Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y sociales
vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley sobre Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los contratos de trabajo de su personal
y en especial deberá velar por la observancia que deben dar sus trabajadores a las
disposiciones de seguridad e higiene en el trabajo que sean aplicables en la D.G.A.C., cuando
ingresen o permanezcan por motivos de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, el DBSO estará facultado
para exigir al contratista en cada estado de pago, la exhibición de las planillas que acrediten
el pago de remuneraciones y de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y de los
trabajadores subcontratados (si corresponde), sin perjuicio de solicitar la información
correspondiente a la Inspección del Trabajo a través del formulario F 30-1.
Asimismo, en el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de
las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, el DBSO ,
de conformidad con lo que dispone la Ley 20.123, que modificó las normas sobre el trabajo
en régimen de subcontratación del Código del Trabajo en el artículo 183-C, podrá retener de
las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea responsable de pago, y pagar
con cargo a dicha retención a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones
señaladas anteriormente será considerado por el DBSO como causal grave de incumplimiento
del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato y aplicar las sanciones
administrativas y contractuales, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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