Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
|
Departamento Bienestar Social DGAC, R.U.T.: 61.104.022-9
|
Fecha de vencimiento:
|
17-04-2026
|
Monto:
|
10
%
|
|
Descripción:
|
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de adjudicación y
antes de la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá entregar a la institución
una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o
cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar
el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar: “ Para garantizar el
fiel y oportuno cumplimiento del contrato y pago de multas”, además de identificar el
ID de la licitación. Esta Garantía deberá extenderse a favor del Fisco, Depto. Bienestar
Social de la D.G.A.C. (RUT: 61.104.022-9), por un monto equivalente al 10% del valor total
de la orden de compra. La caución que se constituya deberá ser irrevocable, pagadera a la
vista y de ejecución inmediata, ser emitida por una entidad autorizada para operar en Chile;
la cual deberá tener una vigencia que contemple el plazo de ejecución del servicio, más
noventa (90) días corridos.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, también podrá constituirse mediante una Póliza
de Seguro, en cuyo caso el tomador deberá solicitar al emisor incluir en las condiciones
particulares de ella, que ésta cubra el pago de multas, pudiendo expresarse en UF (Unidad
de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este
último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en artículo 10 del DFL N°251 de 1931.
Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer
requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la mismanaturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de
forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica,
deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica ynaturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de
forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica,
deberá ajustarse a la ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y
Servicios de Certificación de dicha firma, debiendo enviarse la información relativa a la
garantía directamente a los correos electrónicos yocelyn.inalef@dgac.gob.cl y
cristobal.carrasco@dgac.gob.cl.
Si el adjudicatario no entrega la Garantía por el fiel cumplimiento, el DBSO dejará sin efecto
la adjudicación y quedará facultado para adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor
evaluado o declararla desierta y efectuar un nuevo proceso de contratación. Lo anterior sin
perjuicio de la facultad de ejercer las demás acciones legales que correspondan.
En el evento que fuere necesario, por cualquier causa, ampliar el plazo asignado a una etapa
o hito de ejecución y ello importare la necesidad de extender el plazo de vigencia de la
garantía, será de cargo del contratista gestionar y financiar dicho trámite, con independencia
de quien sea la parte a quien esté asociada la ampliación de la ejecución del Contrato. Dicha
extensión de vigencia deberá obtenerla el contratista y entregarla al DBSO dentro del plazo
que disponga la entidad contratante, habida consideración de que, en caso contrario, ello
configurará un incumplimiento grave del Contrato por parte del prestador, que facultará al
DBSO para poner término anticipado al citado instrumento.
La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato será restituida al contratista a partir de la fecha
de su vencimiento, previamente se verificará que no existan multas pendientes y esté al día
el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DBSO, la devolución se
efectuará en la Oficina de Finanzas, ubicada en Avda. Eliodoro Yáñez N° 2394, comuna de
Providencia, en caso de que este documento haya sido entregado en forma física. De haber
sido entregada por vía electrónica, sólo bastará que sea comunicado el término de vigencia,
mediante correo electrónico al contratista.
|
|
Glosa:
|
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y por el cumplimiento de las obligaciones laborales y ID 1434-53-LE22
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la notificación de la Resolución de adjudicación y
antes de la emisión de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá entregar a la institución
una Boleta de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguro, Certificado de Fianza a la Vista o
cualquier otro documento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, para garantizar
el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, cuya glosa debe expresar: “ Para garantizar el
fiel y oportuno cumplimiento del contrato y pago de multas”, además de identificar el
ID de la licitación. Esta Garantía deberá extenderse a favor del Fisco, Depto. Bienestar
Social de la D.G.A.C. (RUT: 61.104.022-9), por un monto equivalente al 10% del valor total
de la orden de compra. La caución que se constituya deberá ser irrevocable, pagadera a la
vista y de ejecución inmediata, ser emitida por una entidad autorizada para operar en Chile;
la cual deberá tener una vigencia que contemple el plazo de ejecución del servicio, más
noventa (90) días corridos.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, también podrá constituirse mediante una Póliza
de Seguro, en cuyo caso el tomador deberá solicitar al emisor incluir en las condiciones
particulares de ella, que ésta cubra el pago de multas, pudiendo expresarse en UF (Unidad
de Fomento), en dólares de los Estados Unidos de América o en moneda nacional; en este
último caso, sólo si se dan los presupuestos previstos en artículo 10 del DFL N°251 de 1931.
Tanto la Póliza de Seguros como el Certificado de Fianza, deberán ser pagados a primer
requerimiento, de modo de asegurar el pago de la caución de manera rápida y efectiva.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma
|
|