterios de evaluación establecidos en estas bases y que sea conveniente para los intereses de la institución.

La adjudicación se realizará dentro del plazo establecido en el punto 3. “Etapas y Plazos de la Licitación”, del título I. “ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN”, de las presentes Bases de Licitación, pudiendo en consecuencia, ser en una fecha anterior a la establecida en la ficha electrónica de plazos dispuesta en el portal www.mercadopublico.cl.

Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl.

La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado, como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

El monto adjudicado señalado en la resolución de adjudicación será el valor máximo determinado para el servicio, el cual se obtendrá de acuerdo con lo ofertado en el Anexo N°3 “Propuesta Económica”. No obstante, lo anterior, el pago se realizará según lo indicado en el punto 20.4 “DEL PAGO”, del título II. “BASES ADMINISTRATIVAS”.

Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la resolución de adjudicación, dentro del tercer día hábil de notificada ésta en el portal www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico adriana.avalo@reinsercionjuvenil.cl. Las consultas serán respondidas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes por el mismo medio.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

20.4. Del pago

La Dirección Regional del Biobío pagará al contratista por los servicios encomendados en relación con el precio ofertado por el oferente en su propuesta económica del Anexo N°3.

Los pagos por los servicios prestados serán cada 30 días corridos desde el inicio de la obra, asociados a los correspondientes avances físicos del proyecto, debidamente aprobados por el Arquitecto Supervisor y/o Contraparte Técnica.

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional podrá autorizar pagos antes de los 30 días corridos de obra, cuando exista un avance significativo de partidas ejecutadas antes de dicho periodo. No obstante, siempre en el marco del cumplimiento de los servicios y entrega de documentación que se establece para cada Estado de Pago y, debidamente aprobados por el Arquitecto Supervisor y/o Contraparte Técnica, en lo que les corresponda.

Los Estados de Pago, serán considerados como abonos parciales que efectúa el mandante y, en ningún caso, se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el proveedor.

El pago de las partidas globales estará supeditado a la ejecución íntegra de la partida.

Una vez aprobados el o los productos, informes, servicios o bienes requeridos por la Contraparte Técnica, esta emitirá el Certificado de recepción conforme y, posteriormente, solicitará el envío de la factura o el respectivo instrumento tributario de cobro.

Para la autorización de la facturación por parte del contratista, se requerirá la presentación de los siguientes antecedentes:

  1. Certificado de Recepción Conforme de los productos, informes, servicios o bienes requeridos, emitido por la contraparte técnica del Servicio. La recepción conforme deberá dar cuenta de:

ü  El porcentaje de avance correspondiente al estado de pago, el cual deberá ser concordante con el monto de dinero que se solicita y deberá estar visado por el Arquitecto Supervisor.

En el primer estado de pago (primer pago) se debe descontar el monto total del anticipo, si ha sido requerido. En el caso donde el monto del primer Estado de Pago sea menor al monto del anticipo otorgado, el total a pagar en dicho Estado de Pago será cero ($ 0), quedando el saldo del anticipo no cubierto con el Estado de Pago como descuento para el siguiente pago y así sucesivamente.

ü  El porcentaje de avance y monto de dinero acumulado, incluyendo el Estado de Pago que se gestiona.

  1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales F30, otorgado por la Dirección del Trabajo, con la pertinente individualización del proveedor.
  2. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), otorgado por la Dirección del Trabajo, respecto del Equipo de Trabajo que haya prestado los servicios contratados a través del presente proceso licitatorio en el periodo al que corresponde el pago.
  3. Respecto de los integrantes del equipo que se encuentren a honorarios, acompañar copia de boleta de honorarios y declaración jurada simple de la persona, debidamente firmadas, con el objeto de acreditar su conformidad respecto del pago por los servicios prestados, la ubicación de la obra y la descripción de las actividades realizadas.
  4. En caso de que el proveedor subcontratare parte de los servicios requeridos, para proceder al pago, deberá acompañar, respecto del subcontratista, los mismos antecedentes del numeral 2, 3 y 4 precedentes.
  5. Informes u otros:

ü  Informe consolidado de Avance del Proyecto, incluyendo el porcentaje de avance de las partidas y con registro fotográfico del antes y después de los trabajos correspondientes al Estado de Pago. Cada fotografía debe venir acompañada de una breve descripción del área que corresponde y trabajos realizados.

ü  Otros informes o antecedentes que se indiquen específicamente en las Bases Técnicas.

  1. V°B° del inventario por parte de la contraparte técnica, en caso de que corresponda.
  2. Verificación del personal en obra sobre inhabilidades para trabajar con menores de edad.

Para el último estado de pago se requerirá adicionalmente a lo anterior:

  1. Acta o registro de la recepción provisoria de las obras.
  2. Certificados y comprobantes que sean necesarios para respaldar la recepción de pagos de servicios que correspondan al proveedor según proceda (consumos de agua, luz, u otros servicios empleados en la prestación de este o de aportes y derechos en otros servicios).
  3. Entrega de planos as built, cuando así se solicite en las Bases Técnicas. No obstante lo anterior, en caso que estos planos no se encuentren presentados conforme a la fecha del estado de pago, el proveedor tendrá como último plazo para presentarlos hasta la fecha de recepción definitiva.
  4. Inscripción de las instalaciones eléctricas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), debidamente tramitada y foliada (formulario TE1).
  5. Libro de Obra y demás antecedentes que se especifiquen en las Bases Técnicas.

La Dirección Regional del SRJ procederá a efectuar el o los pagos que corresponda(n) directamente o por medio de la Tesorería General de la República, según corresponda, dentro del plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados desde la recepción de la(s) factura(s) o el/los respectivo(s) instrumento(s) tributario de cobro.

El Servicio se reserva la facultad de solicitar información adicional al proveedor, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y/o previsionales.

Todo el personal que el proveedor emplee en la prestación de los servicios estará bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con el Servicio. Por lo tanto, el contratista se obliga; desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que emanen de la presente licitación, de acuerdo con la legislación civil, comercial, laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes. Igualmente será responsable respecto de las obligaciones laborales y previsionales del personal de la empresa subcontratista, de conformidad a la legislación laboral vigente.

La Dirección Regional podrá retener del o los pagos que correspondan, el monto que adeude el contratista por concepto de remuneraciones u obligaciones previsionales con sus trabajadores. Dicho monto será utilizado para pagar al trabajador y/o a la institución previsional respectiva.

El pago se realizará a través de transferencia electrónica, por lo que el Servicio solicitará al contratista los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.

En todo caso, el o los pagos, sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato, y contra entrega por parte del contratista de la(s) factura(s) correspondiente(s) o el/los respectivos(s) instrumento(s) tributario(s) de cobro.

Asimismo, el contratista deberá notificar al Servicio oportunamente, si va a ceder el crédito, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de la Ley N°19.983, informando el nombre, R.U.T., domicilio y giro del cesionario del crédito.

Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional del SRJ podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en la Ley N°19.983. Asimismo, podrá solicitar cualquier otro antecedente que considere necesario, para cumplir con estos procesos.

En caso de que el proveedor reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. El SRJ requerirá, a través de notificación por el correo electrónico válido del proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles desde dicha notificación. Cuando esté disponible dicha notificación por el Sistema de Información, se podrá utilizar dicho medio. En caso de que el proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el SRJ informará dicha situación a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

15. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

 

15.1. Comisión Evaluadora

El proceso de evaluación será realizado por una Comisión Evaluadora designada mediante la presente resolución, quien efectuará la evaluación de las ofertas de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación.

En casos donde posterior a la apertura de las ofertas, los funcionarios(as) designados(as) no puedan, por cualquier causa, ejercer las funciones encomendadas más adelante, podrán ejercer como integrantes de la Comisión Evaluadora aquellos(as) funcionarios(as) designados(as) como suplentes en la presente resolución.

No obstante, si en el caso que el (los) reemplazante(s) designado(s) no pudiese(n) ejercer las funciones encomendadas más adelante, el Servicio podrá a través de resolución fundada designar nuevos integrantes. Dicha resolución deberá ser publicada con anterioridad a la fecha de adjudicación.

El Servicio podrá disponer la participación en esta comisión, mediante resolución fundada, excepcionalmente, de personas ajenas al SRJ, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. Además, podrá proveer a la comisión evaluadora de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar el proceso de licitación, de conformidad con lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Los integrantes de la Comisión Evaluadora, deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886; en el artículo 62, N° 6, del D.F.L. N°1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Ley N° 20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; lo que quedará refrendado en una declaración jurada simple, que deberá ser firmada por los integrantes de la Comisión Evaluadora antes de la evaluación de las ofertas.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el Reglamento de la ley N°19.886, u otros que se establezcan expresamente en las presentes Bases de licitación.

Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros (oferentes o no), sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

Serán funciones de la comisión evaluadora las siguientes:

a)   Resolver si las ofertas técnicas y económicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las presentes bases de licitación. Cuando los oferentes no cumplan con los requisitos de admisibilidad, deberá proponer declarar inadmisible la propuesta sin evaluarla.

b)   Analizar las ofertas presentadas y evaluar las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad.

c)    De acuerdo a lo establecido por el artículo 56°, del Decreto Supremo Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores u omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios y rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, debiendo informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. En este sentido, no se considerará error formal errores en el precio de la oferta. Los oferentes tendrán el plazo fatal que determine la Comisión Evaluadora a través del Sistema de Información, el que, en todo caso, no podrá ser inferior a cuarenta y ocho (48) horas desde la solicitud realizada a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada negativamente en la evaluación de las ofertas.

Además, podrá solicitar a los oferentes que presenten aquellas certificaciones o antecedentes, que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para esto, los oferentes tendrán el plazo fatal que determine la Comisión Evaluadora, el cual en todos los casos será establecido a través del Sistema de Información y no podrá ser inferior a cuarenta y ocho (48) horas desde la solicitud realizada a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, esta situación será ponderada negativamente en la evaluación de las ofertas. En caso de que el oferente no presentara las certificaciones o antecedentes omitidos dentro del plazo fatal, su oferta será rechazada, siempre y cuando estos antecedentes o certificaciones correspondan a requisitos de admisibilidad de la oferta.

d)   Confeccionar un Acta o Informe de Evaluación, la cual, conforme al artículo 57, del Reglamento de la Ley N°19.886, deberá consignar al menos:

1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o en el Reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento.

3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de este Servicio.

4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

 

Pacto de integridad

7.1. Pacto de Integridad

El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

En caso de que el Servicio compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación y/o contratación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes o la sujeción estricta a las presentes bases y sus modificaciones, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al contrato, según corresponda.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.